{"id":137261,"date":"2015-07-22T09:05:52","date_gmt":"2015-07-22T08:05:52","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/?p=137261"},"modified":"2015-07-22T14:47:38","modified_gmt":"2015-07-22T13:47:38","slug":"convocatoria-neotec-para-empresas-tecnologicas-de-reciente-constitucion","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/137261\/convocatoria-neotec-para-empresas-tecnologicas-de-reciente-constitucion\/","title":{"rendered":"Convocatoria NEOTEC para empresas tecnol\u00f3gicas de reciente constituci\u00f3n"},"content":{"rendered":"<div><img decoding=\"async\" class=\"alignleft size-full wp-image-137265\" title=\"Ayudas Neotec\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/files\/2015\/07\/Ayudas-Neotec1.jpg\" alt=\"\" width=\"204\" height=\"94\" \/>El viernes 17 de julio se\u00a0public\u00f3 en el <a href=\"http:\/\/www.boe.es\/boe\/dias\/2015\/07\/17\/pdfs\/BOE-A-2015-8034.pdf\">Bolet\u00edn Oficial del Estado la convocatoria de ayudas para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa Neotec).<\/a><\/div>\n<div><\/div>\n<div>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Tipo de Proyecto <\/span><\/strong><\/p>\n<p>Puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras, que requieran el uso de tecnolog\u00edas o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnolog\u00eda. La tecnolog\u00eda y la innovaci\u00f3n ser\u00e1n factores competitivos que contribuyan a la diferenciaci\u00f3n de la empresa y que sirvan de base a la estrategia y al plan de negocio a largo plazo, con el mantenimiento de l\u00edneas de I+D propias.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Presupuesto m\u00ednimo del proyecto <\/span><\/strong><\/p>\n<p>175.000\u20ac<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Beneficiarios <\/span><\/strong><\/p>\n<p>Empresas innovadoras que cumpla <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">al menos uno<\/span><\/strong> de los siguientes requisitos:<\/p>\n<p>a) Que pueda demostrar, mediante una evaluaci\u00f3n realizada por un experto externo, que desarrollar\u00e1, en un futuro previsible, productos, servicios o procesos nuevos o mejorados sustancialmente en comparaci\u00f3n con el estado de la t\u00e9cnica en su sector y que lleven impl\u00edcito un riesgo de fracaso tecnol\u00f3gico o industrial. El experto externo deber\u00e1 pertenecer a un organismo p\u00fablico de investigaci\u00f3n; a una universidad p\u00fablica, privada o a sus institutos universitarios; o a un centro tecnol\u00f3gico o centro de apoyo a la innovaci\u00f3n tecnol\u00f3gica de \u00e1mbito estatal.<\/p>\n<p>b) Que tenga unos costes de I+D que representen un m\u00ednimo del 10 % del total de sus costes de explotaci\u00f3n durante al menos uno de los tres a\u00f1os previos a la concesi\u00f3n de la ayuda. Si se trata de una empresa nueva sin historial financiero, esta condici\u00f3n debe cumplirse en el ejercicio fiscal en curso. Para acreditar la concurrencia de este requisito se exigir\u00e1 la certificaci\u00f3n de un auditor externo.<\/p>\n<p><!--more-->Otros requisitos:<\/p>\n<p>\u2022 Est\u00e9n v\u00e1lidamente constituida en el momento de la presentaci\u00f3n de la solicitud de la ayuda, y que tenga residencia fiscal o un establecimiento permanente en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>\u2022 Ser peque\u00f1a empresa.<\/p>\n<p>\u2022 No estar cotizadas.<\/p>\n<p>\u2022 No deber\u00e1n haber distribuido beneficios.<\/p>\n<p>\u2022 Constituidas como m\u00e1ximo en los cuatro a\u00f1os anteriores a la fecha de la presentaci\u00f3n de la solicitud de ayuda, a contar desde la fecha de otorgamiento de la escritura de constituci\u00f3n de la empresa.<\/p>\n<p>\u2022 No haber surgido de una operaci\u00f3n societaria de las contempladas en la Ley 3\/2009, de 3 de abril, sobre modificaciones estructurales de las sociedades mercantiles. Las operaciones contempladas por esta ley son las siguientes: transformaci\u00f3n, fusi\u00f3n, escisi\u00f3n, cesi\u00f3n global de activo y pasivo.