Actualización de Instrumentos financieros públicos para startups. Junio de 2024

Listado de instrumentos financieros para nuevas empresas tecnológicas españolas y en particular de la Comunidad de Madrid, publicado por

Además de todas las ayudas que se muestran en este listado, en los últimos seis meses se ha dado continuidad a las convocatorias financiadas con fondos de recuperación europeos en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia: Next generation EU, a través de dos instrumentos: el Mecanismo para la Recuperación y la Resiliencia, y REACT-EU. Entre sus acciones para impulsar el emprendimiento innovador se encuentra el desarrollo de la Estrategia España Nación Emprendedora, con el fin de potenciar la creación y el crecimiento de las empresas, el Fondo FOND-ICO Next Tech para impulsar la inversión privada en proyectos digitales innovadores de alto impacto: startups con inversiones inferiores a 1 M€ y scaleups con ticket mínimo superior a 3M€. y Activa Startups, que se describe en detalle más abajo.

El Gobierno de España ha publicado un calendario de Calendario de próximas convocatorias previstas del Plan de Recuperación (enero- junio 2024)

Las startups también pueden beneficiarse indirectamente de otras convocatorias del Plan de Recuperación y de los PERTE, proyectos estratégicos que exigen la colaboración entre administraciones, empresas y centros de investigación en  sectores como la movilidad, salud, energías renovables, agroalimentación, lengua, economía circular, industria naval, aeroespacial, digitalización del ciclo del agua, microelectrónica y semiconductores y economía social.

INDICE:

1º SUBVENCIONES

1.1 Proyectos de I+D+i – Ayudas nacionales

  • Neotec  y Neotec mujeres emprendedoras (CDTI)
  • Ayudas para contratos para la formación de investigadores en empresas (Doctorados industriales)
  • Programa Torres Quevedo
  • Activa Startups
  • Solicitud de patentes y modelos de utilidad OEPM

1.2 Proyectos de I+D+i – Ayudas regionales

  • Líneas de ayuda de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid

1.3 Proyectos de I+D+i – Ayudas europeas

  • EUROPEAN INNOVATION COUNCIL (EIC)
  • EUROSTARS
  • European Partnership in Horizon Europe

1.4 Proyectos de Internacionalización

  • ICEX – Next

2º PRÉSTAMOS O CRÉDITOS BLANDOS

2.1 Préstamos o créditos blandos – Proyectos de I+D+i – Ayudas nacionales

  • CDTI – Proyectos de investigación y desarrollo
  • Proyectos de colaboración público-privada
  • Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI)
  • Industria conectada 4.0
  • Programas multilaterales o bilaterales (EUREKA)

2.2 Otros

  • Líneas ICO – Empresas y Emprendedores
  • Líneas para Pymes en inversiones productivas y en implantaciones comerciales COFIDES – Instrumentos financieros

3º PRÉSTAMOS PARTICIPATIVOS

3.1 Programas con participación en capital / préstamos participativo – Proyectos de I+D+i

  • Líneas de financiación ENISA

3.2 Internacionalización

  • COFIDES – Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (FONPYME)
  • COFIDES – Fondo para inversiones en el exterior (FIEX)

4º OTRAS AYUDAS O INSTRUMENTOS FINANCIEROS

4.1 Otras ayudas para PYMES, no específicas de startups (Avales, Compra pública…)

  • AVALMADRID
  • CDTI – Compra Pública Innovadora
  • CDTI – INNODEMANDA
  • Proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y de los videojuegos (CDTI)
  • Ayudas Digitalización PYMEs industriales madrileñas – Comunidad de Madrid
  • Ayudas a Pymes Industriales para Proyectos de Industria 4.0
  • Activa Industria 4.0

4.2 Otras ayudas:

  • RIS 3 – Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo
  • RIS3 – Ayudas para el apoyo a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por Núcleos de Innovación Abierta (“HUBS” de Innovación)
  • Ayudas a Startups y PYMEs de alta intensidad innovadora

5º OTRAS FUENTES DE FINANCIACIÓN PÚBLICA INTERNACIONALES

5.1 Oportunidades de financiación pública internacional

Fecha de actualización: 30 de mayo de 2024

 

 

 

   NEOTEC y Neotec mujeres emprendedoras (CDTI)   

Ayudas Neotec 2024 | CDTI

Ayudas para la creación y consolidación de nuevas empresas de base tecnológica (EBT) en España. En 2024 el plazo de presentación fue desde el 10/04/2024 hasta el 10/05/2024, a las 12:00h.

El objetivo es la puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales, que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. Asimismo, se prima la incorporación de personas con grado de doctor a la empresa para reforzar sus capacidades de absorción y generación de conocimiento

  • Beneficiarios: pequeñas empresas innovadoras.
  • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido, de concurrencia competitiva.
  • Dotación: 20.000.000 €. Se reservará un importe mínimo de 5.000.000 euros para empresas lideradas por mujeres.
  • Intensidad: Subvención hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de 250.000 € por beneficiario.
  • Intensidad cuando incluya la contratación de al menos un doctor: Hasta el 85% del presupuesto, con un importe máx. de 325.000 € por beneficiario.
  • Características del proyecto:
    • Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
    • Proyectos con actuaciones plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse el 1 de enero de 2025, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2025, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2026, si el proyecto tiene una duración de dos años.
    • Posibilidad de acceder a un curso en el «Enterprise Innovation Institute» de la Universidad de Georgia (Atlanta, EEUU) para reforzar la capacitación de la empresa. La cuantía de la ayuda se podrá incrementar hasta 10.000 euros en las actuaciones que soliciten esta formación.
  • Gastos subvencionables: Se financiarán, como costes directos, todos los gastos destinados a la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo de este.
    • Inversiones en equipos
    • Gastos de personal
    • Materiales
    • Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora.
    • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 €.

 

NEOTEC Mujeres Emprendedoras (CDTI)

https://www.cdti.es/ayudas/programa-neotec-mujeres-emprendedoras-2022

Las ayudas financiarán la puesta en marcha de nuevos proyectos empresahttps://www.cdti.es/ayudas/programa-neotec-mujeres-emprendedoras-2022riales de empresas innovadoras liderados por mujeres que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología. En 2022 el plazo de presentación fue desde el 17/02/2022 hasta el 19/04/2022.

  • Beneficiarios: pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres.
  • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido, de concurrencia competitiva.
  • Dotación: La convocatoria 2024 reserva 5 millones de euros para la línea Neotec Mujeres, cuyos proyectos pueden acceder a la prima por contratación de doctores
  • Intensidad: Subvención hasta el 70% del presupuesto de la actuación, con un importe máximo de 250.000 € por beneficiario.
  • Intensidad cuando incluya la contratación de al menos un doctor: Hasta el 85% del presupuesto, con un importe máx. de 325.000 € por beneficiario.
  • Características del proyecto:
    • Presupuesto mínimo financiable: 175.000 euros.
    • Proyectos de 1 o 2 años de duración. Deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de un año de duración, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.
  • Gastos subvencionables: Se consideran gastos subvencionables, siempre que estén incluidos en el plan de empresa y sean necesarios para el desarrollo del mismo, los gastos derivados de la puesta en marcha de un nuevo proyecto empresarial de empresas innovadoras durante 2021 y 2022. Se podrán financiar los siguientes gastos:
    • Inversiones en equipos
    • Gastos de personal
    • Materiales
    • Colaboraciones externas / asesoría. En estos gastos se podrá incluir el coste derivado del informe de evaluación del experto o la certificación del auditor externo, acreditativos del carácter de empresa innovadora
    • Otros costes: alquileres, suministros, cánones y licencias, gastos de solicitud y mantenimiento de patentes y otros derechos de propiedad industrial, seguros y gastos derivados del informe de auditor. Estos últimos tendrán un límite máximo de 2.000 € por beneficiario y anualidad.

