Actualización de Instrumentos financieros públicos para startups. Diciembre 2022
Listado de instrumentos financieros para nuevas empresas tecnológicas españolas y en particular de la Comunidad de Madrid, publicado por
- Fundación para el Conocimiento madri+d
- con la colaboración de FI Group
Además de todas las ayudas que se muestran en este listado, en los últimos seis meses se ha dado continuidad a las convocatorias financiadas con fondos de recuperación europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: Next generation EU, a través de dos instrumentos: el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, y REACT-EU. Entre sus acciones para impulsar el emprendimiento innovador se encuentra el desarrollo de la Estrategia España Nación Emprendedora, con el fin de potenciar la creación y el crecimiento de las empresas, el Fondo FOND-ICO Next Tech para impulsar la inversión privada en proyectos digitales innovadores de alto impacto: startups con inversiones inferiores a 1 M€ y scaleups con ticket mínimo superior a 3M€. y Activa Startups, que se describe en detalle más abajo.
Las startup también pueden beneficiarse indirectamente de otras convocatorias del Plan de Recuperación y de los PERTE, proyectos estratégicos que exigen la colaboración entre administraciones, empresas y centros de investigación en sectores como la movilidad, salud, energías renovables, agroalimentación, lengua, economía circular, industria naval, aeroespacial, digitalización del ciclo del agua, microelectrónica y semiconductores y economía social.
INDICE:
1º SUBVENCIONES
1.1 Proyectos de I+D+i – Ayudas nacionales
- Neotec y Neotec mujeres emprendedoras (CDTI)
- Ayudas para contratos para la formación de investigadores en empresas (Doctorados industriales)
- Programa Torres Quevedo
- Activa Startups
- Solicitud de patentes y modelos de utilidad OEPM
- Tecnologías habilitadoras digitales (antiguo AEESD)
1.2 Proyectos de I+D+i – Ayudas regionales
- Líneas de ayuda de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación y Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad de Madrid
1.3 Proyectos de I+D+i – Ayudas europeas
- EUROPEAN INNOVATION COUNCIL (EIC)
- EUROSTARS
- European Partnership in Horizon Europe
1.4 Proyectos de Internacionalización
- ICEX – Next
2º PRÉSTAMOS O CRÉDITOS BLANDOS
2.1 Préstamos o créditos blandos – Proyectos de I+D+i – Ayudas nacionales
- CDTI – Proyectos de investigación y desarrollo
- Retos colaboración
- Industria conectada 4.0
- Programas multilaterales o bilaterales (EUREKA)
2.2 Otros
- Líneas ICO – Empresas y Emprendedores 2021
- Líneas para Pymes en inversiones productivas y en implantaciones comerciales COFIDES – Instrumentos financieros
3º PRÉSTAMOS PARTICIPATIVOS
3.1 Programas con participación en capital / préstamos participativo – Proyectos de I+D+i
- Líneas de financiación ENISA
- COFIDES – Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (FONPYME)
- COFIDES – Fondo para inversiones en el exterior (FIEX)
4º OTRAS AYUDAS O INSTRUMENTOS FINANCIEROS
4.1 Otras ayudas para PYMES, no específicas de startups (Avales, Compra pública…)
- AVALMADRID
- CDTI – Compra Pública Innovadora
- CDTI – INNODEMANDA
- Proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y de los videojuegos (CDTI)
- Ayudas a Pymes Industriales para Proyectos de Industria 4.0
- Activa Industria 4.0
4.2 Otras ayudas:
- RIS 3 – Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo
- RIS3 – Ayudas para el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por Núcleos de Innovación Abierta (“HUBS” de Innovación)
- Resto de programas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023
Fecha de actualización: 20 de diciembre de 2022
NEOTEC y Neotec mujeres emprendedoras (CDTI)
Ayudas para la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológica (EBT) en España. En 2022 el plazo de presentación fue hasta el 05/07/2022 a las 12:00h. En 2023, la publicación será en febrero/marzo aproximadamente.
El objetivo es la financiación de la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología.
- Beneficiarios: pequeñas empresas innovadoras.
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido, de concurrencia competitiva.
- Dotación: 35.000.000 €.
- Intensidad: Subvención hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de 250.000 € por beneficiario.
- Intensidad cuando incluya la contratación de al menos un doctor: Hasta el 85% del presupuesto, con un importe máx. de 325.000 € por beneficiario.
- Características del proyecto:
- Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
- Proyectos de 1 o 2 años de duración. Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de un año de duración, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.
- Adicionalmente, la cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 €
- Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2022 y 2023. Se podrán financiar los siguientes gastos:
- Inversiones en equipos
- Gastos de personal
- Materiales
- Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 € por beneficiario y anualidad.
NEOTEC Mujeres Emprendedoras (CDTI)
Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. En 2022 el plazo de presentación fue desde el 17/02/2022 hasta el 19/04/2022.
- Beneficiarios: pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres.
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido, de concurrencia competitiva.
- Dotación: 5.000.000 €.
- Intensidad: Subvención hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de 250.000 € por beneficiario.
- Intensidad cuando incluya la contratación de al menos un doctor: Hasta el 85% del presupuesto, con un importe máx. de 325.000 € por beneficiario.
- Características del proyecto:
- Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
- Proyectos de 1 o 2 años de duración. Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de un año de duración, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.
- Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2021 y 2022. Se podrán financiar los siguientes gastos:
- Inversiones en equipos
- Gastos de personal
- Materiales
- Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora
- Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 € por beneficiario y anualidad.
Ayudas para contratos para la formación de investigadores en empresas (Doctorados industriales)
En el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, las ayudas tienen como objetivo la formación de doctores en empresas mediante la cofinanciación de los contratos laborales del personal investigador en formación que participen en un proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental que se desarrolle en la empresa, en el que se enmarcará su tesis doctoral, a fin de favorecer la inserción laboral de investigadores en las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores y promover la incorporación de talento en el tejido productivo para elevar la competitividad del mismo.
El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se puede ejecutar en su totalidad en la empresa o en colaboración entre la empresa y otra entidad, pública o privada.
El plazo de presentación fue desde el 03/02/2022 hasta el 24/02/2022. En la Convocatoria publicada por la Comunidad de Madrid el plazo es desde el 06/05/2022 hasta el 27/05/2022. La próxima publicación será en febrero de 2023 aproximadamente.
- Beneficiarios: Empresas legalmente constituidas en el momento de presentación de la solicitud.
- Dotación: 4.000.000 €
- Intensidad:
- En relación con la ayuda para la realización de estancias, se autorizará una ayuda hasta un máximo de 2.400 €, para la financiación de estancias, que realicen de dichos investigadores, en entidades de I+D diferentes a los que estén adscritos. Sobre el gasto justificable de las mismas, será de aplicación la intensidad de ayuda que figure en la resolución de concesión.
- En relación con la ayuda para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado, se autorizará una ayuda de 1.500 € por cada investigador contratado, para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado en una universidad española, pública o privada.
- De la cuantía máxima destinada a esta actuación, se reserva una cuantía máxima de 72.600 € para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
- Gastos subvencionables: Las ayudas comprenderán tres conceptos: la ayuda para la financiación de los contratos, la ayuda para la realización de estancias en entidades de I+D y la ayudas para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado. Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años. En relación con la ayuda para la financiación del contrato, el presupuesto financiable de la actividad incentivada con las ayudas (coste de contratación) se compone de la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial a la Seguridad Social. La ayuda anual para cada uno de los contratos dependerá del tipo de proyecto y de beneficiario, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en la resolución de convocatoria.
Programa Torres Quevedo
https://www.aei.gob.es/convocatorias/buscador-convocatorias/ayudas-contratos-torres-quevedo-ptq-2021
Ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para la contratación laboral de doctores que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos, a fin de favorecer la carrera profesional de los investigadores, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación.
- Plazo de solicitud: 02/02/2022 – 23/02/2022. La próxima publicación será a finales de febrero 2023, aproximadamente.
- Beneficiarios:
- Las empresas, entre las que se incluyen las empresas “spin-off” y las JEIs.
- Los centros tecnológicos de ámbito estatal.
- Los centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal.
- Las asociaciones empresariales.
- Los parques científicos y tecnológicos.
- Dotación: 15.000.000 €
- Intensidad: Estas ayudas únicamente cofinanciarán los costes de contratación correspondientes a puestos de trabajo que estén ubicados en España. De la cuantía máxima destinada a esta actuación, se reserva una cuantía máxima de 300.000 € para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
- Gastos subvencionables:
- La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social), del tipo de proyecto y del tipo de entidad, teniendo en cuenta que la intensidad de las ayudas no podrá superar los valores indicados en la convocatoria. Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado dicha cantidad. En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.
- Las ayudas se destinarán necesariamente a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.
Activa Startups (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, EOI)
https://www.eoi.es/es/empresas/programas-activa
En el marco de la Estrategia Nacional Industrai Conectada 4.0, el programa Activa Startups, financiado con fondos de Recuperación, apoya la colaboración entre startups y empresas consolidadas con potencial de innovación. Tiene como finalidad el impulso de la innovación y el crecimiento de empresas de nueva generación, a través del desarrollo de entornos colaborativos e impulsando su digitalización. Cada convocatoria de “Activa Startups” regula el ámbito geográfico de aplicación.
- Beneficiarios: esta iniciativa se articula a través de distintos tipos de convocatorias:
- Convocatorias a PYMEs
- Convocatorias a Startups
- Convocatoria a Consorcios PYME-Startup
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido, de concurrencia competitiva.
- Dotación: 44.000.000 €.
- Intensidad: Subvención de hasta 40.000 € por empresa.
- Caracteristicas de los proyectos: Los proyectos pueden tener como objetivo la resolución de retos tecnológicos, asesoramiento en materia de innovación, la adquisición de nuevos conocimientos o la demostración, adaptación y personalización de diversas tecnologías. Los retos deben ser planteados por las PYMEs y las startups trabajarán en la resolución de los mismos.
