{"id":131055,"date":"2010-12-17T12:05:46","date_gmt":"2010-12-17T11:05:46","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/energiasalternativas\/?p=131055"},"modified":"2010-12-17T12:08:10","modified_gmt":"2010-12-17T11:08:10","slug":"nueva-regulacion-del-sector-solar-termoelectrico-la-adecuacion-de-las-primas-a-los-costes-de-produccion-electrica","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/energiasalternativas\/2010\/12\/17\/131055","title":{"rendered":"Nueva regulaci\u00f3n del sector solar termoel\u00e9ctrico: la adecuaci\u00f3n de las primas a los costes de producci\u00f3n el\u00e9ctrica."},"content":{"rendered":"<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\"><em>La nueva legislaci\u00f3n que regula el sector de energ\u00edas renovables en Espa\u00f1a amenazaba con afectar la viabilidad econ\u00f3mica de las plantas solares termoel\u00e9ctricas. Los productores de energ\u00eda solar termoel\u00e9ctrica se preguntan si las primas vigentes se ajustan a los costes reales\u00a0 de producci\u00f3n el\u00e9ctrica. <\/em><\/p>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\"><strong>Autor: [Jorge L. Navarro. IMDEA Energ\u00eda]<\/strong><strong><\/strong><\/p>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\">El pasado 23 de noviembre se public\u00f3 en el BOE el Real Decreto 1565\/2010, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica en r\u00e9gimen especial. Este RD, a pesar del retraso acumulado tras m\u00e1s de un a\u00f1o de negociaciones con los diferentes sectores implicados, fue bien acogido por el sector de la energ\u00eda solar termoel\u00e9ctrica (EST) ya que se avanza en la simplificaci\u00f3n administrativa, agilizando los procedimientos mediante la utilizaci\u00f3n de medios electr\u00f3nicos en la medida de lo posible. Adem\u00e1s, se introduce una disposici\u00f3n para instalaciones solares termoel\u00e9ctricas de car\u00e1cter experimental e innovador, para promocionar la I+D+i como pieza fundamental para conseguir el objetivo de reducci\u00f3n de costes. Esta disposici\u00f3n establece un r\u00e9gimen econ\u00f3mico especial para plantas que se consideren suficientemente innovadoras, de una potencia de hasta 80 MW, superando de esta forma el techo de 50 MW establecido en el RD 661\/2007 para instalaciones de r\u00e9gimen especial.<em><\/em><\/p>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\">Sin embargo, el RD publicado en noviembre dejaba sin definir los detalles del nuevo r\u00e9gimen econ\u00f3mico para las tecnolog\u00edas e\u00f3lica y solar termoel\u00e9ctrica. Esto se subsan\u00f3 en el Real Decreto 1614\/2010 de 7 de diciembre en el que, en lo que ata\u00f1e al sector solar termoel\u00e9ctrico, se acuerda lo siguiente:<\/p>\n<ul style=\"TEXT-ALIGN: justify\">\n<li>Obligatoriedad de funcionamiento de las plantas de EST en la opci\u00f3n de tarifa regulada durante su primer a\u00f1o de operaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Retraso en la entrada en operaci\u00f3n de las plantas termosolares con respecto a la fecha prevista en la ordenaci\u00f3n de los proyectos inscritos al registro de pre-asignaci\u00f3n del RD 6\/2009, lo que supondr\u00e1 un ahorro para el sistema por diferimiento de costes.<\/li>\n<li>Limitaci\u00f3n del n\u00famero de horas equivalentes de funcionamiento con derecho a prima de las instalaciones, que van desde las 2350 horas equivalentes\/a\u00f1o para la tecnolog\u00eda de disco Stirling hasta las 6450 horas equivalentes\/a\u00f1o de las plantas de receptor central con capacidad de almacenamiento de 15 horas.<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\">El Estado estima que estas medidas, junto con la reducci\u00f3n de primas para la e\u00f3lica, supondr\u00e1n un ahorro para el sistema el\u00e9ctrico de 1100 millones de euros hasta 2013.<\/p>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\">La Asociaci\u00f3n Espa\u00f1ola de la Industria Solar Termoel\u00e9ctrica (Protermosolar) ha mostrado su satisfacci\u00f3n [1] con este Real Decreto. Esta postura no es precisamente la generalizada en el sector renovable, dados los dr\u00e1sticos recortes que se han aplicado en otras tecnolog\u00edas como la fotovoltaica o la e\u00f3lica. \u00bfPor qu\u00e9 entonces esta satisfacci\u00f3n? Bien, se puede decir que la EST ha salido relativamente bien parada del \u201ctijeretazo\u201d con el que amenazaba el Gobierno, atenazado por un d\u00e9ficit p\u00fablico que supera el 11%, en el que el famoso d\u00e9ficit de tarifa el\u00e9ctrica tiene mucho que ver. No se han revisado a la baja las primas de la EST ya que se han atendido las alegaciones del sector para que no se generalizara el caso fotovoltaico con el resto de tecnolog\u00edas solares. La EST es una tecnolog\u00eda en desarrollo y necesita del apoyo financiero p\u00fablico hasta que llegue a su