   Ayudas para contratos para la formación de investigadores en empresas (Doctorados industriales)    

Ayudas para contratos para la formación de doctores y doctoras en empresas y otras entidades (Doctorados Industriales) 2024 | Agencia Estatal de Investigación (aei.gob.es)

Ayudas para doctorados industriales | Comunidad de Madrid

En el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2021-2023, las ayudas, de una duración de cuatro años, tienen como finalidad promover la realización de proyectos de investigación industrial o de desarrollo experimental, en el que se enmarque una tesis doctoral, a fin de favorecer la inserción laboral de personal investigador en las empresas desde los inicios de sus carreras profesionales, contribuir a la empleabilidad de estos investigadores e investigadoras y promover la incorporación de talento en el tejido productivo para elevar la competitividad del mismo.

El proyecto de investigación industrial o de desarrollo experimental se puede ejecutar en su totalidad en la empresa o en colaboración entre la empresa y otra entidad, pública o privada.

El plazo de presentación fue desde el 23/04/2024 hasta el 04/06/2024 a las 14:00. En la Convocatoria publicada por la Comunidad de Madrid el plazo fue desde el 08/06/2023 hasta el 28/06/2023.

  • Beneficiarios: Empresas, entre las que se incluyen las empresas «spin-off» y las Jóvenes Empresas Innovadoras y las entidades privadas sin ánimo de lucro y administraciones públicas que en sus estatutos o en la normativa que los regule o en su objeto social no tengan la I+D+i entre sus fines ni como actividad a desarrollar.
  • Dotación: 8.000.000 €
  • Intensidad:
    • El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda será de 30.000 euros, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior.
    • La retribución salarial mínima durante este periodo, que se deberá indicar en cada contrato, será de 22.500 euros brutos anuales.
    • Hasta el 70% para pequeñas empresas que desarrollen proyectos de investigación industrial.
    • En el caso de administraciones públicas y de entidades privadas sin ánimo de lucro en el caso que se financien exclusivamente actividades no económicas se asignará una intensidad de ayuda del 100%, como porcentaje del coste de la actividad incentivada.
    • Se otorgará una única ayuda de 5.500 euros por cada persona contratada, para la financiación de una o varias estancias, que realicen dichas personas, en entidades de I+D diferentes a las que estén adscritos.
    • En relación con la ayuda para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado, se autorizará una ayuda de 1.500 € por cada investigador contratado, para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado en una universidad española, pública o privada.
    • Se otorgará una ayuda en función del presupuesto solicitado para otros gastos de ejecución y la intensidad de ayuda, con un máximo de 40.000 euros por proyecto.
    • De la cuantía total máxima, se reserva una cuantía máxima de 335.000 euros para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Gastos subvencionables: Las ayudas comprenderán los siguientes conceptos: la ayuda para la financiación de los contratos, la ayuda para la realización de estancias en entidades de I+D, otros gastos de ejecución del proyecto y la ayudas para financiar los gastos de matrícula en las enseñanzas de doctorado. Las ayudas tendrán una duración máxima de cuatro años. En relación con la ayuda para la financiación del contrato, el presupuesto financiable de la actividad incentivada con las ayudas (coste de contratación) se compone de la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial a la Seguridad Social.

   Programa Torres Quevedo   

Ayudas para contratos Torres Quevedo (PTQ) 2023 | Agencia Estatal de Investigación (aei.gob.es)

 

Ayudas de una duración de tres años a empresas, centros tecnológicos de ámbito estatal, centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, asociaciones empresariales y parques científicos y tecnológicos para que desarrollen proyectos de investigación industrial, de desarrollo experimental o estudios de viabilidad previos para los que sea necesaria la contratación laboral de personas con el grado de doctor, a fin de favorecer la carrera profesional del personal investigador, así como estimular la demanda en el sector privado de personal suficientemente preparado para acometer planes y proyectos de I+D, y ayudar a la consolidación de empresas tecnológicas de reciente creación. El plazo de presentación fue desde 23/01/2024 al 13/02/2024 a las 14:00 horas.

  • Beneficiarios:
    • Las empresas, entre las que se incluyen las empresas “spin-off” y las JEIs.
    • Los centros tecnológicos.
    • Los centros de apoyo a la innovación tecnológica.
    • Las asociaciones empresariales.
    • Los parques científicos y tecnológicos.
  • Dotación: 20.100.000 €
  • Intensidad: La cuantía de las ayudas se determinará en función del coste de contratación (la suma de la retribución bruta más la cuota empresarial de la Seguridad Social).
  • Las cuantías de las ayudas que se concedan para la segunda y tercera anualidad de contrato serán idénticas a la cuantía de la ayuda concedida para la primera, siempre que se mantengan las condiciones que han determinado dicha cantidad.
  • En ningún caso la ayuda para la segunda y tercera anualidad podrá ser superior a la de la primera anualidad.
  • El coste de contratación máximo financiable anual por ayuda por este concepto no podrá ser superior a 55.000 €, sin perjuicio de que la retribución bruta que figure en el contrato pueda resultar en un gasto de contratación superior.
  • Por otro lado, solo serán financiables aquellos costes de contratación que resulten de retribuciones brutas anuales iguales o superiores a 28.000 €.
  • De la cuantía total máxima indicada en el apartado 1, se reserva una cuantía máxima de 400.000 euros para la contratación de personas con una discapacidad igual o superior al 33%.
  • Gastos subvencionables:
    • Los gastos para cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores contratados durante cada una de las anualidades, consideradas independientemente.

 

   Activa Startups (Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, EOI)   

https://www.eoi.es/es/empresas/programas-activa

En el marco de la Estrategia Nacional Industria Conectada 4.0, el programa Activa Startups, financiado con fondos de Recuperación, apoya la colaboración entre startups y empresas consolidadas con potencial de innovación. Tiene como finalidad el impulso de la innovación y el crecimiento de empresas de nueva generación, a través del desarrollo de entornos colaborativos e impulsando su digitalización. Cada convocatoria de “Activa Startups” regula el ámbito geográfico de aplicación.

  • Plazo de solicitud: En función de las convocatorias regionales. En la Comunidad de Madrid la convocatoria tuvo lugar en junio de 2023
  • Beneficiarios: esta iniciativa se articula a través de distintos tipos de convocatorias:
    • Convocatorias a PYMEs
    • Convocatorias a Startups
    • Convocatoria a Consorcios PYME-Startup
  • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido, de concurrencia competitiva.
  • Dotación: 44.000.000 €.
  • Intensidad: Subvención de hasta 40.000 € por empresa.
  • Caracteristicas de los proyectos: Los proyectos pueden tener como objetivo la resolución de retos tecnológicos, asesoramiento en materia de innovación, la adquisición de nuevos conocimientos o la demostración, adaptación y personalización de diversas tecnologías. Los retos deben ser planteados por las PYMEs y las startups trabajarán en la resolución de los mismos.

