Esto, tan evidente que casi resulta infantil, no siempre se extrapola a otro tipo de posesiones. Me estoy refiriendo a la propiedad industrial. Imaginemos, por ejemplo, que el propietario de una floristería desarrolla, gracias a su ingenio, una pequeña capsulita que, en contacto con los tallos, consigue alargar en un 30% la vida de flores y plantas. Si simplemente la crea para su propio uso, sus clientes estarán encantados con el producto y hasta puede que repercutiera positivamente en su imagen frente a la competencia y en un incremento en las ventas. Pero un día otra empresa tal vez haría el mismo descubrimiento, lo patentaría, la capsulita se comercializaría y esta compañía pasaría a la historia como su verdadera creadora, cuando en realidad otra lo había hecho antes que ella.
Algo así le ocurrió al italiano Antonio Meucci, verdadero inventor del teléfono (que él llamó teletrófono), aunque los méritos se los ha llevado históricamente el británico Alexander Graham Bell porque, cinco años después, fue el primero en patentarlo.
Tal vez el primer error sea confundir la propiedad industrial con la propiedad intelectual. Ésta última hace referencia a creaciones originales de tipo literario o artístico (novelas, películas, pinturas, fotografías, esculturas), mientras que la propiedad industrial se refiere a descubrimientos o inventos relacionados con la industria, destinados a su producción en serie y posterior comercialización. Eso sí, en ambos casos es necesario registrarlos para garantizarse su propiedad. Los trabajos intelectuales se protegen mediante derechos de autor, mientras que los inventos se protegen mediante patentes, poniéndose de este modo a disposición de cualquier persona de cualquier parte del mundo de forma gratuita. Posteriormente, un tercero se hace con los derechos de explotación en exclusiva de esa patente para poder producirla en serie y comercializarla por un tiempo definido que en España es de 20 años.
Actualmente, las grandes empresas tienen clara la importancia de proteger sus innovaciones mediante su registro como patente, pero no tanto es así en la pequeña y mediana empresa.
Recientemente, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) ha publicado su memoria anual, según la cual durante 2011 se presentaron en España 3.397 solicitudes de patentes (de las que luego se realiza un estudio que determina la viabilidad y concesión de la patente). La Comunidad de Madrid encabeza la lista, con 718 solicitudes, seguida de Cataluña (625), Andalucía (477) y la Comunidad Valenciana (345). Sin embargo, si atendemos al ratio de patentes solicitadas por millón de habitantes, nos encontramos con que las comunidades autónomas con mayor actividad inventiva son Navarra (165), Aragón (154), Madrid (111) y País Vasco (109), situándose la media nacional en 72 solicitudes por millón de habitantes.
Eso sí, si atendemos al top ten de las entidades con mayor número de solicitudes presentadas, nos encontramos en primer lugar al Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC) y después a grandes empresas como Telefónica, Gamesa o Airbus, así como a Universidades como la Politécnica de Madrid, la Politécnica de Cataluña y la de Sevilla, o al Servicio Andaluz de Salud. Pero a ninguna pyme.
Nuestra Fundación colabora en la difusión del Centro virtual de apoyo a la PYME en materia de Propiedad Industrial , puesto en marcha por la OEPM y la Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa para, precisamente, tratar de acercar el mundo de la Propiedad Industrial a las pymes. En las jornadas que hemos realizado para darlo a conocer en diferentes ciudades españolas nos hemos encontrado con que las dos principales quejas de los pequeños empresarios que sí sabían del tema eran el tiempo que transcurre desde que se solicita hasta que se concede la patente y el coste económico que supone este procedimiento.
Sin embargo, gracias a los trámites por vía telemática y a otro tipo de herramientas de aceleración, la OEPM ha conseguido reducir a seis meses el tiempo de espera para obtener el informe de búsqueda. Asimismo, existen ayudas económicas que pueden suponer una reducción de hasta el 80 o el 90% en las tasas de patentes. Según la memoria anual de este organismo, en 2011 se destinaron 167.346 euros en concepto de ayudas para fomentar la protección de las invenciones mediante patente entre las pymes (que se hicieron con el 63,5%) y las personas físicas (a las que fue el 36,5% restante).
Es importante que la pequeña y mediana empresa se conciencie de la necesidad de proteger sus invenciones, marcas y diseños, y que tenga claro cuáles son los derechos de propiedad industrial, qué ventajas pueden proporcionarles las patentes y cuál es el procedimiento a seguir para patentar, pues con ello conseguirá aumentar su capacidad innovadora. La propiedad industrial ha de considerarse un valor estratégico, y conocerla bien permitirá a la pyme obtener el máximo beneficio de ella en la optimización de su modelo de negocio y utilizarla como herramienta clave de posicionamiento en el mercado. |