Los derechos culturales en la encrucijada
En los últimos años la diversidad cultural ha sido encumbrada como asunto digno del más detallado escrutinio en los debates públicos. Se ha sometido a una nueva y atenta mirada el papel y las relaciones de muchos sectores sociales con distintas culturas: pueblos originarios, comunidades de inmigrantes, grupos que se identifican por su preferencia sexual, su género, su religión o su nacionalidad. En el contexto de la globalización y de la sociedad del conocimiento, la reafirmación y la reivindicación de la identidad cultural ha pasado a ocupar un lugar preferencial. Y ha sido justo a partir del declive histórico de los grandes relatos emancipatorios, y, en particular, de la caída del muro de Berlín como acontecimiento emblemático, cuando han arreciado las demandas de reconocimiento de los diferentes grupos nacionales y minorías culturales hasta lograr focalizar algunos de los debates más vivos de nuestro tiempo.
La retórica de las raíces identitarias, del sentido de pertenencia y de la singularidad grupal ha logrado un protagonismo que hasta entonces le era negado de manera sistemática por los lenguajes ideológicos dominantes. Las discusiones políticas en torno a la categoría de «identidad», sobre todo en su dimensión colectiva, han convertido a la «cultura» en un auténtico campo de batalla. En particular, las lenguas y las religiones se utilizan a diario como arietes en la contienda política. Su ubicuidad se ve facilitada en gran medida por el hecho de que las luchas por la distribución se han visto desplazadas por la primacía mediática de los conflictos de reconocimiento, pese a las dificultades que existen en muchos casos para distinguir entre ambas cuestiones. En los países más desarrollados, que son también quienes disponen de mayor capacidad para exportar los debates teóricos, se ha aminorado la intensidad de las luchas diarias por la distribución de recursos escasos. Y aunque esta circunstancia dista mucho de poder ser universalizada al conjunto del planeta, se ha ido configurando un nuevo entorno político-social en el que la cuestión de los derechos culturales ha podido saltar a la palestra, dando así una proyección pública a aspectos simbólicos de la vida humana que hasta entonces permanecían casi invisibles.
Los derechos culturales pueden ser englobados bajo la prestigiosa figura de los derechos humanos, aunque no precisamente con la dimensión colectiva con la que se suelen formular. El artículo 27 de
En un debate público, más que partir de aproximaciones académicas, lo más adecuado sería acudir a algún documento normativo que goce de amplio reconocimiento. Por su carácter universal y no partidista, tal como corresponde a la institución que la impulsó, puede servir como punto de arranque
Si se parte de la idea de que la variación cultural forma parte del patrimonio de la humanidad, tal como se proclama en el documento de
La «culturización» de la esfera política, gracias al uso de un lenguaje de identidad de grupos, es un proceso en constante avance que se plasma en dos direcciones en cierta manera confluyentes: por un lado, se trazan políticas públicas que diferencian los derechos de los ciudadanos de acuerdo con su afiliación étnica y, por otro, se anteponen las demandas étnico-culturales (particularmente, de índole religiosa y lingüística) a las reivindicaciones de clase. Es más, estas cuestiones y los conflictos provocados por los intereses materiales y las diferencias ideológicas se obvian como si hubieran sido superados por arte de magia. La antigua lucha materialista por la equidad acaba siendo sustituida por múltiples batallas en pro de la diferencia identitaria. Lo étnico-cultural se entroniza como la división primordial, origen y motor básico de la movilización política y de la acción colectiva.
Un ejemplo paradigmático de este fenómeno nos los ofrece el modo con el que se suele abordar las políticas migratorias. No deja de resultar sorprendente que el análisis cultural se presente como la perspectiva decisiva para afrontar esta cuestión. Se incide especialmente en el riesgo que la misma implica para mantener la identidad y la esencia de la sociedad receptora. Se aborda la cuestión, pues, en términos eminentemente culturalistas y esencialistas, dejando fuera de consideración el análisis económico del fenómeno, justo lo contrario de como se procede con la mayoría de las cuestiones en las que se hallan en juego intereses sociales divergentes. Si se mira bien, la cuestión de la inmigración está más relacionada con el miedo a perder cuota en el reparto de los recursos sociales disponibles que con el temor a que los nuevos rasgos culturales de los inmigrantes diluyan la identidad local. No obstante, se insiste en sublimar como problema cultural lo que no es sino una diferencia de condición social.
