Número 31, septiembre 2005
LA I+D QUE TENEMOS>> Línea directa con madri+d
 
  Fiscalidad      
Responden:
 
 

 

Pregunta

Somos una empresa dedicada al desarrollo de proyectos de energías renovables. Actualmente estamos empezando a desarrollar productos electrónicos propios en nuestro departamento de I+D. Queríamos saber ¿qué debemos hacer para empezar a beneficiarnos fiscalmente de la I+D, en aspectos como tramitación y gestión?

Respuesta

Con el fin de poder acogerse a las ayudas fiscales establecidas para beneficiar a aquellas empresas que realicen actividades de I+D+I, es importante en primer lugar, saber que existen dos tipos de ayudas a la innovación, la obtención de Subvenciones al I+D+I, concedidas por diversos organismos públicos, tanto estatales como autonómicos y la generación de Deducciones por I+D+I en el Impuesto sobre Sociedades.

A efectos de tramitación y gestión de las subvenciones, a través de las páginas oficiales de los distintos organismos públicos que las conceden, podrán acceder a las bases de las convocatorias. Entre otras, /www.cdti.es/ /www.mityc.es/
/www.madrid.org/imade/ /www.mec.es/.

Suele ser habitual que para solicitar la subvención les requieran memorias tanto económicas como técnicas de los proyectos por los que quieran solicitarlas. Es por tanto importante que desde el primer momento, organicen la gestión del I+D+I de manera ordenada, e individualizada por proyectos, para facilitar la preparación de la documentación.

En relación a la deducción por I+D+I en el Impuesto sobre Sociedades, es importante para el correcto cálculo de la misma, estar a lo regulado por lo establecido en el art. 35 del Real Decreto Legislativo 4/2004, y proceder la individualización del gasto por proyecto desde el principio, generando ordenadamente un plan de trabajo en el departamento de I+D, para crear documentación necesaria para dicho cálculo, conforme se desarrollan los proyectos.

Si bien el objeto de la deducción es de carácter técnico, para la correcta interpretación de la norma tributaria es conveniente aportar conocimientos en materia fiscal.

No siendo sencillo la correcta interpretación de la normativa fiscal a este respecto, puede ser de utilidad acudir a empresas especializadas en gestión de las deducciones por I+D+I.