{"id":141692,"date":"2019-10-24T11:00:15","date_gmt":"2019-10-24T09:00:15","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/?p=141692"},"modified":"2020-01-04T16:39:28","modified_gmt":"2020-01-04T14:39:28","slug":"trabajando-en-el-pacto-de-socios-para-la-ronda-de-inversion-23","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/141692\/trabajando-en-el-pacto-de-socios-para-la-ronda-de-inversion-23\/","title":{"rendered":"Trabajando en el Pacto de Socios para la ronda de inversi\u00f3n (2\/3)"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/files\/2019\/09\/Pacto-de-socios-II.png\"><img decoding=\"async\" class=\"alignleft size-medium wp-image-141853\" title=\"Pacto de socios II\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/files\/2019\/09\/Pacto-de-socios-II-300x216.png\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"216\" srcset=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/files\/2019\/09\/Pacto-de-socios-II-300x216.png 300w, https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/files\/2019\/09\/Pacto-de-socios-II.png 528w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a>En la <a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/2019\/04\/15\/141389\">primer entrega<\/a>\u00a0de esta breve serie nos centramos en explicar las bases, y estructura del <strong>Pacto de Socios<\/strong>.\u00a0Y adem\u00e1s, nos adentramos en detalle en los dos de los siguientes cuatro bloques. Tambi\u00e9n te dejaba este\u00a0<a href=\"https:\/\/www.dropbox.com\/s\/1g7pd6m7mw5vn3q\/Pacto%20de%20socios%20Ejemplo%20Post%20JGB.docx?dl=0\" rel=\"noopener\" target=\"_blank\" data-href=\"https:\/\/www.dropbox.com\/s\/1g7pd6m7mw5vn3q\/Pacto%20de%20socios%20Ejemplo%20Post%20JGB.docx?dl=0\">modelo<\/a> de pacto de socios, aunque reitero la advertencia de que es capital que contrates a un buen abogado para que te ayude a crear uno propio para tu compa\u00f1\u00eda.<\/p>\n<p><strong>1. Aspectos generales<\/strong><\/p>\n<p><strong>2. Funcionamiento y toma de decisiones de la sociedad<\/strong><\/p>\n<p><strong>3. R\u00e9gimen de transmisi\u00f3n de las participaciones<\/strong><\/p>\n<p><strong>4. Compromisos adquiridos por los Socios fundadores<\/strong><\/p>\n<p>En esta segunda entrega, nos vamos a centrar en el tercer bloque:<strong> El r\u00e9gimen de transmisi\u00f3n de las participaciones<\/strong><\/p>\n<p>Pues bien, lo <strong>primero, <\/strong>es que los <strong>Socios Fundadores<\/strong> suelen asumir con la ronda de inversi\u00f3n un compromiso\/obligaci\u00f3n de <strong>no poder transmitir<\/strong> sus participaciones <strong>durante un periodo determinado<\/strong>, que es negociable, y suele ser de dos a cuatro a\u00f1os. Sin embargo, se suele recoger un permiso excepcional para esos Socios Fundadores para que puedan vender hasta un m\u00e1ximo del 5% cuando se completen nuevas rondas de ampliaci\u00f3n de capital con \u00e9xito. Esto tiene como objetivo dotarle al fundador de cierta liquidez, dado que el camino es largo hasta la salida y su salario seguir\u00e1 siendo seguramente inferior al de mercado durante un tiempo largo.<br \/>\n<!--more-->El <strong>segundo<\/strong> aspecto clave de la transmisi\u00f3n entre socios y con terceros es el llamado <strong><em>Derecho de Adquisici\u00f3n Preferente<\/em><\/strong>, que consiste en que para que se pueda permitir la transmisi\u00f3n de participaciones a un tercero no Socio, los Socios preexistentes tienen que ser informados de la oferta del comprador y tendr\u00e1n un <em>\u201cDerecho de Adquisici\u00f3n Preferente\u201d<\/em> para comprar dichas participaciones en los mismos t\u00e9rminos de esa Oferta, incluyendo a la propia Sociedad que los podr\u00e1 comprar para dejarlos en Autocartera.