CENTRALES TÉRMICAS
EN CASTEJÓN (NAVARRA)
COMPARECENCIA DE Greenpeace ANTE LA COMISIÓN
DE ORDENACIÓN DEL
TERRITORIO, VIVIENDA Y MEDIO AMBIENTE DEL PARLAMENTO DE
NAVARRA
22 de octubre de 1999
Greenpeace
considera que no se debe permitir la construcción de las
centrales térmicas proyectadas en Navarra por Iberdrola
e Hidrocantábrico. Greenpeace fundamenta esta posición en
las siguientes razones, recogidas en las alegaciones presentadas
por esta organización ecologista a los respectivos estudios
de Impacto Ambiental (EIA) de Iberdrola e Hidrocantábrico:
Emisiones
de CO2
Ambas compañías
eléctricas no cuantifican las emisiones de CO2 que se
producirán en las centrales, sino que tan sólo se presentan
en los respectivos EIA unas tablas genéricas para esta tecnología.
Sin embargo, Greenpeace estima que la central de Hidrocantábrico
tendría una capacidad de emisión de unos 1.300.000 toneladas/año
de CO2, y la de Iberdrola unos 2.600.000 toneladas/año de
ese mismo gas causante del cambio climático. Por lo que
en total, los proyectos podrían suponer unas emisiones de
cerca de 4 millones de toneladas de CO2 al año.
Por el contrario,
se cifran en el EIA de Hidrocantábrico las emisiones que
se reducirían supuestamente si la central propuesta sustituyese
a otras térmicas convencionales, pero lo que en ningún momento
se indica es qué centrales térmicas dejarían de operar por
la construcción de grupos de ciclo combinado como el propuesto,
ni si existe por parte de Hidrocantábrico compromiso alguno
de cerrar centrales térmicas que compensasen el aumento
de emisiones de las nuevas, ni si es el Gobierno el que
impondría tales cierres.
En el EIA
de Hidrocantábrico, las emisiones a la atmósfera se comparan
sólo con centrales convencionales, pero no se comparan con
sistemas de generación con energías renovables. Es llamativo
que para el CO2 se emplea un factor muy optimista (0,37
kg./kWh), cuando según el CIEMAT las emisiones de un ciclo
combinado de gas natural, teniendo en cuenta el ciclo de
vida completo, serían de 0,402 kg./kWh (datos citados en
el Plan de Fomento de las Energías Renovables del MINER).
En cualquier caso, según esta misma fuente a la energía
eólica le corresponderían unas emisiones de CO2 de sólo
0,0149 kg./kWh, o sea, 27 veces menos.
Protocolo
de Kioto
En cuanto
al efecto de la operación de la central sobre las emisiones
de CO2 de España y sobre las obligaciones adquiridas bajo
el Protocolo de Kioto, el EIA de Hidrocantábrico evita referirse
a éste último, ignorando que este Protocolo es el actual
marco internacional del que se derivan los límites a las
emisiones de gases de efecto invernadero (incluido el CO2)
de todos los países firmantes (entre ellos España) y que
en consecuencia afecta directamente a las grandes instalaciones
de combustión, principal fuente de emisión de CO2. Cita
Hidrocantábrico un informe de la Agencia Internacional de
la Energía (de 1993) para intentar buscar un respaldo a
la opción del ciclo combinado, pero ignora que esta opción
no está contemplada en el Protocolo de Kioto, que es más
reciente (1997).
Iberdrola,
por su parte, reconoce que las emisiones de las centrales
térmicas en 1997 superaban ya en más del 17% las emisiones
de 1990. La conclusión obvia, a nuestro juicio, es que la
construcción de una sola central térmica más es INCOMPATIBLE
con el cumplimiento del Protocolo de Kioto. Y eso suponiendo
que a cada sector se le aplique el límite de emisiones proporcional
y equitativamente, aunque en la realidad para el sector
de mayor crecimiento (el transporte) el Gobierno español
no tiene previsto un plan de reducción de emisiones, en
cuya ausencia la necesidad de reducir las emisiones en el
sector eléctrico sería mayor aún, lo que haría más incompatible
todavía la construcción de más centrales térmicas.
