{"id":130338,"date":"2012-06-02T16:18:14","date_gmt":"2012-06-02T15:18:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/?p=130338"},"modified":"2013-04-02T10:41:54","modified_gmt":"2013-04-02T09:41:54","slug":"ningun-avance-y-algunos-retrocesos-en-el-derecho-de-acceso-a-la-documentacion-sobre-politica-exterior","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/2012\/06\/02\/130338","title":{"rendered":"Ning\u00fan avance y algunos retrocesos en el derecho de acceso a la documentaci\u00f3n sobre pol\u00edtica exterior"},"content":{"rendered":"<p><strong>En las dos \u00faltimas semanas se han difundido algunas noticias muy preocupantes sobre el acceso a la documentaci\u00f3n p\u00fablica relativa a pol\u00edtica exterior, de seguridad y defensa en Espa\u00f1a. Por una parte, el Ministerio de \u00a0Defensa ha decidido paralizar la desclasificaci\u00f3n de 10.000 documentos secretos de entre 1936 y 1968 anunciada por la ministra\u00a0 Carme Chac\u00f3n en 2011. Por otra parte, el anteproyecto de Ley de Transparencia aprobado por el Gobierno excluye del derecho ciudadano de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica todo lo que \u201cperjudique a la seguridad nacional, la defensa [y] las relaciones exteriores\u201d, estableciendo de hecho la opacidad como norma en lo relativo a la acci\u00f3n exterior del Estado. Mientras tanto, contin\u00faan las restricciones en el acceso a la documentaci\u00f3n hist\u00f3rica que custodia el Archivo General del Ministerio de Asuntos Exteriores. Los perjudicados no son solo los historiadores e investigadores, sino todos los ciudadanos a los que se impide el acceso a informaci\u00f3n que es p\u00fablica y debe ser tratada como tal.<\/strong><\/p>\n<p><strong>1.- Defensa<\/strong>. La que iba a ser la mayor desclasificaci\u00f3n de documentos de la historia de Espa\u00f1a ha quedado bloqueada. En 2011 la ministra Carme Chac\u00f3n anunci\u00f3 la <a href=\"http:\/\/www.cadenaser.com\/espana\/articulo\/10000-secretos-defensa-listos-ser-desclasificados\/csrcsrpor\/20111205csrcsrnac_11\/Tes\">pr\u00f3xima desclasificaci\u00f3n de 10.000 documentos<\/a> generados por los tres ej\u00e9rcitos (Tierra, Aire y Armada) entre 1936 y 1968, cuya difusi\u00f3n ya no planteaba riesgo alguno para la seguridad y los intereses nacionales. En el cat\u00e1logo de documentos que elabor\u00f3 la Secretar\u00eda de Estado se inclu\u00edan, seg\u00fan informaba la Cadena Ser,<\/p>\n<blockquote>\n<p>expedientes sobre desertores y desterrados, documentos sobre la actividad de la censura y recoge material relacionado con los antiguos \u00abbatallones de trabajo\u00bb y campos de concentraci\u00f3n.<\/p>\n<p>El listado comprende tambi\u00e9n documentos relativos a la actividad del espionaje espa\u00f1ol en ese periodo, los planes de respuesta ante invasiones extranjeras e informaci\u00f3n sobre la pol\u00edtica espa\u00f1ola durante el protectorado de Marruecos o sobre la cesi\u00f3n de material b\u00e9lico por parte de EEUU.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Sin embargo, el ministro Pedro Moren\u00e9s anunci\u00f3 a finales de mayo que <a href=\"http:\/\/www.cadenaser.com\/espana\/articulo\/defensa-aparca-desclasificacion-10000-documentos-secretos\/csrcsrpor\/20120529csrcsrnac_1\/Tes\">la desclasificaci\u00f3n de esta documentaci\u00f3n quedaba aparcada<\/a> por considerar<\/p>\n<blockquote>\n<p>\u00abque la difusi\u00f3n de determinada informaci\u00f3n (contenida en el listado) podr\u00eda perjudicar las relaciones diplom\u00e1ticas de nuestro pa\u00eds y da\u00f1ar a terceros\u00bb.