{"id":132853,"date":"2019-12-17T18:15:26","date_gmt":"2019-12-17T17:15:26","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/?p=132853"},"modified":"2022-04-01T13:14:22","modified_gmt":"2022-04-01T12:14:22","slug":"el-derecho-de-asilo-y-la-migracion-en-la-obra-de-habermas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/2019\/12\/17\/132853","title":{"rendered":"El derecho de asilo y la migraci\u00f3n en la obra de Habermas"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/files\/2019\/12\/images1.jpeg\"><img decoding=\"async\" class=\"alignright size-full wp-image-132876\" title=\"images\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/files\/2019\/12\/images1.jpeg\" alt=\"\" width=\"183\" height=\"275\"><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Ni los inmigrantes ni los refugiados se encuentran en el centro de <a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/2920486\/Habermas._El_uso_p\u00fablico_de_la_raz\u00f3n_2013_\">la obra del fil\u00f3sofo y soci\u00f3logo J\u00fcrgen Habermas<\/a>, pese al hecho, poco discutible, de que los movimientos migratorios a lo largo de la historia han sido el&nbsp;germen de grandes transformaciones sociales, tanto en los lugares deorigen como de destino. Tal desinter\u00e9s resulta especialmente ins\u00f3lito en un pensador como \u00e9l, porque t<a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/28927561\/El_azar_de_las_fronteras._Pol%C3%ADticas_migratorias_ciudadan%C3%ADa_y_justicia\">anto la comprensi\u00f3n de ta<\/a><a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/28927561\/El_azar_de_las_fronteras._Pol%C3%ADticas_migratorias_ciudadan%C3%ADa_y_justicia\">les fen\u00f3menos como su gesti\u00f3n pol\u00edtica y social implican juicios normativos muy controvertidos<\/a> en todas sus fases. Es cierto que esta negligencia, probablemente no deliberada, era bastante com\u00fan entre fil\u00f3sofos e incluso entre fil\u00f3sofos &nbsp;pol\u00edticos hasta hace bien poco. Sin duda, esto era as\u00ed cuando Habermas inici\u00f3 su trayectoria p\u00fablica all\u00e1 por la d\u00e9cada de 1950.<\/p>\n<p><!--more--><\/p>\n<p>Hoy, sin embargo, cuando <a href=\"https:\/\/www.macmillanihe.com\/page\/detail\/the-age-of-migration\/?k=9781352007121&amp;loc=uk&amp;priceCode=uk\">las migraciones son una de las grandes cuestiones que definen y constituyen nuestro tiempo<\/a>, ese desinter\u00e9s se ha vuelto del todo incomprensible. De hecho, desde hace al menos un par de d\u00e9cadas, el panorama ya es otro bastante diferente: hoy contamos con toda una serie de distinguidos fil\u00f3sofos que de manera sistem\u00e1tica y con todo rigor afronta los desaf\u00edos morales y pol\u00edticos que plantean los desplazamientos masivos de personas a lo largo del planeta. Una n\u00f3mina no menor en la que se incluyen, entre otros, Joseph Carens, Michael Walzer, Ayelet Shachar, David Miller, Ermanno Vitale, Gabriel Bello, Sandro Mezzadra, Seyla Benhabib o Phillip Cole. Aunque a diferencia de estos autores, la aproximaci\u00f3n algo tard\u00eda de Habermas al tema es ciertamente mucho m\u00e1s puntual, ello no impide tildar de relevante la perspectiva normativa que sus consideraciones introducen.<\/p>\n<p>En principio, la toma de posici\u00f3n de Habermas sobre estas cuestiones es m\u00e1s bien una reacci\u00f3n ante acontecimientos sobrevenidos. De hecho, <a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/41249750\/J\u00fcrgen_Habermas_El_debate_sobre_el_asilo_\">su primera intervenci\u00f3n destacada sobre la cuesti\u00f3n<\/a> no tuvo lugar hasta el comienzo de la d\u00e9cada de 1990, justo cuando cientos de miles de refugiados llegaban a Alemania huyendo de las guerras que asolaban a la ex Yugoslavia. Se abri\u00f3 entonces un amplio debate sobre el derecho de asilo y el gobierno conservador de aquel momento defendi\u00f3 una pol\u00edtica de acogida restrictiva con el argumento de que dicho derecho era objeto de abuso manifiesto y de que Alemania, pese a todas las evidencias, no era un \u00abpa\u00eds de inmigraci\u00f3n\u00bb. Junto a numerosos ciudadanos, Habermas no s\u00f3lo se moviliz\u00f3 personalmente, sino que se implic\u00f3 a fondo en la intensa pol\u00e9mica que rode\u00f3 el proceso de reforma de la Ley Fundamental.