Pregunta
Soy Director Financiero de una industria agroalimentaria de la Comunidad de Madrid, que tiene previsto llevar a cabo en el 2004 inversiones en hardware y software para modernizar los sistemas de gestión y procesos de la compañía. Con objeto de conseguir financiación mediante subvenciones me gustaría saber que ayudas existen para este tipo de inversiones.
Respuesta
La Consejería de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid gestiona diferentes programas de ayudas dirigidos a que las industrias madrileñas adapten sus instalaciones, maquinaria, software y hardware y procesos a las nuevas tecnologías, mejorando su competitividad.
Los programas de ayudas que pueden apoyar las inversiones que me describes son los siguientes:
- Ayudas para la mejora de las condiciones de
transformación y comercialización de los productos agrarios, de la pesca
y la acuicultura
Se consideran gastos subvencionables los siguientes:
- Construcción y adquisición de bienes inmuebles, con excepción de la adquisición de terrenos.
- Inversiones materiales e inmateriales en nueva maquinaria industrial, aparatos productivos y bienes de equipo, e instalaciones,
- Adquisición, Desarrollo e Implementación de
Programas Informáticos.
- Certificaciones de Obra Civil e Instalaciones
- Gastos generales, como honorarios de arquitectos, ingenieros y consultores, estudios de viabilidad, adquisición de patentes y licencias y gastos relacionados con las normas UNE-EN-150-9000 y EN-45000.
Se admite como forma de financiación del proyecto el arrendamiento
financiero o leasing, siempre que se acompañe de Compromiso de Compra.
Las inversiones deben iniciarse con posterioridad
a la presentación de la solicitud de subvención y
autofinanciarse al menos en un 40%.
La Subvención es a Fondo Perdido y puede
llegar hasta el 40% del coste total de las actividades subvencionables.
También existen Bonificaciones de Tipo de Interés de hasta 5 puntos sobre
el tipo de interés nominal de la financiación
conseguida para el proyecto.
El plazo para presentar solicitudes de subvención viene convocándose a principios de cada año.
Podrán optar a estas subvenciones las industrias
calificadas como Pymes y las No Pymes.
Este programa es gestionado por la Dirección General de Agricultura, Servicio de Alimentación e Industrias Agroalimentarias, que se encuentra situado en la calle Ronda de Atocha número 17 de Madrid.
- Ayudas para el fomento de las inversiones dirigidas
a la innovación tecnológica de la industria agroalimentaria.
Las ayudas irán dirigidas a fomentar los siguientes proyectos o inversiones:
- Inversiones en Equipos de Producción Innovadores.
- Inversiones en Activos que reduzcan los efectos sobre
el Medio Ambiente.
- Inversiones destinadas a Obtener Productos Innovadores.
- Implantación de Sistemas de Calidad.
- Inversiones en Nuevas Tecnologías aplicadas a la Gestión.
Serán subvencionables inversiones
realizadas con posterioridad a la fecha de solicitud de
la ayuda en los siguientes conceptos:
- Inversiones en activos
fijos materiales: obra civil, instalaciones, maquinaria y equipos
informáticos, honorarios de arquitectos, ingenieros, patentes y licencias,
consultores y estudios de viabilidad, dirigidos a la obtención de productos
innovadores, modernización de la producción(innovación) y mejora del
medio ambiente.
- Promoción de la calidad
agroalimentaria: Normas ISO-9000 y EN 45.000, se subvencionan
los costes de servicios externos, auditorias tecnológicas e inversiones
en activos fijos que garanticen la seguridad y fiabilidad de procesos
productivos
- Inversiones en nuevas
tecnologías de la información dirigidas a la gestión: equipos
informáticos y software, redes de negocio sobre sistemas de banda ancha
y gastos de consultoría.
Subvención a Fondo Perdido de hasta el
40% del presupuesto subvencionable.
Los beneficiarios de estas ayudas deberán ser industrias
calificadas como Pyme
Al igual que el programa anterior estas ayudas las gestiona la Dirección General de Agricultura y suelen publicarse a principios de cada año.
- Ayudas a Inversiones Industriales Innovadoras localizadas en Zonas Desfavorecidas de la Comunidad de Madrid.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las
PYMES industriales o de apoyo a la industria con epígrafe de IAE en:
Sección C, Sección D, Grupo, Grupo K sólo epígrafes 72.1 o 72.2 o 74.2
o 74.82 y Pymes Industriales ubicadas y
que realicen el proyecto en Zonas asistidas (Corredor de Henares,
Comarca Zona Sur y Comarca Sierra Norte) o
Zonas Objetivo 2 (determinados municipios de Madrid y pueblos de
la Sierra)
Son Proyectos subvencionables, los proyectos
de creación, ampliación y traslado de establecimientos industriales
que supongan inversiones en:
- Adquisición de terrenos con edificación posterior
- Edificaciones. Obras de construcción de edificios y
Acondicionamiento y Reforma de las instalaciones.