plena madurez, y por tanto su situaci\u00f3n est\u00e1 lejos de la burbuja fotovoltaica que ha ocurrido en nuestro pa\u00eds en los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: justify\">La cuesti\u00f3n que se debe plantear en este punto es la siguiente: \u00bfEst\u00e1 la tarifa regulada para la EST ajustada a la perspectiva de costes de producci\u00f3n reales? Seg\u00fan un estudio [2] realizado en junio de 2010 por la consultora AT Kearney para Estela (<em>European Solar Thermal Electricity Association)<\/em>, la respuesta es afirmativa, ya que la tarifa regulada asciende a 26,87 c\u20ac\/kWh (establecida en el RD661\/2007 y actualizada anualmente seg\u00fan el IPC-0,25%) y el LCOE [3]<sup> <\/sup>m\u00e1ximo estimado actual para las plantas espa\u00f1olas es de 24 c\u20ac\/kWh. La perspectiva a futuro es bastante halag\u00fce\u00f1a ya que se puede esperar una reducci\u00f3n moderada de los costes de producci\u00f3n en los pr\u00f3ximos 15 a\u00f1os, hasta llegar a una reducci\u00f3n del 50% del LCOE en el 2025. La reducci\u00f3n de costes se conseguir\u00e1 progresivamente mediante las econom\u00edas de escala y las mejoras de eficiencia debidas a la implementaci\u00f3n de nuevas tecnolog\u00edas. Estas mejoras tecnol\u00f3gicas se centran en tres ejes:<\/p>\n<ul style=\"TEXT-ALIGN: justify\">\n<li>Aumento de la eficiencia el\u00e9ctrica de las plantas termosolares, elevando la temperatura de operaci\u00f3n (lo que supone un incremento del rendimiento de la turbina) a trav\u00e9s de mejoras en la el dise\u00f1o de receptores y en la calidad \u00f3ptica de las superficies reflectantes.<\/li>\n<li>Reducci\u00f3n de costes en el campo solar planteado dise\u00f1os optimizados m\u00e1s rentables.<\/li>\n<li style=\"TEXT-ALIGN: justify\">Reducci\u00f3n de consumos internos gracias a la eliminaci\u00f3n de la necesidad de agua (limpieza de heli\u00f3statos, aero-refrigeraci\u00f3n) y a la disminuci\u00f3n del consumo en sistemas auxiliar (consumo par\u00e1sito).<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"TEXT-ALIGN: center\"><img decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-131059\" title=\"Imagen1\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/energiasalternativas\/files\/2010\/12\/Imagen12.jpg\" alt=\"Imagen1\" width=\"482\" height=\"291\" \/><\/p>\n<p align=\"center\">Figura 1.\u00a0 Predicci\u00f3n de la evoluci\u00f3n de los costes de producci\u00f3n el\u00e9ctrica de la EST de 2012-2025. [2]<\/p>\n<p>Por otro lado, en la tecnolog\u00eda solar termoel\u00e9ctrica cobra mucha importancia la gestionabilidad de las plantas, hasta el punto de que el coste de producci\u00f3n el\u00e9ctrica en plantas sin sistema de almacenamiento es un 25% superior al de las instalaciones que s\u00ed disponen del mismo. Por ello, la investigaci\u00f3n y desarrollo en dispositivos y medios de almacenamiento alternativos (como los materiales de cambio de fase o PCM o los termoqu\u00edmicos) se revelan como uno de los factores cr\u00edticos dentro de las futuras mejoras tecnol\u00f3gicas.<\/p>\n<p>Seg\u00fan el estudio de Estela, la tecnolog\u00eda solar termoel\u00e9ctrica ser\u00eda competitiva econ\u00f3micamente con los ciclos combinados de gas natural a partir del 2020, debido a las mencionadas mejoras tecnol\u00f3gicas y las econom\u00edas de escala, as\u00ed como a la predicci\u00f3n de precios crecientes de los combustibles f\u00f3siles.<\/p>\n<p>[1] <a href=\"http:\/\/www.protermosolar.com\/prensa\/2010_12_03\/comunicado_de_valoracion.pdf\">http:\/\/www.protermosolar.com\/prensa\/2010_12_03\/comunicado_de_valoracion.pdf<\/a><\/p>\n<p>[2] AT KEARNEY. <em>Solar Thermal Electricity 2025 Clean electricity on demand: attractive STE cost stabilize energy production. <\/em>Informe para ESTELA, Junio 2010.<\/p>\n<p>[3] LCOE: <em>Levelized Cost of Electricity<\/em>. El LCOE es equivalente al precio medio de la energ\u00eda que deber\u00eda pagarse al inversor por los costes del capital, operaci\u00f3n, mantenimiento y combustible para que obtuviera una tasa interna de retorno (TIR) exactamente igual a la tasa de descuento (WACC).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La nueva legislaci\u00f3n que regula el sector de energ\u00edas renovables en Espa\u00f1a amenazaba con afectar la viabilidad econ\u00f3mica de las plantas solares termoel\u00e9ctricas. Los productores de energ\u00eda solar termoel\u00e9ctrica se preguntan si las primas vigentes se ajustan a los costes reales\u00a0 de producci\u00f3n el\u00e9ctrica. Autor: [Jorge L. Navarro. IMDEA Energ\u00eda] El pasado 23 de noviembre se public\u00f3 en el BOE el Real Decreto 1565\/2010, por el que se regulan y modifican determinados aspectos relativos a la actividad de producci\u00f3n de energ\u00eda el\u00e9ctrica en r\u00e9gimen especial. 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