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Ayudas para la realización de proyectos de investigación en Ciencias de la Salud

  • ¿Cuando termina el plazo de presentación de solicitudes?

    El plazo establecido es del 28 de diciembre del 2002 al 28 de Enero de 2003. Por tanto el último día de presentación de solicitudes es el 28 de Enero del 2003.

  • ¿Dónde se pueden presentar las solicitudes?

    Las solicitudes se podrán presentar, dirigidas a la Dirección General de Investigación, en el Registro de la Consejería de Educación, c/ Gran Vía 3. 28014 Madrid, en cualquier registro de la Comunidad de Madrid, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Cuando la solicitud se remita mediante correo certificado, deberá presentarse en la correspondiente oficina en sobre abierto para que se pueda estampar el sello de la fecha en el impreso de solicitud.

  • ¿Como rellenar el impreso de solicitud por vía telemática?

    El impreso de solicitud (anexo II de la convocatoria) está disponible en las siguientes direcciones de internet:
    www.madrid.org/cmadrid/investigacion/convocatorias.htm
    www.madrimasd.org/informacion/convocatorias

    Debe de rellenarlo e imprimirlo para generar el código de barras correspondiente, debiendo adjuntar dicho documento en papel debidamente firmado y sellado por el representante legal del Organismo, firmado por el investigador responsable y firmado y sellado por el Director del Departamento o Entidad análoga .

  • ¿Suple la cumplimentación telemática la presentación en registro?

    No. El impreso que se rellena por vía telemática sirve exclusivamente para generar el código de barras necesario para la grabación automática de los datos. Esta información no se registra a través de Internet. Debe de presentarse en papel con el resto del expediente

  • ¿Cuántos ejemplares hay que presentar por solicitud?

    Tres. Original y dos copias. Además del Anexo II (de solicitud), se deben adjuntar el Anexo III (de declaración de ayudas) y cuantos documentos se relacionan en el artículo 5 de la Orden de Convocatoria.

  • ¿Puedo presentarme a la convocatoria, si actualmente estoy participando en un proyecto financiado por la Comunidad de Madrid?

    No, si este proyecto está vigente a lo largo del año 2003 y/o 2004.

  • ¿Puedo participar en más de un proyecto en la presente convocatoria?

    No. Sólo podrá participar en un solo proyecto, ya sea como investigador principal o como miembro del equipo.

  • El becario a incorporar con cargo al proyecto, ¿qué tipo de vinculación podrá tener, contrato temporal o beca?

    La incorporación se podrá hacer, a dedicación completa, bajo cualquier modalidad de contratación temporal, o en régimen de formación (beca), acorde con la normativa vigente y con las normas del organismo solicitante, que es el que contrata. La dotación máxima anual que aportará la Consejería de Educación cuando la incorporación sea en régimen de formación, será de 18.756 € brutos. En el caso de que la modalidad elegida sea la de contrato laboral, la dotación máxima que aportará la Consejería de Educación será de 21.882 € brutos anuales.

  • ¿Cuál es el límite máximo de financiación en la partida presupuestaria de viajes y dietas?

    Este concepto no deberá sobrepasar el 15 % del coste total del proyecto, excluidos los costes indirectos con un máximo de 1500 €.

  • ¿Cuál es el límite máximo de financiación en la partida presupuestaria de costes indirectos?

    Los costes indirectos ocasionados al organismo por el desarrollo del proyecto, no podrán superar el máximo del 15% sobre el presupuesto solicitado, sin incluir en el cómputo el capítulo de personal.

  • ¿Qué titulación deben poseer los miembros del equipo investigador?

    Los equipos de investigación podrán estar integrados por personal con funciones investigadoras o técnicas específicas, siempre que estén en posesión de titulación superior o media.

  • ¿Cómo justifican la vinculación con el centro los colaboradores que no tienen ningún tipo de remuneración?

    No hay inconveniente en que participen en el proyecto como miembros del equipo investigador, siempre que estén adscritos al centro solicitante en calidad de colaboradores voluntarios y así lo hagan constar en el Currículum Vitae.

  • ¿Puede participar como miembro del equipo una persona que no tiene vinculación profesional con el organismo sede del proyecto?

    Si, siempre que se aporte la autorización del organismo al que pertenezca.

  • ¿Quienes pueden ser investigadores responsables?

    Sólo aquellos que sean doctores y pertenezcan a la plantilla de los organismos solicitantes.

  • ¿Cuántas personas del equipo deben pertenecer al organismo solicitante?

    Al menos el cincuenta por ciento de los miembros del equipo investigador del proyecto, deberá estar vinculado al organismo beneficiario.

  • En el impreso de solicitud (Anexo II), en el apartado 1, "Datos del Proyecto", ¿a qué se refiere con "Presupuesto total" y "Presupuesto solicitado"?

    El apartado "Presupuesto total" se refiere al coste total del proyecto, incluidas otras fuentes de financiación; y el apartado "Presupuesto solicitado" se refiere al presupuesto que se solicita financiar en la presente convocatoria. Nunca se debe incluir en el apartado "Presupuesto total" los gastos que sean cubiertos habitualmente por el organismo sede del proyecto; es decir salarios de personal de plantilla y gastos fijos de mantenimiento de oficinas e instalaciones.

  • ¿Qué ayudas se deben declarar en el anexo III?

    Se deben declarar las ayudas obtenidas o solicitadas a otros organismos correspondientes a proyectos en los que el solicitante participe y que estén directamente relacionados con la ayuda solicitada en la presente convocatoria. No obstante, a efectos de evaluación, en la memoria se podrán relacionar los proyectos con otras fuentes de financiación que tengan alguna relación temática con el proyecto que se solicita financiar en la presente convocatoria sea o no el solicitante investigador principal en aquellos.
    Conviene recordar la obligación de declarar las ayudas concurrentes tanto al iniciarse el expediente como a lo largo del proceso administrativo de la convocatoria.

  • ¿Existen formatos predeterminados para rellenar las información solicitada en el artículo 5 de la Orden de Convocatoria?

    En la direcciones de internet más arriba mencionadas tienen a su disposición modelo de Currículum Vitae, Anexo II, y Anexo III. Los anexos deben rellenarse con el formato adecuado , el Anexo II por via telemática siguiendo las instrucciones indicadas en otro apartado y el Anexo III utilizando el fichero word disponible. Para el resto de documentos puede utilizar el formato que desee, siendo recomendable presentar el Currículum Vitae con el modelo facilitado.

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