|
Tras meses de batallas entre la denominada industria cultural, por un lado, y la tecnológica y los consumidores, por otro, la nueva Ley de Propiedad Intelectual entrará en vigor (cuando lo indique el BOE) tras una reforma que ha causado profundas discusiones.
Los diputados han votado las enmiendas aprobadas en el Senado a la reforma del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, lo que culmina su trámite parlamentario, y han rechazado cinco de ellas. Durante la presentación de sus posturas, los grupos políticos coincidieron en lo complejo de una ley en la que se ha tratado de encontrar un equilibrio, y han destacado el consenso de la cámara.
La norma traslada el modelo tradicional del canon analógico, que desde 1992 se ha aplicado a casetes y cintas de vídeo, al mundo digital. Este canon es una cantidad fija que las entidades de gestión de derechos de autor cobran como compensación por las copias privadas que el consumidor puede realizar de materiales sujetos a propiedad intelectual. Esa cantidad se tiene que repartir, a su vez, entre los autores.
La ley ha salido adelante con el apoyo general de PSOE, PP, CiU, Izquierda Unida y Coalición Canaria, mientras que ERC y PNV se han abstenido. Estos dos últimos grupos fueron los únicos que destacaron la falta de equilibrio entre los intereses de las partes afectadas (autores, industria, ciudadanos) y la ausencia de mención a las competencias autonómicas.
Por parte del grupo socialista, el diputado Antonio Louro se felicitó por el resultado de la tramitación parlamentaria de la reforma, que cumple el mandato europeo y, además, "las demandas urgentes de las entidades culturales". Tras criticar el "falso debate" entre el respeto a la propiedad intelectual y el desarrollo de la Sociedad de la Información, describió la reforma como una "apuesta por la cultura y sus grandes protagonistas, los creadores".
Mientras, desde las filas populares, la diputada Beatriz Rodríguez-Salmones remarcó que el objetivo de la ley es la protección de los derechos de propiedad intelectual, unos derechos "difíciles de entender y sujetos a mucha demagogia". Recordó que existe un "acuerdo básico" y que "todas las partes se han sentido escuchadas". Por último, quiso destacar que "la ley tiene la obligación de renovarse o actualizarse permanentemente", a ritmo de los cambios que afectan a los derechos que regula.
Esta controvertida norma se ha querido adaptar a las directivas europeas la legislación española sobre derechos de autor. Se trata de un paso previo a la redacción de una nueva reforma, que presumiblemente comenzará a ser elaborada a finales de año.
EL CONTROVERTIDO CANON
La nueva LPI ha tenido una tramitación parlamentaria muy complicada que ha durado un año, pero que curiosamente logró poner de acuerdo a PSOE y PP. Su paso por el Senado dejó un texto con varias modificaciones, algunas de ellas polémicas.
El artículo 25 (uno de los más largos del repertorio legal español) define el canon como un derecho "irrenunciable" para los autores. Consagra el canon para los soportes digitales 'idóneos', algo que puede abarcar no sólo los CD y DVD vírgenes, sino reproductores MP3, teléfonos móviles multimedia, escáneres, impresoras o lápices de memoria. Aunque la cuantía del canon deberá ser pactada entre la industria y las entidades de gestión, ha de tener el visto bueno del Gobierno.
Lo anterior supondrá un encarecimiento del precio de dichos productos ya que, pese a que las entidades de gestión insistan en que los deudores son los distribuidores, el hecho es que se traslada al precio final. La industria tecnológica y los consumidores, agrupados en la plataforma 'Todoscontraelcanon.es', se han quejado de este aspecto, y subrayan que se trata de "una tasa indiscriminada".
Además, la nueva ley deja el concepto de copia privada al ámbito privado y regula la instalación de medidas tecnológicas anticopia en los soportes (prohíbe expresamente su elusión), lo que puede impedir realizar la propia copia privada.
LA INDUSTRIA CULTURAL
Por su parte, la llamada industria cultural, así como las entidades de gestión, parecen estar satisfechas en general con la reforma, aunque no del todo. Algunos han manifestado que la extensión del canon al mundo digital es 'insuficiente', mientras que la opinión de las entidades de gestión es muy crítica con ciertos aspectos de la LPI.
El texto que proviene del Senado mantiene la figura de la Comisión de Propiedad Intelectual (Disposición adicional segunda), un órgano arbitral pensado para resolver conflictos entre las entidades de gestión de derechos de autor y, por ejemplo, asociaciones de usuarios. Esta disposición abre la puerta a que dicha comisión, que depende del Gobierno, decida las tarifas sobre los derechos exclusivos, lo que las entidades de gestión de derechos y las asociaciones de autores rechazan.