<\/p>\n<p>En la modificaci\u00f3n sustancial de <a href=\"https:\/\/www.dw.com\/es\/alemania-y-su-derecho-a-asilo\/a-46414328\">la regulaci\u00f3n constitucional alemana del derecho de asilo<\/a> \u2013 cuyos generosos m\u00e1rgenes hab\u00edan sido perfilados en 1949 como una rectificaci\u00f3n hist\u00f3rica de las emigraciones masivas provocadas por las persecuciones pol\u00edticas y \u00e9tnicas de la dictadura nazi \u2013 Habermas percibi\u00f3 un intento de detener sin m\u00e1s los flujos migratorios atendiendo exclusivamente a particulares razones de pol\u00edtica interna. A partir de esa experiencia tom\u00f3 conciencia de que la gesti\u00f3n pol\u00edtica de las migraciones internacionales ponen en un brete la pretensi\u00f3n de validez universal de los derechos humanos. Es m\u00e1s, en un contexto de creciente afluencia de refugiados y de extensi\u00f3n del fen\u00f3meno migratorio, procesos intensificados con la proliferaci\u00f3n de conflictos b\u00e9licos y la agudizaci\u00f3n de las desigualdades entre el mundo desarrollado y el resto del planeta, se hace patente en los pa\u00edses europeos m\u00e1s pr\u00f3speros y pac\u00edficos. En ese contexto, Habermas considera indispensable introducir una perspectiva normativa que sirva de contrapeso a las maniobras pol\u00edticas cortoplacistas. Sus consideraciones, como se ver\u00e1, tienen como objeto dos aspectos diferentes del fen\u00f3meno: versan, en primer lugar, sobre el deber jur\u00eddico, pero tambi\u00e9n moral, de admitir refugiados y migrantes (a); atienden, en segundo lugar, a las condiciones en las que han de discurrir el proceso de integraci\u00f3n de tales personas dentro de un Estado democr\u00e1tico (b).<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/files\/2019\/12\/Grecia-Macedonia-Darko-Vojinovic-AP_EDIIMA20150821_0300_30.jpg\"><img decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-medium wp-image-132880\" title=\"Grecia-Macedonia-Darko-Vojinovic-AP_EDIIMA20150821_0300_30\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/files\/2019\/12\/Grecia-Macedonia-Darko-Vojinovic-AP_EDIIMA20150821_0300_30-300x195.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"195\" srcset=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/files\/2019\/12\/Grecia-Macedonia-Darko-Vojinovic-AP_EDIIMA20150821_0300_30-300x195.jpg 300w, https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/files\/2019\/12\/Grecia-Macedonia-Darko-Vojinovic-AP_EDIIMA20150821_0300_30.jpg 975w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p><strong>a) Sobre el deber de admisi\u00f3n de refugiados y migrantes<\/strong><\/p>\n<p>En ese primer texto relevante de Habermas que se acaba de mencionar se encuentra ya una constante que guiar\u00e1 su aproximaci\u00f3n al tema: \u201cLas cuestiones de asilo pol\u00edtico e inmigraci\u00f3n conforman un solo \u00abpaquete\u00bb [<em>Junktim<\/em>]\u201d. Nuestro autor <a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/41249750\/J\u00fcrgen_Habermas_El_debate_sobre_el_asilo_\">hace uso aqu\u00ed<\/a> del t\u00e9rmino de origen latino <em>iunctim<\/em>, una cl\u00e1usula jurisprudencial empleada para indicar la necesidad imperiosa de abordar conjuntamente dos o m\u00e1s asuntos dada su \u00edntima conexi\u00f3n que condiciona la posible resoluci\u00f3n de cualquiera de ellos por separado. Esto tiene especial validez para el asunto de marras: <a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/2018\/07\/02\/132684\">no cabe disociar sin m\u00e1s entre el asilo pol\u00edtico y la migraci\u00f3n que huye de la pobreza<\/a> y menos a\u00fan esgrimir dicha diferencia como coartada para eludir las obligaciones de los pa\u00edses m\u00e1s pr\u00f3speros \u2013 y \u00e9l tiene en mente particularmente a los europeos \u2013 con los refugiados procedentes de las regiones empobrecidas del planeta. Es por eso que, en su opini\u00f3n, el debate sobre el asilo, tal como se plantea, resulta enga\u00f1oso y falaz. Dado el grado imbricaci\u00f3n entre ambas formas de movilidad humana, los inmigrantes econ\u00f3micos no pueden ser excluidos sin m\u00e1s del derecho de asilo.