{"id":131391,"date":"2011-07-22T08:53:25","date_gmt":"2011-07-22T07:53:25","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/?p=131391"},"modified":"2011-07-22T08:54:57","modified_gmt":"2011-07-22T07:54:57","slug":"el-congreso-aprueba-una-nueva-ley-de-deposito-legal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/2011\/07\/22\/131391","title":{"rendered":"El Congreso aprueba una nueva Ley de Dep\u00f3sito Legal"},"content":{"rendered":"<p>Libros y otros documentos disponen de una nueva Ley de Dep\u00f3stio Legal, un control administrativo que a la vez sirve para saber cu\u00e1ntos documentos existen como fondo en una biblioteca y\/o centro de documentaci\u00f3n.<\/p>\n<p>A continuaci\u00f3n, la nota de prensa enviada desde la Biblioteca Nacional y recomendaciones de Montserrat Oliv\u00e1n, Jefe de Servicio de Dep\u00f3sito Legal:<\/p>\n<p>El Congreso ha aprobado este 21 de julio la Ley de Dep\u00f3sito Legal, en sustituci\u00f3n de la normativa de 1971, para adaptar el dep\u00f3sito del patrimonio bibliogr\u00e1fico -y as\u00ed su conservaci\u00f3n y difusi\u00f3n- a los cambios producidos en el mundo de la edici\u00f3n como consecuencia de las nuevas  tecnolog\u00edas y, especialmente, de las publicaciones en red.<br \/>\nLa nueva ley ha sido aprobada por unanimidad en la comisi\u00f3n de Cultura del Congreso de los Diputados con competencia legislativa plena.<\/p>\n<p>La Ley responde tambi\u00e9n a la necesidad de adecuar la pr\u00e1ctica del dep\u00f3sito legal al estado de las autonom\u00edas tanto a sus colecciones como al traspaso de competencias en materia de gesti\u00f3n a las comunidades aut\u00f3nomas. La Ley, en su disposici\u00f3n adicional segunda, plantea la creaci\u00f3n de un \u00f3rgano de participaci\u00f3n del sector  en el que estar\u00e1n representados todos los sectores implicados y \u201cen todo caso, un representante de cada una de las comunidades aut\u00f3nomas\u2026\u201d.<br \/>\nLa portavoz de la comisi\u00f3n del PSOE, Gracia Mu\u00f1oz, ha destacado que la Ley de Dep\u00f3sito Legal resuelve el vac\u00edo legal existente con la anterior normativa que no contemplaba la aparici\u00f3n de los documentos intangibles.<\/p>\n<p>Hasta ahora, la regulaci\u00f3n del dep\u00f3sito legal ten\u00eda que ver con obras tangibles, mientras que la Ley apuesta por incorporar obras no tangibles, que tambi\u00e9n forman parte de nuestro patrimonio bibliogr\u00e1fico, permitiendo as\u00ed el acceso de los ciudadanos de hoy y en el futuro a las obras en papel,  en otros soportes tangibles y en red.<\/p>\n<p>Mu\u00f1oz, en declaraciones a la agencia EFE, ha se\u00f1alado que el texto iniciar ha incorporado, entre otras, dos enmiendas, referidas a la creaci\u00f3n de un \u00f3rgano de coordinaci\u00f3n entre todos los sectores involucrados en el dep\u00f3sito legal y el impulso de la preservaci\u00f3n de los documentos creados en lenguas cooficiales.<\/p>\n<p>Son objeto de dep\u00f3sito legal, todas las obras bibliogr\u00e1ficas, sonoras, visuales, audiovisuales y digitales, producidas o editadas en Espa\u00f1a, por cualquier procedimiento de producci\u00f3n, edici\u00f3n o difusi\u00f3n y distribuidas en cualquier soporte, tangible o intangible. En el \u00e1mbito de la Uni\u00f3n Europea se ha propuesto y recomendado la adopci\u00f3n de iniciativas por los Estados miembros en el campo de la conservaci\u00f3n digital del material cultural.<\/p>\n<p>El texto de la Ley introduce un cambio en la realidad del mundo del dep\u00f3sito legal con el nuevo papel del editor, quien ser\u00e1 el sujeto depositante principal. Esta modificaci\u00f3n va a significar una gran mejora de las colecciones custodiadas por los centros, ya que permitir\u00e1 que los documentos ingresen \u00edntegros, que las publicaciones seriadas no queden faltas de fasc\u00edculos y, finalmente, que se ingrese todo lo que se edita en Espa\u00f1a, a\u00fan cuando no haya sido producido en su territorio. Esta modificaci\u00f3n permitir\u00e1 tambi\u00e9n que las colecciones de las bibliotecas centrales de las comunidades aut\u00f3nomas respondan a la realidad de su mundo editorial.