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Número 19, octubre - noviembre 2003 ESTRATEGIAS, CONOCIMIENTOS E INNOVACIÓN>> Línea directa con madri+d. |
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Financiación: Inversiones innovadoras en la industria agroalimentaria | |||||||||||||||||
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Pregunta Soy Director Financiero de una industria agroalimentaria de la Comunidad de Madrid, que tiene previsto llevar a cabo en el 2004 inversiones en hardware y software para modernizar los sistemas de gestión y procesos de la compañía. Con objeto de conseguir financiación mediante subvenciones me gustaría saber que ayudas existen para este tipo de inversiones. Respuesta La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid gestiona diferentes programas de ayudas dirigidos a que las industrias madrileñas adapten sus instalaciones, maquinaria, software y hardware y procesos a las nuevas tecnologías, mejorando su competitividad. Los programas de ayudas que pueden apoyar las inversiones que me describes son los siguientes:
Se consideran gastos subvencionables los siguientes:
Se admite como forma de financiación del proyecto el arrendamiento financiero o leasing, siempre que se acompañe de Compromiso de Compra. Las inversiones deben iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y autofinanciarse al menos en un 40%. La Subvención es a Fondo Perdido y puede llegar hasta el 40% del coste total de las actividades subvencionables. También existen Bonificaciones de Tipo de Interés de hasta 5 puntos sobre el tipo de interés nominal de la financiación conseguida para el proyecto. El plazo para presentar solicitudes de subvención viene convocándose a principios de cada año. Podrán optar a estas subvenciones las industrias calificadas como Pymes y las No Pymes. Este programa es gestionado por la Dirección General de Agricultura, Servicio de Alimentación e Industrias Agroalimentarias, que se encuentra situado en la calle Ronda de Atocha número 17 de Madrid.
Las ayudas irán dirigidas a fomentar los siguientes proyectos o inversiones:
Serán subvencionables inversiones realizadas con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda en los siguientes conceptos:
Subvención a Fondo Perdido de hasta el 40% del presupuesto subvencionable. Los beneficiarios de estas ayudas deberán ser industrias calificadas como Pyme Al igual que el programa anterior estas ayudas las gestiona la Dirección General de Agricultura y suelen publicarse a principios de cada año.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las PYMES industriales o de apoyo a la industria con epígrafe de IAE en: Sección C, Sección D, Grupo, Grupo K sólo epígrafes 72.1 o 72.2 o 74.2 o 74.82 y Pymes Industriales ubicadas y que realicen el proyecto en Zonas asistidas (Corredor de Henares, Comarca Zona Sur y Comarca Sierra Norte) o Zonas Objetivo 2 (determinados municipios de Madrid y pueblos de la Sierra) Son Proyectos subvencionables, los proyectos de creación, ampliación y traslado de establecimientos industriales que supongan inversiones en:
Requisitos indispensables para obtener subvención son.
Todas las inversiones tienen que estar relacionadas con la innovación, mejoras tecnológicas, modernización, (I+D+i) y ser viables técnica y económicamente. El tipo de ayuda es Subvención a fondo perdido que según la localización del proyecto y tipo de empresa puede llegar a:
Se establece una Ayuda Máxima de 390.000 Euros por proyecto. El programa de ayudas tiene una vigencia hasta el 2006 y las convocatorias para presentar solicitudes se abren a principios de cada año. El Organismo encargado de la evaluación de los expedientes de solicitud de subvención es la Dirección General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, situada en la calle Cardenal Marcelo Espínola, número 14 de Madrid.
Mediante este programa de ayudas se apoyarán inversiones en equipamiento y aplicaciones en nuevas tecnologías que se enmarquen en:
Las inversiones tienen que cumplir los siguientes requisitos:
Las ayudas son subvenciones a fondo perdido del 50% del presupuesto que se considere subvencionable. El Organismo encargado de la evaluación de las solicitudes de subvención es la Dirección General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, situada en la Calle Cardenal Marcelo Espínola, número 14 de Madrid. Recomendación práctica, debido a los numerosos programas de subvención para inversiones relacionadas con las nuevas tecnologías es recopilar información sobre estos programas para planificar un calendario de inversiones, ya que todas las ayudas establecen el denominado periodo subvencionable, que es el periodo durante el cual se tienen que realizar las inversiones o dicho de otro modo, el plazo o las fechas en las que tienen que estar comprendidas las facturas y pagos justificativos de la realización del proyecto de inversión. * NOTA: Así mismo, puede obtener más información contactando con el Círculo
de Innovación en Agroalimentación de la Comunidad de Madrid.
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