<\/p>\n<p>El <strong>tercer<\/strong> elemento clave es el <em><strong>Derecho de Arrastre<\/strong> (\u201cDrag Along\u201d)<\/em> que es un derecho que se suele conferir a los Socios Inversores, o a todos los Socios, para que si reciben una <strong>oferta de compra<\/strong> que suponga, no s\u00f3lo su propio bloque de participaciones, sino un <strong>50% o m\u00e1s de la Capital Social<\/strong> de la Sociedad, ellos <strong>puedan obligar al resto de los Socios a que se lleve a cabo<\/strong> siempre que vote a favor al menos el 51% de los Socios Inversores, y lo normal es establecer adicionalmente que es necesario una aprobaci\u00f3n de, al menos, el 60% del Capital Social. Esta cl\u00e1usula tiene como objetivo facilitar la salida a los Socios Inversores cuyo objetivo es obtener un retorno financiero.<\/p>\n<p>El <strong>cuarto<\/strong> que vamos a entrar hoy es el llamado <em><strong>Derecho de Acompa\u00f1amiento<\/strong> (\u201cTag Along\u201d)<\/em>. Este Derecho se suele fijar para todos los Socios, y consiste en que si existe una <strong>venta mayor del 50% del total del Capital Social<\/strong> de la Empresa, ya sea realizada por uno o varios Socios, dentro de un mismo periodo de seis meses. Los dem\u00e1s Socios tendr\u00e1n derecho a participar tambi\u00e9n de dicha venta en las mismas condiciones y en una cantidad proporcional del capital de la Sociedad que sean titulares. Esta es otra cl\u00e1usula clave que les permite, sobre todo a los Socios Inversores, tener un retorno financiero y no quedarse como Socios Minoritarios eternamente sin posibilidad alguna de salida.<\/p>\n<p>El <strong>quinto <\/strong>es el llamado <strong><em>Derecho de Separaci\u00f3n<\/em><\/strong> por el que cualquiera de los Socios puede en cualquier momento <strong>vender<\/strong> <strong>todas sus participaciones<\/strong> a la propia <strong>Sociedad<\/strong> por el precio de<strong> 1\u20ac.<\/strong> De esta forma, tienen la posibilidad de separarse en cualquier momento. Esto cobra sentido cuando las cosas no han ido bien y el proyecto se ve obligado a cerrar, y entonces el Socio Inversor no quiere permanecer y figurar como Socio para esa etapa de liquidaci\u00f3n y cierre.<\/p>\n<p>En el siguiente post, seguiremos con la explicaci\u00f3n del \u00faltimo bloque del Pacto de Socios: los compromisos adquiridos por los Socios Fundadores.<\/p>\n<p>Recuerda,\u00a0no est\u00e1s s\u00f3lo\u00a0en este proceso de b\u00fasqueda de inversi\u00f3n. Si crees que podemos ayudarte, no dudes en contactarnos a la\u00a0<a href=\"http:\/\/www.madrimasd.org\/emprendedores\/ban-madrid\">Red de Inversores BAN madri+d<\/a>\u00a0y estaremos encantado de intentarlo. Podr\u00e1s hacerlo a trav\u00e9s de este\u00a0<a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/emprendedores\/2019\/02\/21\/inversores@madrimasd.org\">correo<\/a>. Suerte y a por todas!<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En la primer entrega\u00a0de esta breve serie nos centramos en explicar las bases, y estructura del Pacto de Socios.\u00a0Y adem\u00e1s, nos adentramos en detalle en los dos de los siguientes cuatro bloques. Tambi\u00e9n te dejaba este\u00a0modelo de pacto de socios, aunque reitero la advertencia de que es capital que contrates a un buen abogado para que te ayude a crear uno propio para tu compa\u00f1\u00eda. 1. Aspectos generales 2. Funcionamiento y toma de decisiones de la sociedad 3. R\u00e9gimen de transmisi\u00f3n de las participaciones 4. 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