<\/p>\n<p>Asimismo, se reducen las cargas administrativas al disminuir sensiblemente el n\u00famero de ejemplares que se entregan para los centros depositarios. La BNE pasa de recibir tres ejemplares de las monograf\u00edas con ISBN a dos y deja de recibir las reimpresiones.<\/p>\n<p>El primer antecedente del dep\u00f3sito legal en Espa\u00f1a hay que situarlo en 1616 cuando la Real Biblioteca de El Escorial recibe el beneficio de esta regal\u00eda. El t\u00e9rmino de dep\u00f3sito legal aparece por primera vez durante el reinado de Alfonso XII y se configura como la instituci\u00f3n jur\u00eddica que permite a las administraciones p\u00fablicas, hoy Administraci\u00f3n General del Estado y comunidades aut\u00f3nomas, recoger ejemplares de las publicaciones de todo tipo reproducidas en cualquier soporte.<\/p>\n<p>El dep\u00f3sito legal \u2013se\u00f1ala el pre\u00e1mbulo de la Ley- incrementa la visibilidad y publicidad de sus publicaciones, proporciona un mejor control bibliogr\u00e1fico, con la publicaci\u00f3n de Bibliograf\u00eda espa\u00f1ola y garantiza a largo plazo la disponibilidad de su material. Y son las bibliotecas de las comunidades aut\u00f3nomas as\u00ed como la Biblioteca Nacional de Espa\u00f1a las responsables de conservar y difundir el patrimonio bibliogr\u00e1fico, sonoro, visual, audiovisual y electr\u00f3nico. Es un bien de gran trascendencia que posibilita el acceso de todo lo editado a cualquier investigador que lo requiera.<\/p>\n<p><strong>La importancia de la nueva Ley <\/strong><\/p>\n<p>Acaba de ser aprobada en el Congreso la nueva ley de dep\u00f3sito legal. El mundo bibliotecario est\u00e1 de enhorabuena, pero tambi\u00e9n la ciudadan\u00eda en general. Este cambio de normativa era insoslayable, hace m\u00e1s de diez a\u00f1os que as\u00ed se viene demandando sin que hasta el momento se hubiera dado respuesta a esta exigencia.<\/p>\n<p>El dep\u00f3sito legal, como es bien sabido, es el medio del que se dot\u00f3 el mundo bibliotecario a nivel internacional para garantizar la conservaci\u00f3n de la cultura, para garantizar, as\u00ed, un bien democr\u00e1tico de indiscutible importancia. En un principio el libro y, en general, la cultura escrita era su objetivo, pero el mismo se ampli\u00f3 a los documentos sonoros y audiovisuales y, hoy, a los electr\u00f3nicos.<\/p>\n<p>El dep\u00f3sito legal viene funcionando en Espa\u00f1a de modo muy satisfactorio desde el a\u00f1o 1958 gracias al Decreto elaborado por un encomiable grupo de bibliotecarios. El Decreto marcaba qu\u00e9 documentos deb\u00edan ser objeto del dep\u00f3sito legal, es decir, deb\u00edan ser entregados para su conservaci\u00f3n y difusi\u00f3n. Pese al momento en que fue promulgado, el Decreto no abr\u00eda la menor posibilidad a la pr\u00e1ctica de la censura. Un \u00e9xito, sin duda alguna, como lo es ahora la promulgaci\u00f3n de esta nueva ley.<\/p>\n<p>El cambio responde a la necesidad de adecuar la pr\u00e1ctica del dep\u00f3sito legal a los cambios en el mundo de la edici\u00f3n, a la aparici\u00f3n de las nuevas tecnolog\u00edas, y con ellas el mundo inabarcable de las publicaciones en red, as\u00ed como a la existencia del Estado de las autonom\u00edas. Las bases de esta ley est\u00e1n ampliamente consensuadas en el \u00e1mbito bibliotecario y, por ello, nace con un gran respaldo.<\/p>\n<p>Dos son las grandes novedades que incorpora esta ley. Por una parte, el editor, de no existir como sujeto depositante -extra\u00f1a anomal\u00eda en las leyes de dep\u00f3sito legal-  pasa a ser el sujeto depositante b\u00e1sico. Por otra, se da respuesta al archivo de los recursos  de Internet. La base es la misma para los recursos con soporte f\u00edsico y para los recursos en la red: es un bien social conservar y difundir el patrimonio bibliogr\u00e1fico, en nuestro caso, adem\u00e1s, en toda su diversidad ling\u00fc\u00edstica.