Gastos subvencionables: ver bases de la convocatoria
Solicitud de patentes y modelos de utilidad
El plazo de presentación es desde el 07/03/2022 hasta el 05/04/2022
Fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior: Las ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la convocatoria para cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países.
- Beneficiarios:
- Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles. El beneficiario es la persona con domicilio en España que, reúna uno de los siguientes requisitos:
- Sea una persona física.
- Sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME), según se establece en el apartado vigésimo punto 5 de la presente convocatoria.
- Sea una gran empresa privada.
- Sea una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público.
- Modalidad de la ayuda: subvención a fondo perdido con una intensidad máxima de:
- Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior. El importe total de las subvenciones concedidas en esta convocatoria no podrá superar la cuantía de 7.996.331 euros. Se asignarán unas cuantías de referencia, en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable y que se indican en el Anexo I de la Resolución de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados en el Anexo I de la Resolución de la convocatoria. En caso de que el solicitante sea considerado pequeña o mediana empresa (PYME) o sea una persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.
- Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles. El importe máximo total de las subvenciones concedidas en esta convocatoria no podrá superar la cuantía de 330.578,64 euros. A las actividades señaladas se les asignarán unas cuantías de referencia que se indican en el Anexo II de la Resolución de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 90% de los importes señalados.
- Proyectos subvencionables:
- Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
- Dirigido a estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o de los modelos de utilidad. El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y de las personas físicas.
- Para ello, con objeto de ayudar a superar las principales barreras que el solicitante puede encontrar en la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras, dichas ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la presente convocatoria para cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países.
- Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas: Dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.
- Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
Tecnologías habilitadoras digitales (antiguo AEESD)
https://sede.red.gob.es/es/procedimientos/convocatoria-de-ayudas-2020-sobre-desarrollo-tecnologico-basado-en-inteligencia
- Plazo: hasta el 30/09/2020
- Su objetivo es La realización de proyectos en los siguientes programas:
- Programa de ayudas al desarrollo de la oferta tecnológica basada en tecnologías habilitadoras digitales.
- Programa de ayudas al desarrollo innovador de contenidos digitales
- Beneficiarios: Empresas.
- Dotación: 35.000.000 €.
- Modalidad de la ayuda: subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta el 45%
- Tipología de proyectos subvencionables:
- El solicitante podrá presentar propuestas de proyectos subvencionables que consistirán en una o varias de las siguientes tipologías de actuaciones:
- Actuaciones para el desarrollo funcional de su producto o solución tecnológica, orientadas a la mejora funcional, la seguridad, la estabilidad y la madurez de la solución tecnológica. En ningún caso se aceptará la mera prestación de servicios.
- Actuaciones de desarrollo encaminadas a la validación, certificación y puesta en marcha de prototipos en entornos reales de producción.
- Actuaciones encaminadas a la adaptación y puesta a disposición de datos necesarios para la solución propuesta, permitiendo de esta forma la validación y certificación de los prototipos en entornos reales.
- Los proyectos subvencionables deberán consistir en el desarrollo de la oferta de alguna de las siguientes tecnologías habilitadoras digitales:
- Inteligencia artificial: machine learning; deep learning; neural networks.
- Desarrollo de soluciones, aplicaciones o servicios que mejoren la eficiencia de los servicios sanitarios.
- Internet de las Cosas (IoT).
- Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información (Open/Linked/Big Data).
- Computación de alto rendimiento (high performance computing).
- Computación en la nube.
- Procesamiento de lenguaje natural.
- Ciberseguridad; biometría e identidad digital.
- Blockchain (Cadena de Bloques).
- Robótica.
- Realidad virtual y aumentada, efectos especiales y simulación.
- Micro/nanoelectrónica.
- Impresión 3D y fabricación aditiva.
- Gastos subvencionables: costes de personal, Costes de servicios prestados por personal externo, contrataciones y subcontrataciones, Gastos asociados a los informes de auditoría externos, Costes de instrumental y material inventariable en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto y costes indirectos
- El solicitante podrá presentar propuestas de proyectos subvencionables que consistirán en una o varias de las siguientes tipologías de actuaciones:
Líneas de ayuda de la Consejería de Ciencia, Universidades e Innovación y Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid
El 6 de febrero de 2023 se publica en el BOCM el extracto de la convocatoria de las ayudas para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up) para el año 2023
Los beneficiarios de estas ayudas podrán ser:
- a) Nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, que podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 1.
- b) Jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2.
En ambos casos, el plazo máximo de ejecución de proyectos será 12 meses.
El plazo de presentación de solicitudes se inicia al día siguiente de la publicación del extracto en el BOCM.
Ayudas cofinanciadas por el fondo europeo de desarrollo regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas, Programa “Cheque Innovación”
En el marco de la estrategia regional para una especialización inteligente (RIS 3), ayudas destinadas a financiar la contratación, por las pequeñas y medianas empresas, de servicios de apoyo a la I+D y a la innovación, incluidos los servicios relativos a la gestión de la innovación y a su implantación en el mercado, con las universidades, los organismos de investigación y difusión del conocimiento, los centros públicos de investigación, los consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otros programas de ayudas de la Comunidad de Madrid, los institutos IMDEA, los centros de innovación públicos y privados, los centros tecnológicos, los parques científicos, así como con empresas proveedoras especializadas en la prestación de servicios especializados de I+D e innovación.
Características de la convocatoria:
- Beneficiarios: pequeñas y medianas empresas válidamente constituidas como tales en el momento de presentación de la solicitud de ayuda.
- Dotación: 900.000 €
- Intensidad: El importe que se conceda como subvención, oscilará entre los 12.000 € y los 60.000 €.
- Tipo de ayuda: Subvención directa, que se concederá el orden cronológico de entrada de las solicitudes.
- Gastos subvencionables: Para ser subvencionables los gastos e inversiones de los proyectos deberán estar exclusivamente orientadas a las prioridades identificadas en la RIS3 de la Comunidad de Madrid.
RIS3 – Ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Startups) y pymes de alta intensidad innovadora
https://www.comunidad.madrid/inversion/innova/convocatorias-ayudas-innovacion
Nueva convocatoria prevista en el primer trimestre de 2023
Subvenciones para financiar la creación, inicio de actividad y consolidación de nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Start-up’s y NEBT’s) y el crecimiento de pymes de alta intensidad innovadora, en actividades empresariales innovadoras que requieran el uso de tecnologías y/o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora o del conocimiento generado por los organismos de investigación domiciliados en la Comunidad de Madrid y/o en el mercado, y en las que la estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnología.
- Beneficiarios: Podrán ser beneficiarias de las ayudas las nuevas empresas innovadoras de base tecnológica con menos de un año de antigüedad, las jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica con más de un año y menos de cinco años de antigüedad y las pymes de alta intensidad innovadora de más de cinco años y menos de quince años de antigüedad, que, además de cumplir los requisitos previstos en las normas, ejerzan de forma habitual una actividad económica dirigida al mercado, y tengan su residencia fiscal y, al menos, un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid desde el que desarrollen o tengan previsto desarrollar las actividades subvencionadas.
- Dotación: 4.250.000 €
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido.
- Intensidad:
- Creación e inicio de actividad de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (empresas de menos de un año de antigüedad): 60.000 €/proyecto.
- Crecimiento de empresas innovadoras de base tecnológica (empresas de más de 1 año de actividad y menos de 5 años de actividad): Hasta el 50% de los gastos subvencionables. Máx. 125.000 €.
- Pymes de alta intensidad innovadora: Entre un 35 y un 70% de los gastos subvencionables. Máx. 250.000 €.
- Gastos subvencionables:
- Para los proyectos de investigación industrial, los proyectos de desarrollo experimental y para los estudios de viabilidad técnica, serán subvencionables:
- Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.
- Proyectos de investigación industrial, entendiendo por tal la investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
- Proyectos de desarrollo experimental, entendiendo por tal la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
- Los proyectos orientados a la mejora de productos existentes o aquellos en los que el producto desarrollado no tenga un grado de novedad para ser considerado “nuevo producto” no tendrán la consideración de proyectos para el desarrollo de nuevos productos.
- Tendrán la consideración de gastos subvencionables:
- Gastos de personal: investigadores, tecnólogos, desarrolladores de negocio y demás personal técnico o auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
- Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación y/o desarrollo.
- Costes de investigación contractual de investigación y desarrollo, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas a precios de mercado, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación.
- Gastos de asesoramiento y apoyo a la innovación y al desarrollo de negocio.
- Otros servicios externos: asistencia técnica, consultoría o equivalente en materia jurídica, económica y financiera, gestión empresarial, marketing, difusión y comercialización.
- Informes, certificaciones y auditorías realizadas por auditores o expertos, incluidas las que sean requeridos por las bases reguladoras o la presente convocatoria.
- Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto, en este concepto se podrán incluir:
- Gastos de viajes y dietas directamente relacionados con el proyecto. Deberá quedar plenamente justificada la relación del viaje con los fines del proyecto y su realización dentro de su plazo de ejecución. Únicamente se admitirán este tipo de gastos referidos a trabajadores imputados en el apartado de costes de personal, y siempre que aparezcan nominativamente identificados. Se admitirá un máximo imputable del 10 por 100 de los costes de personal presentados.
- Costes de auditorías económico-financieras e industriales y de seguimiento del proyecto.
- Cuotas abonadas por servicios prestados por viveros, incubadoras, parques científicos, y otras entidades de alojamiento de start-up.
- Costes indirectos de las empresas que podrán calcularse, sin necesidad de aportar justificantes de gastos, mediante aplicación de un porcentaje fijo que no podrá ser superior al 15 por ciento del importe de los costes directos del personal que resulten subvencionables, incluidos los servicios prestados por personal externo a la empresa.