Por su parte,
el EIA de Iberdrola llega a la sorprendente conclusión de
que estas centrales permitirían situarse dentro de los límites
de emisiones establecidos por el Protocolo de Kioto si se
construyesen 26 grupos como el propuesto de 400 MW. Amén
de la total falta de justificación de estas cifras, lo que
en ningún momento se indica es qué centrales térmicas dejarían
de operar por la construcción de esos grupos de ciclo combinado,
ni si existe por parte de Iberdrola compromiso alguno de
cerrar centrales térmicas que compensasen el aumento de
emisiones de las nuevas, ni si es el Gobierno el que impondría
tales cierres.
En definitiva,
la puesta en marcha de una central térmica de cualquier
tipo y combustible fósil supone necesariamente un aumento
de emisiones de CO2, y es de todo punto inaceptable que
se permita a una empresa proceder a su construcción sin
que previamente exista la obligación de cerrar otra/s central/es
de emisión equivalente o mayor.
Tampoco aluden
Iberdrola ni Hidrocantábrico al efecto sobre los acuerdos
de reparto de los compromisos de reducción de emisiones
de gases de efecto invernadero entre los estados de la Unión
Europea.
Emisiones
de metano
Las emisiones
de CH4 tampoco se cuantifican para las centrales proyectadas
(tan sólo Iberdrola las cita en la misma tabla genérica
referida anteriormente). No se analiza, por tanto, el efecto
de la operación de las centrales sobre las emisiones de
CH4 (incluyendo las producidas en la extracción, almacenamiento
y transporte del gas natural que se utilizaría), ni sobre
los compromisos del Protocolo de Kioto y acuerdos derivados.
Impactos
del cambio climático
No se evalúan
los impactos ambientales del cambio climático debido a las
emisiones de gases de efecto invernadero de las centrales
proyectadas, incluyendo su contribución al aumento de la
temperatura media del planeta. Tampoco se dice si las compañías
Iberdrola y/o Hidrocantábrico pagarían los daños debidos
a esos impactos, y si no, quién lo haría.
Lluvia
ácida
En cuanto
a las emisiones de NOx, el criterio de diseño de la planta
de Hidrocantábrico es mantener estas emisiones simplemente
por debajo de 50 mg/m3N, sin especificar cuánto por debajo
de ese límite. Ese límite es el que establece la propuesta
de Directiva de la Comisión Europea (1998), que modifica
la anterior Directiva de sólo diez años antes (1988). En
la medida en que el problema de los NOx continúe sin resolverse
en Europa, cabe prever que en el largo intervalo de vida
útil de la planta surjan nuevas regulaciones más estrictas
en la materia. A este respecto, es especialmente preocupante
la afirmación que se hacía en el capítulo 6.2.5 de la memoria
del proyecto anterior al EIA de que "En cualquier
caso, si surgiesen restricciones mayores de obligado
cumplimiento para el proyecto de la nueva central, HIDROELÉCTRICA
DEL CANTÁBRICO como propietaria de la futura central, se
compromete a cumplirlos todos siempre que tecnológicamente
sea posible" (el subrayado es nuestro). Se
deja entrever que la empresa decidirá si cumple o no la
normativa.
No
se evalúan las emisiones de SO2 en el caso de emplearse
gas de Lacq, ni sus correspondientes impactos ambientales.
Los impactos
ambientales evaluados se circunscriben a un entorno de 20
Km alrededor de la central (10 Km en el caso de Iberdrola),
quedando sin evaluar los impactos debidos a las emisiones
de contaminantes de largo alcance, como los precursores
de la lluvia ácida o los gases de efecto invernadero.
Impacto
en el agua
En cuanto
al impacto térmico en el agua del río debido al funcionamiento
de los dos grupos de Iberdrola (800 MWe), ésta reconoce
que el impacto podría ser severo, pero no evalúa el efecto
sinérgico del funcionamiento simultáneo de la central proyectada
por Hidrocantábrico. Como medidas a tomar, en caso de que
el menor caudal del río lleve a una elevación de la longitud
del tramo con salto térmico mayor de 3 ºC, el EIA propone
simplemente adecuar el régimen de funcionamiento de la central
en esos periodos (condición que consideramos deberá ser
obligatoria en caso de autorizarse la central), pero no
se contemplan las medidas en caso de funcionamiento simultáneo
de ambas centrales.
