Críticas al Consejo de Seguridad Nuclear

Manuel Fernández Ordóñez

Comentábamos el otro día que la Ley de creación del Consejo de Seguridad Nuclear establecía a éste como el único organismo competente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. En modo alguno me debería corresponder a mí romper una lanza en favor del CSN, ya que como institución del Estado que vela por la seguridad de todos los españoles, dentro del rol democrático debería ser respetado por todos los ciudadanos, como lo deben ser otras instituciones del Estado como por ejemplo las Fuerzas de Seguridad del Estado, el Tribunal Constitucional o el Tribunal Supremo. Cada vez que en una central nuclear, sin embargo, hay un suceso notificable, comenzamos a escuchar la letanía irracional de un mensaje que por falaz, además de interminablemente reiterativo, ha pasado a formar ya parte inherente de la exégesis medioambientalista de algunos grupos.

Debido al incidente en la central de Ascó (repetiremos una y mil veces, si es necesario, sin riesgo alguno para los trabajadores de la central, población y medioambiente) hemos vuelto a escuchar la impertérrita soflama argumental basada fundamentalmente en dos líneas claramente diferenciados: por un lado que el CSN es un estamento ocultista que se encarga de esconder aquella información que, de caer en las manos adecuadas (y las manos adecuadas por supuesto son las de ciertas asociaciones ecologistas) supondría, sin ningún género de duda, el cierre inmediato de las centrales nucleares españolas. Por otra parte, esas mismas asociaciones, acusan al Consejo de Seguridad Nuclear de connivencia con la industria nuclear porque algunos de los Consejeros del mismo, incluso fíjense ustedes el despropósito, hasta algún ex-Presidente, han trabajado en la industria nuclear.

Analicemos estos dos supuestos desde el punto de vista legal. Entiendo que las leyes tal vez no interesen demasiado, por aquello de “no dejes que la realidad te impida predicar el catastrofismo“. Pero desafortunadamente para algunos, la generación de energía nuclear se halla inmersa en un marco legal claramente establecido, como comentaremos en lo que sigue. Me gustaría reiterar un vez más, aún a riesgo de ser pesado, que la Ley 33/2007 de 7 de noviembre que modifica la Ley 15/1980 establece en su artículo 12: “El derecho de acceso a la información y participación del público en relación a las competencias del Consejo referidas a la seguridad nuclear y protección radiológica, se regirán por lo previsto en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.“. Por su parte, esta misma Ley dice en el artículo 15.1: “Se crea un Comité Asesor para la información y participación pública sobre seguridad nuclear y protección radiológica, presidido por el Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, cuya misión será emitir recomendaciones al Consejo de Seguridad Nuclear para mejorar la transparencia, el acceso a la información y la participación pública en las materias que son de su competencia.”. Es decir, el CSN tiene la obligación de ser transparente y, además, si la ciudadanía no está conforme con el funcionamiento del CSN, tiene a su disposición los mecanismos adecuados para hacerle llegar al mismo sus quejas, de acuerdo con el artículo 15.1. Por si esto fuera poco, el CSN responde de su transparencia ante el Congreso de los Diputados según establece el artículo 11 de la misma Ley: “El Consejo de Seguridad Nuclear mantendrá puntualmente informado al Gobierno y al Congreso de los Diputados y al Senado de cualquier circunstancia o suceso que afecte a la seguridad de las instalaciones nucleares y radiactivas o a la calidad radiológica del medio ambiente en cualquier lugar dentro del territorio nacional, así como a los Gobiernos y parlamentos autonómicos concernidos.“. Por tanto, acusar al CSN de ocultar información (lo cual es equivalente a acusar a sus funcionarios de dejación de funciones y prevaricación) implica directamente acusar de cargos semejantes a los representantes de la Comisión Parlamentaria del Congreso de los Diputados ante la que comparece el CSN.  ¿Tienen las asociaciones ecologistas las agallas de hacer semejante cosa? ¿Tienen acaso pruebas para hacerlo? La respuesta es evidente, NO. Por eso juegan a la política del globo sonda, de tirar la piedra y ver si cuela. Un acto de irresponsabilidad democrática sin parangón.