- Para los proyectos de investigación industrial, los proyectos de desarrollo experimental y para los estudios de viabilidad técnica, serán subvencionables:
European Innovation Council (EIC)
(Información del borrador de octubre, pendiente de confirmación el 13 de diciembre)
https://eic.ec.europa.eu/eic-funding-opportunities/eic-accelerator_en#eic-work-programme-2022
- EIC PATHFINDER
El objetivo general del EIC Pathfinder para la investigación avanzada es desarrollar la base científica para respaldar las tecnologías innovadoras. Proporciona apoyo para las primeras etapas de la investigación y el desarrollo científico, tecnológico o de tecnología profunda. Los proyectos de Pathfinder tienen como objetivo aprovechar las nuevas direcciones de vanguardia en ciencia y tecnología para interrumpir un campo y un mercado o crear nuevas oportunidades mediante la realización de soluciones tecnológicas innovadoras.
Beneficiarios: Consorcios de al menos tres entidades jurídicas independientes diferentes establecidos en al menos tres países elegibles diferentes. Además, solo solicitantes individuales o pequeños consorcios (dos socios) para EIC Pathfinder Challenges
Lo hace a través de:
- EIC PATHFINDER OPEN
- Plazo: 7/03/2023
- Objetivo: EIC Pathfinder Open apoya el desarrollo en etapa temprana de tales tecnologías futuras (por ejemplo, varias actividades en niveles de preparación tecnológica bajos 1-4), basadas en investigación innovadora de ciencia hacia tecnología de alto riesgo / alta ganancia (incluida la “tecnología profunda”). Esta investigación debe proporcionar las bases de la tecnología que está imaginando.
- Dotación: 179,5 millones
- EIC PATHFINDER CHALLENGES
- Plazo: 18/10/2023
- Objetivo: El objetivo es aprovechar las nuevas direcciones de vanguardia en ciencia y tecnología para interrumpir un campo y un mercado o crear nuevas oportunidades mediante la realización de soluciones tecnológicas innovadoras basadas en investigación y desarrollo de alto riesgo / alta ganancia:
- EIC Pathfinder Challenge: Clean and efficient cooling
- EIC Pathfinder Challenge: AEC digitalisation
- EIC Pathfinder Challenge: Precision nutrition
- EIC Pathfinder Challenge: Responsible electronics
- EIC Pathfinder Challenge: In-space solar energy
- Dotación: 163,5 millones
- EIC TRANSITION
El EIC Transition financia actividades de innovación que van más allá de la prueba de principio experimental en laboratorio. Apoya tanto la maduración como la validación de su nueva tecnología en el laboratorio y en los entornos de aplicaciones relevantes (mediante el uso de prototipos, formulación, modelos, pruebas de usuario u otras pruebas de validación), así como el desarrollo de un caso de negocio y un modelo de negocio hacia la comercialización futura de la innovación.
Beneficiarios: Solicitantes únicos (PYME, spin-offs, empresas emergentes, organismos de investigación, universidades) o pequeños consorcios (dos socios) o consorcios de tres a cinco entidades jurídicas independientes diferentes establecidas en al menos tres países elegibles diferentes.
Lo hace a través de:
- EIC TRANSITION OPEN
- Plazo 12/04/2023 y 27/09/2023
- Objetivo:Este topic no tiene prioridades temáticas predefinidas y está abierto a propuestas en cualquier campo de la ciencia, la tecnología o la aplicación.
- Dotación 67,86 millones
- EIC TRANSITION CHALLENGES
- Plazo 12/04/2023 y 27/09/2023
- Objetivo: se reserva para el tema “Dispositivos digitales verdes para el futuro”, y el presupuesto restante se divide en partes iguales entre los otros temas:
- EIC Transition Challenge: Micro-Nano-Bio devices
- EIC Transition Challenge: Environmental intelligence
- EIC Transition Challenge: Chip-scale optical frequency combs
- Dotacion 60,5 millones
- EIC ACCELERATOR
EIC Accelerator apoya a las empresas (principalmente empresas emergentes y pymes) para ampliar las innovaciones de alto impacto con el potencial de crear nuevos mercados o alterar los existentes. Se centra en innovaciones basadas en descubrimientos científicos y en las que se necesita una financiación significativa durante un período prolongado antes de que se puedan generar beneficios.
Beneficiarios: Start-ups individuales y PYME (incluidas las spin-outs), particulares (con la intención de lanzar una start-up/PYME) y, en casos excepcionales, pequeñas empresas de mediana capitalización.
Lo hace a través de:
- EIC ACCELERATOR OPEN
- Plazo: 11/01/2023
22/03/2023
07/06/2023
04/10/2023
- Dotación: 612,98 millones
- EIC ACCELERATOS CHALLENGES
- Plazo 22/03/2023
07/06/2023
04/10/2023
- Objetivo:
- EIC Accelerator Challenge: Biomarker assays for cancer
- EIC Accelerator Challenge: Decontamination for pandemic management
- EIC Accelerator Challenge: Energy storage
- EIC Accelerator Challenge: New European Bauhaus
- EIC Accelerator Challenge: Quantum computers and quantum sensors
- EIC Accelerator Challenge: Semiconductors
- EIC Accelerator Challenge: Resilient agriculture
- EIC Accelerator Challenge: Space technologies and services
- Dotación 524,73 millones
Eurostars
Convocatoria abierta entre el 10/02/2023 y el 13/04/2023
https://www.eurekanetwork.org/
Proyectos de I+D en consorcio liderados por PYMES innovadoras. Dichos proyectos deben representar una ruptura con el estado del arte técnico y un reto comercial tales que permitan a estas empresas dar un salto cualitativo importante en su posición en el mercado.
- Intensidad: La ayuda máxima será de hasta 400.000€. Al menos el 50% del presupuesto del proyecto debe estar asociado a las PYMES del consorcio (subcontratación excluida). Ningún país ni socio superará el 70%.
- Beneficiarios: PYMEs, Gran Empresa, Centros de Investigación, Universidades y Hospitales. El coordinador debe ser una PYME innovadora.
- Tipología de proyectos subvencionables:
- Proyectos de innovación a nivel europeo con fuerte orientación a mercado y que suponga un reto comercial. Sin restricción en el área temática y con propósito civil (enfoque bottom up).
- Son proyectos de I+D, cercanos al mercado y de aplicación civil, a realizarse en consorcios de organizaciones independientes de al menos dos países EUROSTARS.
- El coordinador del consorcio y líder debe ser una PYME innovadora
- Al menos el 50% del presupuesto del proyecto debe estar asociado a las PYMES del consorcio (subcontratación excluida). Ningún país ni socio superará el 75%.
- Un proyecto promedio EUROSTARS lo forman 3 o 4 beneficiarios de 2 o 3 países. Los consorcios generalmente se forman entre PYMEs intensivas en I+D, PYMEs, Organismos de Investigación y Universidades. La duración media de los proyectos es de 24-30 meses (máximo 36 meses) con un presupuesto de alrededor de 1’4 millones €.
European Partnership in Horizon Europe
https://www.horizonteeuropa.es/
Las asociaciones europeas reúnen a la Comisión Europea y socios privados y/o públicos para abordar algunos de los desafíos más apremiantes de Europa a través de iniciativas concertadas de investigación e innovación. Son una herramienta clave de implementación de Horizonte Europa y contribuyen significativamente a lograr las prioridades políticas de la UE.
- Las Asociaciones europeas están ligadas temáticamente a los Cluster y todas cuentan con un Plan de Trabajo anual.
- La propuesta de Horizonte Europa establece las condiciones y los principios para establecer asociaciones europeas. Hay 3 tipos:
- Asociaciones europeas coprogramadas: Se trata de asociaciones entre la Comisión y socios en su mayoría privados (ya veces públicos). El 14 de junio de 2021, la Comisión adoptó la Decisión C(2021)4113de la Comisión sobre la aprobación y firma de los memorandos de entendimiento para 11 asociaciones coprogramadas. Con más de 8 000 millones de euros de Horizon Europe , las asociaciones se desarrollarán de 2021 a 2030, lo que les permitirá contribuir a las últimas convocatorias de Horizon Europe y concluir sus actividades finales posteriormente.
La decisión permite a la Comisión trabajar junto con la industria para impulsar las inversiones en investigación e innovación y superar los principales desafíos climáticos y de sostenibilidad, para hacer de Europa la primera economía climáticamente neutra y cumplir el Pacto Verde Europeo .
Las asociaciones también cumplirán las ambiciones digitales de la UE para la próxima década, la Década Digital de Europa , en línea con los objetivos de las transiciones verde y digital ‘gemelas’
- Asociaciones europeas confinanciadas mediante una acción de confinación del programa: Se trata de asociaciones en las que participan países de la UE, con financiadores de la investigación y otras autoridades públicas en el núcleo del consorcio.
- Asociaciones europeas institucionalizadas: Estas son asociaciones en el campo de la investigación y la innovación entre la Unión, los estados miembros de la UE y/o la industria. Las asociaciones institucionalizadas solo se implementarán cuando otras partes del programa Horizonte Europa, incluidos otros tipos de asociación, no logren los objetivos deseados o los impactos esperados.
ICEX – Next. Programa de iniciación y consolidación de la exportación
1er procedimiento de presentación en 2023: Desde el 14 de enero hasta el 15 de febrero de 2023 (en 2022 se iniciaron cuatro procedimientos de presentación en los meses de febrero, mayo, septiembre y diciembre)
- Objetivo: Iniciar y/o consolidar el crecimiento internacional de pequeñas y medianas empresas españolas que cuenten con un proyecto competitivo y/o facilitar la revisión de la estrategia internacional a empresas afectadas por cambios en las condiciones de sus mercados habituales.
- Beneficiarios:
- Empresas españolas con potencial exportador que deseen iniciar, consolidar o reorientar su estrategia internacional y que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser pequeña y mediana empresa.
- Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, estos deberán prestarse en el exterior.
- No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
- Contar con una facturación superior a 200.000 euros, eliminándose este requisito para los startups de base tecnológica de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida de acceso al mercado.
- Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando el especial foco de esta convocatoria en las empresas que consoliden o reorienten su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
- Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.
- No haber participado en programas de Iniciación de ICEX, esto es, los programas PIPE o ICEX Next.
- No tener impagos con ICEX.
- Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
- Dotación: 10.800.000 €.