Hidrocantábrico,
por su parte, no evalúa adecuadamente el consumo de agua
de la central (que equivaldría al 65% del caudal tomado
del río), ni su efecto sobre las necesidades de agua de
la zona. Tampoco analiza las consecuencias de este consumo
sobre el impacto térmico en el agua del río debido al funcionamiento
de los dos grupos (800 MWe) de la central propuesta por
Iberdrola.
Justificación
de los proyectos
En cuanto
a la justificación del proyecto, Iberdrola dice que el objeto
es aumentar la seguridad en el suministro de energía eléctrica
en una amplia zona de la Comunidad Foral de Navarra, aunque
no especifica ni demuestran cuáles son esas necesidades.
Hidrocantábrico
no justifica el proyecto; no explica qué razones inducen
a construir su central térmica que justificasen los impactos
ambientales producidos. Tan sólo compara este sistema con
otros sistemas de generación, pero no explica por qué considera
necesario construir una central del tipo que sea.
Ninguna de
las compañías justifica la necesidad de construir estas
centrales térmicas para cubrir la demanda de electricidad
del sistema peninsular. No demuestran que esta opción sea
preferible, desde los puntos de vista ambiental, social
(creación de empleo), energético y económico, a las de mejora
de la eficiencia energética, gestión de la demanda y puesta
en servicio de unidades de generación basadas en energía
renovable.
Hidrocantábrico
alude a que la energía fotovoltaica resulta más cara, pero
ignora que todos los análisis actuales sobre externalidades
(costes reales no contabilizados en el precio) sitúan a
las centrales térmicas (incluidas las de gas) significativamente
por encima de las energías renovables (incluida la fotovoltaica).
Plan
Energético de Navarra
Respecto
al cumplimiento del Plan Energético de Navarra, no se evalúan
adecuadamente las consecuencias ambientales, energéticas,
económicas, legales y políticas de la construcción de esta
central térmica sobre las disposiciones y objetivos del
Plan.
El EIA de
Hidrocantábrico dice cínicamente que el proyecto "puede
enmarcarse en las directrices contenidas en el Plan Energético
de Navarra tendentes a la diversificación de las fuentes
de suministro y a la satisfacción de la demanda energética
mediante la progresiva sustitución de fuentes de abastecimiento
de mayor potencial contaminante", mientras Iberdrola
dice que su proyecto cubre la preocupación del Plan respecto
a la disminución de emisiones de CO2. Ambas aducen para
ello simplemente que las emisiones de estas centrales son
menores de las que producirían centrales térmicas convencionales.
Sin embargo, la realidad es que tales centrales no existen
en Navarra, y que el objetivo del Plan Energético de Navarra
es cubrir la totalidad de la demanda de energía eléctrica
de la Comunidad Foral mediante energías renovables producidas
en la misma Navarra. Por tanto, la construcción de centrales
térmicas, sea cual sea su tecnología y su combustible fósil
es INCOMPATIBLE con el Plan Energético de Navarra.
Iberdrola
dice que la implantación de su instalación en Castejón contribuirá
de forma eficaz a reducir la dependencia energética de la
Comunidad Foral, mientras Hidrocantábrico afirma que su
instalación "permitiría la generación en territorio
foral de suficiente energía para su autoabastecimiento",
pero el Plan Energético de Navarra, que es anterior a estos
proyectos de centrales térmicas, ya preveía alcanzar el
autoabastecimiento de energía eléctrica, íntegramente con
energías renovables, y una significativa reducción de la
dependencia externa de energía primaria, algo que las centrales
térmicas no sólo no reducirán sino que incrementarán.
Impactos
sociales
Ninguna de
las dos compañías compara este proyecto, d esde los puntos
de vista ambiental, energético, económico, legal y político,
con la alternativa de generación de la misma energía en
parques eólicos en Navarra. Es decir, se ignora la existencia
de alternativas concretas, aunque es notorio que estas alternativas
resultan más ventajosas que el proyecto presentado.