<\/p>\n<p>En diversos textos de finales de la d\u00e9cada de 1990, Habermas desarroll\u00f3 esta idea y la arm\u00f3 con nuevos argumentos. Seg\u00fan \u00e9l, no se puede reducir el derecho de asilo a lo dispuesto literalmente en el art\u00edculo 33 de la&nbsp;<a href=\"https:\/\/www.acnur.org\/5b0766944.pdf\"><em>Convenci\u00f3n sobre&nbsp;el Estatuto de los&nbsp;Refugiados<\/em> de 1951<\/a> (seg\u00fan el cual, puede hacer valer su derecho al asilo cualquier persona que huye de pa\u00edses \u00abdonde su vida o su libertad peligre por causa de su raza, religi\u00f3n, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social o de sus opiniones pol\u00edticas\u00bb). La vida de las personas puede estar en peligro no s\u00f3lo por persecuciones de car\u00e1cter religioso, pol\u00edtico o \u00e9tnico, que son los casos amparados por dicha Convenci\u00f3n. Dignos de igual protecci\u00f3n, tal como sostiene Habermas, son tambi\u00e9n aquellos \u201cque quieren escapar de una existencia miserable en su propia patria\u201d y deambulan a la b\u00fasqueda de un lugar donde recalar.<\/p>\n<p>Para garantizar que las personas puedan encontrar en este mundo un lugar seguro donde desarrollar su proyecto de vida existe cobertura jur\u00eddica y pol\u00edtica, pero sobre todo hay buenas razones morales. Si esto es as\u00ed, entonces resultan poco defendibles las manifestaciones de <a href=\"http:\/\/www.proyectos.cchs.csic.es\/politicas-migratorias\/sites\/proyectos.cchs.csic.es.politicas-migratorias\/files\/Ciudadania_e_identidad_nacional_-_Traduccion.pdf\"><em>chovinismo del bienestar<\/em><\/a>, tras cuya barrera se atrincheran posiciones nacional-populistas radicalmente insolidarias, que consideran leg\u00edtimo reservar los recursos de un pa\u00eds en beneficio exclusivo de los propios ciudadanos y restringir la entrada de extranjeros. Habermas se muestra convencido de que las pr\u00f3speras sociedades europeas no han sobrepasado ni de lejos sus propias capacidades materiales de admisi\u00f3n y de que esa mentalidad chovinista predominante se interpone en el camino de una soluci\u00f3n razonable para un pa\u00eds que, como Alemania, que hace tiempo que se transform\u00f3 en un pa\u00eds de inmigraci\u00f3n. Por eso, se revuelve airado contra quienes en lugar de llorar a las v\u00edctimas de la violencia xen\u00f3foba, se preocupan exclusivamente por la reputaci\u00f3n de Alemania en el extranjero.<\/p>\n<p>Sin embargo, con el transcurso del tiempo, y especialmente en el contexto de la crisis de refugiados en el Mediterr\u00e1neo de 2015, Habermas ha ido matizando su propia posici\u00f3n, hasta llegar a manifestarse en contra, en principio, de un ilimitado derecho de asilo por considerarlo poco factible por razones de orden econ\u00f3mico. No obstante, no considera l\u00edcito desatenderse del problema y <a href=\"https:\/\/www.trotta.es\/libros\/mundo-de-la-vida-politica-y-religion\/9788498795905\/\">plantea una v\u00eda de soluci\u00f3n integral<\/a> que vaya a su origen: \u201chacer frente a la ra\u00edz de los flujos migratorios, es decir, combatir no simplemente las consecuencias de la inmigraci\u00f3n, sino las causas de la emigraci\u00f3n. En general, uno no emigra por placer o pura sed de aventuras\u201d. De ah\u00ed que la flexibilidad deba ser la regla en las pol\u00edticas de control fronterizo.<\/p>\n<p><strong>b) Sobre las condiciones de integraci\u00f3n de refugiados e inmigrantes<\/strong><\/p>\n<p>Junto a la crucial pregunta relativa a la admisi\u00f3n de inmigrantes y refugiados, Habermas se plantea tambi\u00e9n la pregunta normativa acerca de las posibles condiciones que un Estado democr\u00e1tico puede imponer para la integraci\u00f3n de los nuevos vecinos. Su respuesta, que empez\u00f3 a perfilarse en distintos textos de finales de la d\u00e9cada de 1990, supone una clara apuesta por una integraci\u00f3n inclusiva frente a cualquier atisbo de xenofobia. El proceso de integraci\u00f3n no es una calle de sentido \u00fanico, sino de doble direcci\u00f3n: para quien llega, presupone el derecho a mantener la propia forma de vida cultural y la obligaci\u00f3n de aceptar el marco pol\u00edtico de convivencia definido por los principios constitucionales y los derechos humanos; para los ciudadanos del pa\u00eds receptor tambi\u00e9n tiene consecuencias, pues \u201cno