Además, el texto especifica que el canon deberá ser proporcional al coste final del aparato o equipo sobre el que recaiga (artículo 25.6 4ª h), algo que evitará situaciones como que la cuantía de la compensación llegue a ser mayor que el propio precio del soporte.
Según un informe encargado por la Fundación Autor (SGAE) y presentado esta misma semana, que el precio sea proporcional es algo "contrario a la lógica" de la remuneración por copia privada. El canon, afirma el informe, es una tasa fija independiente del posible abaratamiento del soporte ya que dicha reducción de precio "no conlleva que los contenidos merezcan una remuneración menor".
La LPI data de 1987 y ha sido reformada tres veces. Ésta última intenta trasponer la directiva europea que recoge los tratados de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) de 1996. En estos conflictos España no está sola. Otros países, como Francia, tampoco se han librado de la polémica al adaptar su ley sobre derechos de autor a las directivas europeas.
Autor: Pablo Romero
|
|
| Enlaces de interés |
 |
|
|
| Noticias relacionadas |
 |
|
|
 |
|
COMPARTIR
|
|
|
|
|
| 2 | Ricardo Arnedo | 31/12/2007 | | Definitivamente no le encuentro lógica a este impuesto y aunque no soy abogado estoy seguro de que cualquier jurista que le dedique algo de tiempo y empeño podrá revocarla fácilmente. Si cada vez que compre un grabador y un cd o dvd voy a pagar impuestos por el posible uso que pueda hacer para copiar obras, esto quiere decir que a partir de ese momento tengo permiso implícitamente para hacerlas. He oído a un defensor del canon poner como ejemplo que no conoce a nadie que se compre un coche y le haga una copia para usarlo y que no se le estropee el original, pues bien, si trasladamos el ejemplo al sector de la automoción es como si se nos cobrase un impuesto al comprar el coche dirigido a la Dirección General de Tráfico en compensación por todas las infracciones que podemos cometer con dicho vehículo. De esta forma se le evitaría a los agentes la molestia de tener que denunciar puesto que ya tenemos pagadas las multas junto con el coche y todos circularíamos cometiendo infracciones sin miedo a que nos pillen, lo cual aumentaría sensíblemente el riesgo. No quiero dar ideas. No tengo nada en contra de que los autores ganen dinero, todo lo contrario, considero que salvo honrosas excepciones, son seres maravillosos que nos hacen la vida más agradable y por ello deben vivir bien. Sin embargo hay otros modos de conseguirlo más en consonancia con el afecto del público como por ejemplo los recitales y conciertos. Es tan injusto el modo en que se reparten los derechos de autor, que ellos mismos no se ponen de acuerdo, ya que si nos guiamos por las listas tanto de los más oídos como de los más vendidos, sabemos que no vende más el mejor sino el más promocionado, y lo mismo ocurre con las películas, los libros, etc.
| 
| | 1 | Javier Coronel | 27/06/2006 | | Este comentario lo he hecho infinidad de veces, pero aquí va enfocado de otra forma. Soy ingeniero en informática y además me dedico a ello. Desde el punto de vista de cualquier persona con un mínimo de intelecto, se ve que el canon consituye varias cosas:
- Freno al avance tecnológico, en clara desventaja con el resto de Europa. - Favorecimiento del comercio de importación desde otros paises de Europa. - Encarecimiento de productos - Vulneración de la presunción de inocencia - Impuesto encubierto Vamos a ver, si en España hay un canon que grava la mayor parte de los componentes de un equipo informático, la solución es comprarlo en cualquier país de la UE. Como no hay fronteras dentro de Europa y en otros países no existe el canon, todo solucionado. Con eso, perdemos competitividad en montaje de equipos y venta de soluciones llave en mano, a la vez que favorecemos el crecimiento de ese tipo de enpresas fuera de España. Por otro lado, si yo monto un ordenador en una empresa ¿por qué tenemos que pagar el canon? ¿acaso van a proteger los derechos de autor de todos los documentos que se hagan?. Como es un pago obligado, se puede considerar un impuesto ¿desgrava en el pago de impuestos de la empresa?
No comprendo porqué hay que pagar este impuesto revolucionario, cuya finalidad todavía no se ha expuesto, pero se ha comprobado que sirve para derrocharlo, por parte de ciertas personas.
Señores de la SGAE si su negocio se ha quedado anticuado, no pretendan que se lo paguemos entre todos. Es como si tuviéramos que pagar un canon por cada litro de combustible a las empresas dedicadas al carbón, ya que el consumo de gasonila perjudica a los productores de carbón... Cambien de una vez su modelo de negocio y dejen vivir a los demás.
| 
|
|