Por ejemplo,
Iberdrola evalúa la posible generación de empleo durante
la fase de funcionamiento como un impacto positivo de magnitud
alta, mientras Hidrocantábrico cifra la creación de empleo
de la nueva central en 32 puestos de trabajo fijos, pero
ninguna lo compara con el empleo que produce la alternativa
eólica, cuando el hecho real es que el sector eólico da
empleo actualmente a unas 800 personas en Navarra.
Resulta sorprendente
que Iberdrola diga que se produce un incremento de la calidad
de vida de la población debido a la mejora de la infraestructura
eléctrica, lo que valora de magnitud alta, cuando en realidad
dicha infraestructura va dirigida a la transformación y
evacuación en alta tensión de la electricidad generada en
la central hacia la red general del Estado, lo cual bien
poco tiene que ver con las necesidades (tampoco especificadas)
de mejora del suministro de la población circundante. Sin
embargo, la alternativa no considerada de generación por
energías renovables distribuida en los puntos de consumo
sí que contribuye a mejorar la seguridad y calidad del suministro
y, por tanto, la calidad de vida.
También sorprende
que Iberdrola diga, refiriéndose a sus programas en energías
renovables, que "se puede decir que los emplazamientos
técnicamente viables (con la tecnología actual) para estos
tipos de energía están ya en estudio y se cuenta con su
aprovechamiento en un futuro cercano". Como mínimo
esta afirmación habría de justificarse con datos, y desde
luego contrasta con la realidad: por ejemplo, los emplazamientos
viables para la instalación de tejados solares en España
permitirían la generación del equivalente a la cuarta parte
de la demanda eléctrica nacional, pero no existe ningún
plan de Iberdrola para su aprovechamiento en un futuro cercano
(ni lejano).
Alternativa
renovable
No se considera
el efecto de la construcción de esta central sobre las posibilidades
de España de cumplir el objetivo del 12% de energía de origen
renovable establecido en el Libro Blanco de las Energías
Renovables de la Unión Europea y en la Ley del Sector Eléctrico.
Iberdrola
afirma que la contribución de las fuentes renovables no
es suficiente para cubrir las necesidades energéticas del
país, pero no indica basándose en qué escenarios de crecimiento
de la demanda eléctrica se daría tal circunstancia. Por
el contrario, fuentes del propio sector eléctrico han reconocido
públicamente que, si se cumple el objetivo del 12% renovable
para el 2010, todo el incremento esperable de la demanda
eléctrica sería cubierto por renovables. Podemos deducir
que no hay lugar para nuevas centrales térmicas si se cumple
el objetivo renovable legal, por lo que energías renovables
y nuevas centrales térmicas son INCOMPATIBLES, a no ser
que se pretenda incumplir los objetivos renovables o que
se sustituya centrales térmicas convencionales, lo que ya
hemos indicado que no queda especificado en el EIA de Iberdrola.
Hidrocantábrico
afirma que las perspectivas de atención a la totalidad de
la demanda con este tipo de energías se sitúan en ratios
muy alejados de la situación ideal: evidentemente, no se
puede estar refiriendo a Navarra, donde el Plan Energé tico
sí que prevé atender la totalidad de la demanda con energías
renovables. En vez de referirse a Navarra, se extiende en
disquisiciones sobre un antiguo (1992) escenario del Consejo
Mundial de la Energía sobre porcentajes de energías renovables
a escala mundial.
Tampoco tiene
en cuenta Hidrocantábrico que el grado de extensión de las
energías renovables depende en buena medida del volumen
de la inversión económica a realizar en ellas: sería bueno
conocer qué inversiones tiene previstas Hidrocantábrico
en este campo, en comparación con las inversiones en centrales
térmicas.
Ampliación
de potencia
Hidrocantábrico
no evalúa ninguna de las cuestiones anteriores en el caso
de una posible ampliación futura de las instalaciones, aunque
se contempla tal posibilidad en el mismo recinto.
Por todo
ello, pedimos al Parlamento de Navarra que tome postura
en contra de estas térmicas y exija al Gobierno foral el
cumplimiento del Plan Energético aprobado en este parlamento.
La mejor solución es que no se construyan las centrales
térmicas proyectadas, y que Iberdrola e Hidrocantábrico
dediquen su inversión a proyectos de energías renovables
en cumplimiento del Plan Energético de Navarra.