En cuanto a las acusaciones de connivencia entre el CSN y la industria nuclear, emplazo a nuestros lectores a reparar directamente en el artículo 5.1 de la mencionada Ley que dice: “El Presidente y Consejeros del Consejo de Seguridad Nuclear serán designados entre personas de conocida solvencia en las materias encomendadas al Consejo como las especialidades de seguridad nuclear, tecnología, protección radiológica y del medio ambiente, medicina, legislación o cualquier otra conexa con las anteriores, así como en energía en general o seguridad industrial, valorándose especialmente su independencia y objetividad de criterio“. A pesar de lo que puedan creer algunas personas, parece evidente que un modelo social en el que un panadero es Ministro de Industria, un Economista opera a corazón abierto, un Premio Nobel de química cambia ruedas en un taller y mi madre (que es ama de casa) preside el Consejo de Seguridad Nuclear no funciona. Yo prefiero que los neurocirujanos operen, los mecánicos cambien ruedas, los economistas sean Ministros de economía y los expertos en energía nuclear dirijan el Consejo de Seguridad Nuclear. Esto es lo que dice el sentido común y es, por tanto, lo que dice la Ley 33/2007. Parece que a ciertos grupos esto les molesta especialmente… yo me lo haría mirar. Por cierto, y volviendo al Congreso de los Diputados de nuevo, el artículo 5.2 de nuestra comentada Ley dice: “[El Presidente y Consejeros del CNS] Serán nombrados por el Gobierno, a propuesta del Ministro de Industria, Turismo y Comercio, previa comparecencia de la persona propuesta para el cargo ante la Comisión correspondiente del Congreso de los Diputados, en los términos que prevea el Reglamento del Congreso. El Congreso, a través de la Comisión competente y por acuerdo de los tres quintos de sus miembros, manifestará su aceptación o veto razonado en el plazo de un mes natural a contar desde la recepción de la correspondiente comunicación“. Vuelvo a lanzar la pregunta anterior, ¿insisten las asociaciones ecologistas en acusar de prevaricación al Congreso de los Diputados por nombrar miembros del CSN a personas relacionadas con el mundo nuclear? ¿Acusan de corruptos a todos los Grupos Parlamentarios? Sean ustedes valientes, no practiquen la política del avestruz.

Para añadir un nuevo elemento de reflexión que puede ser interesante, me gustaría mencionar que el artículo 341 del Código Penal español dice: “El que libere energía nuclear o elementos radiactivos que pongan en peligro la vida o la salud de las personas o sus bienes, aunque no se produzca explosión, será sancionado con la pena de prisión de quince a veinte años, e inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio por tiempo de diez a veinte años“. Sin embargo, las citadas asociaciones nunca acuden a los tribunales a denunciar los hechos, ¿no se han preguntado ustedes por qué?. Difundir catastrofismo es extraordinariamente sencillo, sin embargo la realidad parece no comulgar con su dialéctica. Pero insistirán, incluso sin motivos…pueden estar ustedes seguros.
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Comentarios

¿Vais a escribir más sobre el tema?

Se comenta mucho ahora en los medios generalistas y, por lo menos para mí, lo que escribáis me interesa mucho.

Hola Indarki,

Escribiremos algo más cuando pase el revuelo de los medios. Tenemos también pensado entrevistar a algún miembro relevante del ecologismo español, para que nos de su opinión de los sucedido.

La verdad es que no he leido nada en los medios de comunicación convencionales, trato de evitarlos en estos casos. Leo las informaciones oficiales, tanto de ANAV como del Consejo de Seguridad Nuclear, que son los que en realidad saben lo que ha pasado.

Muchas gracias por tu interés.

¿No hay ningún comentario más sobre Ascó? El último es del día 14 y desded entonces se saben más cosas

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