{"id":4991,"date":"2005-08-19T08:07:00","date_gmt":"2005-08-19T08:07:00","guid":{"rendered":"http:\/\/weblogs.madrimasd.org\/\/CTSiberoamerica\/archive\/2005\/08\/19\/4991.aspx"},"modified":"2005-08-19T08:07:00","modified_gmt":"2005-08-19T08:07:00","slug":"derechos-humanos-y-sostenibilidad","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/2005\/08\/19\/4991","title":{"rendered":"Derechos Humanos y sostenibilidad"},"content":{"rendered":"<p><b><font color=\"#006699\"><\/font><\/b><b><font color=\"#006699\">Derechos humanos y Sostenibilidad<\/font><\/b><\/p>\n<p>El logro de la sostenibilidad aparece hoy indisolublemente asociado a la <i>necesidad de universalizaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de los derechos humanos<\/i>. Sin embargo, esta vinculaci\u00f3n tan directa entre superaci\u00f3n de los problemas que amenazan la supervivencia de la vida en el planeta y la universalizaci\u00f3n de los derechos humanos, suele producir extra\u00f1eza y dista mucho de ser aceptado con facilidad. Conviene, por ello, detenerse m\u00ednimamente en lo que se entiende hoy por Derechos Humanos, un concepto que ha ido ampli\u00e1ndose hasta contemplar tres \u00abgeneraciones\u00bb de derechos (Vercher, 1998) que constituyen, como ha sido se\u00f1alado, requisitos b\u00e1sicos de un desarrollo sostenible. <\/p>\n<p><img decoding=\"async\" height=\"248\" src=\"http:\/\/www.oei.es\/decada\/burka11.gif\" width=\"200\" align=\"right\" \/>Podemos referirnos, en primer lugar, a los <i>Derechos Democr\u00e1ticos, civiles y pol\u00edticos (de opini\u00f3n, reuni\u00f3n, asociaci\u00f3n.) para todos, sin limitaciones de origen \u00e9tnico o de g\u00e9nero<\/i>, que constituyen una condici\u00f3n sine qua non para la participaci\u00f3n ciudadana en la toma de decisiones que afectan al presente y futuro de la sociedad (Folch, 1998). Se conocen hoy como \u00ab<i>Derechos humanos de primera generaci\u00f3n<\/i>\u00ab, por ser los primeros que fueron reivindicados y conseguidos (no sin conflictos) en un n\u00famero creciente de pa\u00edses. No debe olvidarse, a este respecto, que los \u00abDroits de l&#8217;Homme\u00bb de la Revoluci\u00f3n Francesa, por citar un ejemplo ilustre, exclu\u00edan expl\u00edcitamente a las mujeres, que s\u00f3lo consiguieron el derecho al voto en Francia tras la Segunda Guerra Mundial. Ni tampoco debemos olvidar que en muchos lugares de la Tierra esos derechos b\u00e1sicos son sistem\u00e1ticamente conculcados cada d\u00eda.<\/p>\n<p>Amartya Sen, en su libro <i>Desarrollo y Libertad<\/i> concibe el desarrollo de los pueblos como un proceso de expansi\u00f3n de las libertades reales de las que disfrutan los individuos, alej\u00e1ndose de una visi\u00f3n que asocia el desarrollo con el simple crecimiento del PIB, las rentas personales, la industrializaci\u00f3n o los avances tecnol\u00f3gicos. La expansi\u00f3n de las libertades es, pues, tanto un fin principal del desarrollo como su medio principal y constituye un pilar fundamental para abordar la problem\u00e1tica de la sostenibilidad. Como se\u00f1ala Sen (1999), \u00abEl desarrollo de la democracia es, sin duda, una aportaci\u00f3n notable del siglo XX. Pero su aceptaci\u00f3n como norma se ha extendido mucho m\u00e1s que su ejercicio en la pr\u00e1ctica (&#8230;) Hemos recorrido la mitad del camino, pero el nuevo siglo deber\u00e1 completar la tarea\u00bb. Si queremos avanzar hacia la sostenibilidad de las sociedades, hacia el logro de una democracia planetaria, ser\u00e1 necesario reconocer y garantizar otros derechos, adem\u00e1s de los civiles y pol\u00edticos, que aunque constituyen un requisito imprescindible son insuficientes.<\/p>\n<p>Nos referimos a la necesidad de contemplar tambi\u00e9n la<i> universalizaci\u00f3n de los derechos econ\u00f3micos, sociales y culturales,<\/i> o \u00ab<i>Derechos humanos de segunda generaci\u00f3n<\/i>\u00bb (Vercher, 1998), reconocidos bastante despu\u00e9s de los derechos pol\u00edticos. Hubo que esperar a la Declaraci\u00f3n Universal de 1948 para verlos recogidos y mucho m\u00e1s para que se empezara a prestarles una atenci\u00f3n efectiva. Entre estos derechos podemos destacar:<\/p>\n<ul>\n<li><img decoding=\"async\" height=\"233\" src=\"http:\/\/www.oei.es\/decada\/ninos12.gif\" width=\"200\" align=\"right\" \/>Derecho universal a un trabajo satisfactorio, a un salario justo, superando las situaciones de precariedad e inseguridad, pr\u00f3ximas a la esclavitud, a las que se ven sometidos centenares de millones de seres humanos (de los que m\u00e1s de 250 millones son ni\u00f1os).