Gastos subvencionables: ver bases de la convocatoria

   Solicitud de patentes y modelos de utilidad   

 

Convocadas las subvenciones de la OEPM de 2024 para el – Portal OEPM

 

  • Plazo de presentación: En 2024 fue desde el 19/04/2024 hasta el 20/05/2024
  • Objetivos: fomentar e internacionalizar las invenciones de origen español a través de las solicitudes de patentes y modelos de utilidad, financiando un porcentaje determinado de las distintas tasas que haya pagado el solicitante.
    • Dotación: 6.173.350 €.
    • El programa para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior consiste en subvencionar actividades que supongan unos costes por el pago de tasas para la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras.
    • El programa para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles está destinado a subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles por parte de las PYME y las personas físicas.
  • Beneficiarios:
    • Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el Exterior: personas físicas, PYME, grandes empresas e instituciones privadas sin ánimo de lucro, con residencia y domicilio fiscal en España que cumplan el resto de requisitos establecidos en la convocatoria.
    • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles: persona con residencia y domicilio fiscal en España que reúna alguno de los siguientes requisitos:
      • Que sea una persona física.
      • Que sea considerado PYME.
  • Modalidad de la ayuda: subvención a fondo perdido con una intensidad máxima de:
  • Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad en el exterior: No podrá superar la cuantía de 5.842.620 euros en esta convocatoria. Se asignarán unas cuantías de referencia en función del país o grupo de países en que haya tenido lugar la actividad subvencionable y que se indican en el anexo I de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 80% de los importes señalados; en caso de que el solicitante sea considerado PYME o persona física, la subvención no podrá superar el 90% de dichos importes.
  • Programa para el Fomento de las Solicitudes de Patentes y Modelos de Utilidad Españoles: No podrá superar la cuantía de 330.730 euros en esta convocatoria. A las actividades señaladas se les asignarán unas cuantías de referencia que se indican en el anexo II de la convocatoria. La subvención no podrá superar el 90% de los importes señalados.

Proyectos subvencionables:

    • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad en el exterior:
      • Dirigido a estimular la protección internacional de la tecnología a través de las patentes o de los modelos de utilidad. El objetivo es mejorar la competitividad de las empresas que emprenden la búsqueda de mercados fuera de España, especialmente de las pequeñas y medianas empresas (PYME) y de las personas físicas.
      • Para ello, con objeto de ayudar a superar las principales barreras que el solicitante puede encontrar en la consecución de una patente europea, internacional o una patente nacional en oficinas nacionales extranjeras, dichas ayudas se concentran en subvencionar las actividades que presuponen unos costes por pago de tasa en los respectivos países en función de unas cuantías de referencia que se establecen en la presente convocatoria para cada tipo de actividad realizada en un país o grupo de países.
    • Programa de ayudas para el fomento de solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles para la PYME y personas físicas: Dirigido a estimular la protección nacional de la tecnología a través de patentes o modelos de utilidad con el fin de mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas y de las personas físicas, dichas ayudas se concentran en subvencionar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad españoles que conllevan el pago de una tasa.

 

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   Líneas de ayuda de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid   

www.madrid.org

Programa “Cheque Innovación”: Ayudas cofinanciadas por el fondo europeo de desarrollo regional para incentivar el uso de servicios de I+D e innovación por las pequeñas y medianas empresas 

https://tramita.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/cheque-innovacion-pymes

Características de la convocatoria:

  • Plazo de presentación: Aplicativo abierto, porque esta ayuda tiene plazo indefinido pero los fondos de 2023 están agotados.
  • Beneficiarios: pequeñas y medianas empresas válidamente constituidas como tales en el momento de presentación de la solicitud de ayuda.
  • Dotación: 1.000.000 €
  • Plazo máximo de ejecución de los proyectos: 12 meses.
  • Intensidad: El importe que se conceda como subvención, oscilará entre los 12.000 € y los 60.000 €.
  • Tipo de ayuda: Subvención directa, que se concederá el orden cronológico de entrada de las solicitudes.
  • Gastos subvencionables: Para ser subvencionables los gastos e inversiones de los proyectos deberán estar exclusivamente orientadas a las prioridades identificadas en la RIS3 de la Comunidad de Madrid.

Ayudas destinadas a financiar la contratación, por las pequeñas y medianas empresas, de servicios de apoyo a la I+D y a la innovación, incluidos los servicios relativos a la gestión de la innovación y a su implantación en el mercado, con las universidades, los organismos de investigación y difusión del conocimiento, los centros públicos de investigación, los consorcios y redes de grupos de investigación activos financiados por otros programas de ayudas de la Comunidad de Madrid, los institutos IMDEA, los centros de innovación públicos y privados, los centros tecnológicos, los parques científicos, así como con empresas proveedoras especializadas en la prestación de servicios especializados de I+D e innovación.

 

Ayudas a startups y PYMEs de Alta Intensidad Innovadora

Ayudas para el desarrollo de jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica (Startups) y pymes de alta intensidad innovadora, en el marco de la Estrategia de Especialización Inteligente y Sostenible (S3), dentro del programa operativo FEDER de la Comunidad de Madrid para el periodo 2021-2027.

Nos encontramos con dos convocatorias para 2023: Ayudas para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (start-up) (líneas 1 y 2) y Ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras (línea 3).

  1. Ayudas para el desarrollo de nuevas empresas innovadoras de base tecnológica (Startups)

 https://www.comunidad.madrid/inversion/innova/convocatorias-ayudas-innovacion

  • Plazo de presentación:
    • En 2023 el plazo de presentación tuvo lugar entre el 7 de febrero y el 27 de febrero para los beneficiarios de las líneas 1 y 2 dirigidas a:
      • Nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad, que podrán ser beneficiarias de las ayudas de la Línea 1.
      • Jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad, que podrán ser beneficiaras de las ayudas de la Línea 2.
    • Subvenciones para Financiar el inicio de actividad y consolidación de nuevas y jóvenes empresas innovadoras de base tecnológica, y el crecimiento de pymes innovadoras, en actividades empresariales innovadoras que requieran el uso de tecnologías y/o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora o del conocimiento generado por los organismos de investigación domiciliados en la Comunidad de Madrid y/o en el mercado, y en las que la estrategia de negocio se base en el desarrollo y el uso intensivo de tecnología.
    • Dotación: 2.400.000€
    • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido.
    • Intensidad:
      • Para el fomento de actividad de nuevas pymes innovadoras de base tecnológica de hasta 1 año de antigüedad: 80.000 euros.
      • Para la consolidación de jóvenes pymes innovadoras de base tecnológica con más de 1 año y hasta 5 años de antigüedad: 150.000 euros.

 

  1. Ayudas para el desarrollo de pymes innovadoras.

 Ayudas a pymes innovadoras | Comunidad de Madrid

  • Plazo de presentación:
    • En 2023 el plazo de presentación fue desde el 14/11/2023 y el 04/12/2023 para los beneficiarios de la línea 3 dirigida a:
  • Dotación: 12.000.000 €
  • Subvenciones para fomentar el crecimiento de pymes innovadoras de más de 5 años de antigüedad en la Comunidad de Madrid.
  • Beneficiarios: Pymes innovadoras, de más de 5 años de antigüedad
  • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido.
  • Intensidad: La intensidad de la ayuda será calculada en base a un porcentaje sobre los gastos subvencionables con un límite de 250.000 euros.