- Modalidad de la ayuda: Se trata de una subvención a fondo perdido con un límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 24.000 euros correspondiente al 60% de cofinanciación de determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia internacional. Por tanto, la empresa podrá presentar hasta un máximo de 40.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 60% para determinar la subvención de ICEX.
- Tipología de proyectos y gastos subvencionables:
- Bloque 1: Asesoramiento personalizado ICEX Next. La bolsa de horas de asesoramiento personalizado cubre los siguientes aspectos:
- asesoramiento estratégico y operativo dirigido a la elaboración o revisión de un Plan Estratégico de Negocio Internacional tanto off-line como on-line;
- asesoramiento para la elaboración de un Plan operativo digital (Plan de marketing digital, canales digitales, digitalización de procesos clave para la internacionalización, y otras actuaciones insertas en dicho plan);
- asesoramiento para la elaboración de un Plan de Contingencia/Seguimiento en Reino Unido con motivo del Brexit, para las empresas con presencia en el mercado británico;
- asesoramiento en materias más específicas dirigidas a mejorar la competitividad internacional de las empresas participantes en función de sus características particulares;
- Si bien la empresa puede seleccionar el asesoramiento que se ajuste a sus necesidades, de acuerdo con la bolsa de horas de consultoría disponible, es obligatorio la elaboración/revisión de un Plan estratégico de Negocio Internacional con el apoyo de los consultores ICEX Next.
- Bloque 2: Gastos de prospección y promoción internacional, gastos de desarrollo de la red comercial exterior, gastos de contratación de personal del departamento internacional.
- Bloque 1: Asesoramiento personalizado ICEX Next. La bolsa de horas de asesoramiento personalizado cubre los siguientes aspectos:
Tabla de financiación:
DESARROLLO PLAN INTERNACIONAL |
IMPORTE TOTAL DEL GASTO |
FINANCIACIÓN ICEX (50%) |
FINANCIACIÓN EMPRESA (50%) |
ASESORAMIENTO PERSONALIZADO ICEX NEXT |
4.500 € |
2.700 € |
1.800 € |
GASTOS PROMOCIÓN, PROSPECCIÓN, DESARROLLO DE RED COMERCIAL Y PERSONAL |
35.500 € |
21.300 € |
14.200 € |
TOTAL, MÁXIMO |
40.000 € |
24.000 € |
16.000 € |
CDTI – Proyectos de Investigación y Desarrollo
Proyectos empresariales de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado. Pueden ser presentados por una única empresa o por un consorcio de empresas. Categorías de proyectos:
a) Proyectos de I+D Individuales (proyectos nacionales presentados por una única empresa)
- Duración del proyecto: de 12 a 36 meses
- Presupuesto del proyecto: mínimo financiable 175.000 €
- Si los proyectos se desarrollarán con tecnologías duales, aplicables al sector civil y militar, solo se financiarán con fondos CDTI.
b) Proyectos de I+D en Cooperación Nacional (proyectos nacionales presentados por un consorcio de un mínimo de dos y un máximo de seis empresas, al menos dos de ellas autónomas)
- Beneficiarios: Consorcio de un mínimo de dos y un máximo de seis empresas, al menos dos de ellas autónomas. Se valorará la creación de consorcios equilibrados, que cuenten con un tamaño adecuado para garantizar una gestión eficaz.
- Duración del proyecto: Podrá ser de 12 a 48 meses.
- Presupuesto del proyecto: mínimo financiable será del orden de 500.000 €, con un presupuesto mínimo por empresa será de 175.000 €. El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 70% del presupuesto total del proyecto.
- Formalización mediante un acuerdo privado de colaboración.
- Si los proyectos se desarrollarán con tecnologías duales, aplicables al sector civil y militar, solo se financiarán con fondos CDTI.
c) Proyectos CIEN: Grandes proyectos nacionales de investigación industrial orientados a la realización de una investigación planificada en áreas estratégicas de futuro y con potencial proyección internacional.
- Han de ser presentados por un consorcio de un mínimo de tres y un máximo de ocho empresas, de las que al menos dos deberán de ser autónomas y una deberá tener la consideración de PYME.
- El presupuesto dedicado a actividades calificadas como investigación industrial deberá superar el 50% del presupuesto total del proyecto.
- Los proyectos deben contar con una participación relevante de organismos de investigación desde el punto de vista cualitativo y cuantitativo de al menos el 15 % del presupuesto que se apruebe.
- Al menos, uno de los organismos de investigación deberá ser de titularidad pública.
- Presupuesto mínimo total del proyecto solicitado será de 5.000.000 de € y el máximo 20.000.000 de €. El presupuesto mínimo financiable por proyecto será de, al menos 4.500.000 de €.
- El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado: ninguna empresa autónoma del consorcio podrá superar el 70% del presupuesto total del proyecto.
- Duración del proyecto: Podrá ser de 36 a 48 meses.
- Formalización mediante un acuerdo privado de colaboración.
- Si los proyectos se desarrollarán con tecnologías duales, aplicables al sector civil y militar, solo se financiarán con fondos CDTI.
- Acuerdos de subcontratación de organismos de investigación: Junto a la solicitud deberán presentarse los acuerdos de subcontratación de organismos de investigación (universidades, centros tecnológicos, ICTS*, etc.), específicos para el proyecto que deberán estar firmados por ambas partes.
- En el caso de los proyectos CIEN, el CDTI podrá conceder una prórroga de un máximo de 12 meses para el desarrollo del proyecto.
- * En el caso de las ICTS sólo se aceptarán aquellas que estén recogidas en el Mapa vigente de ICTS del Ministerio de Ciencia e Innovación.
d) Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional (presentados por empresas españolas participantes en programas de cooperación tecnológica internacional gestionados por el CDTI):
- Programas multilaterales EUREKA, IBEROEKA y PRIMA.
- Duración del proyecto: podrá ser de 12 a 48 meses.
- Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €. El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 70% del presupuesto total del proyecto.
e) Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea (relacionados con la potenciación de la capacidad tecnológica de las empresas españolas para participar en las siguientes iniciativas y proyectos):
- Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (PIICE). Dirigidos a facilitar la participación de empresas españolas en iniciativas de la UE de gran importancia cuantitativa o cualitativa, en los que participan varios Estados Miembros.
- Proyectos de las (dos) Iniciativas Tecnológicas Conjuntas (JTI): Innovative Medicines Initiative (JTI IMI) y Bio-based Industries (JTI BBI). Estas iniciativas son asociaciones público-privadas centradas en ámbitos esenciales en los que la investigación y la innovación contribuyen a la mejora de la competitividad y a la solución de los retos sociales que afronta la U.E. A través de estos proyectos se incentiva la participación de grandes empresas españolas como tractoras en estas iniciativas, ya que están excluidas de la financiación europea.
- Proyectos derivados de ERANETs. Utilizando las estructuras y líneas definidas en convocatorias europeas ERANETs, el CDTI como entidad financiadora participante en las mismas puede dar continuidad a estas líneas de investigación mediante instrumentos de financiación propios. Por ello los solicitantes españoles que han obtenido una evaluación positiva a nivel europeo pueden solicitar financiación por esta vía.
f) Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica Internacional para la participación en licitaciones internacionales o nacionales, relacionados con la potenciación de la capacidad tecnológica de las empresas españolas para participar en licitaciones de proyectos y programas gestionados por organizaciones internacionales en las que CDTI ostenta la representación española o con quienes CDTI tiene acuerdos de cooperación, así como la capacitación tecnológica para participar en las licitaciones de las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS):
- Grandes Instalaciones Científico-Tecnológicas Internacionales: CERN (European Organization for Nuclear Research), ESO (European Southern Observatory), ESRF (European Synchrotron Radiation Facility), ESS (European Spallation Source), FAIR (Facility for Antiproton and Ion Research), ILL (Instituto Lau-Langevin), ITER (International Thermonuclear Experimental Reactor), XFEL (European X-ray Free Electron Laser). Estos proyectos tienen como objetivo mejorar la capacidad tecnológica del solicitante para, en último extremo, mejorar los retornos de España en estas Grandes Instalaciones.
- Programas internacionales espaciales: ESA (European Space Agency), EUMETSAT (European Meteorological Satellites), Programas de Retornos Tecnológicos de HISPASAT e HISDESAT, y Programas Bilaterales de Espacio con agencias y organismos internacionales. Estos proyectos tienen como objetivo aumentar la capacidad tecnológica del solicitante para mejorar los retornos de España en estos organismos y programas de cooperación bilateral.
- Instalaciones Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) recogidas en el Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) vigentes. Estos proyectos tienen como objetivo mejorar la capacidad tecnológica del solicitante para participar en las licitaciones de estas instalaciones.
g) Proyectos de I+D para el desarrollo de tecnologías duales (relacionados con la capacitación tecnológica de las empresas españolas para licitar en materia de Defensa y Seguridad. Estos proyectos contarán con una evaluación complementaria en el marco de las estrategias europeas y españolas de Defensa y Seguridad)
- Los proyectos relacionados con la participación española en Programas de Cooperación Tecnológica Internacional, los proyectos de Cooperación Tecnológica Europea, los proyectos de Capacitación Tecnológica y los Proyectos de Desarrollo de Tecnologías Duales gestionados por el CDTI -tipología d), e), f) y g)- se someten a un proceso de certificación reglado, cuyo resultado es:
- La obtención de un sello internacional: multilaterales y bilaterales
- la obtención de una acreditación: ERANETS
- el reconocimiento unilateral por el CDTI de su dimensión internacional, de capacitación tecnológica o su carácter estratégico en el ámbito de Seguridad y Defensa.
- La financiación nacional de los participantes españoles en estos proyectos debe ser solicitada por cada uno de ellos individualmente.
h) Proyectos de I+D en convocatorias específicas: proyectos de I+D que se presenten en el marco de una convocatoria específica publicada por CDTI y que tendrán las características establecidas en dicha convocatoria.
i) Proyectos de I+D Orientados (PO): proyectos de I+D de tipo individual, presentadas a nivel nacional por una única empresa. Con esta tipología se pretende apoyar proyectos de gran tamaño y relevantes en ámbitos tecnológicos estratégicos.
