{"id":5875,"date":"2020-03-11T08:30:14","date_gmt":"2020-03-11T07:30:14","guid":{"rendered":"http:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/?p=5875"},"modified":"2020-02-13T14:39:40","modified_gmt":"2020-02-13T13:39:40","slug":"invenciones-implementadas-en-ordenador-son-patentables","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/2020\/invenciones-implementadas-en-ordenador-son-patentables\/","title":{"rendered":"Invenciones implementadas en ordenador: \u00bfSon patentables?"},"content":{"rendered":"<p><strong><span style=\"text-decoration: underline;\"><br \/>\n<\/span><\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: center;\">\u00a0<a href=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2020\/02\/invenciones-implementadas-por-pc2.png\"><img decoding=\"async\" class=\"aligncenter  wp-image-5879\" title=\"invenciones implementadas por pc\" src=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2020\/02\/invenciones-implementadas-por-pc2-1024x703.png\" alt=\"\" width=\"614\" height=\"422\" srcset=\"https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2020\/02\/invenciones-implementadas-por-pc2-1024x703.png 1024w, https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2020\/02\/invenciones-implementadas-por-pc2-300x206.png 300w, https:\/\/www.madrimasd.org\/blogs\/patentesymarcas\/files\/2020\/02\/invenciones-implementadas-por-pc2.png 1215w\" sizes=\"(max-width: 614px) 100vw, 614px\" \/><\/a><\/p>\n<p><strong>\u00bfQu\u00e9 es una invenci\u00f3n implementada en ordenador?<\/strong><\/p>\n<p>Una invenci\u00f3n implementada en ordenador es aquella que para su puesta en pr\u00e1ctica necesita el uso de un ordenador, una red inform\u00e1tica u otro aparato programable, donde una o m\u00e1s caracter\u00edsticas se realizan total o parcialmente por medio de un programa inform\u00e1tico.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Es habitual o\u00edr o leer la expresi\u00f3n \u201cpatentes de software\u201d. El t\u00e9rmino \u201csoftware\u201d es ambiguo, dado que puede entenderse como el conjunto de instrucciones escritas en un lenguaje de programaci\u00f3n para implementar un algoritmo, el c\u00f3digo binario cargado en un dispositivo programable y tambi\u00e9n puede abarcar la documentaci\u00f3n adjunta. Para evitar la confusi\u00f3n derivada de esta expresi\u00f3n, se ha introducido el concepto de \u201cinvenci\u00f3n implementada en ordenador\u201d.<\/p>\n<p>Conforme al art\u00edculo 4 de la <a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/pdf\/2015\/BOE-A-2015-8328-consolidado.pdf\">Ley 24\/2015 de Patentes<\/a>, un programa de ordenador que se reivindica \u201ccomo tal\u201d no es una invenci\u00f3n patentable. Por ello, no se conceden patentes para programas inform\u00e1ticos. El c\u00f3digo fuente, el c\u00f3digo objeto o cualquier otra forma de expresi\u00f3n de un programa se protege por la legislaci\u00f3n del Derecho de Autor (<a href=\"https:\/\/www.boe.es\/buscar\/pdf\/1996\/BOE-A-1996-8930-consolidado.pdf\">Ley de Propiedad Intelectual<\/a>).<\/p>\n<p>La concesi\u00f3n de una patente para una invenci\u00f3n implementada en ordenador exige necesariamente la existencia de un problema t\u00e9cnico resuelto de una manera novedosa y no evidente para el experto en la materia, es decir, los mismos requisitos exigidos para las invenciones en todos los campos de la tecnolog\u00eda.<\/p>\n<p>Los recursos y esfuerzos necesarios para la realizaci\u00f3n y comercializaci\u00f3n de las invenciones implementadas en ordenador pueden llegar a ser enormes y la protecci\u00f3n que otorgan las patentes para esta clase de invenciones es tan necesaria y merecida como para las innovaciones en tecnolog\u00edas establecidas y tradicionales.<\/p>\n<p>Aunque no existe una definici\u00f3n legal del t\u00e9rmino <strong>\u201cinvenci\u00f3n\u201d<\/strong>, la tradici\u00f3n jur\u00eddica europea desde los primeros d\u00edas del sistema de patentes reconoce que la protecci\u00f3n que confieren las patentes debe reservarse para creaciones t\u00e9cnicas. El objeto para el que se solicita la protecci\u00f3n debe tener, por lo tanto, un <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">\u201ccar\u00e1cter t\u00e9cnico\u201d<\/span><\/strong> o, m\u00e1s exactamente, una <strong><span style=\"text-decoration: underline;\">\u201cense\u00f1anza t\u00e9cnica\u201d<\/span><\/strong>, es decir, una instrucci\u00f3n dirigida a una persona t\u00e9cnicamente capacitada sobre c\u00f3mo resolver un problema t\u00e9cnico particular utilizando medios t\u00e9cnicos particulares. El problema resuelto por la invenci\u00f3n debe ser obligatoriamente t\u00e9cnico, en contraste, por ejemplo, a uno puramente financiero, comercial o matem\u00e1tico. La lista de materias o actividades que no se consideran invenciones, entre las que se encuentran los programas de ordenadores, se excluyen de la patentabilidad solamente en la medida en que la solicitud de patente espa\u00f1ola o la patente se refiera exclusivamente a una de ellas considerada \u201ccomo tal\u201d. Es muy importante tener en cuenta que una materia o actividad se entiende considera \u201ccomo tal\u201d cuando est\u00e1 desprovista de car\u00e1cter t\u00e9cnico.