| |
1. Introducción.
España ofrece en la actualidad el marco fiscal a la I+D+i más favorable de la OCDE. El sistema de deducciones fiscales sobre la base imponible del Impuesto del Sociedades, si bien se trata de una estructura relativamente joven y por ello con dificultades de rodaje, comenzaba a funcionar y, sobre todo, había creado una cierta conciencia entre las empresas de que existe un mecanismo flexible, útil y fiable, no discriminatorio y, aun requiriendo nuevas adaptaciones de manera constante por el propio avance tecnológico, claramente aplicable por la empresas para recompensar sus esfuerzos en I+D+i.
La propuesta del Gobierno Central sobre "Modificación del IRPF y del Impuesto de Sociedades", ya en fase de debate parlamentario, propone la eliminación de toda la "maraña" de deducciones y bonificaciones en cinco años (2007-2011), al mismo tiempo que se reducen los tipos impositivos sobre la cuota íntegra del IRPF y del IS.
Esta nota trata de reflejar la situación actual, la preocupación causada entre las asociaciones empresariales en las que la I+D+i es un componente esencial, y los efectos negativos a largo plazo que esta supresión puede causar en el desarrollo de la I+D+i empresarial en España.
Ha de quedar claro, por otra parte, que ambos sistemas de apoyo a la I+D+i, fiscalidad favorable y ayudas directas, pueden y deben ser compatibles, y de hecho lo son en los países más avanzados en este terreno. Por ello, esta nota no pretende decantarse por ninguno de los medios de incentivar la actividad de I+D empresarial, tan necesaria en nuestro país.
2. Marco Legal:
El marco legal en el que actualmente se asientan las deducciones por actividades de I+D+i son, básicamente, las siguientes:
- Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de Marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la ley del Impuesto sobre Sociedades. Artículo 35.
- Real decreto 1432/2003, de 21 de Noviembre, por el que se regula la emisión por el Ministerio de Ciencia y Tecnología de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos, a efectos de la aplicación e interpretación de deducciones fiscales por actividades en investigación, desarrollo e innovación tecnológica.
3. Objetivos del anteproyecto
El Anteproyecto de ley del IRPF y de modificación parcial de las leyes de los impuestos sobre sociedades, sobre la renta de no residentes y sobre el patrimonio tiene como objetivo la rebaja progresiva de tipos del Impuesto de Sociedades, y pretende simplificarlo, "reduciendo la actual maraña de deducciones" en palabras del Vicepresidente Segundo del Gobierno y Ministro de Economía y Hacienda (La Gaceta, 8 de febrero de 2006).
De acuerdo a las declaraciones Ministro Solbes, estas deducciones, en lo que se refiere a la I+D+i, serían sustituidas por ayudas directas a las empresas.
De acuerdo a sus declaraciones, considera estas deducciones una forma "poco transparente de utilizar los recursos" y es por ello que prefiere que las ayudas se "incluyan en los presupuestos y sepamos lo que nos gastamos".
En este sentido habría que decir que en todos los países de nuestro entorno con incentivos fiscales a la I+D+i se han puesto en marcha mecanismos para evaluar la eficiencia de estos incentivos, es decir el número de empresas beneficiarias y la desgravación a la que tienen derecho. Así, en el Reino Unido, el Instituto de Estudios Fiscales lleva acabo una exhaustiva evaluación del a eficiencia del Crédito Fiscal para PyMEs, puesto en marcha en 2000, y del que se benefician más de 4.000 PyMEs. En Francia, unas 3.000, en el Estados Unidos unas 16.000, etc.
El Ministro Solbes cree, además, que para poder bajar el tipo es necesaria la eliminación de estas exenciones. Según estas mismas declaraciones, el nuevo sistema pretende ser neutral, no influyendo en el comportamiento económico de los sujetos pasivos. Finalmente, quiere que se adapte a las normas internacionales de cálculo de la base imponible.
En una primera etapa, se modificarán los parámetros estructurales del impuesto, como son los tipos de gravamen y deducciones de cuota. En una segunda, se armonizarán los criterios contables.
