Número 16, abril - mayo 2003
LA INVESTIGACIÓN EN GESTIÓN DE LA INNOVACIÓN>> Línea directa con madri+d.
 
  Patentes:protección por modelo de utilidad      
Responde:
   
 

Pregunta:

Hola, les escribo porque soy propietario de un Modelo de Utilidad para un invento que desarrollé yo mismo, que es un dispositivo mecánico que se acopla a determinados tipos de maquinarias utilizadas en el sector agroalimentario (tratamiento y manipulación de productos de bollería y pastelería) que permite mejorar el rendimiento de las mismas hasta en un 14% (a.u.t.). Quisiera saber si puedo hacer extensiva la protección de mi modelo a otros países de la UE y que condiciones debo superar para ello. Gracias.

Respuesta:

En primer lugar para saber si Usted puede extender su registro de Modelo de Utilidad a otros países, debe fijarse en la fecha en que solicitó el mismo por primera vez (en España o en otro país). Si desde esa fecha han transcurrido más de doce meses entonces las posibilidades de hacer un registro válido en otros países son muy limitadas, por dos motivos principalmente:

  1. Casi todos los países exigen para conceder el registro, que el invento sea nuevo, y puesto que su registro español habrá pasado por una publicación en el BOPI, se considera divulgado y ya no es nuevo.
  2. El único modo de evitar esta regla es hacer una solicitud reivindicando prioridad de su primer registro, para lo cual es preciso que no hayan transcurrido más de doce meses.

No obstante si su invento no ha sido aún publicado ni utilizado en el mercado, siempre puede tratar de acceder al registro en los países que sean de su interés, incluso sin prioridad.

Por último señalar que no todos los países de la UE reconocen la figura del Modelo de Utilidad, de modo que es posible que en algunos se vea obligado a solicitar una patente por no existir otra alternativa de protección.