- Bienes de equipo y maquinaria de proceso, elementos
de transporte interior, y mobiliario.
- Equipos de Informática, Software de equipos productivos,
equipos de I+D+i.
- Equipos de medida y control de calidad, instalaciones
técnicas, de seguridad y medioambientales.
Requisitos indispensables para obtener subvención son.
- Creación de empleo al finalizar el proyecto de inversión
- La inversión
mínima deberá alcanzar
- Pequeñas Empresas: 90.000 Euros (15 Mill. Ptas.)
- Empresas Medianas: 180.000 Euros (30 Mill. Ptas.)
- Autofinanciación de al
menos un 25% de la inversión subvencionable.
- Excluidas las inversiones unitarias de equipos que NO
SUPEREN los 500 Euros y la adquisición de vehículos de transporte exterior.
- Haber iniciado la inversión
con posterioridad a la presentación de la solicitud.
- Quedan Excluidas
las inversiones financiadas mediante LEASING
o RENTING
Todas las inversiones tienen que estar relacionadas
con la innovación, mejoras tecnológicas, modernización, (I+D+i) y ser
viables técnica y económicamente.
El tipo de ayuda es Subvención a fondo
perdido que según la localización del proyecto
y tipo de empresa puede llegar a:
- Pequeñas Empresas
(menos de 50 trabajadores y 7mm Euros facturación):
- 30% de los
gastos subvencionables en zonas asistidas.
- 15% de los
gastos subvencionables en zonas Objetivo 2.
- Medianas Empresas
(menos de 250 trabajadores y 40mm Euros facturación):
- 15% de los
gastos subvencionables en zonas asistidas
- 7,5% de los
gastos subvencionables en zonas objetivo 2
Se establece una Ayuda Máxima de 390.000
Euros por proyecto.
El programa de ayudas tiene una vigencia hasta el 2006 y las convocatorias para presentar solicitudes se abren a principios de cada año.
El Organismo encargado de la evaluación de los expedientes de solicitud de subvención es la Dirección General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, situada en la calle Cardenal Marcelo Espínola, número 14 de Madrid.
- Ayudas dirigidas a Fomentar la Incorporación de las Tecnologías de la Información en las Pymes de la Comunidad de Madrid
Mediante este programa de ayudas se apoyarán inversiones en equipamiento y aplicaciones en nuevas tecnologías que se enmarquen en:
- Adquisición de ordenadores y periféricos siempre
que vayan acompañados de alguna de las siguientes inversiones:
- Adquisición o alquiler de aplicaciones, salvo Ofimática.
- Adquisición de equipos de gestión de red y cableado
para redes locales.
- Servicios de alojamiento de servidores y aplicaciones.
- Gastos de acceso y presencia en Internet: equipos,
servicios de proveedores, cuentas de correo, alojamiento, dirección
IP para el servidor, diseño de páginas Web y gastos derivados de
aplicaciones de correo electrónico.
- Gastos derivados de aplicaciones de comercio electrónico.
Las inversiones tienen que cumplir los siguientes requisitos:
- Inversión superior a 6.000 euros (998.316 Ptas.)
- Los equipos deben ser nuevos.
- No se admite el Leasing o Renting
- Las empresas solicitantes deberán estar conectadas a
Internet y tener página Web una vez finalizado el proyecto.
Las ayudas son subvenciones a fondo perdido del 50% del presupuesto que se considere subvencionable.
El Organismo encargado de la evaluación de las solicitudes de subvención es la Dirección General de Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, situada en la Calle Cardenal Marcelo Espínola, número 14 de Madrid.
Recomendación práctica, debido a
los numerosos programas de subvención para inversiones relacionadas con
las nuevas tecnologías es recopilar información sobre estos programas
para planificar un calendario de inversiones, ya que todas las ayudas
establecen el denominado periodo subvencionable, que es el periodo durante
el cual se tienen que realizar las inversiones o dicho de otro modo, el
plazo o las fechas en las que tienen que estar comprendidas las facturas
y pagos justificativos de la realización del proyecto de inversión.
* NOTA: Así mismo, puede obtener más información contactando con el Círculo
de Innovación en Agroalimentación de la Comunidad de Madrid. El teléfono
de contacto es el 91.207.34.67
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