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Es una afirmaci\u00f3n para releer detenidamente. <strong>Los documentos que se iban a desclasificar tienen 44 a\u00f1os de antig\u00fcedad los m\u00e1s recientes y 76 los m\u00e1s viejos<\/strong>, nada menos. Fueron <strong>producidos por la burocracia militar del franquismo<\/strong> entre los d\u00edas de la guerra civil y los a\u00f1os sesenta. Por lo que se desprende de la sucinta descripci\u00f3n de su contenido que conocemos, versan sobre cuestiones nada sensacionales y bastante corrientes, esperables de una dictadura como la espa\u00f1ola en el contexto internacional en el que se desenvolvi\u00f3, adem\u00e1s de contener datos sobre la represi\u00f3n. Es inevitable preguntarse, \u00bfen serio puede afirmarse que las relaciones diplom\u00e1ticas de la Espa\u00f1a de 2012 \u201cpodr\u00edan\u201d verse perjudicadas por la difusi\u00f3n de estos documentos? \u00bfLas relaciones con qu\u00e9 \u201cterceros\u201d exactamente? \u00bfO los perjudicados ser\u00edan determinados espa\u00f1oles servidores del Estado, en caso de que salieran a la luz sus actividades durante la dictadura? \u00bfC\u00f3mo se explica que el anterior equipo ministerial considerara desclasificable esta documentaci\u00f3n porque ya no planteaba riesgo alguno para la seguridad y la defensa nacional, y el actual equipo s\u00ed vea riesgos?<\/p>\n<p><strong>Todos los pa\u00edses democr\u00e1ticos desclasifican regularmente, a\u00f1o tras a\u00f1o, miles de documentos diplom\u00e1ticos y militares<\/strong> mucho m\u00e1s recientes que los que el Ministerio de Defensa trata de esconder. (Para quienes no est\u00e9n familiarizados con el tema, apuntaremos que<strong> la regla general es la del libre acceso a la documentaci\u00f3n p\u00fablica pasados unos treinta a\u00f1os desde su producci\u00f3n<\/strong>, con plazos mayores para cuestiones sensibles, y posibilidad de acortar los plazos a 20, 10, 5 o menos a\u00f1os si el inter\u00e9s del acceso est\u00e1 motivado). Algunos de esos documentos que otros gobiernos s\u00ed desclasifican con toda normalidad, por cierto, revelan datos sobre las relaciones de esos pa\u00edses con Espa\u00f1a, bien conocidos desde hace ya d\u00e9cadas. Resulta entre rid\u00edculo y descorazonador tener que recurrir a la documentaci\u00f3n de otros pa\u00edses para reconstruir la historia del propio, cuando los documentos se han conservado y deber\u00edan ser de acceso p\u00fablico. Los historiadores espa\u00f1oles han tenido que recurrir a este m\u00e9todo con bastante frecuencia, por desgracia.<\/p>\n<p><strong>2.- Ley de Transparencia.<\/strong> Por lo que respecta al acceso a la documentaci\u00f3n p\u00fablica sobre la acci\u00f3n exterior del Estado, el anteproyecto de <a href=\"http:\/\/www.leydetransparencia.gob.es\/anteproyecto\/index.htm\">Ley de Transparencia<\/a> difundido por el gobierno presenta todos los mecanismos para funcionar como una Ley de Opacidad. No vamos a repetir aqu\u00ed todas las cr\u00edticas que ha recibido el texto, muchas de ellas expresadas por la propia comisi\u00f3n de expertos nombrada por el Centro de Estudios Pol\u00edticos y Constitucionales (dependiente del Ministerio de la Presidencia) <a href=\"http:\/\/politica.elpais.com\/politica\/2012\/05\/18\/actualidad\/1337338695_058826.html\">que el propio gobierno ha obviado<\/a>. Simplemente la redacci\u00f3n de dos art\u00edculos ya deber\u00eda ser motivo de preocupaci\u00f3n: el art. 8 afirma el derecho general de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica, pero inmediatamente el art. 9 excluye de este derecho \u201cla seguridad nacional, la defensa y las relaciones exteriores\u201d.