- El Consejo de Administración del CDTI decidirá anualmente las áreas prioritarias de aplicación para estos proyectos, en línea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 y el Plan Estatal de I+D+I.
- Durante el año 2021 estos proyectos se orientarán a terapias y vacunas relacionadas con la emergencia sanitaria (Desde su entrada en vigor el 01/07/2021 y hasta su revisión, por parte del Consejo de Administración del CDTI en el año 2022)
- Beneficiarios: sólo podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se encuentren, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria).
- Duración de los proyectos: Los proyectos de I+D tendrán una duración de 12 a 36 meses.
- El presupuesto mínimo financiable: no podrá ser inferior a los 2.000.000 € y el presupuesto máximo financiable será de 30.000.000 €.
Se trata de una Ayuda Parcialmente Reembolsable, hasta un máximo del 85% del presupuesto total con un tramo reembolsable (TR) y un tramo no reembolsable (TNR).
- El TRAMO REEMBOLSABLE DE LA AYUDA, se devolverá, a solicitud de la empresa, en un plazo de 10 o 15 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración del proyecto y del importe de los hitos presupuestarios. El plazo de amortización solicitado no podrá ser objeto de modificación.
Las amortizaciones del préstamo tendrán carácter semestral. El primer reembolso de principal se realizará 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización.
El tipo de interés aplicable es Euribor a un año fijado a la fecha de la aprobación de la ayuda por el Consejo de Administración del CDTI:
- En el caso que el proyecto de I+D se financie exclusivamente con fondos CDTI, el tipo de interés se aplicará al importe total de la ayuda.
- En el caso que el proyecto de I+D se cofinancie con fondos comunitarios, el tipo de interés se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable de la ayuda.
- Independientemente del origen de fondos, en el caso de los Proyectos CIEN, Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Internacional, Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea, Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica Internacional y Proyectos de Desarrollo de Tecnologías Duales (tipologías c, d, e, f y g), el tipo de interés se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable de la ayuda.
- El TRAMO NO REEMBOLSABLE DE LA AYUDA, sujeto a la disponibilidad de fondos, varía en función de las características del proyecto, el tipo de empresa y el origen de fondos utilizados para la financiación y no son acumulables (ver tabla).
El tramo no reembolsable de una ayuda se calcula sobre su cobertura financiera. A efectos de este cálculo, la cobertura máxima será del 75% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración. El incremento de cobertura financiera hasta el 85% del presupuesto total aprobado no genera tramo no reembolsable adicional; es decir, se seguirá calculando sobre el 75% del presupuesto total aprobado.
|
TIPO DE EMPRESA |
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CATEGORÍAS DE PROYECTOS DE I+D |
PYME |
GRAN EMPRESA |
3. Proyectos de I+D de tecnologías duales. |
hasta 30% |
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Proyectos CIEN; Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Internacional; de Cooperación Tecnológica Europea y de Capacitación Tecnológica Internacional. |
hasta 33% |
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Proyectos de I+D no incluidos en las categorías anteriores. |
hasta 25% |
hasta 20% |
En el supuesto de que un proyecto de I+D reúna la doble condición: ser un proyecto CIEN, de Cooperación Tecnológica Internacional, de Cooperación Tecnológica Europea, de Capacitación Tecnológica Internacional o de Desarrollo de Tecnologías Duales; y ser susceptible de recibir cofinanciación con fondos de terceros, se le aplicará el TNR indicado en la tabla (hasta el 33%).
Proyectos de colaboración público – privada
https://www.ciencia.gob.es/Convocatorias/2021/Proyectos-en-colaboracion-publico-privada-2021.html
Objetivo: Avanzar en la incorporación de conocimientos y resultados científico-técnicos que permitan la validación y el desarrollo precompetitivo de nuevas tecnológicas, productos y servicios, creando el contexto adecuado que estimule, de acuerdo con las prioridades establecidas en los Retos, la generación de una masa crítica en I+D+i de carácter interdisciplinar para su aplicación, transferencia, búsqueda de soluciones y generación de resultados tanto en las trayectorias tecnológicas y de innovación de las empresas como en el mercado. Asimismo, con estos proyectos se pretende movilizar inversión privada, generar empleo y mejorar la balanza tecnológica del país, así como reforzar la capacidad de liderazgo internacional del Sistema Español de Ciencia Tecnología e Innovación y de sus agentes, contribuyendo a mejorar la competitividad del tejido empresarial.
- Plazo: 19/01/2021 – 10/02/2022, a las 14:00h. (En el 2023 se prevé que se publique en enero, aproximadamente)
- Beneficiarios: organismos públicos de investigación, universidades públicas, institutos de investigación sanitaria, otros centros públicos de I+D+i, centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, universidades privadas, centros privados de I+D+i, empresas y asociaciones empresariales sectoriales.
- La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto.
- Participación empresarial: deberá ser superior al 51% del presupuesto total presentado. Ninguna entidad correrá por si sola con más del 70%.
- Gastos susceptibles de la ayuda: personal, aparatos y equipos, costes de adquisición de material fungible, auditoría de cuentas, subcontratación y otros costes indirectos.
- Dotación: 375.000.000 €, de los que 150 son subvención y 225, préstamos.
- Presupuesto mínimo: 400.000 €.
- Duración: Los proyectos deben ser plurianuales, con una duración de 2 o 3 años.
- Los préstamos serán de un tipo de interés: para el cálculo del tipo de interés al que se concede el préstamo se utilizará como referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si éste fuera negativo, el interés aplicable será el 0%, con un plazo fijo de carencia de 3 años, devolución de 7 años y amortización de 10 años.
- Intensidad de la ayuda:
- El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15 millones de €.
- Empresas del sector privado y asociaciones empresariales sectoriales: Préstamos de hasta el 95% del coste financiable del proyecto.
- Para las pequeñas empresas: hasta el 60%.
- Para las medianas empresas: hasta el 50%.
- Para las grandes empresas: hasta el 40%.
- Empresas del sector público: Hasta el 40% en subvención.
- Organismos de investigación y Universidades: Subvención. Hasta el 100%, siempre que, cuando dichos organismos realicen actividades económicas y no económicas, dispongan de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.
(PEICTI) Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021 – 2023
https://www.ciencia.gob.es/Estrategias-y-Planes/Planes-y-programas/PEICTI.html
El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) es el principal instrumento de la Administración General del Estado para el desarrollo y consecución de los objetivos de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación (EECTI).
La EECTI 2021-2027, actualmente en vigor, se estructura en dos planes estatales, el PEICTI 2021-2023, que es el que se está ejecutando en este momento, y el PEICTI 2024-2027. Los planes incluyen las ayudas estatales destinadas a la I+D+i que se gestionan desde la AGE. Una parte considerable de estas ayudas se conceden a través de convocatorias en régimen de concurrencia competitiva.
El PEICTI 2021-2023 se ha confeccionado contando con las aportaciones y prioridades de los centros públicos de investigación, las universidades, los centros tecnológicos, las asociaciones empresariales, las plataformas tecnológicas y expertos procedentes de la comunidad científica, técnica y empresarial.
El PEICTI 2021-2023 está integrado por cuatro programas estatales que corresponden a los objetivos generales establecidos en la EECTI 2021-2027. Los programas son:
- Programa estatal para afrontar las prioridades de nuestro entorno.
- Programa estatal para impulsar la investigación científico-técnica y su transferencia.
- Programa estatal para desarrollar, atraer y retener talento.
- Programa estatal para catalizar la innovación y el liderazgo empresarial.
Industria Conectada 4.0 (Activa financiación)
https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/IndustriaConectada/Paginas/Index.aspx
Convocatoria 2022 fue del 25/04/2022 al 17/05/2022
Objetivo: Ayudas para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos que contribuyan a la transformación digital de las empresas industriales y a la mejora de su sostenibilidad ambiental como consecuencia de su digitalización.
- Beneficiarios: Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud y que no formen parte del sector público
- Dotación: 140.000.000 € distribuido de la siguiente forma:
- Préstamo: 100.000.000 €
- Subvención: 40.000.000 €
- Características de los préstamos:
- Importe del préstamo: el que resulte de la aplicación de los porcentajes y límites de intensidad.
- Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será el siguiente:
- en los proyectos englobados en la línea Activa-PYME, cinco años, de los cuales dos serán de carencia;
- en los proyectos englobados en la línea Activa-Grandes Implementaciones, diez años, de los cuales tres serán carencia.
- Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 0%.
- El método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
- Límite subvención: La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable.
- El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo:
- Del 50% del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.
- Del 20% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.
- Del 5% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas
- Prioridades temáticas: Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa, Soluciones para el tratamiento avanzado de datos, Soluciones de inteligencia artificial, Proyectos de simulación industrial, Diseño y fabricación aditiva, Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial, Robótica colaborativa y cognitiva y Sensórica.
- Líneas de actuación:
- Activa-Pymes: Proyectos realizados por pequeñas y medianas empresas, enmarcados en las prioridades temáticas establecidas en alguno de los tipos de proyectos detallados en el apartado de tipo de proyectos.
- Activa-Grandes implementaciones: Proyectos realizados por cualquier tipo de sociedades que puedan ser beneficiaria enmarcadas en proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrollo experimental, proyectos de innovación en materia de organización o proyectos de innovación en materia de procesos.
Programas multilaterales o bilaterales (EUREKA)
EUREKA es una iniciativa intergubernamental de apoyo a la I+D+i cooperativa en el ámbito europeo, que tiene como objeto impulsar la competitividad de las empresas europeas mediante el fomento de la realización de proyectos tecnológicos, orientados al desarrollo de productos, procesos y/o servicios con claro interés comercial en el mercado internacional y basados en tecnologías innovadoras. Está dirigido a cualquier empresa o centro de investigación español capaz de realizar un proyecto de I+D+i de carácter aplicado en colaboración con, al menos, una empresa y/o centro de investigación de otro país de la red Eureka.
