Requerimientos a cumplir por los vehículos propulsados por hidrógeno

La Comisión Europea está trabajando en el desarrollo de una propuesta de Regulación de los Requerimientos a cumplir por los vehículos propulsados por hidrógeno.

Como resultado de dicho  trabajo, la Unidad de Industria de Automoción de la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea ha publicado recientemente un informe en el que se Evalúa el impacto de esta propuesta europea, considerando aspectos de seguridad y aspectos ambientales. El informe completo puede descargarse en la siguiente dirección.

[Loreto Pazos Bazán]

El informe recientemente publicado y al que se hace referencia en este artículo ha evaluado el impacto económico, medioambiental y de seguridad de la introducción de vehículos propulsados por hidrógeno dentro de tres escenarios de regulación diferentes.

Un primer escenario (opción 1), en el que no se contemplan cambios respecto a la situación actual (inexistencia de legislación  tanto nivel comunitario como a nivel de estados miembros).

Un segundo escenario (opción 2), en el que se contempla la adopción de una nueva legislación a nivel comunitario. Como consecuencia de esto existiría una armonización a la hora de garantizar la seguridad de los vehículos de hidrógeno.

Y un tercer escenario (opción 3), que supondría el desarrollo de una legislación pero a nivel de estados miembros.

 

Las conclusiones a las que se llegó después del estudio de evaluación fueron las siguientes:

 

         La opción 1 (ningún cambio de política), no sería viable ya que podría implicar una barrera para el desarrollo de la tecnología del hidrógeno en la UE y no se podría garantizar la seguridad pública, si se llegase a permitir la venta de vehículos procedentes de mercados emergentes y que no cumpliesen unos estándares mínimos de seguridad. Además los fabricantes de automóviles podrían ser más reacios a invertir si sólo se les ofreciese un mercado fragmentado.

         La opción 2 (legislación a nivel de la UE),  es la opción más ventajosa y la preferida por los fabricantes de vehículos ya que  implica menores costes para la industria del automóvil que la opción 3. Esta opción abriría el mercado en algunos estados miembros donde los vehículos de hidrógeno no se pueden vender en la actualidad. Además los beneficios medioambientales se harían notar también antes que con la opción 3. Las normas de seguridad serían uniformes en los 27  Estados Miembros y serían mayores que con cualquiera de las otras dos opciones.

         La opción 3, es viable técnicamente, pero implica una desventaja tanto para el consumidor como para la industria de automoción, ya que los costes de homologación se multiplicarían por 27 y también podría haber costes extras si los fabricantes tuviesen la necesidad de desarrollar diferentes diseños para  cada vehículo en cada estado miembro.

 

Los aspectos de seguridad de los vehículos de hidrógeno más importantes y a tener en cuenta a la hora de desarrollar una legislación serían los siguientes:

 

El impacto  producido por la introducción de los vehículos propulsados por hidrógeno será positivo en aspectos como el ruido y la calidad del aire ya que disminuirán las emisiones de partículas y de dióxido de nitrógeno. Respecto a los gases de efecto invernadero, su descenso estará condicionado por la forma en la que se haya obtenido dicho hidrógeno.

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