<\/p>\n<blockquote>\n<p><strong>Art\u00edculo 8<\/strong><strong>. Derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica.<\/strong><\/p>\n<p>Todas las personas tienen derecho a acceder a la informaci\u00f3n p\u00fablica, en los t\u00e9rminos previstos en el art\u00edculo 105 b) de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola y en esta Ley.<\/p>\n<p><strong>Art\u00edculo 9<\/strong><strong>. Informaci\u00f3n P\u00fablica<\/strong><\/p>\n<p>Se entiende por informaci\u00f3n p\u00fablica los contenidos o documentos que obren en poder de cualquiera de los sujetos incluidos en el \u00e1mbito de aplicaci\u00f3n de este T\u00edtulo y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones p\u00fablicas, <strong>siempre y cuando no perjudique\u00a0 a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores<\/strong>, la seguridad p\u00fablica o la prevenci\u00f3n, investigaci\u00f3n y sanci\u00f3n de los il\u00edcitos penales, administrativos o disciplinarios.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Un problema no menor es que<strong> el concepto de \u201crelaciones exteriores\u201d del Estado se ha ampliado enormemente en las \u00faltimas d\u00e9cadas<\/strong>. En la actualidad no hay pr\u00e1cticamente una sola dependencia de la Administraci\u00f3n cuya actividad no conlleve una vertiente exterior -y que pueda quedar excluida, por tanto, del derecho de acceso a la informaci\u00f3n-. Paralelamente<strong> se han difuminado los l\u00edmites entre seguridad interior y exterior<\/strong>, y se ha dilatado el concepto de \u201cseguridad nacional\u201d hasta abarcar cuestiones como tan amplias como la \u201cinseguridad econ\u00f3mica y financiera\u201d, por ejemplo \u2013que tambi\u00e9n quedar\u00eda al margen de la obligada transparencia, junto con otras muchas materias-. (V\u00e9ase la <a href=\"http:\/\/www.lamoncloa.gob.es\/NR\/rdonlyres\/D0D9A8EB-17D0-45A5-ADFF-46A8AF4C2931\/0\/EstrategiaEspanolaDeSeguridad.pdf\">Estrategia Espa\u00f1ola de Seguridad<\/a> aprobada por el Gobierno en 2011).<\/p>\n<p>En cualquier caso, <strong>lo que es objetable ante todo es que la gesti\u00f3n p\u00fablica de las relaciones exteriores del Estado deba quedar menos sometida al escrutinio de la ciudadan\u00eda que otros \u00e1mbitos de actuaci\u00f3n estatal<\/strong>. Cabe el riesgo de que, con la excusa de no perjudicar la pol\u00edtica exterior o los intereses de otros pa\u00edses, la acci\u00f3n exterior del Estado se consagre como un \u00e1mbito aut\u00f3nomo y regido por reglas propias, lejos del control democr\u00e1tico, como advirtieron los te\u00f3ricos del \u201cpoder exterior\u201d (<a href=\"http:\/\/books.google.es\/books?id=xvp_kt-5K9wC&amp;pg=PA284&amp;lpg=PA284&amp;dq=wolgast+pouvoir+exterieur&amp;source=bl&amp;ots=L4AcoxkIXB&amp;sig=TU8WRwZEh8DDoNcoH-btUVPg-RM&amp;hl=es&amp;sa=X&amp;ei=S7bJT77DKMmChQfE7IX6Dw&amp;ved=0CF8Q6AEwAg#v=onepage&amp;q=wolgast%20pouvoir%20exterieur&amp;f=false\">Ernst Wolgast, \u00abLe Diplomatc el ses fonctions. D\u00e9duits de la nature de I&#8217;organisation internationale publique du pouvoir externe de l&#8217;Etat\u00bb, 1937<\/a>)<\/p>\n<p>Se dir\u00e1 que lo que limita la norma es el acceso a informaci\u00f3n \u201cque perjudique\u201d estos \u00e1mbitos de la acci\u00f3n estatal, pero seg\u00fan el <a