 

Ambas convocatorias comparten los siguientes gastos subvencionables:

      • Gastos de personal: investigadores, tecnólogos, desarrolladores de negocio y demás personal técnico o auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.
      • Costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto de investigación y/o desarrollo.
      • Costes de investigación contractual de investigación y desarrollo, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por acuerdos de licencias de fuentes externas a precios de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia y sin elemento alguno de colusión, así como los costes de consultoría para la adquisición, protección y comercio de derechos de propiedad industrial y/o intelectual.
      • Gastos de asesoramiento y apoyo a la innovación y al desarrollo de negocio.
      • Otros servicios externos: asistencia técnica, consultoría o equivalente en materia jurídica, económica y financiera, gestión empresarial, marketing, difusión y comercialización.
      • Informes, certificaciones y auditorías realizadas por auditores o expertos, incluidas las que sean requeridos por las bases reguladoras o la presente convocatoria.
      • Otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto, en este concepto se podrán incluir:
        • Gastos de viajes y dietas directamente relacionados con el proyecto. Deberá quedar plenamente justificada la relación del viaje con los fines del proyecto y su realización dentro de su plazo de ejecución. Únicamente se admitirán este tipo de gastos referidos a trabajadores imputados en el apartado de costes de personal, y siempre que aparezcan nominativamente identificados. Se admitirá un máximo imputable del 10 por 100 de los costes de personal presentados.
        • Costes de auditorías económico-financieras e industriales y de seguimiento del proyecto.
        • Cuotas abonadas por servicios prestados por viveros, incubadoras, parques científicos, y otras entidades de alojamiento de start-up.
      • Costes indirectos que se calcularán aplicando un porcentaje fijo que no podrá ser superior al 15 % del importe de los costes directos del personal que resulten subvencionables, sin necesidad de aportar justificantes de gastos.

 

 

Sello de excelencia – Ayudas a proyectos con sello de excelencia dentro del Programa Accelerator del Consejo Europeo de Innovación

Sello de Excelencia EIC Accelerator | Comunidad de Madrid

  • Beneficiarios: Empresas que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid en el que se vaya a desarrollar el proyecto objeto de subvención y hayan presentado a partir del 7 de enero de 2020 una solicitud individual al programa EIC Accelerator, incluida su fase piloto.
  • Dotación: Se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el lunes 6 de noviembre 2023, una modificación de la dotación inicialmente propuesta, quedando así dicho importe en 11.500.000 euros.
  • La tramitación de este procedimiento se realizará exclusivamente por medios electrónicos. Para ello, necesitas disponer de uno de los sistemas de firma electrónica reconocidos por la Comunidad de Madrid.

 

   European Innovation Council (EIC)   

(Pendiente de publicación de todo el programa de trabajo de 2024 a mediados de diciembre de 2023, para actualizar fechas)

https://eic.ec.europa.eu/eic-2024-work-programme_en

  • EIC PATHFINDER

El objetivo general del EIC Pathfinder para la investigación avanzada es desarrollar la base científica para respaldar las tecnologías innovadoras. Proporciona apoyo para las primeras etapas de la investigación y el desarrollo científico, tecnológico o de tecnología profunda. Los proyectos de Pathfinder tienen como objetivo aprovechar las nuevas direcciones de vanguardia en ciencia y tecnología para interrumpir un campo y un mercado o crear nuevas oportunidades mediante la realización de soluciones tecnológicas innovadoras.

Beneficiarios: Consorcios de al menos tres entidades jurídicas independientes diferentes establecidos en al menos tres países elegibles diferentes. Además, solo solicitantes individuales o pequeños consorcios (dos socios) para EIC Pathfinder Challenges

Lo hace a través de:

  • EIC PATHFINDER OPEN – (Pendiente de publicación de todo el programa de trabajo de 2024 a mediados de diciembre para actualizar fechas)
  • Plazo: 7/03/2024
  • Objetivo: EIC Pathfinder Open apoya el desarrollo en etapa temprana de tales tecnologías futuras (por ejemplo, varias actividades en niveles de preparación tecnológica bajos 1-4), basadas en investigación innovadora de ciencia hacia tecnología de alto riesgo / alta ganancia (incluida la «tecnología profunda»). Esta investigación debe proporcionar las bases de la tecnología que está imaginando.
  • Dotación: 136 millones
  • EIC PATHFINDER CHALLENGES
  • Plazo: 16/10/2024
  • Objetivo: El objetivo es aprovechar las nuevas direcciones de vanguardia en ciencia y tecnología para interrumpir un campo y un mercado o crear nuevas oportunidades mediante la realización de soluciones tecnológicas innovadoras basadas en investigación y desarrollo de alto riesgo / alta ganancia:
  • EIC Pathfinder Challenge: ”Solar-to-X” devices
  • EIC Pathfinder Challenge: Towards cement and concrete as a carbon sink
  • EIC Pathfinder Challenge: Nature inspired alternatives for food packaging and films
  • EIC Pathfinder Challenge: Nanoelectronics for energy-efficient smart edge devices
  • EIC Pathfinder Challenge: Protecting EU space infrastructure
  • Dotación: 120 millones

 

  • EIC TRANSITION

El EIC Transition financia actividades de innovación que van más allá de la prueba de principio experimental en laboratorio. Apoya tanto la maduración como la validación de su nueva tecnología en el laboratorio y en los entornos de aplicaciones relevantes (mediante el uso de prototipos, formulación, modelos, pruebas de usuario u otras pruebas de validación), así como el desarrollo de un caso de negocio y un modelo de negocio hacia la comercialización futura de la innovación.

Beneficiarios: Solicitantes únicos (PYME, spin-offs, empresas emergentes, organismos de investigación, universidades) o pequeños consorcios (dos socios) o consorcios de tres a cinco entidades jurídicas independientes diferentes establecidas en al menos tres países elegibles diferentes.

 Lo hace a través de:

  • EIC TRANSITION OPEN
  • Plazo 18/09/2024
  • Objetivo:Este topic no tiene prioridades temáticas predefinidas y está abierto a propuestas en cualquier campo de la ciencia, la tecnología o la aplicación.
  • Dotación 94 millones 
  • EIC ACCELERATOR 

EIC Accelerator apoya a las empresas (principalmente empresas emergentes y pymes) para ampliar las innovaciones de alto impacto con el potencial de crear nuevos mercados o alterar los existentes. Se centra en innovaciones basadas en descubrimientos científicos y en las que se necesita una financiación significativa durante un período prolongado antes de que se puedan generar beneficios.

Beneficiarios: Start-ups individuales y PYME (incluidas las spin-outs), particulares (con la intención de lanzar una start-up/PYME) y, en casos excepcionales, pequeñas empresas de mediana capitalización.

Lo hace a través de:

  • EIC ACCELERATOR OPEN
    • Plazo: 13/03/2024 y 03/10/2024
    • Dotación 375 millones
  • EIC ACCELERATOS CHALLENGES
    • Plazo: 13/03/2024 y 03/10/2024
    • Objetivo:
      • EIC Accelerator Challenge: Human Centric Generative AI  
      • EIC Accelerator Challenge: Virtual worlds and augmented interaction, including support to Industry 5.0
      • EIC Accelerator Challenge: Enabling the smart edge & quantum technology components
      • EIC Accelerator Challenge: Food from precision fermentation and algae
      • EIC Accelerator Challenge: Monoclonal antibody-based therapeutics for emerging viruses
      • EIC Accelerator Challenge: Renewable energy sources and their whole value chain
    • Dotación 300 millones

 

   Eurostars   

Convocatoria abierta desde el 12 julio de 2024 hasta el 12 de septiembre de 2024 a las 14:00 CET 

https://eurekanetwork.org/opencalls/eurostars-funding-programme-2024-call-7/

Eurostars es un instrumento de financiación que apoya a las PYME innovadoras y también a otras organizaciones en el proyecto (grandes empresas, universidades, organizaciones de investigación, hospitales, etc.) mediante la financiación de proyectos colaborativos internacionales de I+D e innovación. Al participar, las organizaciones pueden acceder a financiación pública para proyectos colaborativos internacionales de I+D en todos los campos.