Si se desea evitar que la diversidad cultural se erija en una nueva fuente de discriminación y desigualdad social, ni la cultura, ni la ascendencia étnica ni la procedencia nacional han de convertirse en marcador de distinción social y menos aún en factor decisivo de nuevas formas de exclusión. En definitiva, el alcance de los derechos culturales ha de estar siempre acotado por el conjunto de los derechos humanos.
Con algunas modificaciones, este post ha sido publicado en
Si te gustó esta entrada anímate a escribir un comentario o suscribirte al feed y obtener los artículos futuros en tu lector de feeds.
Comentarios
Como buena conocedora de la antropología, Silvia, sabes que en ciencias sociales y en filosofía “cultura” es uno de esos conceptos esencialmente controvertidos, en el sentido de que conlleva disputas sin fin acerca de su correcto uso por parte de los hablantes.
De todas formas, creo que podrás estar de acuerdo que la “cultura” entró hace dos siglos en nuestro vocabulario con el significado exactamente opuesto al de "naturaleza", exactamente como su antónimo, señalando aquellos rasgos humanos que, en nítido contraste con los pertinaces hechos naturales, son productos, sedimentos o efectos colaterales de las elecciones humanas (así lo ve, por ejemplo, Zygmunt Bauman).
En el ámbito de las migraciones, adquiere un especial sentido referirse a las creaciones culturales que son capaces de crear identidades de grupos. Y entre esas creaciones culturales se encuentra, por ejemplo, las religiones. Se mire como se mire, la presencia de las religiones en los procesos migratorios resulta sumamente relevante, pues de cara a las comunidades de inmigrantes desempeñan funciones sociales al ofrecerles refugio, respetabilidad, recursos e incluso servicios no espirituales. Y no en último lugar, las instituciones religiosas sirven de apoyo para el mantenimiento de vínculos transnacionales y de la identidad colectiva.
Y en cuestiones religiosas, como en otros muchos aspectos del sistema cultural de los países de inmigración, la vida diaria está cada vez más influida por las creencias, prácticas y productos de otras partes del mundo. De alguna manera, se reza por encima de las fronteras y de esta manera se cambia el panorama religiosa de acá y de acullá.
En un mundo global, los diversos referentes culturales, y no sólo los religiosos, comienzan a desconectarse o desarraigarse de los territorios nacionales en los que un día crecieron.
¿La reciente "Convención sobre la protección y la promoción de la
diversidad de las expresiones culturales" de la UNESCO cambia en algo el panorama de los derechos culturales? ¿Al menos en el ámbito jurídico?
¿Los derechos culturales son propiamente parte de los derechos humanos?
Si los sujetos de los derechos culturales son grupos o comunidades (conforme lo dicen las convenciones sobre protección cultural de la UNESCO) y si la protección jurídica de los derechos humanos se concretiza respecto de la vulneración individual de éstos, ¿Quién o quienes estarían legitimados para incoar acciones judiciales para conseguir la protección de sus derechos culturales?
Lo que afirma el autor de este post se ve corroborado por el tratamiento que la opinión pública europea hace de la presencia de mulsumanes en el continente.
Al contrario de lo que ha llegado a ser la opinión establecida en muchas democracias occidentales – que normaliza lo que han estado diciendo los partidos de extrema derecha – los jóvenes musulmanes europeos no tienen un problema con la integración religiosa o cultural. En cambio, se sienten frustrados por el fracaso de políticas sociales encaminadas a abordar sus necesidades materiales.
Ni los gobiernos ni los partidos democráticos deberían confundir
los problemas socioeconómicos (desempleo, violencia, marginación, etc.) con la cultura y la religión.

Muy interesante, sí, lo que el autor plantea. Su enfoque crítico. Y sobre todo, el ideal que persigue en la última parte.
Pero cabe preguntarnos también en este contexto qué es la cultura, y el modo en el cual ayudará al reconocimiento del "otro" con sus derechos y obligaciones en tierra ajena.
La cultura, léase el conocimiento del otro y de sus raíces será la clave que salvará el encuentro entre lugares y entre las personas que los habitan. La amplitud de miras, el deseo de saber, de conocer, tanto por parte de la sociedad receptora, como por parte de los extraños. Superar la ignorancia.
Para abandonar la extranjería que nos habita, sería importante superar la barrera de la incomprensión y del miedo. Se trata de una lenta y madura superación que necesitan también la legislación europea y española. Es cuestión de tiempo.
Reconocer al "otro", con sus particularidades culturales, idiomáticas y sociales será siempre el gran desafío del hombre.