Cada país asume la financiación de sus entidades participantes. Eureka avala los proyectos aprobados mediante un “sello de calidad” que, además de ser un elemento promocional y de reconocimiento del nivel tecnológico de la compañía promotora, la hace acreedora de una financiación pública, que en el caso de España es especialmente favorable.
En EUREKA no existen líneas tecnológicas predeterminadas. Todas las tecnologías tienen cabida, siempre que tengan un carácter innovador. El contenido de los proyectos es promovido por los participantes, de acuerdo con las necesidades particulares de cada consorcio. No obstante, Eureka puede fomentar el desarrollo de proyectos en áreas tecnológicas consideradas de importancia estratégica.
Prácticamente la totalidad de los países europeos son miembros del Programa. Como países miembros están presentes en Eureka: Albania, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Mónaco, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, Rusia, San Marino, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania. Además, la Unión Europea también es un miembro de pleno derecho. Adicionalmente, existe la figura de los países asociados (países fuera del ámbito geográfico cubierto por Eureka, pero con los que se han identificado vías de colaboración), que a día de hoy tienen Argentina, Canadá, Chile, Corea del Sur, Singapur y Sudáfrica. Para estos países es posible hacer proyectos Eureka que cuenten únicamente con un socio de pleno derecho de Eureka.
El CDTI desempeña labores de promoción general de Eureka y de coordinación, evaluación y seguimiento (NPC) de las propuestas y los proyectos en los que participan entidades españolas. Esta labor se realiza desde 1985 por delegación del Ministerio. Actualmente, el CDTI también se encarga de la representación de alto nivel (HLR) por delegación ministerial y su presidente participa en la Conferencia Ministerial Eureka.
Línea ICO – Empresas y Emprendedores 2022 (seguirá abierta esta línea para 2022)
https://www.ico.es/web/ico/ico-empresas-y-emprendedores
- El Instituto de Crédito Oficial es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital
- Clientes: Autónomos, emprendedores y todo tipo de empresas, tanto españolas como extranjeras que deseen llevar a cabo actividades empresariales y/ o inversiones , cubrir necesidades de liquidez o gastos dentro del territorio nacional. Proyectos de digitalización y, en particular, los destinados a fomentar soluciones de teletrabajo recogidos en el programa Acelera Pyme.
- Particulares y comunidades de propietarios que deseen rehabilitar su vivienda o edificio.
- Importe máximo: hasta 12,5 millones de € por cliente y año, en una o varias operaciones.
- Conceptos financiables:
- La financiación podrá destinarse a desarrollar los proyectos de inversión y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades de liquidez tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
- Necesidades tecnológicas
- Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
- Vehículos turismos e industriales
- Adecuación y reforma de instalaciones
- Adquisición de empresas.
- Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.
- Tipo de interés: fijo o variable. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.
- Comisiones la entidad de crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación. Además, podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se aplicará una comisión máxima del 0,50%, en función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización.
- Garantías: La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, salvo aval de la SGR o SAECA.
- Vigencia: se podrán formalizar préstamos de esta Línea durante todo el año 2022.
Líneas para Pymes en inversiones productivas y en implantaciones comerciales COFIDES – Instrumentos financieros
https://www.cofides.es/financiacion/internacionalizacion/instrumentos
Los instrumentos financieros de COFIDES se adaptan a las necesidades de cada proyecto, tanto en condiciones financieras como en plazo y garantías a aportar. COFIDES puede financiar los siguientes proyectos:
- Con estructura de Project Finance
- Cash flow de la operación internacional o activos del propio proyecto como garantía principal
- Garantía corporativa del promotor
COFIDES ofrece los siguientes instrumentos financieros:
- Participaciones en capital: Las participaciones de capital directas o indirectas en la empresa que se crea en el exterior son siempre minoritarias, transitorias y con pacto de recompra con el inversor español. COFIDES no participa en la gestión diaria del proyecto, que corresponde a sus promotores. Existen las siguientes modalidades:
- Capital interés.
- Capital acotado.
- Capital a precio abierto.
- Préstamos: Con posibilidad de otorgar el préstamo a la empresa del proyecto en el exterior o al inversor español. Los plazos estarán relacionados con el período de retorno previsto para el proyecto, normalmente entre 3 y 10 años y períodos de carencia amplios en los primeros años de vida del proyecto.
- Préstamo senior: Ordinarios o de coiversión
- Préstamos subordinados: Ordinarios o de coinversión
Líneas de financiación ENISA
Líneas de financiación ENISA
Programa |
Línea |
Características |
Creación (menos de 24 meses desde la constitución hasta la solicitud) |
Jóvenes Emprendedores |
· Los beneficiarios son PYMEs y startups de reciente constitución creadas por jóvenes para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial. Para Jóvenes emprendedores menores de 40 años con proyectos de emprendimiento innovador. · Préstamo de hasta 75.000 € |
Emprendedores |
· Los beneficiarios deben de ser emprendedores que quieran crear empresas con una clara ventaja competitiva. · Dirigida a dotar de los recursos financieros necesarios a las a pymes (y startups) de reciente constitución creadas por emprendedores, sin límite de edad, para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial. · Préstamo de hasta 300.000 € |
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Crecimiento |
Competitividad |
· Los beneficiarios son para emprendedores que estén contemplando para sus pymes mejoras competitivas; un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización; · Dirigida a apoyar los proyectos empresariales de compañías interesadas en expandir su negocio o lograr una mejora competitiva. El objetivo es financiar proyectos empresariales, basados en un modelo de negocio viable y rentable, que estén buscando una mejora competitiva o un cambio de modelo de su sistema productivo, o que quieran ampliar su capacidad productiva adquiriendo nueva tecnología, aumentando su gama de productos/servicios o diversificando mercados. · Importe máximo de préstamo 1.500.000 € |
|
Emprendedores Digitales
|
· Los beneficiarios podrán ser pequeñas y medianas empresas emergentes o en crecimiento en las que una o varias mujeres ostenten una posición relevante de liderazgo o de poder dentro de sociedad: en el accionariado, en el órgano de administración o formando parte del equipo directivo. · El objetivo es apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito. · Importe máximo de préstamo 1.500.000 € |
|
AgroInnpulso |
· Los beneficiarios podrán obtener los préstamos participativos las pequeñas y medianas empresas agroalimentarias de toda la cadena de valor · El objetivo es apoyar proyectos empresariales de base tecnológica, a través de la financiación, con el objetivo de estimular e impulsar la transformación digital de las pequeñas y medianas empresas del sector agroalimentario. · Importe máximo del préstamo 1.500.000 € |
Beneficiarios
Dirigida a emprendedores, pymes y startups con forma societaria en el ámbito territorial español, de cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y financiero, que tengan una situación económico-financiera equilibrada.
Enisa no ofrece ayudas ni subvenciones. Únicamente ofrece financiación en forma de préstamos (mayoritariamente préstamos participativos). Se trata de instrumento de deuda.
Modalidad de Ayuda:
Préstamo participativo de entre 25.000€ y 1.500.000€ (dependiendo de la línea ENISA) que cubra la necesidad financiera de la empresa con las siguientes condiciones:
- Tipo de interés (fijo + variable):
- Fijo: EURIBOR + 3,75% (excepto jóvenes emprendedores que el diferencial es del 3,25%).
- Variable: resultado del ejercicio antes de impuestos / fondos propios medios, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación y hasta un 8% (excepto jóvenes emprendedores y emprendedores que el límite máximo es del 6%)
- Comisión de apertura: del 0,5%.
- Comisión de amortización anticipada: equivalente al importe que la cantidad amortizada anticipadamente hubiera devengado en concepto de segundo tramo de intereses, si se hubiese producido en los términos previstos inicialmente.
Conceptos Susceptibles de la Ayuda
Se financia la adquisición de activos fijos y del circulante necesario para la actividad.
Cobro de las ayudas
En la resolución (4-5 meses después de la presentación). El plazo medio de respuesta y tramitación de un proyecto es de 60 días.
Plazo de Presentación: Abierta todo el año.
COFIDES – Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (FONPYME)
El FONPYME permite realizar participaciones temporales y minoritarias directas en el capital social de empresas españolas para su internacionalización o de empresas situadas en el exterior. Mediante el FONPYME se pueden llevar a cabo participaciones en los fondos propios de las empresas mencionadas anteriormente y a través de cualquier instrumento participativo.
También pueden tomarse participaciones temporales y minoritarias directas en vehículos o fondos de capital expansión con apoyo oficial ya existentes o que se establezcan o fondos de inversión privados que fomenten la internacionalización de empresas o de la economía española.
- Objetivo: Proyectos de pymes en el exterior en los que exista algún tipo de interés español.
- Tipos de apoyo financiero que ofrece:
- Participaciones en capital.
- Instrumentos próximos al cuasi-capital.
- Límite de la financiación: 5 millones de €.
- Importe mínimo: 75.000 € por operación.
- Cofinanciación: En los países en los que COFIDES puede operar, las operaciones son cofinanciadas por COFIDES.
- Dotación: 70.000.000 € acumulados en el fondo (Año 2021)
- Acceso: Las solicitudes deben plantearse a COFIDES como gestora del Fondo.
COFIDES – Fondo para inversiones en el exterior (FIEX)
El FIEX permite realizar participaciones temporales y minoritarias directas en el capital social de empresas españolas para su internacionalización o de empresas situadas en el exterior. Mediante el FIEX se pueden llevar a cabo participaciones en los fondos propios de las empresas mencionadas anteriormente y a través de cualquier instrumento participativo.
También pueden tomarse participaciones temporales y minoritarias directas en vehículos o fondos de capital expansión con apoyo oficial ya existentes o que se establezcan o fondos de inversión privados que fomenten la internacionalización de la empresa o de la economía española.
- Objetivo: Proyectos viables de carácter privado en el exterior en los que exista algún tipo de interés español.
- Tipos de apoyo financiero que ofrece:
- Participaciones en capital.
- Instrumentos próximos al cuasi-capital.
- Límite de la financiación: 30 millones de €.
- Importe mínimo: 250.000 € por operación.