  • Intensidad: La ayuda máxima será de hasta 400.000€ y cubre el 60% (pequeña empresa) o el 50% (mediana empresa) de los costes totales en el proyecto.
  • Entidades elegibles: PYMEs, Gran Empresa, Centros de Investigación, Universidades y Hospitales. El coordinador debe ser una PYME innovadora.
  • Tipología de proyectos subvencionables:
    • Proyectos de innovación a nivel europeo con fuerte orientación a mercado y que suponga un reto comercial. Sin restricción en el área temática y con propósito civil (enfoque bottom up).
    • Son proyectos de I+D, cercanos al mercado y de aplicación civil, a realizarse en consorcios de organizaciones independientes de al menos dos países EUROSTARS.
  • El coordinador del consorcio y líder debe ser una PYME innovadora.
  • Al menos el 50% del presupuesto del proyecto debe estar asociado a las PYMES del consorcio (subcontratación excluida). Ningún país ni socio superará el 70%.
  • Un proyecto promedio EUROSTARS lo forman 2 a 4 beneficiarios de 2 o 3 países. Los consorcios generalmente se forman entre PYMEs intensivas en I+D, PYMEs, Organismos de Investigación y Universidades. La duración media de los proyectos es de 24-30 meses (máximo 36 meses) con un presupuesto de alrededor de 1’4 millones €.

   European Partnership in Horizon Europe   

https://www.horizonteeuropa.es/

Las asociaciones europeas reúnen a la Comisión Europea y socios privados y/o públicos para abordar algunos de los desafíos más apremiantes de Europa a través de iniciativas concertadas de investigación e innovación. Son una herramienta clave de implementación de Horizonte Europa y contribuyen significativamente a lograr las prioridades políticas de la UE.

  • Las Asociaciones europeas están ligadas temáticamente a los Cluster y todas cuentan con un Plan de Trabajo anual.
  • La propuesta de Horizonte Europa establece las condiciones y los principios para establecer asociaciones europeas. Hay 3 tipos:
  • Asociaciones europeas coprogramadas: Se trata de asociaciones entre la Comisión y socios en su mayoría privados (ya veces públicos). El 14 de junio de 2021, la Comisión adoptó la Decisión C(2021)4113de la Comisión sobre la aprobación y firma de los memorandos de entendimiento para 11 asociaciones coprogramadas. Con más de 8 000 millones de euros de Horizon Europe , las asociaciones se desarrollarán de 2021 a 2030, lo que les permitirá contribuir a las últimas convocatorias de Horizon Europe y concluir sus actividades finales posteriormente.

La decisión permite a la Comisión trabajar junto con la industria para impulsar las inversiones en investigación e innovación y superar los principales desafíos climáticos y de sostenibilidad, para hacer de Europa la primera economía climáticamente neutra y cumplir el Pacto Verde Europeo .

Las asociaciones también cumplirán las ambiciones digitales de la UE para la próxima década, la Década Digital de Europa , en línea con los objetivos de las transiciones verde y digital ‘gemelas’

  • Asociaciones europeas confinanciadas mediante una acción de confinación del programa: Se trata de asociaciones en las que participan países de la UE, con financiadores de la investigación y otras autoridades públicas en el núcleo del consorcio.
  • Asociaciones europeas institucionalizadas: Estas son asociaciones en el campo de la investigación y la innovación entre la Unión, los estados miembros de la UE y/o la industria. Las asociaciones institucionalizadas solo se implementarán cuando otras partes del programa Horizonte Europa, incluidos otros tipos de asociación, no logren los objetivos deseados o los impactos esperados.

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   ICEX – Next. Programa de iniciación y consolidación de la exportación   

www.icex.es

ICEX Next – Apoyo a la estrategia de internacionalización de pymes

Convocatoria 2023: Se ha publicado su extracto en el BOE el 6 de marzo de 2023.

  • Objetivo: Iniciar y/o consolidar el crecimiento internacional de pequeñas y medianas empresas españolas que cuenten con un proyecto competitivo y/o facilitar la revisión de la estrategia internacional a empresas afectadas por cambios en las condiciones de sus mercados habituales.
  • Beneficiarios:
    • Empresas españolas con potencial exportador que deseen iniciar, consolidar o reorientar su estrategia internacional y que reúnan los siguientes requisitos:
    • Ser pequeña y mediana empresa.
    • Tener producto o servicio propio que pueda ser comercializable internacionalmente y contar con marca propia. En caso de empresas de servicios, estos deberán prestarse en el exterior.
    • No ser filial comercial o productiva de empresa extranjera.
    • Contar con una facturación superior a 300.000 euros, eliminándose este requisito para los startups de base tecnológica de reciente creación que ya cuenten con producto o servicio comercializado, dadas las especiales características de su crecimiento en cuanto a la rapidez exigida de acceso al mercado.
    • Las empresas podrán acceder al programa independientemente del porcentaje que suponga la cifra de ventas internacionales sobre la facturación total, dando el especial foco de esta convocatoria en las empresas que consoliden o reorienten su posición exterior y en la voluntad de incluir a aquellas empresas que por las características de su modelo de negocio deben ser globales desde su inicio.
    • Contar con medios personales y materiales mínimos para abordar su crecimiento internacional, en particular contar con una persona responsable del proyecto internacional y una web propia.
    • No haber participado en programas de Iniciación de ICEX, esto es, los programas PIPE o ICEX Next.
    • No tener impagos con ICEX.
    • Cumplir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  • Dotación: 7.200.000 €.
  • Modalidad de la ayuda: Se trata de una subvención a fondo perdido con un límite máximo de la subvención por beneficiario para esta convocatoria es de 24.000 euros correspondiente al 60% de cofinanciación de determinados gastos que se deriven del diseño e implementación de la estrategia internacional. Por tanto, la empresa podrá presentar hasta un máximo de 40.000 euros de gasto realizado al que se aplicará el 60% para determinar la subvención de ICEX.
  • Tipología de proyectos y gastos subvencionables:
    • Bloque 1: Asesoramiento personalizado ICEX Next. La bolsa de horas de asesoramiento personalizado cubre los siguientes aspectos:
      • asesoramiento estratégico y operativo dirigido a la elaboración o revisión de un Plan Estratégico de Negocio Internacional tanto off-line como on-line;
      • asesoramiento para la elaboración de un Plan operativo digital (Plan de marketing digital, canales digitales, digitalización de procesos clave para la internacionalización, y otras actuaciones insertas en dicho plan);
      • asesoramiento para la elaboración de un Plan de Contingencia/Seguimiento en Reino Unido con motivo del Brexit, para las empresas con presencia en el mercado británico;
      • asesoramiento en materias más específicas dirigidas a mejorar la competitividad internacional de las empresas participantes en función de sus características particulares;
      • Si bien la empresa puede seleccionar el asesoramiento que se ajuste a sus necesidades, de acuerdo con la bolsa de horas de consultoría disponible, es obligatorio la elaboración/revisión de un Plan estratégico de Negocio Internacional con el apoyo de los consultores ICEX Next.
    • Bloque 2: Gastos de prospección y promoción internacional, gastos de desarrollo de la red comercial exterior, gastos de contratación de personal del departamento internacional.
  • Plazos de presentación (este año solo hay 3 procedimientos, no 4 como años anteriores):

