{"id":1098,"date":"2014-03-12T10:00:24","date_gmt":"2014-03-12T09:00:24","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/?p=1098"},"modified":"2014-02-27T08:26:04","modified_gmt":"2014-02-27T07:26:04","slug":"restricciones-a-los-inventores-para-proteger-sus-invenciones-en-el-extranjero","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/2014\/restricciones-a-los-inventores-para-proteger-sus-invenciones-en-el-extranjero\/","title":{"rendered":"RESTRICCIONES A LOS INVENTORES PARA PROTEGER SUS INVENCIONES EN EL EXTRANJERO."},"content":{"rendered":"<p>Un inventor debe solicitar la protecci\u00f3n para su invenci\u00f3n en el pa\u00eds en el que reside. Esta obligaci\u00f3n se incluye en la ley de patentes de la mayor\u00eda de los pa\u00edses del mundo y su objetivo es salvaguardar la seguridad nacional de aquellos pa\u00edses en donde se desarrollan las invenciones.<\/p>\n<p>Una norma que puede ser f\u00e1cil de llevar a la pr\u00e1ctica en el caso de un \u00fanico inventor, deja de serlo cuando el n\u00famero de inventores aumenta y, sobre todo, cuando son de distinta nacionalidad. Adem\u00e1s, si el centro de investigaci\u00f3n est\u00e1 en un pa\u00eds diferente de la empresa a la que pertenece la invenci\u00f3n, las posibles interferencias son cada vez mayores. As\u00ed, combinando inventores y solicitantes de distintas nacionalidades y\/o pa\u00edses de residencia se podr\u00eda llegar a una situaci\u00f3n casi ca\u00f3tica a la hora de decidir en qu\u00e9 pa\u00eds se presenta la primera solicitud de patente.<\/p>\n<p>Pero la dificultad no acaba aqu\u00ed. En la actualidad no existe homogeneidad alguna en las invenciones sometidas a esta obligaci\u00f3n. Algunos pa\u00edses s\u00f3lo imponen restricciones sobre invenciones con importancia nuclear o militar, mientras que en otros, sin embargo, la restricci\u00f3n afecta a cualquier invenci\u00f3n. El procedimiento tampoco es com\u00fan, mientras que en unos pa\u00edses es obligatorio presentar el primer dep\u00f3sito, en otros, es suficiente con solicitar un permiso para presentar en el extranjero la solicitud de patente de la invenci\u00f3n.<\/p>\n<p><a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2014\/02\/flag_735x325.jpg\"><img decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-medium wp-image-1099\" title=\"flag_735x325\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2014\/02\/flag_735x325-300x132.jpg\" alt=\"\" width=\"300\" height=\"132\" srcset=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2014\/02\/flag_735x325-300x132.jpg 300w, https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2014\/02\/flag_735x325.jpg 735w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Jap\u00f3n, M\u00e9jico, Rep\u00fablica de China, Indonesia \u00a0y Australia son algunos de los pa\u00edses que no obligan a sus inventores a presentar el primer dep\u00f3sito en su pa\u00eds. En el polo opuesto est\u00e1n, entre otros, Estados Unidos, Reino Unido, Francia, Alemania, Espa\u00f1a, Italia, China, Corea del Sur, India, Canad\u00e1, Nueva Zelanda y Singapur. Las sanciones por no presentar el primer dep\u00f3sito en el pa\u00eds de residencia pueden ir desde una multa, a varios a\u00f1os de c\u00e1rcel, pasando por la imposibilidad de solicitar protecci\u00f3n para la invenci\u00f3n en dicho pa\u00eds. Una vez presentada una solicitud de patente en una oficina nacional, se procede a examinar la invenci\u00f3n all\u00ed recogida al objeto de discriminar si su objeto afecta a los intereses para la defensa nacional. La duraci\u00f3n de este tr\u00e1mite depende del pa\u00eds y puede variar entre las seis semanas del Reino Unido y los seis meses de Estados Unidos. Hasta que no finaliza este tr\u00e1mite, el inventor no puede proteger su invenci\u00f3n en el extranjero. Sin embargo, en algunos pa\u00edses es posible pedir una licencia para poder presentar la solicitud de patente en otro pa\u00eds antes de que acabe este periodo (por ejemplo, Reino Unido, Italia, Espa\u00f1a).<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfQU\u00c9 OCURRE EN ESPA\u00d1A?<\/strong><\/p>\n<p>En virtud del art\u00edculo 122, del T\u00edtulo XII, que hace referencia a las patentes secretas, de la Ley de Patentes, se desprende la obligaci\u00f3n de presentar inicialmente en nuestro pa\u00eds las invenciones realizadas por residentes en Espa\u00f1a y que han tenido lugar en este pa\u00eds. Cuando el inventor resida habitualmente en Espa\u00f1a, se presume, salvo prueba en contrario, que la invenci\u00f3n se realiz\u00f3 en territorio espa\u00f1ol, por lo que, de acuerdo con el citado art\u00edculo deber\u00eda presentar la solicitud de patente en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el solicitante no podr\u00e1 solicitar la patente en el extranjero hasta dos meses despu\u00e9s de la fecha de la solicitud y, en caso de que quiera hacerlo antes, deber\u00e1 solicitar la correspondiente autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La OEPM no puede vigilar que se incumpla esta obligaci\u00f3n, pero el solicitante debe tener en cuenta que de hacerlo estar\u00eda actuando contra la legislaci\u00f3n. Por todo ello, antes de proceder a presentar una solicitud de patente en cualquier pa\u00eds es conveniente consultar con un agente de la propiedad industrial del pa\u00eds de los inventores.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Un inventor debe solicitar la protecci\u00f3n para su invenci\u00f3n en el pa\u00eds en el que reside. Esta obligaci\u00f3n se incluye en la ley de patentes de la mayor\u00eda de los pa\u00edses del mundo y su objetivo es salvaguardar la seguridad nacional de aquellos pa\u00edses en donde se desarrollan las invenciones. Una norma que puede ser f\u00e1cil de llevar a la pr\u00e1ctica en el caso de un \u00fanico inventor, deja de serlo cuando el n\u00famero de inventores aumenta y, sobre todo, cuando son de distinta nacionalidad. 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