Responde: 
Pregunta
Voy a desarrollar un proyecto de Investigación y Desarrollo
tecnológico y me gustaría ir preparando la solicitud de ayuda al Programa
PROFIT del Ministerio de Ciencia y Tecnología para el año 2003. Me gustaría
saber las principales etapas y procedimientos de gestión de las ayudas PROFIT.
Respuesta
El procedimiento para presentar un proyecto al Programa
PROFIT se inicia con la apertura del plazo (convocatoria) para presentar los
expedientes de solicitud. En el presente año 2002, se abrió el plazo el 23 de
enero y se estableció un periodo de 1 mes para presentar proyectos.
Expediente de solicitud:
Para elaborar un expediente de solicitud es necesario
presentar la siguiente documentación:
Solicitud.
Declaración de ayudas.
Cuestionario telemático PROFIT.
Memoria empresa y proyecto.
Fotocopia CIF.
Fotocopia Escritura de
acreditación válida de la representación del firmante y de la empresa.
Subsanación de errores o documentación incompleta:
Si es necesario alguna aclaración o requerimiento de
documentación establecen un Plazo de 10 días hábiles a partir del
siguiente a la recepción de notificación de subsanación. En el
supuesto que se produzca un incumplimiento del plazo, se procederá por parte
del Ministerio de Ciencia y Tecnología al desestimiento de la solicitud.
Instrucción
Una vez que está completo el expediente de solicitud se
inicia la fase de Instrucción para determinar, conocer y evaluar cuestiones
esenciales para adoptar una resolución favorable o desfavorable de subvención
respecto al proyecto presentado.
Comisiones y evaluación:
A.- Proceso de evaluación y selección de las solicitudes en
dos fases:
1º) El CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnológico
Industrial), realizará una evaluación externa de los proyectos, elaborando
para cada una de las solicitudes un informe.
2º) Evaluación y propuesta de estimación o de
desestimación de las solicitudes de financiación de proyectos y actuaciones.
Esta evaluación será realizada por las Comisiones correspondientes a los
diferentes Subprogramas PROFIT, teniendo en cuenta los informes elaborados por
CDTI.
Trámite de Audiencia/ Propuesta de Resolución:
Con carácter previo a la propuesta de resolución
estimatoria o desestimatoria de la solicitud de ayuda, una vez que la Comisión
de Evaluación haya emitido su informe, se iniciará el trámite de audiencia a
los interesados, durante un plazo de 15 días hábiles, para presentar
alegaciones o presentar aceptación con la documentación que se solicita.
En este momento comunican la naturaleza (subvención directa y/o préstamo
reembolsable) de la ayuda concedida.
En el supuesto que se produzca incumplimiento del plazo para
la aceptación de la ayuda, se procederá por parte del Ministerio de Ciencia y
Tecnología al desestimiento de la solicitud.
Terminación
Resolución
El plazo máximo para la concesión de las ayudas PROFIT
será de 6 meses desde la entrada de la solicitud en registro,
pasado dicho plazo sin dictar resolución, se entenderá desestimada la
solicitud de ayuda.
Garantías
Será indispensable aportar avales en los
siguientes supuestos:
Solicitud de pago anticipado de la subvención
concedida, con anterioridad a la justificación del proyecto.
Para anticipos reembolsables.
La garantía correspondiente al importe de la ayuda, será
liberada por tramos a medida que se produzca el reembolso del anticipo
reembolsable, mientras que la garantía de los intereses de demora lo será
cuando tenga lugar la acreditación de que se ha realizado la actividad origen
de la ayuda.
Justificación
La justificación del proyecto se realiza entregando la
siguiente documentación, normalmente antes del 30 de abril del año siguiente a
la presentación de la solicitud de ayuda. Para proyectos presentados en el año
2002:
Facturas de las Inversiones realizadas a 31 de diciembre de 2002.
Pagos y justificaciones hasta el 30 de abril de 2003.
Solicitud de la liberación del aval o pago.
Acreditación cumplimiento obligaciones fiscales y con la Seguridad Social.
Fotocopias facturas y justificantes de pago.
TC2 de cotización de las cuotas de Seguridad Social, impresos del IRPF (hojas resumen de retribuciones anuales) y Convenio Colectivo de la empresa.
Memoria técnica justificativa del proyecto.
Informe de auditoria externa (cuando así se requiera expresamente).
Informe acreditativo de las actividades de I+D (empresas no PYMEs).
Pago o Liberación del aval
El órgano público
competente, por sí mismo o a través del órgano o entidad que se designe,
verificará el cumplimiento de la actuación subvencionada y comprobará que
el importe de la subvención se ha aplicado a la concreta finalidad para la
que fue concedida (justificación del proyecto)
Una vez realizada la
correspondiente verificación técnico – económica, se extenderá el Acta
de Comprobación de realización del proyecto.
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