    • Procedimiento 1: Del 11 al 31 de mayo de 2023
    • Procedimiento 2: Del 1 al 20 de septiembre de 2023
    • Procedimiento 3: Del 28 de noviembre al 20 de diciembre de 2023

 

Tabla de financiación:

DESARROLLO PLAN INTERNACIONAL

IMPORTE TOTAL DEL GASTO

FINANCIACIÓN ICEX

(60%)

FINANCIACIÓN EMPRESA

(40%)

ASESORAMIENTO PERSONALIZADO ICEX NEXT

2.700 €

1.620 €

1.080 €

GASTOS PROMOCIÓN, PROSPECCIÓN, DESARROLLO DE RED COMERCIAL Y PERSONAL

37.300 €

22.380 €

14.920 €

TOTAL, MÁXIMO

40.000 €

24.000 €

16.000 

 

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   CDTI – Proyectos de Investigación y Desarrollo   

https://www.cdti.es/ayudas/proyectos-de-i-d

Proyectos empresariales de carácter aplicado para la creación y mejora significativa de un proceso productivo, producto o servicio. Los proyectos deben demostrar un aspecto tecnológico diferencial sobre las tecnologías existentes en el mercado. Pueden ser presentados por una única empresa o por un consorcio de empresas. Categorías de proyectos:

a) Proyectos de I+D Individuales (proyectos nacionales presentados por una única empresa)

  • Duración del proyecto: de 12 a 36 meses
  • Presupuesto del proyecto: mínimo financiable 175.000 €
  • Proyectos individuales de I+D (tipología a) realizados por grandes empresas, en principio, sólo se financiarán con fondos CDTI, a excepción de los proyectos con desarrollo en la CCAA de Canarias, que podrán ser cofinanciados en virtud de la condición de región ultraperiférica. Las midcaps de pequeño tamaño (empresas de hasta 499 empleados), con independencia de la CCAA de desarrollo, sí serán susceptibles de recibir cofinanciación FEDER.
  • Si los proyectos se desarrollan con tecnologías duales, aplicables al sector civil y militar, solo se financiarán con fondos CDTI.

b) Proyectos de I+D en Cooperación Nacional (proyectos nacionales presentados por un consorcio de un mínimo de dos y un máximo de seis empresas, una de ellas deberá ser pyme y, al menos, dos de ellas autónomas entre sí.)

  • Cada consorcio identificará a la empresa que ejercerá de “coordinadora de proyecto”. La empresa “coordinadora de proyecto” podrá ser una PYME o una gran empresa. La “coordinadora de proyecto” será la interlocutora del CDTI desde la solicitud de la ayuda hasta la aprobación, en su caso, por el Consejo de Administración del Centro; todo ello, sin perjuicio de que el CDTI pueda ponerse en contacto directo con cualquiera de las empresas que conformen el consorcio para solicitar aclaraciones relativas al proyecto.
  • Duración del proyecto: Podrá ser de 12 a 48 meses.
  • Presupuesto del proyecto: El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 70% del presupuesto total del proyecto.
  • Formalización mediante un acuerdo privado de colaboración.
  • Si los proyectos se desarrollan con tecnologías duales, aplicables al sector civil y militar, solo se financiarán con fondos CDTI.

c) Proyectos de Cooperación Tecnológica Internacional (presentados por empresas españolas participantes en programas de cooperación tecnológica internacional gestionados por el CDTI):

  • Programas multilaterales EUREKA, IBEROEKA y PRIMA.
  • Programas bilaterales establecidos por CDTI con Instituciones y Agencias de Financiación de otros países en virtud de acuerdos bilaterales.
  • Programa de proyectos internacionales con certificación y seguimiento unilateral por CDTI.
  • Duración del proyecto: podrá ser de 12 a 36 meses.
  • Sello internacional: la obtención del sello internacional puede ser anterior o posterior a la aprobación del proyecto por el Consejo de Administración del CDTI. No obstante, si no se obtiene el sello internacional en un plazo improrrogable de 6 meses desde la aprobación del proyecto, la concesión de la ayuda se entenderá revocada.
  • Presupuesto del proyecto: El presupuesto mínimo financiable es de 175.000 €. El reparto de la participación de cada empresa (o grupo de empresas vinculadas o asociadas) deberá ser equilibrado, no superando en ningún caso la participación de una única empresa el 70% del presupuesto total del proyecto.
  • El plazo para la formalización del préstamo será de tres meses, prorrogable otro mes por causas justificadas.

d) Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea (relacionados con la potenciación de la capacidad tecnológica de las empresas españolas para participar en las siguientes iniciativas y proyectos):

  • Proyectos Importantes de Interés Común Europeo (PIICE). Dirigidos a facilitar la participación de empresas españolas en iniciativas de la UE de gran importancia cuantitativa o cualitativa, en los que participan varios Estados Miembros.
  • Proyectos del Partenariado Institucional IHI (Innovative Health Initiative). A través de estos proyectos se incentiva la participación de grandes empresas españolas como tractoras en IHI, ofreciendo financiación para sus desarrollos en proyectos aprobados de la iniciativa, siempre y cuando las compañías no vayan a recibir financiación para esa actividad.
  • Proyectos derivados de Partenariados de Horizonte Europa. Utilizando las estructuras y líneas definidas en convocatorias europeas de los Partenariados, el CDTI como entidad financiadora participante en las mismas puede dar continuidad a estas líneas de investigación mediante instrumentos de financiación propios. Por ello los solicitantes españoles que han obtenido una evaluación positiva a nivel europeo pueden solicitar financiación por esta vía.

e) Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica Internacional para la participación en licitaciones internacionales o nacionales, relacionados con la potenciación de la capacidad tecnológica de las empresas españolas para participar en licitaciones de proyectos y programas gestionados por organizaciones internacionales en las que CDTI ostenta la representación española o con quienes CDTI tiene acuerdos de cooperación, así como la capacitación tecnológica para participar en las licitaciones de las Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS):

  • Grandes Instalaciones Científico-Tecnológicas Internacionales: CERN (European Organization for Nuclear Research), ESO (European Southern Observatory), ESRF (European Synchrotron Radiation Facility), ESS (European Spallation Source), FAIR (Facility for Antiproton and Ion Research), ILL (Instituto Lau-Langevin), ITER (International Thermonuclear Experimental Reactor), XFEL (European X-ray Free Electron Laser). Estos proyectos tienen como objetivo mejorar la capacidad tecnológica del solicitante para, en último extremo, mejorar los retornos de España en estas Grandes Instalaciones.
  • Instalaciones Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) recogidas en el Mapa de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) vigentes. Estos proyectos tienen como objetivo mejorar la capacidad tecnológica del solicitante para participar en las licitaciones de estas instalaciones.

f) Proyectos de I+D para el desarrollo de tecnologías duales (relacionados con la capacitación tecnológica de las empresas españolas para licitar en materia de Defensa y Seguridad. Estos proyectos contarán con una evaluación complementaria en el marco de las estrategias europeas y españolas de Defensa y Seguridad)

