Entrevistas


 COMPARTIR ENTREVISTA
Facebook  Delicious  Digg  Yahoo meneame
"Es la mayor aportación española a la historia de la cultura jurídico-constitucional universal"

Esther González

Universidad Rey Juan Carlos
 

08/10/2012

Esther González es Profesora Titular de Derecho Constitucional Departamento de Derecho Público I y Ciencia Política de la Universidad Rey Juan Carlos y especialista en estudios sobre la Constitución de Cádiz de 1812 y, coincidiendo con su bicentenario nos cuenta el significado de la primera carta magna española

1.- Este año celebramos el bicentenario del nacimiento de la constitución de Cádiz, ¿qué significa realmente ese momento para nuestro país, para Europa o para América Latina?

Estamos ante una ocasión inmejorable para recordar cómo empezó todo. A menudo, se habla de las Constituciones y del constitucionalismo como una realidad que siempre hubiese estado presente a lo largo de la historia de la humanidad. Estamos tan acostumbrados a las Constituciones, que parece como si hubiesen existido siempre. Pero no fue así. Y esta es una ocasión inmejorable para recordar cómo se gestó el primer documento constitucional español; un documento que, casi me atrevería a afirmar que es la mayor aportación española a la historia de la cultura jurídico-constitucional universal. De ello, da cuenta, el dato de que en Roma, en París, en Londres, en Milán, en Ginebra, en Nápoles o en Moscú, las librerías no daban abasto con las peticiones de ediciones traducidas. O que Y al grito de "Viva la Constitución de 1812", abanderase pronunciamientos e intentonas revolucionarias, como el pronunciamiento de Santa Rosa en Turín, el de Pepe en Nápoles, el de Capodistria en Moldavia, el de los cuatro sargentos de La Rochelle o el de los "decembristas" rusos de diciembre de 1825 y los del Reino de Dos Sicilias, Nápoles y el Piamonte en 1820 o la revolución de la vecina Portugal a finales de 1820 y que terminó en la redacción de su Constitución de 1822, notablemente influenciada por el Texto gaditano. Por no hablar de su influencia en las algaradas revolucionarias de países tan lejanos como Brasil.

2.- ¿Cómo fue viajando por el mundo?

Las vías de transmisión fueron varias y variadas. En general, podemos hablar de que la Constitución de Cádiz viajó con el "viajar" de los liberales españoles que le dieron vida. Así, tras la restauración del absolutismo por Fernando VII muchos de los "padres" de Cádiz se exiliaron en Londres o París, llevando consigo su obra. Pero también muchos liberales, hombres ilustres y políticos extranjeros contribuyeron a este "viaje". Por ejemplo, no se pueden pasar por alto cómo contribuyeron los responsables de las embajadas y consulados en España, que transmitían las noticias de los que se debatía y discutía por las Constituyentes gaditanas. Pero también, los embajadores españoles en los países en que tuvo mayo predicamento, que, incluso, llegaron a prometer amparo y protección a los dirigentes de los innumerables pronunciamientos que tuvieron lugar en el primer tercio del siglo XIX. Y, por supuesto, las conocidas como "sociedades secretas", que ayudaron a que fuere conocida por toda Europa a través de la impresión clandestina de panfletos, "catecismos" políticos y de la distribución de su texto y de las varias ediciones traducidas.

3.- ¿Cómo describirías el cambio que supuso este documento o las aportaciones más importantes?

Más que de cambio había que hablar su trascendencia o significación para la cronología del constitucionalismo. En realidad, desde el punto de vista más estricto, fue una Constitución de escasa vigencia: de 1812 a 1814 y luego el tiempo de Trienio liberal, por lo que seríamos injustos, si pretendiésemos atribuirle cambios sustanciales o especialmente significativos. Su verdadera influencia debemos situarla en que fue un documento pionero. He aquí, no obstante, su verdadero protagonismo. Fue, sin lugar, a dudas, el símbolo del constitucionalismo liberal, sobre todo, a partir del constitucionalismo de la Restauración de las Carta gala de 1814. En Europa, a partir de esa fecha, pintaban bastos para el constitucionalismo de corte liberal e inspiración progresista. De ahí, que la restauración del Texto gaditano en 1821 volvió a situar a esta Constitución en el centro de las miradas, en la referencia simbólica del "sueño" y de las "aspiraciones" liberales de muchos pueblos europeos que, apenas, habían "jugueteado" tímidamente con la idea de iniciar la "revolución" constitucional.

