Número 31, septiembre 2005
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  Protección de datos      
Responden:
 

 

Pregunta

Próximamente voy a publicar en una revista de ámbito internacional una metodología de trabajo y resultados de un proyecto científico-artístico de investigación no realizado hasta el momento. ¿Me podría informar a quien y a donde debo dirigirme para proteger esos datos antes de su publicación?

Muchas gracias.

Respuesta

Comentarle, que todas las obras artísticas, literales y científicas, por el mero hecho de la creación se encuentran protegidas por los derechos de propiedad intelectual, en caso de fotografías desde que se toman, y en el caso de los textos desde que tienen una constatación escrita, no siendo obligatorio su registro ante el Registro de la Propiedad Intelectual. Si bien, teniendo en cuenta que dicho registro tiene unos costes mínimos, le recomiendo que registre su obra ante dicho órgano.

El Registro de la Propiedad Intelectual en España es un Registro Público dependiente del Ministerio de Cultura que cuenta con oficinas territoriales en las distintas Comunidades Autónomas.

Los beneficios del registro de una obra ante dicho órgano, son la prueba de la autoría ante posibles usurpaciones o utilizaciones indebidas. Además, al ser un registro público de acceso libre sirve para dar publicidad a las obras, lo que serviría de prueba ante posibles reclamaciones.

Sin otro particular.

Reciba un cordial saludo.