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Convocatorias 2005
 
RESOLUCION DE LA DIRECTORA GENERAL DE UNIVERSIDADES E INVESTIGACION POR LA QUE SE APRUEBA LA LISTA DEFINITIVA DE PRESOLICITUDES SELECCIONADAS EN RELACION CON LA CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA REALIZACIÓN DE PROGRAMAS DE ACTIVIDADES DE I+D ENTRE GRUPOS DE INVESTIGACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID
 

VISTA la Orden 2744/2005, de 20 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se establecen las bases reguladoras para la realización de programas de actividades de I+D entre grupos de Investigación de la Comunidad de Madrid.

VISTA la Orden 2745/2005, de 20 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se convocan ayudas para la realización de programas de actividades de I+D entre Grupos de Investigación de la Comunidad de Madrid.

CONCLUIDO el proceso de evaluación científico-técnica de las presolicitudes conforme a lo previsto en el artículo 9 de las Ordenes 2744/2005 y 2745/2005 arriba indicadas.

VISTOS los Informes de Evaluación elaborados por los paneles correspondientes reunidos por las Áreas Prioritarias contempladas en el Anexo I de la Orden 2745/2005.

RESUELVO


PRIMERO. Aprobar la lista definitiva de presolicitudes seleccionadas por Áreas Prioritarias que se relacionan en el Anexo I, correspondiente a la convocatoria de ayudas para la realización de programas de actividades de I+D entre Grupos de Investigación de la Comunidad de Madrid regulada por Orden 2745/2005, de 20 de mayo, del Consejero de Educación y por Orden 2744/2005, de 20 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se establecen las bases reguladoras.

SEGUNDO. Los Programas que aparezcan en la lista de Presolicitudes seleccionadas a que hace referencia el apartado primero, deberán presentar, por vía telemática, la solicitud definitiva, en el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la publicación en la página web de la Comunidad de Madrid (www.madrid.org) de esta Resolución, acompañando el programa de I+D completo junto con la documentación contemplada en el artículo 7.2 de la Orden 2745/2005, teniendo en cuenta las prescripciones establecidas en el artículo 7 de la misma Orden.

Contra esta resolución que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, de acuerdo con el artículo 107.1 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la ley 4/1999, recurso de alzada. El recurso se podrá interponer en el tiempo y la forma contemplados en los artículos 114 y 115 de la ley 30/1992, dirigido a la Directora General de Universidades e Investigación o ante el Consejero de Educación, que será el competente para resolverlo.

Todo lo anterior sin perjuicio de que el interesado pueda interponer cualquier otro recurso que estime pertinente.

No obstante de acuerdo con lo previsto en los artículos 9.2 de la Orden 2744/2005 y de la Orden 2745/2005, las decisiones de carácter científico que se adopten en el proceso de evaluación científico-técnica serán inapelables, en el sentido de que el interesado no podrá instar nuevas evaluaciones por desacuerdo con el contenido de las mismas.


Madrid, 13 de Septiembre de 2005
LA DIRECTORA GENERAL DE UNIVERSIDADES
E INVESTIGACIÓN

Fdo. Clara Eugenia Núñez.
 
 


INFORMACIÓN:
Correo electrónico: areaprogramas@madrid.org
Coordinadora de Programas
Dirección General de Universidades e Investigación
Consejería de Educación
Comunidad de Madrid
Alcalá, 30-32, 3ª Planta
E-28014 Madrid
Teléfono: 003491-7200494/917200050/917200353
Fax: 003491-7200490
 
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