- Dotación: 928.000.000 € acumulados en el fondo (Año 2021)
- Acceso: Las solicitudes deben plantearse a COFIDES como gestora del Fondo.
AVALMADRID
Avalmadrid S.G.R. es una entidad financiera constituida por y para las pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid, con un doble objetivo: por un lado, facilitar el acceso a una financiación preferente tanto en coste como en plazo y, por otro, otorgar avales y fianzas frente a las Administraciones Públicas y ante terceros, en condiciones mucho más ventajosas que las que puede ofrecer la banca tradicional.
CDTI – COMPRA PÚBLICA INNOVADORA
https://www.cdti.es/index.asp?MP=100&MS=882&MN=2
La Compra Pública de Innovación (CPI) es una herramienta para fomentar la innovación desde el sector público, concretamente a través de la adquisición de soluciones innovadoras o de soluciones en fase de desarrollo.
El CDTI creó, en noviembre de 2018, la Oficina de Compra Pública Innovadora (OCPI) cuyo objetivo es, esencialmente, impulsar la CPI en la modalidad de Compra Pública Precomercial (CPP). Esta iniciativa se cofinanciará con fondos europeos.
A través de este instrumento, el CDTI adquirirá servicios de I+D que puedan resultar en prototipos de primeros productos o servicios, en forma de series de prueba, tecnológicamente innovadores y que satisfagan necesidades públicas. El prototipo que, en su caso, se desarrolle, será cedido a la Administración Pública española que esté interesada en el mismo y pueda proporcionar el entorno real necesario para validar la tecnología propuesta. El prototipo deberá utilizarse exclusivamente para validar tecnología, sin fines comerciales posteriores.
El CDTI desarrolla una constante prospectiva de las necesidades tecnológicas que pudiera tener la Administración Pública española:
- A través de la oferta: LLAMADA DE EXPRESIONES DE INTERÉS (abierta durante mayo 2019)
- A través de la demanda: BUZÓN REPOSITORIO DE IDEAS (abierto desde febrero 2022)
Una vez se confirma que una necesidad encaja en el esquema planteado y existen fondos disponibles para financiar la misma:
- Se firma un Convenio de Colaboración entre el CDTI y la Administración Pública que tiene la mencionada necesidad.
- Es práctica habitual llevar a cabo una Consulta Preliminar del mercado, a través de la cual se conocerá el estado del arte de la tecnología que se pretende adquirir y las diferentes soluciones ofertadas por los operadores económicos interesados.
- Y en caso positivo, se redactan los pliegos de la licitación que se pretenden publicar.
Por otro lado, el CDTI dispone del programa Innodemanda por el que se puede financiar el desarrollo tecnológico que le es requerido a las empresas en licitaciones de entidades públicas españolas que se adhieran al mismo.
Por último, la OCPI coordina la delegación española que participa como ‘Centro de Competencia nacional en CPI’ en el proyecto PROCURE2INNOVATE, en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación durante el periodo 2018-jun 2022. El objetivo del proyecto Procure2Innovate, en el que participan 10 países miembros de la Unión Europea, es coordinar e implantar estrategias en CPI y realizar intercambio de buenas prácticas.
CDTI- INNODEMANDA
https://www.cdti.es/index.asp?MP=4&MS=0&MN=1&textobuscado=innodemanda&tipo=1&TR=A&IDR=38&tipoO=Contenido&id=1549&xtmc=innodemanda&xtcr=2
¿Qué es INNODEMANDA?
El programa INNODEMANDA es un instrumento de financiación de apoyo a la oferta tecnológica que concurra a procesos de compra pública de innovación. Se podrá financiar a las empresas el coste de la innovación tecnológica requerida en una licitación pública, de tal manera que la entidad contratante dispondrá de ofertas más competitivas y se facilitará una mayor presencia de productos y servicios innovadores en la Administración.
Este instrumento es financiado y gestionado por el CDTI que proporcionará, tanto a entidades públicas contratantes como a posibles suministradores, la orientación y apoyo necesarios para la identificación de potenciales compras públicas de innovación, así como para la aplicación de INNODEMANDA.
¿Cómo funciona INNODEMANDA?
El funcionamiento del programa INNODEMANDA se basa en una sincronización de los tiempos planificados para una determinada licitación pública con los tiempos de solicitud, evaluación y resolución en el CDTI del proyecto de I+D que se necesita desarrollar para ofertar en tal licitación.
Para ello, la entidad contratante y el CDTI deben formalizar el denominado Protocolo de Adhesión, en el que se especificarán entre otros los hitos más significativos previstos en la licitación, así como los plazos de actuación, condiciones y normativa aplicable para la financiación de las actividades de I+D por el CDTI.
Posteriormente, en el anuncio de la licitación el órgano de contratación deberá indicar que las actividades de I+D asociadas a la contratación podrán ser financiadas por una entidad financiadora, como puede ser el CDTI.
La presentación de la solicitud de ayuda al CDTI por parte de las empresas deberá realizarse tras la publicación del anuncio de licitación. El CDTI evaluará la propuesta a través de un procedimiento acelerado habilitado al efecto y acordará, en su caso, la concesión de la ayuda correspondiente, de conformidad con sus procedimientos y normas internas. La decisión de CDTI se comunicará a las empresas antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas a la licitación.
A continuación, los licitadores presentarán sus ofertas ante el órgano de contratación, pudiendo hacerla más competitiva en caso de contar con la ayuda que CDTI pueda haberle concedido. Con independencia del resultado de la adjudicación, los licitadores podrán hacer uso de la financiación de las actividades de I+D en los términos aprobados por el CDTI.
Proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y de los videojuegos
- Objetivo: El desarrollo de nuevas tecnologías de aplicación a los ámbitos de la producción audiovisual y del sector de los videojuegos, y la transferencia y adaptación de estos desarrollos a otros sectores de aplicación.
- Ámbito: Pymes siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.
- Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta el 70% de los gastos subvencionables
- Importe: 30.000.000 €
- Plazo de solicitud: Desde el 28/05/2022 hasta el 12/07/2022 a las 12:00h
- Tipo de proyectos:
- Proyectos de desarrollo de nuevas tecnologías de aplicación al ámbito audiovisual y de los videojuegos, incluidas aquellas necesarias para la consecución de prototipos de efectos especiales y de animación, nuevos equipos (lentes, cámaras, sensores para captura de movimiento, etc.); la automatización de procesos de producción o desarrollo de tecnologías de inteligencia artificial para los procesos de producción audiovisual y la creación de videojuegos.
- Proyectos de desarrollo de tecnologías innovadoras propias del ámbito de los videojuegos o audiovisual para su aplicación en otros entornos como puedan ser el cultural, sanitario o educativo, entre otros.
No serán susceptibles de financiación los proyectos de generación de contenidos audiovisuales y aquellos proyectos que sean meramente integradores de tecnologías de terceros, sin desarrollo de capacidades o tecnologías propias.
- Tipo de gastos subvencionables:
Se admitirán los siguientes costes directos de ejecución:
-
- Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa.
- Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
- Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
- Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
- El gasto derivado del informe hasta 1.500 euros por beneficiario y anualidad, realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuando se requiera su aportación en la fase de justificación.
- En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, según establece el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los gastos de promoción y difusión del proyecto, y los gastos de manutención. Los gastos de locomoción y viajes no serán financiables.
Ayudas a Pymes industriales para proyectos de Industria 4.0
https://www.comunidad.madrid/inversion/industria/ayudas-pymes-industria-40
Objetivo: Puesta en marcha por parte de las empresas de proyectos de Industria 4.0, que consiste en la introducción de las tecnologías digitales en la industria (computación en la nube, internet de las cosas, inteligencia de datos, sistemas ciber-físicos, sensórica, etc…).
Beneficiarios:
- Pymes del sector industrial que dispongan de un centro de trabajo en Madrid y que desarrollen una actividad industrial productiva.
- Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad del territorio de la Comunidad de Madrid, pero las realizadas en los municipios integrantes en el corredor del henares y Sur Metropolitano les será de aplicación una intensidad de ayudas superior.
Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta 300.000 € para pequeñas empresas
Importe: 6.000.000 €
Plazo de solicitud: Abierta hasta agotar fondos (Agotados fondos con fecha de 07/12/2022 en la web)
Tipo de proyectos:
- Las actuaciones subvencionables serán las siguientes:
- Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a:
- open/linked/big data
- data analytics
- Internet del futuro.
- Plataformas colaborativas.
- Implementación de soluciones innovadoras de comunicaciones y tratamiento de datos:
- Conectividad
- Movilidad
- Computación en la nube
- Implementación de soluciones innovadora en los procesos de fabricación utilizando tecnologías como
- Realidad aumentada
- Robótica colaborativa
- Fabricación aditiva
- Sensores y sistemas embebidos
- Control de procesos
- Implementación de aplicaciones y soluciones tic en la cadena de valor de la empresa industrial.
- Ciberseguridad y confianza digital.
- Redes sociales como vehículos de potencial desarrollo empresarial.
- Implementación de soluciones innovadoras de negocio utilizando tecnologías ligadas a:
Tipo de gastos subvencionables:
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones materiales, consistentes en instalaciones, maquinaria y equipos. Se excluye la adquisición de terrenos y los gastos en edificios.
- Adquisición, renovación o extensión de inversiones inmateriales, es decir, activos que no tienen una materialización física o financiera, como las patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad.
- Costes de los servicios de consultoría prestados por consultores externos. Estos servicios no consistirán en actividades permanentes o periódicas ni estarán relacionados con los gastos de explotación normales de la empresa, como son los servicios rutinarios de asesoría fiscal, los servicios jurídicos periódicos o los de publicidad.