hay integraci\u00f3n sin ampliaci\u00f3n del propio horizonte, sin disposici\u00f3n a soportar un amplio espectro de olores y pensamientos, incluido tambi\u00e9n dolorosas disonancias cognitivas\u201d. Para lograr implementar este proceso bidireccional se requiere establecer una n\u00edtida distinci\u00f3n entre dos niveles de integraci\u00f3n, esto es, entre los elementos que configuran la <em>cultura pol\u00edtica<\/em> de una sociedad y las diversas <em>formas de vida<\/em> que individuos libremente pueden abrazar. A los inmigrantes se les puede y se les debe exigir <em>aculturaci\u00f3n pol\u00edtica<\/em>, pero no es admisible exigirles tambi\u00e9n su <em>integraci\u00f3n \u00e9tnico-cultural <\/em>y que tengan que abandonar sus particulares formas de vida: \u201clo \u00fanico que se debe esperar de los inmigrantes es la voluntad de entrar en la cultura pol\u00edtica de su nueva patria, sin tener que renunciar por ello a la forma de vida cultural de sus or\u00edgenes<strong>\u201d<\/strong>. Ser\u00eda la integridad de los principios constitucionales universalistas, no la particular forma de vida de la sociedad receptora, lo que habr\u00eda que preservar.<\/p>\n<p>Habermas es bien consciente de que en las sociedades receptoras existen poderosas fuerzas empe\u00f1adas por mantener la homogeneidad cultural con el fin de asegurarse la hegemon\u00eda. Frente a esta influyente deriva, afirma que el prop\u00f3sito de las pol\u00edticas p\u00fablicas propias de una democracia no puede ser \u00e9se, sino lograr <a href=\"https:\/\/www.planetadelibros.com\/libro-la-inclusion-del-otro\/19206\">\u00abla inclusi\u00f3n del otro\u00bb<\/a>. Como dir\u00e1 de paso en un escrito posterior, la mayor\u00eda social de un pa\u00eds que acoge inmigrantes no puede prescribir \u201cla propia forma de vida cultural [\u2026] como la supuesta <a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/41249793\/J\u00fcrgen_Habermas_Liderazgo_y_cultura_gu%C3%ADa_LEADERSHIP_AND_LEITKULTUR\">cultura dominante <em>(Leitkultur<\/em>)<\/a>\u201d. Sin embargo, esta remisi\u00f3n a la noci\u00f3n de <em>Leitkultur <\/em>(\u00abcultura gu\u00eda\u00bb o \u00abcultura de referencia\u00bb en cuanto cultura hegem\u00f3nica en un Estado nacional) no es casual. El t\u00e9rmino se hab\u00eda consolidado ya por entonces en los debates p\u00fablicos en Alemania sobre inmigraci\u00f3n y Habermas considera importante intentar deslegitimarlo, pues presupone una comprensi\u00f3n etnicista \u2013 y, por ende, tendenciosa \u2013 de la Constituci\u00f3n. Desde su perspectiva jur\u00eddico-pol\u00edtica, no es aceptable sostener que un Estado liberal puede y debe exigir m\u00e1s de sus inmigrantes que aprender el idioma del pa\u00eds y aceptar los principios de la Constituci\u00f3n. Asimilar tambi\u00e9n los peculiares valores de la cultura mayoritaria y adoptar sus costumbres no se encuentran entre sus deberes. Dado que los inmigrantes traen consigo referencias culturales diferentes, aportar\u00e1n previsiblemente perspectivas distintas a la interpretaci\u00f3n de la constituci\u00f3n pol\u00edtica. En principio, tales aportaciones pueden y deben ser entendidas como ingrediente de la conversaci\u00f3n democr\u00e1tica, m\u00e1s que como un freno a la misma.<\/p>\n<p>A este problem\u00e1tico empe\u00f1o de afirmar la forma cultural predominante \u2013 supuestamente homog\u00e9nea e invariable en el tiempo \u2013 frente a quienes proceden de fuera y poseen una herencia diferente, Habermas le dedic\u00f3 un texto en 2010. En \u00e9l se muestra alarmado por el aumento de hostilidad hacia los inmigrantes, que reflejan diversos estudios y encuestas de opini\u00f3n realizados entre la poblaci\u00f3n alemana. Juntos a esos datos, dos eventos con notable resonancia en la esfera p\u00fablica alemana son los que activan esta nueva intervenci\u00f3n de Habermas: por un lado, la extraordinaria recepci\u00f3n obtenida por el libro de Thilo Sarrazin <a href=\"https:\/\/en.wikipedia.org\/wiki\/Germany_Abolishes_Itself\"><em>Deutschland schafft sich ab<\/em><\/a>, en el que sin rubor se hac\u00edan valer presuntos argumentos genetistas; y, por otro, la airada reacci\u00f3n ante un discurso del Presidente Federal en el que se atrev\u00eda a afirmar que \u201ctambi\u00e9n el Islam forma parte de Alemania\u201d. &nbsp;Ambos eventos denotan el creciente apoyo popular a la idea de que el futuro del pa\u00eds se encuentra amenazado por el tipo equivocado de inmigrantes que llegan, especialmente los procedentes de pa\u00edses musulmanes.