Número 19, octubre - noviembre 2003
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  Financiación: Inversiones innovadoras en la industria agroalimentaria      
Responde:
   
 

Pregunta

Soy Director Financiero de una industria agroalimentaria de la Comunidad de Madrid, que tiene previsto llevar a cabo en el 2004 inversiones en hardware y software para modernizar los sistemas de gestión y procesos de la compañía. Con objeto de conseguir financiación mediante subvenciones me gustaría saber que ayudas existen para este tipo de inversiones.

Respuesta

La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid gestiona diferentes programas de ayudas dirigidos a que las industrias madrileñas adapten sus instalaciones, maquinaria, software y hardware y procesos a las nuevas tecnologías, mejorando su competitividad.

Los programas de ayudas que pueden apoyar las inversiones que me describes son los siguientes:

  1. Ayudas para la mejora de las condiciones de transformación y comercialización de los productos agrarios, de la pesca y la acuicultura

Se consideran gastos subvencionables los siguientes:

  • Construcción y adquisición de bienes inmuebles, con excepción de la adquisición de terrenos.
  • Inversiones materiales e inmateriales en nueva maquinaria industrial, aparatos productivos y bienes de equipo, e instalaciones,
  • Adquisición, Desarrollo e Implementación de Programas Informáticos.
  • Certificaciones de Obra Civil e Instalaciones
  • Gastos generales, como honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias y gastos relacionados con las normas UNE-EN-150-9000 y EN-45000.

Se admite como forma de financiación del proyecto el arrendamiento financiero o leasing, siempre que se acompañe de Compromiso de Compra.

Las inversiones deben iniciarse con posterioridad a la presentación de la solicitud de subvención y autofinanciarse al menos en un 40%.

La Subvención es a Fondo Perdido y puede llegar hasta el 40% del coste total de las actividades subvencionables.

También existen Bonificaciones de Tipo de Interés de hasta 5 puntos sobre el tipo de interés nominal de la financiación conseguida para el proyecto.

El plazo para presentar solicitudes de subvención viene convocándose a principios de cada año.

Podrán optar a estas subvenciones las industrias calificadas como Pymes y las No Pymes.

Este programa es gestionado por la Dirección General de Agricultura, Servicio de Alimentación e Industrias Agroalimentarias, que se encuentra situado en la calle Ronda de Atocha número 17 de Madrid.

  1. Ayudas para el fomento de las inversiones dirigidas a la innovación tecnológica de la industria agroalimentaria.

Las ayudas irán dirigidas a fomentar los siguientes proyectos o inversiones:

  1. Inversiones en Equipos de Producción Innovadores.
  2. Inversiones en Activos que reduzcan los efectos sobre el Medio Ambiente.
  3. Inversiones destinadas a Obtener Productos Innovadores.
  4. Implantación de Sistemas de Calidad.
  5. Inversiones en Nuevas Tecnologías aplicadas a la Gestión.

Serán subvencionables inversiones realizadas con posterioridad a la fecha de solicitud de la ayuda en los siguientes conceptos:

  • Inversiones en activos fijos materiales: obra civil, instalaciones, maquinaria y equipos informáticos, honorarios de arquitectos, ingenieros, patentes y licencias, consultores y estudios de viabilidad, dirigidos a la obtención de productos innovadores, modernización de la producción(innovación) y mejora del medio ambiente.
  • Promoción de la calidad agroalimentaria: Normas ISO-9000 y EN 45.000, se subvencionan los costes de servicios externos, auditorias tecnológicas e inversiones en activos fijos que garanticen la seguridad y fiabilidad de procesos productivos
  • Inversiones en nuevas tecnologías de la información dirigidas a la gestión: equipos informáticos y software, redes de negocio sobre sistemas de banda ancha y gastos de consultoría.

Subvención a Fondo Perdido de hasta el 40% del presupuesto subvencionable.

Los beneficiarios de estas ayudas deberán ser industrias calificadas como Pyme

Al igual que el programa anterior estas ayudas las gestiona la Dirección General de Agricultura y suelen publicarse a principios de cada año.