4.- Las celebraciones se llevan a cabo en distintos lugares y durante todo el año. ¿Somos conscientes de la importancia de La Pepa más allá del ámbito institucional?

Depende del ámbito que analicemos. En ámbitos jurídicos, para los estudiosos del Derecho Constitucional, en ámbitos científicos, y, por ende, para la universidad, y también en ámbitos políticos sí creo en se ha rendido homenaje a este Texto constitucional. Sin embargo, creo que la opinión pública, los ciudadanos en general no son conscientes de la verdadera significación de este Texto. El gusto por la historia, y en concreto por la historia constitucional o política, parece no calar lo suficiente entre el público que, por ejemplo, disfrutar de la lectura. Más aún si se habla de los jóvenes, incluso, jóvenes con estudios universitarios. Es descorazonador preguntar en las aulas universitarias sobre estas cuestiones y comprobar el escasísimo nivel de conocimiento de los estudiantes. Es más, el escasísimo interés de estos por todo lo que suene a antiguo y no esté cubierto por un falso halo de "modernidad".

5.- ¿Cuáles fueron las consecuencias de su abolición?

Como es bien sabido, para España supuso la vuelta al absolutismo de Fernando VII y un retroceso palpable en el desarrollo constitucional de nuestro país, que, en ese momento, inició y perpetuó una historia de continuos vaivenes, de idas y venidas, de un continuo tejer y destejer de Constituciones, que apenas tenían vigencia. Y que de tenerla era más ficticia que real. Es conocida la frase de Teófilo Gautier cuanto en 1840 decía "Esta es una Constitución en España: una pella de yeso sobre granito", refiriéndose a la ausencia de estabilidad constitucional de nuestra patria. España, en el siglo XIX, pero también el XIX, se limitó a cambiar una Constitución por otra a medida que cambiaba el signo político.

6.- ¿Cuáles son las principales diferencias entre la Pepa y la actual Constitución española?

Las diferencias son muchas y muy notables. En primer lugar, porque no podemos olvidar que "La Pepa" inició el camino del desarrollo constitucional de España, que fue largo y arduo y que, culminó, dos siglos después, en la Constitución española de 29 de diciembre de 1978; la Constitución de mayor estabilidad y vigencia de nuestra historia. Ni siquiera superada por la 1876, que estando vigente más tiempo no gozó de tanta estabilidad como la actual. Pero, además, ambos Textos pertenecen a corrientes o modelos constitucionales muy diferentes, fruto, en el caso de la Constitución de 1978, de una evolución de doscientos años. Pretender una comparación de ambos Textos sería como intentar comparar el un radio-casete con un IPod. Nada que ver lo uno con lo otro. Ni uno es mejor que otro. Cada uno cumplió su función en el momento en que le toco vivir y lo hicieron del mejor modo posible y con los mimbres disponibles en su momento. Después vino el progreso, y la evolución propia de todo aquello que es fruto del entendimiento humano. Lo único que el hombre tiene la tendencia a recordar con añoranza cualquier tiempo pasado y, los que ya no somos tan jóvenes, recordamos con nostalgia aquellos aparatos con los que amenizamos nuestra infancia y nuestra juventud. Pero las Constituciones como los reproductores de música evolucionan con el paso del tiempo. Y ello, no es solo lo normal sino lo deseable, sin entrar en comparaciones imposibles, si quiera solo porque el paso del tiempo no permite tal operación.

7.- Muchas voces apuntan sobre la necesidad de su modificación profunda ¿Estaría de acuerdo?

Esta es una cuestión que excede con mucho de un breve comentario como es el reservado a este espacio. Sin embargo, sería una osadía pensar que algo es imperecedero y perfecto. Todo es mejorable y, por supuesto, las Normas constitucionales que, entre otras cuestiones, están obligadas a adaptarse a la nueva realidad social, máxime en el actual contexto en que nos movemos de continuos vaivenes y cambios. Desde luego, que siempre es bueno y más que recomendable un debate en profundidad sobre el futuro del actual modelo constitucional. El mundo de hoy en día poco tiene que ver con el mundo de hace doscientos años, ni siquiera con el de hace cincuenta años. La velocidad con la que se han desarrollado las nuevas tecnologías y el uso que se hace de ellas por los mercados financieros, medios de comunicación, movimientos populares de protestas, la globalización económica, política y tecnológica, en una palabra, hacen que un sistema de toma de decisiones basado en la superioridad (siempre teórica y nunca real) del Parlamento como institución representativa de la soberanía popular demuestra, cada día más, su incapacidad para dar respuestas eficaces y ágiles a los graves problemas del mundo actual.



Subir