href=\"http:\/\/politica.elpais.com\/politica\/2012\/05\/18\/actualidad\/1337338695_058826.html\">art\u00edculo de Mar\u00eda Fabra que publica El Pa\u00eds<\/a>,<strong> \u201cel criterio para autorizar o no el acceso es bastante arbitrario\u201d<\/strong>. La Administraci\u00f3n podr\u00e1 negar el acceso a la informaci\u00f3n por silencio negativo cuando \u201cexista un riesgo de perjuicio por el hecho de que la informaci\u00f3n se haga p\u00fablica, pero tambi\u00e9n que no exista un inter\u00e9s superior que respalde la publicaci\u00f3n\u00bb. Se supone que quien decidir\u00e1 si hay inter\u00e9s superior o no, si existe riesgo o no, y c\u00f3mo se entiende el posible perjuicio a las \u201crelaciones exteriores\u201d, es una Agencia Estatal de Transparencia, Evaluaci\u00f3n de las Pol\u00edticas P\u00fablicas y la Calidad de los Servicios. Esta AETEPPCS de tan dilatada denominaci\u00f3n no ser\u00e1 un organismo independiente, sino que depender\u00e1 del gobierno, juez y parte por tanto en el proceso.<\/p>\n<p><strong>\u00bfEn qu\u00e9 medida afecta esto a la investigaci\u00f3n hist\u00f3rica?<\/strong> La Ley de Transparencia se refiere a todos los \u00e1mbitos de la actividad p\u00fablica, lo que cubre muchos aspectos de la actividad cotidiana de los historiadores como solicitantes de informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n. Esto es especialmente cierto en el caso de quienes investigan los procesos hist\u00f3ricos m\u00e1s cercanos en el tiempo o que incluso est\u00e1n desarrollo, los fen\u00f3menos hist\u00f3ricos a\u00fan no cerrados y aquellos de los que quedan testigos vivos \u2013 la Historia del Presente, en suma. Por otra parte, algunos sostienen la tesis de que en pol\u00edtica exterior los expedientes no se cierran nunca y no pueden contemplarse bajo la \u00f3ptica del patrimonio hist\u00f3rico, en cuyo caso se aplicar\u00eda lo previsto en la Ley de Transparencia\u2026 es decir, el principio de no acceso (v\u00e9ase por ejemplo el caso de Gibraltar, de cuya cesi\u00f3n se \u00a0cumplir\u00e1n 300 a\u00f1os en 2013 y que a\u00fan colea). La exclusi\u00f3n de la Casa Real del \u00e1mbito previsto en esta Ley es otra limitaci\u00f3n importante, dadas las funciones que seg\u00fan la Constituci\u00f3n de 1978 ejerce el Rey en materia de pol\u00edtica exterior (art. 63) y su asunci\u00f3n de \u201cla m\u00e1s alta representaci\u00f3n del Estado espa\u00f1ol en las relaciones internacionales\u201d (art. 56).<\/p>\n<p>Esperemos que en los siguientes tr\u00e1mites que seguir\u00e1 este anteproyecto de ley, incluyendo el tr\u00e1mite parlamentario, se corrijan estos y otros aspectos para que el deber de transparencia en la acci\u00f3n de las Administraciones p\u00fablicas se extienda tambi\u00e9n a la acci\u00f3n exterior.<\/p>\n<p><strong>3. Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperaci\u00f3n.<\/strong> <a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/2012\/05\/16\/130311\">Las restricciones a la consulta de la documentaci\u00f3n hist\u00f3rica en el Archivo General de este ministerio que coment\u00e1bamos en un post anterior<\/a> no parecen haberse reducido en los \u00faltimos tiempos. Un cambio significativo que hay que consignar es que desde hace unos d\u00edas, en el <a href=\"http:\/\/www.maec.es\/es\/menuppal\/actualidad\/Documentacion\/Paginas\/ArchivosBibliotecasyCentrosdeDocumentacion.aspx\">portal web del Ministerio<\/a> se ha insertado el siguiente aviso:<\/p>\n<blockquote>\n<p>AVISO IMPORTANTE PARA INVESTIGADORES:<\/p>\n<p>En adelante las instancias solicitando autorizaci\u00f3n para acceder al Archivo deber\u00e1n presentarse y ser resueltas antes de acudir a la Sala de Consulta. Los investigadores que ya han sido autorizados en los \u00faltimos tres a\u00f1os, deber\u00e1n solicitar de nuevo autorizaci\u00f3n y no podr\u00e1n volver a trabajar hasta que esta haya sido resuelta positivamente.