\n<li>Derecho a una vivienda adecuada en un entorno digno, es decir, en poblaciones de dimensiones humanas, levantadas en lugares id\u00f3neos -con una adecuada planificaci\u00f3n que evite la destrucci\u00f3n de terrenos productivos, las barreras arquitect\u00f3nicas, etc.- y que se constituyan en foros de participaci\u00f3n y creatividad.\n<li>Derecho universal a una alimentaci\u00f3n adecuada, tanto desde un punto de vista cuantitativo (desnutrici\u00f3n de miles de millones de personas) como cualitativo (dietas desequilibradas) lo que dirige la atenci\u00f3n a nuevas tecnolog\u00edas de producci\u00f3n agr\u00edcola.\n<li>Derecho universal a la salud. Ello exige recursos e investigaciones para luchar contra las enfermedades infecciosas que hacen estragos en amplios sectores de la poblaci\u00f3n del tercer mundo (c\u00f3lera, malaria&#8230;) y contra las nuevas enfermedades \u00abindustriales\u00bb (tumores, depresiones&#8230;) y \u00abconductuales\u00bb, como el SIDA. Es preciso igualmente una educaci\u00f3n que promueva h\u00e1bitos saludables, el reconocimiento del derecho al descanso, el respeto y solidaridad con las minor\u00edas que presentan alg\u00fan tipo de dificultad, etc.\n<li>Derecho a la planificaci\u00f3n familiar y al libre disfrute de la sexualidad, que no conculque la libertad de otras personas, sin las barreras religiosas y culturales que, por ejemplo, condenan a millones de mujeres al sometimiento.\n<li>Derecho a una educaci\u00f3n de calidad, espaciada a lo largo de toda la vida, sin limitaciones de origen \u00e9tnico, de g\u00e9nero, etc., que genere actitudes responsables y haga posible la participaci\u00f3n en la toma fundamentada de decisiones.\n<li>Derecho a la cultura, en su m\u00e1s amplio sentido, como eje vertebrador de un desarrollo personal y colectivo estimulante y enriquecedor.\n<li>Reconocimiento del derecho a investigar todo tipo de problemas (origen de la vida, manipulaci\u00f3n gen\u00e9tica&#8230;) sin limitaciones ideol\u00f3gicas, pero tomando en consideraci\u00f3n sus implicaciones sociales y sobre el medio y ejerciendo un control social que evite la aplicaci\u00f3n apresurada, guiada por intereses a corto plazo, de tecnolog\u00edas insuficientemente contrastadas, que pueden afectar, como tantas veces ha ocurrido, a la sostenibilidad. Se trata, pues, de completar el derecho a investigar con la aplicaci\u00f3n del llamado Principio de Cautela, Precauci\u00f3n o Prudencia. <\/li>\n<\/ul>\n<p>El conjunto de estos derechos de segunda generaci\u00f3n aparece como un requisito y, a la vez, como un objetivo del desarrollo sostenible. \u00bfSe puede exigir a alguien, por ejemplo, que no contribuya a esquilmar un banco de pesca si \u00e9se es su \u00fanico recurso para alimentar su familia? No es concebible tampoco, por citar otro ejemplo, la interrupci\u00f3n de la explosi\u00f3n demogr\u00e1fica sin el reconocimiento del derecho a la planificaci\u00f3n familiar y al libre disfrute de la sexualidad. Y ello remite, a su vez, al derecho a la educaci\u00f3n. Como afirma Mayor Zaragoza (1997), una educaci\u00f3n generalizada \u00abes lo \u00fanico que permitir\u00eda reducir, fuera cual fuera el contexto religioso o ideol\u00f3gico, el incremento de poblaci\u00f3n\u00bb.<\/p>\n<p>En definitiva, la preservaci\u00f3n sostenible de nuestro planeta exige la satisfacci\u00f3n de las necesidades b\u00e1sicas de todos sus habitantes. Pero esta preservaci\u00f3n aparece hoy como un derecho en s\u00ed mismo, como parte de los llamados <i>Derechos humanos de tercera generaci\u00f3n, <\/i>que se califican como<i> derechos de solidaridad<\/i> \u00abporque tienden a preservar la integridad del ente colectivo\u00bb (Vercher, 1998) y que incluyen, de forma destacada, el derecho a un ambiente sano, a la paz y al desarrollo para todos los pueblos y para las generaciones futuras, integrando en \u00e9ste \u00faltimo la dimensi\u00f3n cultural que supone el derecho al patrimonio com\u00fan de la humanidad. Se trata, pues, de derechos que incorporan expl\u00edcitamente el objetivo de un desarrollo sostenible:<\/p>\n<ul>\n<li><i>El derecho de todos los seres humanos a un ambiente adecuado para su salud y bienestar<\/i>. Como afirma Vercher, la incorporaci\u00f3n del derecho al medio ambiente como un derecho humano, esencialmente universal, responde a un hecho incuestionable: \u00abde continuar degrad\u00e1ndose el medio ambiente al paso que va degrad\u00e1ndose en la actualidad, llegar\u00e1 un momento en que su mantenimiento constituir\u00e1 la m\u00e1s elemental cuesti\u00f3n de supervivencia en cualquier lugar y para todo el mundo (.) El problema radica en que cuanto m\u00e1s tarde en reconocerse esa situaci\u00f3n mayor nivel de sacrificio habr\u00e1 que afrontar y mayores dificultades habr\u00e1 que superar para lograr una adecuada recuperaci\u00f3n\u00bb.