<\/p>\n<p>Con respecto a la inmigraci\u00f3n musulmana en particular, Habermas ya se hab\u00eda pronunciado con anterioridad. En primer lugar, reconoce que los flujos migratorios hacia las sociedades occidentales ha supuesto en muchos casos el florecimiento en su seno de religiones poco profesadas hasta hace poco. En segundo lugar, subraya que la presencia de creyentes de tales religiones constituye uno de los principales factores impulsores del cambio de conciencia en lo referente al papel de las religiones en la esfera p\u00fablica. En tercer lugar, sostienen \u2013 y ello no es ajeno al n\u00facleo de su posici\u00f3n normativa sobre \u00abla inclusi\u00f3n del otro\u00bb \u2013 que \u201clos inmigrantes musulmanes no pueden ser integrados en una sociedad occidental en contra de su religi\u00f3n, sino s\u00f3lo con ella\u201d (Habermas 2015, 273). En cualquier caso, Habermas considera que los requisitos de integraci\u00f3n en la cultura pol\u00edtica \u2013 a las que anteriormente se ha hecho referencia \u2013 no tienen que variar en funci\u00f3n de la confesi\u00f3n que profese cada inmigrante.<\/p>\n<p><strong>Coda final.-<\/strong> Habermas se ha ocupado de la regulaci\u00f3n de la buena convivencia en una sociedad de inmigraci\u00f3n, pero no del derecho de los individuos a emigrar e instalarse en otro pa\u00eds. Esto es as\u00ed, aunque es obvio que la pregunta por quien tiene derecho a emigrar es una cuesti\u00f3n independiente y anterior a c\u00f3mo ha de integrarse. Es frecuente encontrarse con defensores de una pol\u00edtica liberal y abierta de convivencia multicultural que al mismo tiempo niegan u olvidan el derecho humano a emigrar. En cualquier caso, en Habermas no encontraremos una defensa expl\u00edcita de una pol\u00edtica de fronteras abiertas ni tampoco lo contrario.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>NOTA.-<\/strong>&nbsp;Una versi\u00f3n m\u00e1s completa del contenido de este post &#8211; y con las correspondientes referencias bibliogr\u00e1ficas &#8211;&nbsp;se encuentra en el art\u00edculo de Juan Carlos Velasco titulado <a href=\"https:\/\/www.academia.edu\/41169520\/Habermas_y_el_desaf%C3%ADo_del_asilo_y_la_migraci\u00f3n\">\u00abHabermas y el desaf\u00edo del asilo y la migraci\u00f3n\u00bb<\/a> (Cuadernos Salmantinos de Filosof\u00eda, n\u00ba 46, 2019, pp. 15-22).<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; &nbsp; Ni los inmigrantes ni los refugiados se encuentran en el centro de la obra del fil\u00f3sofo y soci\u00f3logo J\u00fcrgen Habermas, pese al hecho, poco discutible, de que los movimientos migratorios a lo largo de la historia han sido el&nbsp;germen de grandes transformaciones sociales, tanto en los lugares deorigen como de destino. 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Es cierto que esta negligencia, probablemente no deliberada, era bastante com\u00fan entre fil\u00f3sofos e incluso\u2026<\/p>\n","protected":false},"author":37,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"ngg_post_thumbnail":0},"categories":[5294,1,1582,5292,50057],"tags":[],"blocksy_meta":{"styles_descriptor":{"styles":{"desktop":"","tablet":"","mobile":""},"google_fonts":[],"version":4}},"aioseo_notices":[],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/132853"}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/users\/37"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=132853"}],"version-history":[{"count":30,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/132853\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":133279,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/132853\/revisions\/133279"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=132853"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=132853"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/migraciones\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=132853"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}