<\/p>\n<p>La ejecuci\u00f3n o el control de un proceso t\u00e9cnico no est\u00e1n excluidos de la patentabilidad, independientemente de si se implementa mediante hardware o software. La opci\u00f3n entre llevar a cabo dichas acciones por medio de circuitos especiales o por medio de un programa de ordenador, depende de factores econ\u00f3micos y tecnol\u00f3gicos; la patentabilidad no debe denegarse por el mero hecho de que para poner en pr\u00e1ctica la invenci\u00f3n sea precisa la ejecuci\u00f3n un programa de ordenador. Con el objeto de facilitar la defensa legal de las patentes concedidas a invenciones implementadas en ordenador se admite la formulaci\u00f3n de reivindicaciones de la forma: \u201cPrograma de ordenador caracterizado por que ejecuta el m\u00e9todo de la primera reivindicaci\u00f3n\u201d. Son aceptables tambi\u00e9n formas equivalentes de expresar este tipo de reivindicaciones. Esta categor\u00eda de reivindicaciones solo es admisible si los efectos t\u00e9cnicos que se producen en la ejecuci\u00f3n del programa forman parte de la soluci\u00f3n t\u00e9cnica que la invenci\u00f3n implementada en ordenador propone y son, adem\u00e1s, efectos que van m\u00e1s all\u00e1 de las interacciones f\u00edsicas normales entre el programa y el equipo f\u00edsico que tienen lugar en la ejecuci\u00f3n de todos los programas.<\/p>\n<p>Los efectos f\u00edsicos normales de la ejecuci\u00f3n de un programa, como son, las corrientes el\u00e9ctricas, en s\u00ed mismas no son suficientes para otorgar car\u00e1cter t\u00e9cnico a un programa inform\u00e1tico, y se necesita la participaci\u00f3n de un efecto t\u00e9cnico adicional. Este efecto t\u00e9cnico adicional debe formar parte del control de un proceso industrial o del funcionamiento de una m\u00e1quina, pero tambi\u00e9n del funcionamiento interno del ordenador bajo la influencia del programa inform\u00e1tico.<\/p>\n<p>Ejemplos:<\/p>\n<p>Un m\u00e9todo de codificaci\u00f3n de informaci\u00f3n de audio en un sistema de comunicaci\u00f3n puede tener como objetivo reducir la distorsi\u00f3n inducida por el ruido del canal. Aunque la idea subyacente de tal m\u00e9todo se puede considerar que reside en un m\u00e9todo matem\u00e1tico, el m\u00e9todo de codificaci\u00f3n considerado en su conjunto no es un m\u00e9todo matem\u00e1tico \u201ccomo tal\u201d y, por lo tanto, no est\u00e1 excluido de la patentabilidad por el art\u00edculo 4 de la Ley 24\/2015.<\/p>\n<p>De manera similar, un m\u00e9todo de encriptaci\u00f3n de comunicaciones electr\u00f3nicas puede considerarse como un m\u00e9todo t\u00e9cnico, incluso si se basa esencialmente en un m\u00e9todo matem\u00e1tico.<\/p>\n<p>Si un algoritmo matem\u00e1tico en el contexto de una invenci\u00f3n tiene una finalidad o prop\u00f3sito t\u00e9cnico se considera que constituye una ense\u00f1anza t\u00e9cnica y, por tanto, no es un m\u00e9todo matem\u00e1tico \u201ccomo tal\u201d. As\u00ed, un m\u00e9todo matem\u00e1tico para generar n\u00fameros aleatorios que simulan ruido el\u00e9ctrico en el contexto de una invenci\u00f3n para determinar el rendimiento de un circuito el\u00e9ctrico tiene una finalidad t\u00e9cnica y, por tanto, no se considera un m\u00e9todo matem\u00e1tico \u201ccomo tal\u201d. Por otro lado, el mismo m\u00e9todo matem\u00e1tico para generar n\u00fameros aleatorios con el prop\u00f3sito de determinar el orden de participaci\u00f3n de los intervinientes en el contexto de un juego no tiene una finalidad t\u00e9cnica y se considera que es un m\u00e9todo matem\u00e1tico \u201ccomo tal\u201d y, en consecuencia, se trata de una caracter\u00edstica que no confiere car\u00e1cter t\u00e9cnico a la invenci\u00f3n.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u00a0 \u00bfQu\u00e9 es una invenci\u00f3n implementada en ordenador? Una invenci\u00f3n implementada en ordenador es aquella que para su puesta en pr\u00e1ctica necesita el uso de un ordenador, una red inform\u00e1tica u otro aparato programable, donde una o m\u00e1s caracter\u00edsticas se realizan total o parcialmente por medio de un programa inform\u00e1tico. &nbsp; Es habitual o\u00edr o leer la expresi\u00f3n \u201cpatentes de software\u201d. 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