<\/p>\n<p>Madrid, 17 de mayo de 2012.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p>Con ello deber\u00eda evitarse el problema generado a muchos investigadores que no pod\u00edan consultar la documentaci\u00f3n tras trasladarse a Madrid desde otras ciudades o desde el extranjero: se supone que solo ir\u00e1n al archivo si consiguen previamente una autorizaci\u00f3n. En contrapartida, todas las autorizaciones de consulta concedidas desde mayo de 2009, que seg\u00fan el reglamento del archivo deber\u00edan estar vigentes hasta hoy (plazo de tres a\u00f1os), pasan a estar en suspenso, y pueden verse confirmadas o bien denegadas tras la nueva solicitud. <strong>Documentos antes accesibles pueden ser ahora vetados, por consiguiente.<\/strong><\/p>\n<p>Dado que entre tanto <a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/2012\/05\/16\/130311\">contin\u00faa en vigor el acuerdo del Consejo de Ministros de 2010 que clasifica como secreto y reservado un abanico enorme de materias relativas a la pol\u00edtica exterior,<\/a> y que no hay noticias de que se hayan liberalizado los criterios de interpretaci\u00f3n de esta y otras normas por parte de la Secretar\u00eda General T\u00e9cnica de Exteriores, el panorama relativo al acceso ciudadano a la informaci\u00f3n p\u00fablica sobre la pol\u00edtica exterior del Estado contin\u00faa siendo muy preocupante.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En las dos \u00faltimas semanas se han difundido algunas noticias muy preocupantes sobre el acceso a la documentaci\u00f3n p\u00fablica relativa a pol\u00edtica exterior, de seguridad y defensa en Espa\u00f1a. Por una parte, el Ministerio de \u00a0Defensa ha decidido paralizar la desclasificaci\u00f3n de 10.000 documentos secretos de entre 1936 y 1968 anunciada por la ministra\u00a0 Carme Chac\u00f3n en 2011. Por otra parte, el anteproyecto de Ley de Transparencia aprobado por el Gobierno excluye del derecho ciudadano de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica todo lo que \u201cperjudique a la seguridad nacional, la defensa [y] las relaciones exteriores\u201d, estableciendo de hecho la opacidad\u2026<\/p>\n","protected":false},"author":121,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[48,1,2186,49],"tags":[44424,17249,14640,16234,3015,17250,17256,16238,17254,17255,16237],"blocksy_meta":{"styles_descriptor":{"styles":{"desktop":"","tablet":"","mobile":""},"google_fonts":[],"version":4}},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/130338"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/users\/121"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=130338"}],"version-history":[{"count":9,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/130338\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":130586,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/130338\/revisions\/130586"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=130338"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=130338"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/Historia_RRII\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=130338"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}