ACTIVA INDUSTRIA 4.0
Programa de asesoramiento especializado y personalizado para la implantación de proyectos de Industria 4.0 y herramienta on-line de evaluación del grado de madurez digital de empresas con.actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de CNAE
RIS 3 – Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo
Convocatoria 2021 – 12/01/2021 – 01/02/2021
- Beneficiarios:
- Se entiende por entidades de enlace de la innovación tecnológica las que correspondan a estructuras o grupos organizados, constituidos por partes independientes (como empresas innovadoras de nueva creación y pequeñas, medianas y grandes empresas, así como organizaciones de difusión de investigación y conocimientos, organizaciones sin ánimo de lucro y otros agentes económicos relacionados) cuyo objetivo es estimular la actividad innovadora mediante el fomento del uso compartido de instalaciones y el intercambio de conocimientos teóricos y prácticos, así como mediante la contribución efectiva a la transferencia de conocimientos, la creación de redes, la difusión de información y la colaboración entre las empresas y otras organizaciones de la agrupación.
- Asociaciones, Confederaciones, Corporaciones de derecho público, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Agrupaciones, de empresas, así como de otras entidades.
- Se subvencionarán los siguientes tipos de proyectos dinamizadores de innovación y transferencia tecnológica en las áreas de desarrollo tecnológico-empresarial de RIS3:
- Potenciar la colaboración entre los participantes en el ecosistema innovador, así como la colaboración público-privada, preferentemente entre agentes del subsistema científico-técnico y el tejido empresarial, dirigida a la innovación, transferencia tecnológica y/o uso de la innovación en el tejido industrial.
- Impulsar la aplicación y valorización en las empresas de los resultados de las actividades de I+D+I y del conocimiento tecnológico innovador, tanto para resultados generados en el sector empresarial como en centros de investigación u otros.
- Promover la innovación y transferencia tecnológica al tejido empresarial, así como estimular el uso de la innovación, en especial, para desarrollar nuevos productos, procesos y servicios.
- Fomentar el emprendimiento tecnológico y la creación, consolidación y desarrollo de empresas de base tecnológica.
- Incrementar la participación de las empresas tanto por sí mismas como en grupos y/o conjuntamente con centros de I+D+i en los programas internacionales.
- Facilitar la Internacionalización de la innovación tecnológica y resultados de I+D+i empresariales.
- Apoyo a redes y estructuras que mejoren la cooperación, coordinación y diálogo entre los agentes del ecosistema innovador madrileño, especialmente impulsando la participación conjunta de agentes del subsistema científico- técnico y el entorno empresarial, así como miembros del sector público y privado, tanto en proyectos o grupos de I+D+i nacionales o internacionales como en infraestructuras o proyectos científicos o tecnológicos.
- Apoyo para proporcionar a las empresas servicios especializados, orientación y asesoramiento financiero, técnico, empresarial, tecnológico, mentorización, business angels, etc. para facilitar la innovación y transferencia tecnológica, así como la aplicación de la innovación tecnológica en el tejido empresarial.
- Apoyo para favorecer y poner en contacto a socios tecnológicos, inversores y emprendedores, pymes y con carácter general, los diferentes agentes del ecosistema innovador.
- Facilitar a las empresas la obtención de servicios avanzados y especializados de consultoría y asesoramiento experto para dinamizar la innovación y transferencia tecnológica, así como el contacto con los proveedores.
- Apoyo para la gestión y explotación del conocimiento y de los resultados de la I+D+i, empresarial, especialmente en colaboración con el subsistema científico-tecnológico.
- Estimular la creación de catálogos de oferta de conocimiento e innovación tecnológica y facilitar el acceso del tejido empresarial a dichos catálogos y, con carácter general, a los recursos innovadores de oferta tecnológica disponible.
- Fomento y participación de los agentes del ecosistema innovador y tecnológico de la Comunidad de Madrid en Foros de Transferencia de Conocimiento y Tecnología a nivel regional, nacional e internacional.
- Impulsar el desarrollo de herramientas tecnológicas, redes colaborativas y estructuras de participación de agentes públicos y privados de vigilancia, innovación, difusión y gestión estratégica del conocimiento, como por ejemplo, plataformas tecnológicas.
- Apoyo para desarrollar nuevos modelos, estructuras y plataformas de negocio e internacionalización que favorezcan la aproximación e integración de emprendedores, tecnólogos, inventores, capital riesgo y demás agentes del ecosistema innovador.
- Apoyo para la realización de estudios de viabilidad técnica y económica, así como estudios de mercado y análisis comercial o marketing en general para nuevos productos, procesos o servicios.
- Impulsar la Innovación en materia de organización, métodos organizativos, prácticas comerciales, organización del centro trabajo o relaciones exteriores de la empresa, siempre que supongan novaciones o nuevas incorporaciones distintas de meros replanteos o adaptaciones de lo ya existente.
- Proporcionar actividades de soporte de la I+D+i industrial, incluido el manejo de equipos, instalaciones y demás infraestructuras de I+D+i.
- Impulsar la gestión de la I+D+i en las empresas, incluyendo las actividades de transferencia y valorización del conocimiento, y el asesoramiento para participar en proyectos o programas internacionales.
- Apoyo para facilitar al tejido empresarial la obtención de derechos de propiedad industrial e intelectual, su identificación, concepción, gestión y comercialización, obtención de licencias y demás derechos por parte de las empresas, tanto por sí mismas como en colaboración con el resto de los distintos agentes del ecosistema innovador y entidades participantes en el flujo de transferencia de tecnología.
- Actuaciones de difusión de resultados de I+D+i tecnológica y visibilidad de la innovación tecnológica en el sector empresarial madrileño, por medio de conferencias, publicaciones, mesas redondas, eventos tecnológicos, ferias y demás eventos similares, bases de datos de libre acceso o programas informáticos gratuitos o de fuente abierta.
- Impulsar la firma de acuerdos, convenios o contratos entre los distintos agentes del ecosistema innovador en materia de innovación y transferencia tecnológica al sector productivo, así como aplicación de la innovación tecnológica para el impulso y desarrollo de nuevos productos, procesos y servicios en el tejido empresarial.
- Las ayudas son subvenciones otorgadas mediante proceso de concurrencia competitiva.
- Intensidad de la ayuda corresponderá al 50% del total de los costes subvencionables. La cuantía de la ayuda será como máximo de 450.000 € por proyecto para la suma de todas las anualidades.
- Gastos subvencionables: gastos de personal, costes de equipamiento y material inventariable, gastos derivados de la creación y mantenimiento de catálogos de oferta tecnológica, viajes y dietas, gastos correspondientes a las actividades de difusión y visibilizarían del ecosistema innovador y de transferencia tecnológica al mundo empresarial, otros gastos correspondientes a servicios externos, gastos derivados del asesoramiento y apoyo a la innovación, gastos derivados del informe realizado por el auditor y costes indirectos.
RIS3 – Ayudas para el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por Núcleos de Innovación Abierta (“HUBS” de Innovación)
Prórroga de la vigencia del Programa de ayudas hasta el 31 de diciembre de 2023. El 19/10/2022 se han publicado unas bases reguladoras para la concesión de ayudas para contribuir a la mejora de la cooperación público privada en materia de I+D+I mediante proyectos de efecto tractor en consorcio.
Convocatoria del 14/01/2021 al 03/02/2021
Ayudas destinadas a agrupaciones para fomentar la cooperación estable público-privada en investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) en áreas de importancia estratégica para la economía madrileña mediante el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por Núcleos de Innovación Abierta en la Comunidad de Madrid (“HUBS” de Innovación), en el marco de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una Especialización Inteligente (RIS3)
- Beneficiarios: agrupaciones que estarán constituidas como mínimo por:
- Una empresa tractora, que tendrá que ser gran empresa.
- 3 empresas consideradas PYME, de las que al menos una deberá cumplir con los requisitos de empresa joven e innovadora (startup).
- 1 organismo de investigación y difusión de conocimientos o 1 Universidad, en caso de ser sólo uno, deberá ser público, en caso de que participen dos o más organismos de investigación o universidades, al menos uno de ellos será público.
- Al menos el 30% del presupuesto subvencionable tiene que estar dirigido a Organismos de investigación y difusión de conocimientos, bien como subcontratistas, bien participando en el proyecto como colaboración efectiva, o como la suma de ambas modalidades. Ninguno de los participantes podrá superar el 70% del presupuesto subvencionable del proyecto.
- Serán subvencionables los proyectos que sean de aplicación en los campos encuadrados, en alguna de las siguientes áreas temáticas:
- Nuevas tecnologías y materiales avanzados para la fabricación del futuro (incluida en el Área Nanotecnología, Materiales Avanzados, Tecnologías Industriales y del Espacio de la RIS3).
- Nuevas tecnologías para la energía, la ciudad, la movilidad y la logística del futuro (incluida en el Área Energía, Medio Ambiente y Transporte, incluida Aeronáutica; y en el Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la RIS3).
- Nuevas tecnologías para la salud del futuro (incluida en el Área Salud, Biotecnología, Agua y Agroalimentación, y en el Área Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la RIS3).
- Los proyectos tendrán que realizarse en alguna de las localizaciones siguientes:
- Alcorcón.
- Fuenlabrada.
- Getafe.
- Humanes de Madrid.
- Leganés.
- Móstoles.
- Parla.
- Madrid, Distrito de Villaverde.
No obstante, lo anterior, las empresas participantes podrán tener su ubicación en cualquier punto de la Comunidad de Madrid.
- Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto anual medio de entre 2 y 8 millones de € y la duración de los mismos podrá ir de 24 a 36 meses.
- Las ayudas consistirán en subvenciones directas sobre los gastos subvencionables, con un límite máximo total de ayuda de 1.250.000 €/año a un proyecto. La cuantía de la ayuda que corresponderá a cada entidad participante en el proyecto podrá oscilar entre un 25% y un 50% de los gastos subvencionables, en función del tipo de proyecto y del tamaño de la empresa.
- Conceptos subvencionables: gastos de personal, costes de instrumental y material, costes de investigación contractual, gastos de viajes directamente relacionados con el proyecto, coste de generación y mantenimiento de patentes, gastos de consultoría, asesoría y formación, costes de gestión del líder del proyecto y de las personas participantes, costes de auditorías y costes indirectos.
Resto de programas del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023
El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021 -2023 contempla las siguientes ayudas recogidas en el este link:
https://www.aei.gob.es/plan-estatal-investigacion-cientifica-tecnica-innovacion-2021-2023