<\/p>\n<p>\u2022 Contar con un capital social m\u00ednimo, o capital social m\u00e1s prima de emisi\u00f3n o asunci\u00f3n, de 10.000 euros, desembolsado \u00edntegramente mediante aportaciones dinerarias antes de la presentaci\u00f3n de la solicitud<\/p>\n<p>\u2022 Que la participaci\u00f3n en el capital social de la empresa de otras sociedades mercantiles que no sean entidades de capital riesgo o de inversi\u00f3n colectiva, de organismos de investigaci\u00f3n, o de otras entidades, no supere individualmente el 25% del capital social total. Se tendr\u00e1 en cuenta la participaci\u00f3n de entidades vinculadas a efectos del c\u00e1lculo de su porcentaje de participaci\u00f3n.<\/p>\n<p>\u2022 No sea empresa en crisis, conforme a la definici\u00f3n del art\u00edculo 2, apartado 18, del Reglamento general de exenci\u00f3n por categor\u00edas.<\/p>\n<p>\u2022 No haya resultado beneficiaria, con car\u00e1cter previo a la presente convocatoria, de las ayudas NEOTEC del CDTI.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Modalidades de las Ayudas <\/span><\/strong><\/p>\n<p>Subvenciones de hasta el 70 % del presupuesto de la actuaci\u00f3n, con un m\u00e1ximo de 250.000\u20ac por beneficiario.<\/p>\n<p>Las ayudas podr\u00e1n ser compatibles con la percepci\u00f3n de otras ayudas, en los t\u00e9rminos establecidos en el art\u00edculo 38 de la Orden de bases reguladoras.<\/p>\n<p>Partida Presupuestaria: 10.000.000 euros.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Conceptos Susceptibles de la Ayuda\u00a0<\/span><\/strong><\/p>\n<p>\u2022 Inversiones en equipos.<\/p>\n<p>\u2022 Gastos de personal: con contrato laboral, aut\u00f3nomo-socio de la empresa, aut\u00f3nomo econ\u00f3micamente dependiente.<\/p>\n<p>\u2022 Materiales.<\/p>\n<p>\u2022 Colaboraciones externas \/ asesor\u00eda (max. 50% del total presupuesto):<\/p>\n<p>o Si el coste excede el 20% del importe de la ayuda concedida y dicho importe sea superior a 60.000 euros, la subcontrataci\u00f3n estar\u00e1 condicionada a que el contrato se celebre por escrito y sea autorizado por el \u00f3rgano de concesi\u00f3n.<\/p>\n<p>o No podr\u00e1n subcontratarse personas o entidades vinculadas<\/p>\n<p>o Informe de evaluaci\u00f3n del experto o la certificaci\u00f3n del auditor externo, acreditativos del car\u00e1cter de empresa innovadora.<\/p>\n<p>\u2022 Otros costes: alquileres, suministros, c\u00e1nones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos \u00faltimos tendr\u00e1n un l\u00edmite m\u00e1ximo de 2.000 euros por beneficiario y anualidad.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Cobro de las ayudas <\/span><\/strong><\/p>\n<p>Pago anticipado del 60% de la subvenci\u00f3n concedida para cada anualidad con anterioridad a la realizaci\u00f3n de la misma. El 40% restante se realizar\u00e1 tras la justificaci\u00f3n de la respectiva anualidad. Sin garant\u00edas.<\/p>\n<p>Si se trata de una ayuda plurianual, el pago de las anualidades sucesivas quedar\u00e1 condicionado a la presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n de la justificaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Periodo Financiable <\/span><\/strong><\/p>\n<p>Desde el 1 de enero de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2017.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Plazo de Presentaci\u00f3n<\/span><\/strong><\/p>\n<p>Desde el 20 de julio de 2015 y hasta el d\u00eda 6 de octubre de 2015, a las 12:00 horas del mediod\u00eda, hora peninsular. Con certificado electr\u00f3nico.<\/p>\n<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\">Organismo Responsable<\/span><\/strong><\/p>\n<p>CDTI (Centro para el Desarrollo Tecnol\u00f3gico Industrial).<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.cdti.es\/index.asp?MP=7&amp;MS=651&amp;MN=3\">En este enlace est\u00e1 la convocatoria, la Orden de Bases y el acceso para la cumplimentaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de las solicitudes<\/a><\/p>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El viernes 17 de julio se\u00a0public\u00f3 en el Bolet\u00edn Oficial del Estado la convocatoria de ayudas para nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras (Programa Neotec). Tipo de Proyecto Puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras, que requieran el uso de tecnolog\u00edas o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora, y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnolog\u00eda. 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