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La ley de patentes española, coladero de cualquier presunto invento

Si paga 630 euros se puede patentar la rueda, la cuchara o hasta el ordenador en la Oficina Española de Patentes y Marcas. No importa que el supuesto invento ya exista ni que incumpla con los requisitos mínimos que exige la ley. La propia ley permite su registro. ¿Cómo se explica?

FUENTE | El País Digital 17/07/2008

El portavoz de la oficina asegura que la legislación vigente establece dos vías para obtener patentes: sin examen previo (630 euros) o con examen previo (1.200). "Es el solicitante quien decide cuál elige. Sólo el 7% de las solicitudes optan por el procedimiento con examen, que dura 36 meses y cuesta unos 1.200 euros. No se rechaza ninguna de las que eligen el procedimiento sin examen". En este caso, la oficina se limita a "facilitar un informe sobre el estado de la técnica de los registros nacional e internacional. Si es desfavorable, la mayoría de solicitantes suelen abandonar, pero algunos persisten en su empeño y se les concede, aunque no tenga razón de ser".

Las patentes concedidas sin examen previo se las conoce como débiles. Una de ellas es la de los lectores de tarjetas inteligentes, como la usada en el DNI digital. Fue obtenida por la empresa malagueña Kalysis Iberia en 2001 a pesar de que el invento data de los años setenta y se fabrica en España desde 1994. La Audiencia de Granada ha ratificado la sentencia que la anuló "por falta de novedad y actividad inventiva, falta de aplicación industrial y falta de claridad", tres de los requisitos básicos para que un invento obtenga la patente. El tribunal confirma íntegramente la sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 14 de Granada sobre este "adaptador de tarjetas inteligentes a puerto estándar para dispositivos de conexión a Internet orientado a transacciones telemáticas". Además, desestima el recurso de apelación del demandado.

C3PO, fabricante español de lectores inteligentes, y el distribuidor Bit4ID, demandaron a la malagueña Kalysis Iberia, que aseguraba poseer la patente del lector, en 2006.

El fallo del juzgado estimó la demanda y declaró la nulidad de la patente española "ES 2.186.5342.186.534, número de solicitud 2001101056" por "falta de novedad y actividad inventiva en todas sus reivindicaciones, así como por falta de aplicación industrial y por falta de claridad que impide a un experto ejecutarla". El juez impuso las costas al demandado.

La portavoz de C3PO asegura: "Esta patente fue esgrimida por Kalsys en un intento por hacerse con el monopolio de la venta de lectores de tarjeta inteligente cuando la implantación del DNI electrónico en España abrió perspectivas de negocio".

Ciberp@ís se puso en contacto con Kalysis, pero sus responsables declinaron hacer declaraciones.

La empresa anuncia en su página que la patente del lector de tarjetas inteligentes es suya, a pesar de que la sentencia de la Audiencia granadina es del 30 de abril.

El fallo demuestra también la incongruencia de las patentes débiles, que se conceden sin tener valor inventivo y sin que pasen un test de validación en la Oficina Española de Patentes y Marcas. Si la ley vigente ampara estos casos, debe ser reformada.

Autor:   Laia Reventós



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1 comentario



  1
   jaja | 17/07/2008
 
alguien se ha parado a pensar el tiempo que se necesita para revisar las patentes para uqe no coincidan?
Tu registra algo que no debas y veras cueanto dura...
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