  • Los proyectos relacionados con la participación española en Programas de Cooperación Tecnológica Internacional, los proyectos de Cooperación Tecnológica Europea, los proyectos de Capacitación Tecnológica y los Proyectos de Desarrollo de Tecnologías Duales gestionados por el CDTI -tipología c), d), e), y f)- se someten a un proceso de certificación reglado, cuyo resultado es:
    • La obtención de un sello internacional: multilaterales y bilaterales
    • la obtención de una acreditación: Partenariados
    • el reconocimiento unilateral por el CDTI de su dimensión internacional, de capacitación tecnológica o su carácter estratégico en el ámbito de Seguridad y Defensa.
  • La financiación nacional de los participantes españoles en estos proyectos debe ser solicitada de forma individual.
  • Los proyectos de Desarrollo de Tecnologías Duales sólo se financiarán con fondos CDTI.

g) Proyectos de I+D en convocatorias específicas: proyectos de I+D que se presenten en el marco de una convocatoria específica publicada por CDTI y que tendrán las características establecidas en dicha convocatoria.

h) Proyectos de I+D Orientados (PO): proyectos de I+D de tipo individual, presentadas a nivel nacional por una única empresa. Con esta tipología se pretende apoyar proyectos de gran tamaño y relevantes en ámbitos tecnológicos estratégicos.

  • El Consejo de Administración del CDTI decidirá anualmente las áreas prioritarias de aplicación para estos proyectos, en línea con la Estrategia Española de Ciencia, Tecnología e Innovación 2021-2027 y el Plan Estatal de I+D+I.
  • Durante el año 2024 estos proyectos se orientarán a desarrollos de I+D::
    • Que mejoren sustancialmente en porcentajes significativos la eficiencia y la sostenibilidad de los sistemas de producción, utilización y almacenamiento de energías renovables e hidrógeno verde.
    • Relativos a la prevención y extinción de incendios.
    • Relativos a tecnologías orientadas al desarrollo de microprocesadores de vanguardia y arquitecturas alternativas, fotónica integrada y chips cuánticos.
  • Beneficiarios: sólo podrán ser beneficiarias aquellas empresas que se encuentren, al menos, en una situación comparable a una calificación crediticia de B- (satisfactoria).
  • Duración de los proyectos: Los proyectos de I+D tendrán una duración de 12 a 36 meses.
  • El presupuesto mínimo financiable: no podrá ser inferior a los 2.000.000 € y el presupuesto máximo financiable será de 30.000.000 €.
  • Todos los proyectos podrán tener uno o varios hitos técnicos, cuya duración deberá ser de 9 a 18 meses.

Se trata de una Ayuda Parcialmente Reembolsable, hasta un máximo del 85% del presupuesto total con un tramo reembolsable (TR) y un tramo no reembolsable (TNR).

  • El TRAMO REEMBOLSABLE DE LA AYUDA, se devolverá, a solicitud de la empresa, en un plazo de 10 o 15 años, contados a partir del centro de gravedad del proyecto, que se calcula en función de la duración del proyecto y del importe de los hitos presupuestarios. El plazo de amortización solicitado no podrá ser objeto de modificación.

Las amortizaciones del préstamo tendrán carácter semestral. El primer reembolso de principal se realizará 3 años después del centro de gravedad del proyecto, con un mínimo de 2 años desde su fecha de finalización.

El tipo de interés aplicable es Euribor a un año fijado a la fecha de la aprobación de la ayuda por el Consejo de Administración del CDTI:

      • En el caso que el proyecto de I+D se financie exclusivamente con fondos CDTI, el tipo de interés se aplicará al importe total de la ayuda.
      • En el caso que el proyecto de I+D se cofinancie con fondos comunitarios, el tipo de interés se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable de la ayuda.
      • Independientemente del origen de fondos, en el caso de los Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Internacional, Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea, Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica Internacional y Proyectos de Desarrollo de Tecnologías Duales (tipologías c, d, e y f), el tipo de interés se aplicará exclusivamente al tramo reembolsable de la ayuda.
      • Tipo de interés en los Proyectos Orientados: De manera excepcional, en esta tipología el tipo de interés se calculará préstamo a préstamo, teniendo en cuenta las características de la operación y del beneficiario tras un análisis financiero realizado por el CDTI. Para el cálculo de este tipo de interés se aplicará estrictamente la metodología establecida en la “Comunicación de la Comisión relativa a la revisión del método de fijación de los tipos de referencia y de actualización” (2008/ C14/02)15. Al resultado obtenido se le restarán 50 puntos básicos (0,5%) de manera que el tipo de interés quedará determinado en el momento de la concesión de la ayuda
      • Los intereses ordinarios del préstamo se devengarán semestralmente desde el momento de la disposición de cualquier cuantía de la ayuda, incluidos los anticipos.
  • El TRAMO NO REEMBOLSABLE DE LA AYUDA, sujeto a la disponibilidad de fondos, varía en función de las características del proyecto, el tipo de empresa y el origen de fondos utilizados para la financiación y no son acumulables (ver tabla).
  • El tramo no reembolsable de una ayuda se calcula sobre su cobertura financiera. A efectos de este cálculo, la cobertura máxima será del 75% del presupuesto total aprobado por el Consejo de Administración. El incremento de cobertura financiera hasta el 85% del presupuesto total aprobado no genera tramo no reembolsable adicional; es decir, se seguirá calculando sobre el 75% del presupuesto total aprobado.
  • El porcentaje de TNR varía en función de las características del proyecto, el tipo de empresa y el origen de fondos utilizados para la financiación y no son acumulables.

 

Proyectos realizados por una única empresa

 (Proyectos de I+D individuales, proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Internacional, Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea, Proyectos de I+D de Capacitación Tecnológica para la participación en licitaciones internacionales o nacionales, Proyectos de I+D para el desarrollo de tecnologías duales y Proyectos de I+D Orientados (PO))

TIPO DE EMPRESA

CATEGORÍAS DE PROYECTOS DE I+D

PYME

GRAN EMPRESA

1.      Proyectos de I+D Cofinanciados con fondos FEDER en Andalucía, Canarias, Castilla La Mancha, Ceuta, Extremadura y Melilla.

Hasta 30%

No aplica (*) (**)

2.      Proyectos de I+D Cofinanciados con fondos FEDER en el resto de las CCAA.

Hasta 20%

No aplica (*)

3.    Proyectos de I+D Capacitación Tecnológica Internacional.

4.      Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Internacional.

5.      Proyectos de I+D de Cooperación Tecnológica Europea.

6.      Proyectos de I+D Orientados (PO).

7.      Proyectos de I+D de Tecnologías Duales.

Hasta 30%

Hasta 25%

8.      Proyectos de I+D no incluidos en las categorías anteriores.

Hasta 17%

Hasta 10%

(*) A las pequeñas empresas de mediana capitalización (499 o menos empleados) se les podrá aplicar el TNR correspondiente a una PYME (hasta el 30% o el 20%, según la región de desarrollo) siempre que cumplan con el resto de las condiciones FEDER.

(**) Las grandes empresas que desarrollen el proyecto en la CCAA de Canarias podrán recibir un TNR de hasta el 30% siempre que cumplan con el resto de las condiciones FEDER, en virtud de su elegibilidad como región ultraperiférica.