\n<li><i>El derecho a la paz<\/i>, lo que supone impedir que los intereses particulares (econ\u00f3micos, culturales.) a corto plazo, se impongan por la fuerza a los dem\u00e1s, con grave perjuicio para todos: recordemos las consecuencias de los conflictos b\u00e9licos y de la simple preparaci\u00f3n de los mismos, tengan o no tengan lugar. El derecho a la paz ha de plantearse, claro est\u00e1, a escala mundial, ya que solo una autoridad democr\u00e1tica universal podr\u00e1 garantizar la paz y salir al paso de los intentos de transgredir este derecho.\n<li><i>El derecho a un desarrollo sostenible<\/i>, tanto econ\u00f3mico como cultural de todos los pueblos. Ello conlleva, por una parte, el cuestionamiento de los actuales desequilibrios econ\u00f3micos, entre pa\u00edses y poblaciones, as\u00ed como nuevos modelos y estructuras econ\u00f3micas adecuadas para el logro de la sostenibilidad y, por otra, la defensa de la diversidad cultural, como patrimonio de toda la humanidad, y del mestizaje intercultural, contra todo tipo de racismo y de barreras \u00e9tnicas o sociales. <\/li>\n<\/ul>\n<p>Vercher (1998) insiste en que estos derechos de tercera generaci\u00f3n \u00abs\u00f3lo pueden ser llevados a cabo a trav\u00e9s del esfuerzo concertado de todos los actores de la escena social\u00bb, <i>incluida la comunidad internacional. <\/i>Se puede comprender, as\u00ed, la vinculaci\u00f3n que se establece entre desarrollo sostenible y universalizaci\u00f3n de los Derechos Humanos. Y se comprende tambi\u00e9n la necesidad de avanzar hacia una verdadera mundializaci\u00f3n, con instituciones democr\u00e1ticas, tambi\u00e9n a nivel planetario, capaces de garantizar este conjunto de derechos (Vilches y Gil, 2003).<\/p>\n<p><b>Referencias en este resumen<\/b><\/p>\n<p>FOLCH, R. (1998). <i>Ambiente, emoci\u00f3n y \u00e9tica<\/i>. Barcelona: Ed. Ariel.<br \/>MAYOR ZARAGOZA, F. (1997). Entrevista realizada por Gonz\u00e1lez E., <i>El Pa\u00eds<\/i>, Domingo 22 de Junio, P\u00e1g. 30.<br \/>SEN, A. (1999). <i>Desarrollo y libertad<\/i>. Barcelona: Planeta.<br \/>VERCHER, A. (1998). Derechos humanos y medio ambiente. <i>Claves de Raz\u00f3n pr\u00e1ctica,<\/i>84, 14-21.<br \/>VILCHES, A. y GIL, D. (2003). <i>Construyamos un futuro sostenible. Di\u00e1logos de supervivencia<\/i>. Madrid: Cambridge University Presss. Cap\u00edtulo 15.<\/p>\n<p><strong>Educadores para la Sostenibilidad<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Derechos humanos y Sostenibilidad El logro de la sostenibilidad aparece hoy indisolublemente asociado a la necesidad de universalizaci\u00f3n y ampliaci\u00f3n de los derechos humanos. Sin embargo, esta vinculaci\u00f3n tan directa entre superaci\u00f3n de los problemas que amenazan la supervivencia de la vida en el planeta y la universalizaci\u00f3n de los derechos humanos, suele producir extra\u00f1eza y dista mucho de ser aceptado con facilidad. Conviene, por ello, detenerse m\u00ednimamente en lo que se entiende hoy por Derechos Humanos, un concepto que ha ido ampli\u00e1ndose hasta contemplar tres \u00abgeneraciones\u00bb de derechos (Vercher, 1998) que constituyen, como ha sido se\u00f1alado, requisitos b\u00e1sicos de\u2026<\/p>\n","protected":false},"author":14,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[1],"tags":[],"blocksy_meta":{"styles_descriptor":{"styles":{"desktop":"","tablet":"","mobile":""},"google_fonts":[],"version":4}},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4991"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/users\/14"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=4991"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/4991\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=4991"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=4991"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/CTSiberoamerica\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=4991"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}