En este comentario vamos a relatar y describir las principales operaciones que conforman la propuesta de deslinde así como la exposición pública final para que sea firme el deslinde en estas circunstancias, el objetivo, como siempre decimos, es que el camino sea de todos.

La proposición de deslinde consistirá en una memoria resumen, una memoria general, las actas del deslinde, el cuadro de intrusiones y colindantes, las características de la instrumentación utilizada tanto en los levantamientos topográficos como fotogramétricos así como la metodología seguida adjuntando los resultados.

 

   -Memoria resumen.

Se redactará una memoria resumen en la cual se incluirán los siguientes datos:

I.- Provincia

II.- Término municipal

III.- Vía pecuaria

IV.- Tramo

V.- Clasificación aprobada

VI.- Anchura clasificada

VII.- Motivo de deslinde

VIII.- Representante de la administración

IX.- Fecha del deslinde

X.- Fecha del anuncio del deslinde en el B.O.C.A.M.

XI.- Número de intrusiones

XII.- Superficie total

XIII.- Longitud total

XIV.- Anchura media

XV.- Superficie intrusada

XVI.- Superficie no intrusada

XVII.- Total superficie necesaria

XVIII.- Total superficie sobrante

 

   -Memoria general

En la memoria general se mencionarán todos los antecedentes de la vía pecuaria motivo del deslinde, tales como la orden de aprobación de las clasificaciones, etc.

 

   -Actas del deslinde

Las actas de deslinde se redactarán en los Actos de apeo pudiendo hacer durante dicho acto, los propietarios colindantes y demás interesados que concurran, las alegaciones que estimen oportunas que se harán constar en actas como hace referencia el Artículo 22 del Reglamento de Vías Pecuarias.

 

La redacción de estas actas consistirá en describir la situación de cada estaquilla, haciendo referencia a la distancia y orientación de unas con otras.

 

   -Cuadro de intrusiones y colindantes

En este cuadro se reflejarán los siguientes datos:

 

* Nº de polígono de la parcela intrusada o colindante

* Nº de parcela intrusada o colindante

* Nombre del propietario

* Apellidos del propietario

* D.N.I.

* Dirección del propietario

* Longitud colindantes

* Superficie intrusada

 

   -Características de la instrumentación utilizada tanto en el levantamiento topográfico como en el levantamiento fotogramétrico y  replanteo, así como la descripción de la metodología seguida en los trabajos de campo y gabinete. Resultados con registros y Planos.

 

Una vez confeccionados los documentos definitivos de las proposiciones de Deslinde se presentarán a la Administración licitante, para que si cree oportuno, de su conformidad para continuar con la fase administrativa.

 

Posteriormente se remitirá el informe al Ayuntamiento y Cámara Agraria Local, debiendo ser emitidos tales informes en los plazos que determina el artículo 26 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

 

En las oficinas de la D.G. de Agricultura y Alimentación y Ayuntamientos se expondrá al público la referida proposición de deslinde durante un plazo de quince días, cuyo período habrá sido anunciado previamente con el Boletín Oficial de la provincia, en el Ayuntamiento y en la Cámara Agraria Local, así como en un periódico provincial, según el ámbito territorial a que se refiere el expediente.

 

Transcurrido dicho plazo de diez días más durante los cuales se recibirán las alegaciones, propuestas de variación de trazado o reclamaciones a que pueda haber lugar, la expresada D.G. de Agricultura y Alimentación enviará el expediente a la Abogacía del Estado para que informe sobre las reclamaciones y documentos en los que los interesados funden sus derechos.

 

Posteriormente, elevará el expediente, a los Servicios Centrales. (Artículo 23 que hace referencia al artículo 14 del Reglamento de Vías Pecuarias).

 

   En definitiva, estos son los pasos que de forma secuenciada se deben dar para llegar a buen puerto, salvando la especificidad de cada norma en las diferentes Comunidades Autónomas, este post se refiere a los deslindes en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Madrid. En todo caso, no olvidemos que lo fundamental es respetar o recuperar los trazados en su integridad o de forma parcial, dependiendo de cada caso.

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Un comentario

  1. He recibido una notificación "Deslinde del camino de Sobrivela. Acta de Apeo"del Ayuntamiento de Castroverde de Campos en Zamora, en la cual se me notifica que en sesion extraordinaria del Pleno de este Ayuntamiento, celebrada el 28 de octubre de 2008, se adoptó entre otros el siguiente acuerdo:

    Aprobar el acta de apeo levantada sobre el citado camino con fecha 27 de junio de 2007, así como documentacion aportada por el técnico y que forma parte de la citada acta de apeo y declarar provisionalmente la posesion de hecho sobre el camino deslindado.

    Este camino, no es tal sino una servidumbre de unos 4 metros de ancho que exite desde que se hizo la concentración parcelaria y quiero que siga así, no como camino que es al parecer lo que quieren hacer.¿Qué es el acta de apeo? ¿Tienen derecho a obligarme a ceder ese terreno para hacer un camino por el que quieren que pasen ovejas? ¿Qué debo hacer?

    GRACIAS

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