<\/p>\n<p>El editor deb\u00eda jugar un papel importante en la pr\u00e1ctica del dep\u00f3sito legal -pr\u00e1ctica que implica la entrega de unos ejemplares de todo lo editado- por la existencia de obras que se imprimen fuera de Espa\u00f1a, porque el impresor puede no tener nunca la obra completa, porque el seguimiento de las publicaciones seriadas es imposible si no es a trav\u00e9s del editor y porque las Comunidades Aut\u00f3nomas necesitan unas colecciones que respondan a su realidad editorial. En este marco conviene tener presente, como se se\u00f1ala acertadamente en el Pre\u00e1mbulo de la ley, que el dep\u00f3sito legal incrementa la visibilidad y publicidad de sus publicaciones, proporciona un mejor control bibliogr\u00e1fico y garantiza a largo plazo la disponibilidad de su material, lo que puede tener un notable valor para el editor cuando el original ha desaparecido.<\/p>\n<p>Las bibliotecas de las Comunidades Aut\u00f3nomas as\u00ed como la Biblioteca Nacional de Espa\u00f1a, cada una en su \u00e1mbito, ser\u00e1n las responsables de conservar y difundir este valioso patrimonio. Es evidente que poner en marcha la ley no ser\u00e1 tarea f\u00e1cil, que va a exigir esfuerzos de los editores y productores y de las Comunidades Aut\u00f3nomas, que son quienes gestionan el dep\u00f3sito legal, pero estamos convencidos de que todos somos conscientes de la importancia de esta ley que se acaba de aprobar y que unos y otros pondremos los medios para que la puesta en marcha de la misma signifique un \u00e9xito y posibilite que la Biblioteca Nacional de Espa\u00f1a y las Bibliotecas Nacionales y Regionales de las Comunidades Aut\u00f3nomas puedan poner a disposici\u00f3n del p\u00fablico de hoy y del futuro nuestro rico patrimonio cultural e intelectual sin las limitaciones que no impon\u00eda la normativa vigente hasta ahora. Desde este primer momento la BNE quiere agradecer los esfuerzos de los editores para conseguir que esta ley sea un \u00e9xito.<\/p>\n<p><strong>Montserrat Oliv\u00e1n<\/strong><br \/>\n<strong> Jefe de Servicio de Dep\u00f3sito Legal<\/strong><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Libros y otros documentos disponen de una nueva Ley de Dep\u00f3stio Legal, un control administrativo que a la vez sirve para saber cu\u00e1ntos documentos existen como fondo en una biblioteca y\/o centro de documentaci\u00f3n. A continuaci\u00f3n, la nota de prensa enviada desde la Biblioteca Nacional y recomendaciones de Montserrat Oliv\u00e1n, Jefe de Servicio de Dep\u00f3sito Legal: El Congreso ha aprobado este 21 de julio la Ley de Dep\u00f3sito Legal, en sustituci\u00f3n de la normativa de 1971, para adaptar el dep\u00f3sito del patrimonio bibliogr\u00e1fico -y as\u00ed su conservaci\u00f3n y difusi\u00f3n- a los cambios producidos en el mundo de la edici\u00f3n como\u2026<\/p>\n","protected":false},"author":63,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[639,640],"tags":[396,3015,52],"blocksy_meta":{"styles_descriptor":{"styles":{"desktop":"","tablet":"","mobile":""},"google_fonts":[],"version":4}},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/131391"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/users\/63"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=131391"}],"version-history":[{"count":3,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/131391\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":131395,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/131391\/revisions\/131395"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=131391"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=131391"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/documentacion\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=131391"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}