En cuanto a los tipos de gravamen, se llevarán a cabo las siguientes reducciones:
- Tipo general: reducción gradual del 35% al 30%
- Tipo PyMEs: reducción gradual del 30% al 25%
4. Calendario
En cuanto a la simplificación relativa al Impuesto de Sociedades, se eliminan gradualmente TODAS las deducciones, salvo las de doble imposición, así como todas las bonificaciones, excepto las territoriales (Canarias, Ceuta y Melilla)
En cuanto al calendario, la reducción del tipo nominal se hará a razón d un punto por año entre 2007 y 2011 y la reducción de deducciones y bonificaciones a razón de 1/5 anual entre 2007 y 2011.
5. Actividades de CEIM en esta materia
El sistema de deducciones ha sido complejo de poner en marcha, debido a que, tal como lo definió un experto en fiscalidad de la I+D+i hace ya algún tiempo, la normativa era "difusa, confusa y dispersa".
En cualquier caso, se ha tratado de estructurar, darle coherencia, fiabilidad y homogeneidad, así como dotarla de una cierta garantía ante la Agencia Tributaria a través de la emisión de los Informes Motivados emitidos por la Oficina Técnica del anterior Ministerio de Ciencia y Tecnología y actualmente de Industria, Comercio y Turismo, tras el proceso de certificación de proyectos y actividades de I+D+i por entidades acreditadas por ENAC para esta actividad.
En este sentido, los resultados han comenzado a notarse en el volumen de proyectos presentados a certificación en el Ministerio y en el interés mostrado por las empresas en recibir servicios sobre la fiscalidad de la I+D+i, bien sea directamente con el apoyo de consultores especializados en los aspectos fiscales de la I+D+i, bien a través de la certificación de proyectos y actividades de I+D+i.
A pesar de este entorno fiscal positivo, un reciente estudio coordinado por CEIM financiado por la Dirección General de Universidades e Investigación de la Comunidad de Madrid, "Análisis de los incentivos fiscales a la innovación" (libro nº 17 de la Colección madri+d), han mostrado que este dispositivo solo se aprovechaba en un 20% de su potencial. Los motivos para explicar tal situación son varios: falta de información, falta de criterios claros en la Administración Tributaria, desconfianza de los empresarios, etc., lo que indicaría la necesidad de seguir difundiendo este mecanismo.
Por otra parte, una reciente campaña de diagnósticos realizada por CEIM sobre la Fiscalidad de la I+D+i en empresas, financiada por la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica ("Diagnósticos de Fiscalidad de la I+D+i") ha puesto de manifiesto que los incentivos fiscales interesan a todas las empresas sea cual sea su sector de actividad, su tamaño, su nivel tecnológico o su facturación, aunque solo algo más de la mitad de las empresas encuestadas conocen en detalle el funcionamiento del sistema de deducciones fiscales.
6. Efectos
Un primer efecto será la alteración de los resultados, hacia negativos, de las empresas que hacen I+D+i y que ya han tenido en cuenta, durante la concepción y puesta en marcha del proyecto, los efectos fiscales de estas actividades.
Los activos generados por las deducciones fiscales por I+D+i (personal, infraestructuras y aparellaje de investigación y desarrollo) pasarán a engrosar los costes y a deteriorar la cuenta de resultados, ya que la empresa no ha contado con ayuda directa pero sí con un beneficio fiscal que ya no se producirá.
Asimismo, puede producirse la interrupción de proyectos de I+D+i que ya tenían en cuenta el efecto fiscal de la actividad y que al no producirse llevarse a cabo.
Evidentemente la sustitución por ayudas directas es sumamente negativo en comparación con el uso fiscal de los incentivos:
- Las ayudas directas dependen de los presupuestos de cada año, con la incertidumbre que ello conlleva a medio plazo sobre una actividad que requiere estabilidad a largo.
