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Signos Distintivos

Para la protección jurídica de los Signos Distintivos, la OEPM concede Marcas de productos o servicios y Nombres Comerciales. Los Rótulos de establecimiento ya no pueden ser registrados. No obstante los que estuvieran concedidos prorrogarán su existencia registral hasta que se extinga el último período de 20 ó 10 años por el que fueron concedidos o renovados por última vez.

¿Qué es una Marca?

Una Marca es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de un signo para la identificación de un producto o un servicio en el mercado.

Pueden ser Marcas las palabras o combinaciones de palabras, imágenes, figuras, símbolos, gráficos, letras, cifras, formas tridimensionales (envoltorios, envases, formas del producto o su representación).

¿Qué es un Nombre Comercial?

Un Nombre Comercial es un título que concede el derecho exclusivo a la utilización de cualquier signo o denominación como identificador de una empresa en el tráfico mercantil. Los nombres comerciales, como títulos de propiedad industrial, son independientes de los nombres de las sociedades inscritos en los Registros Mercantiles.

Duración

La duración de la protección conferida por los Signos Distintivos es de diez años a partir de la fecha del depósito de la solicitud y pueden ser renovados indefinidamente. Para el mantenimiento en vigor de los Signos Distintivos es preciso el pago de tasas (las marcas en procedimiento transitorio tienen un régimen diferente que es preciso consultar).

SOLICITUD (Vía Electrónica)

Las fases para la petición electrónica de un signo distintivo son las siguientes:

  1. Acceder a la página principal de petición electrónica de signos distintivos. Sólo es posible acceder a esta página desde la ventanilla virtual de la OEPM. Por lo tanto, sólo los usuarios identificados por un certificado electrónico CERES tipo 2 emitido por la FNMT pueden tener acceso.
  2. Seleccionar el tipo de signo distintivo que se desea solicitar ("Marca" o "Nombre Comercial") o bien seleccionar la opción "Registros masivos con Fichero". La ultima opción permite hacer peticiones masivas tanto de marcas como de nombres comerciales. En este último caso siga las instrucciones específicas disponibles en la página correspondiente.
  3. Rellenar el formulario, que consta a su vez de 7 pasos. En éste se le solicitarán, entre otros, los siguientes datos: identificación del o los solicitantes; datos del representante, en su caso; selección de productos y/o servicios para los que se solicita la marca o nombre comercial; reivindicación de prioridad(es) unionista(s), en su caso; reivindicación de prioridad(es) de exposición, en su caso.
  4. En el ultimo paso del formulario (paso 7) se le preguntará si ha satisfecho previamente las tasas correspondientes, o si desea que se genere un documento de pago, para pagarlas posteriormente.
  5. Si las ha satisfecho antes de realizar la solicitud, se le pedirá el código de barras del pago. Si aún no ha realizado el pago y quiere hacerlo posteriormente, se generará un documento de pago, que se le enviará por correo electrónico, o se le presentará para que pueda almacenarlo o imprimirlo, a su elección.
  6. El pago de las tasas correspondientes a las solicitudes electrónicas de signos distintivos deberá realizarse a la mayor brevedad posible. Se recomienda efectuarlo dentro de los 3 días siguientes a su presentación. Transcurrido este plazo, si la oficina no tiene constancia del pago, procederá a declarar en suspenso dicha solicitud por el plazo legal de un mes. Un retraso en el pago que supere estos 3 días implicará, por tanto, una demora en la tramitación de estas solicitudes.

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