  1. Ayudas a Inversiones Industriales Innovadoras localizadas en Zonas Desfavorecidas de la Comunidad de Madrid.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las PYMES industriales o de apoyo a la industria con epígrafe de IAE en: Sección C, Sección D, Grupo, Grupo K sólo epígrafes 72.1 o 72.2 o 74.2 o 74.82 y Pymes Industriales ubicadas y que realicen el proyecto en Zonas asistidas (Corredor de Henares, Comarca Zona Sur y Comarca Sierra Norte) o Zonas Objetivo 2 (determinados municipios de Madrid y pueblos de la Sierra)

Son Proyectos subvencionables, los proyectos de creación, ampliación y traslado de establecimientos industriales que supongan inversiones en:

  • Adquisición de terrenos con edificación posterior
  • Edificaciones. Obras de construcción de edificios y Acondicionamiento y Reforma de las instalaciones.
  • Bienes de equipo y maquinaria de proceso, elementos de transporte interior, y mobiliario.
  • Equipos de Informática, Software de equipos productivos, equipos de I+D+i.
  • Equipos de medida y control de calidad, instalaciones técnicas, de seguridad y medioambientales.

Requisitos indispensables para obtener subvención son.

  1. Creación de empleo al finalizar el proyecto de inversión
  2. La inversión mínima deberá alcanzar
    • Pequeñas Empresas: 90.000 Euros (15 Mill. Ptas.)
    • Empresas Medianas: 180.000 Euros (30 Mill. Ptas.)
  3. Autofinanciación de al menos un 25% de la inversión subvencionable.
  4. Excluidas las inversiones unitarias de equipos que NO SUPEREN los 500 Euros y la adquisición de vehículos de transporte exterior.
  5. Haber iniciado la inversión con posterioridad a la presentación de la solicitud.
  6. Quedan Excluidas las inversiones financiadas mediante LEASING o RENTING

Todas las inversiones tienen que estar relacionadas con la innovación, mejoras tecnológicas, modernización, (I+D+i) y ser viables técnica y económicamente.

El tipo de ayuda es Subvención a fondo perdido que según la localización del proyecto y tipo de empresa puede llegar a:

  1. Pequeñas Empresas (menos de 50 trabajadores y 7mm Euros facturación):
    • 30% de los gastos subvencionables en zonas asistidas.
    • 15% de los gastos subvencionables en zonas Objetivo 2.
  2. Medianas Empresas (menos de 250 trabajadores y 40mm Euros facturación):
    • 15% de los gastos subvencionables en zonas asistidas
    • 7,5% de los gastos subvencionables en zonas objetivo 2

Se establece una Ayuda Máxima de 390.000 Euros por proyecto.

El programa de ayudas tiene una vigencia hasta el 2006 y las convocatorias para presentar solicitudes se abren a principios de cada año.

El Organismo encargado de la evaluación de los expedientes de solicitud de subvención es la Dirección General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, situada en la calle Cardenal Marcelo Espínola, número 14 de Madrid.

  1. Ayudas dirigidas a Fomentar la Incorporación de las Tecnologías de la Información en las Pymes de la Comunidad de Madrid

Mediante este programa de ayudas se apoyarán inversiones en equipamiento y aplicaciones en nuevas tecnologías que se enmarquen en:

  • Adquisición de ordenadores y periféricos siempre que vayan acompañados de alguna de las siguientes inversiones:
    • Adquisición o alquiler de aplicaciones, salvo Ofimática.
    • Adquisición de equipos de gestión de red y cableado para redes locales.
    • Servicios de alojamiento de servidores y aplicaciones.
    • Gastos de acceso y presencia en Internet: equipos, servicios de proveedores, cuentas de correo, alojamiento, dirección IP para el servidor, diseño de páginas Web y gastos derivados de aplicaciones de correo electrónico.
    • Gastos derivados de aplicaciones de comercio electrónico.

Las inversiones tienen que cumplir los siguientes requisitos:

  • Inversión superior a 6.000 euros (998.316 Ptas.)
  • Los equipos deben ser nuevos.
  • No se admite el Leasing o Renting
  • Las empresas solicitantes deberán estar conectadas a Internet y tener página Web una vez finalizado el proyecto.

Las ayudas son subvenciones a fondo perdido del 50% del presupuesto que se considere subvencionable.

El Organismo encargado de la evaluación de las solicitudes de subvención es la Dirección General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, situada en la Calle Cardenal Marcelo Espínola, número 14 de Madrid.

Recomendación práctica, debido a los numerosos programas de subvención para inversiones relacionadas con las nuevas tecnologías es recopilar información sobre estos programas para planificar un calendario de inversiones, ya que todas las ayudas establecen el denominado periodo subvencionable, que es el periodo durante el cual se tienen que realizar las inversiones o dicho de otro modo, el plazo o las fechas en las que tienen que estar comprendidas las facturas y pagos justificativos de la realización del proyecto de inversión.

* NOTA: Así mismo, puede obtener más información contactando con el Círculo de Innovación en Agroalimentación de la Comunidad de Madrid.
El teléfono de contacto es el 91.207.34.67 y el correo electrónico de contacto es el vgrumayor.ciaa@madrimasd.org