- Las ayudas directas son mecanismos rígidos, frente a la flexibilidad del incentivo fiscal
- Las ayudas directas exigen explicitar el objetivo de la I+D, a veces estratégica para la empresa y por ello altamente sensible a las filtraciones, frente a la confidencialidad de la actividad de I+D que permite el incentivo fiscal
- Las ayudas directas son costosas de gestionar y lentas en su llegada, frente a la estabilidad que proporciona el tratamiento fiscal
- Este coste de gestión hace que sea difícil para las PyMEs el acceso a las mismas, frente al hecho de que el incentivo fiscal es aplicable y gestionable por cualquier tipo de empresa, tanto de tamaño como de sector
- (Si bien no siempre es posible para las PyMEs acceder a la certificación de proyectos por cuestiones de coste/organización capacidades, no menos cierto es que la PyME puede certificar o no en función de ese análisis de coste/beneficio. Si éste fuese negativo, podría igualmente aplicar la deducción. En el caso de las ayudas directas, si quiere hacer uso de ellas para su actividad de I+D, ha de gestionarlas de manera obligatoria, con todos los defectos anteriormente mencionados)
A medio y largo plazo, sin duda se pueden producir deslocalizaciones de empresas que hacen I+D en España hacia países en los que el tratamiento fiscal se mantenga e influirá en la toma de decisiones de empresas que tuviesen intención de asentar aquí sus instalaciones de I+D.
Por otra parte, el mensaje que se lanza es inequívoco: el tratamiento fiscal de esta actividad no merece la pena. Se trata a todos por igual, sin importar si hace el esfuerzo de I+D o no. En este caso, el apelativo de incentivo puede ser aplicado en sentido estricto: es apoyar de forma flexible, continuada y eficiente a todas las empresas, de cualquier tamaño o sector, en el desarrollo de las actividades de I+D+i.
Otros efectos
Ha costado varios años la armonización y puesta en práctica de la estructura de tratamiento fiscal de la actividad de I+D+i. Se han creado los mecanismos, tanto legales (el R.D. 1432/2003, de 21 de Noviembre es un claro ejemplo) como de gestión:
- La Oficina técnica del Ministerio de Industria que otorga los informes vinculantes, que si bien está todavía en fase de rodaje, comenzaba a dotar al sistema español de I+D de un mecanismo estable
- Las entidades certificadoras, que han creado una importante infraestructura de apoyo a las empresas en cuanto ala gestión de la I+D
- El hecho de que para deducir fiscalmente la actividad de I+D sea preciso organizar internamente la actividad, es un efecto colateral sumamente positivo para las empresas. Tan es así, que para apoyar las deducciones fiscales se han desarrollado por AENOR las normas UNE de la serie 166.000, apoyando con ello la organización interna de la actividad de I+D+i de la empresa
- El esfuerzo de difusión que han llevado a cabo todos los actores del proceso de innovación queda dilapidado: asociaciones empresariales, entidades certificadoras, administraciones y, sobre todo, el propio Ministerio que ahora quiere eliminarlas
- Incluso desde una perspectiva subliminal, se lleva el mensaje de que quizá no fuese tan necesario ese apoyo específico a la I+D+i. Al fin y al cabo, España mantiene una tasa decrecimiento muy superior a los países que tradicionalmente innovan, tiene una menor tasa de paro pero... y todavía no se ha notado el impacto que sin duda tendrá nuestro déficit exterior, especialmente en bienes que incorporan tecnología y la espiral inflacionista relacionada y no se enfrenta la caída de productividad por la única vía posible, la I+D
Sin duda, la supresión de una buena herramienta de incentivo a la I+D+i ha de causar sorpresa en instituciones como la OCDE, quien por un lado ha calificado al sistema fiscal español en esta materia como excelente y, al mismo tiempo ha llamado repetidamente la atención sobre los escasos recursos que España dedica a la I+D+i con la consiguiente reducción de nuestra competitividad.
Desde CEIM se ha detectado una gran preocupación entre las organizaciones empresariales sectoriales que tienen una mayor actividad de I+D, por lo que se están proponiendo acciones conjuntas con otras asociaciones empresariales en las que la I+D es un factor crítico para sus respectivos sectores.
El esfuerzo que se ha hecho desde todos los ámbitos empresariales, universitarios y de algunas administraciones para poner en marcha este procedimiento no puede caer en el vacío. Hemos de ser consciente de que la mejora de la cultura científica y tecnológica de un país, y por ello de sus administraciones, academia y empresas, es una tarea de largo plazo. No se debería permitir un nuevo cambio, este tan negativo, que implicaría, sin duda, un volver a empezar en un tema en el las paradas y no digamos las marchas atrás se pagan muy caras.
|
|