En el supuesto de que un proyecto de I+D reúna la doble condición de ser susceptible de recibir cofinanciación con fondos de terceros y ser un proyecto de Cooperación Tecnológica Internacional, de Cooperación Tecnológica Europea, de Capacitación Tecnológica Internacional, se le aplicará el TNR del 30% para pymes y 25% para grandes, siempre que mantengan las condiciones de la tipología correspondiente durante la ejecución del proyecto.

Proyectos realizados por una agrupación de empresas

 (Proyectos de I+D de Cooperación Nacional)

TIPO DE EMPRESA

CATEGORÍAS DE PROYECTOS DE I+D

PYME

GRAN EMPRESA

1.      Proyectos de I+D Cofinanciados con fondos FEDER en Andalucía, Canarias, Castilla La Mancha, Ceuta, Extremadura y Melilla.

Hasta 33%

Hasta 30%

2.      Proyectos de I+D Cofinanciados con fondos FEDER en el resto de las CCAA.

Hasta 25%

Hasta 20% (*)

3.      Participante de un proyecto de I+D de Cooperación Nacional financiado con fondos CDTI.

Hasta 20%

Hasta 15% (*)

* Las empresas de gran tamaño verán aumentado su TNR en 5 puntos porcentuales (prima de arrastre) si participan en proyectos de cooperación nacional en los que los socios PYME sean financiables con FEDER y ejecuten al menos un 30% del presupuesto financiable.

 

   Proyectos de colaboración público – privada   

https://www.aei.gob.es/convocatorias/buscador-convocatorias/proyectos-colaboracion-publico-privada-2023

Objetivo: Apoyo a proyectos de desarrollo experimental en cooperación entre empresas y organismos de investigación, con el fin de promover el desarrollo de nuevas tecnologías, la aplicación empresarial de nuevas ideas y técnicas, y contribuir a la creación de nuevos productos y servicios.

  • Plazo: 30/01/2024– 20/02/2024, a las 14:00h.
  • Beneficiarios: organismos públicos de investigación, universidades públicas y sus institutos universitarios, institutos de investigación sanitaria, otros centros públicos de I+D+i, centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal, universidades privadas, centros privados de I+D+i, empresas y asociaciones empresariales sectoriales.
  • La participación mínima por entidad será del 10% del presupuesto total del proyecto.
  • Participación empresarial: deberá ser superior al 51% del presupuesto total presentado. Ninguna entidad correrá por si sola con más del 70%.
  • Gastos susceptibles de la ayuda: costes de personal, costes de adquisición de material fungible, suministros y productos similares, gasto derivado del informe realizado por un auditor de cuentas, costes de patentes, costes de consultoría de gestión de proyecto, contratos y asistencias técnicas, costes de movilidad y para organismos públicos de investigación, universidades públicas y otros organismos públicos de I+D serán los costes de utilización de servicios centrales.
  • Dotación: 000.000 €, de los que 80.000.000 € en forma de subvención, 60.000 € en forma de anticipo reembolsable y 180.000.000 € en forma de préstamos.
  • Presupuesto mínimo: 000 €.
  • Duración: Los proyectos tendrán una duración de tres años y comenzarán su ejecución en la fecha indicada en la solicitud. En cualquier caso, la fecha de inicio deberá ser posterior a la fecha de finalización de presentación de solicitudes y estar comprendida a lo largo del año
  • Los préstamos serán de un tipo de interés: para el cálculo del tipo de interés al que se concede el préstamo se utilizará como referencia el Euribor a un año publicado por el Banco de España el mismo día del mes anterior al de publicación de la convocatoria, o en su caso el primer día siguiente hábil. Si éste fuera negativo, el interés aplicable será el 0%, con un plazo fijo de carencia de 3 años, devolución de 7 años y amortización de 10 años.
  • Intensidad de la ayuda:
    • El presupuesto financiable por empresa y proyecto se limitará a un máximo de 15 millones de €.
    • Empresas del sector privado y asociaciones empresariales sectoriales: Préstamos de hasta el 95% del coste financiable del proyecto.
      • Para las pequeñas empresas: hasta el 60%.
      • Para las medianas empresas: hasta el 50%.
      • Para las grandes empresas: hasta el 40%.
    • Empresas del sector público: Hasta el 40% en subvención.
    • Organismos de investigación y Universidades: Subvención. Hasta el 100%, siempre que, cuando dichos organismos realicen actividades económicas y no económicas, dispongan de una contabilidad que permita distinguir claramente entre ambos tipos de actividades y sus respectivos costes y su financiación.

 

 (PEICTI) Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación

https://www.aei.gob.es/convocatorias/planes-estatales

https://www.ciencia.gob.es/Estrategias-y-Planes/Planes-y-programas/PEICTI.html

El Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación (PEICTI) es el principal instrumento de la Administración General del Estado para el desarrollo y consecución de los objetivos de la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación (EECTI).

La EECTI 2021-2027, actualmente en vigor, se estructura en dos planes estatales, el PEICTI 2021-2023, que es el que se está ejecutando en este momento, y el PEICTI 2024-2027. Los planes incluyen las ayudas estatales destinadas a la I+D+i que se gestionan desde la AGE. Una parte considerable de estas ayudas se conceden a través de convocatorias en régimen de concurrencia competitiva.

El PEICTI 2021-2023 se ha confeccionado contando con las aportaciones y prioridades de los centros públicos de investigación, las universidades, los centros tecnológicos, las asociaciones empresariales, las plataformas tecnológicas y expertos procedentes de la comunidad científica, técnica y empresarial.

El PEICTI 2021-2023 está integrado por cuatro programas estatales que corresponden a los objetivos generales establecidos en la EECTI 2021-2027. Los programas son:

      • Programa estatal para afrontar las prioridades de nuestro entorno.
      • Programa estatal para impulsar la investigación científico-técnica y su transferencia.
      • Programa estatal para desarrollar, atraer y retener talento.
      • Programa estatal para catalizar la innovación y el liderazgo empresarial.

   Industria Conectada 4.0 (Activa financiación)   

https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/IndustriaConectada/Paginas/Index.aspx

Plazo de presentación de la última convocatoria: desde el día 29/05/2023 hasta el 27/06/2023 

Esta ayuda podría unirse con Industria Manufacturera, y las bases reguladoras podrían salir en torno a septiembre, y la convocatoria a principios de 2025.)

Objetivo: Ayudas para el desarrollo de proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrollo experimental, así como proyectos de innovación en materia de organización y procesos, en el ámbito de la Industria Conectada 4.0 y tendentes al cumplimiento de los objetivos de la misma.

 

  • Beneficiarios: Sociedades con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en España y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que vengan desarrollando una actividad industrial durante un periodo de al menos tres años contados hasta la fecha de fin de plazo de solicitud y que no formen parte del sector público
  • Dotación: 30.000.000 € distribuido de la siguiente forma:
    • Préstamo: 15.000.000 €
    • Subvención: 15.000.000 €
  • Características de los préstamos:
    • Importe del préstamo:
      • el importe nominal del préstamo a conceder estará acotado de acuerdo con los siguientes límites:
        • El Riesgo Vivo Acumulado de la empresa con la DGIPYME no podrá superar en 5 veces los fondos propios de la entidad en el último ejercicio cerrado;
        • El importe del préstamo a conceder no podrá superar la cifra media de negocios en los ejercicios 2021 y 2022;
      • Plazo de amortización: el plazo de amortización de la parte de ayuda concedida en forma de préstamo será el siguiente:
        • en los proyectos englobados en la línea ACTIVA-PYME, cinco años, de los cuales dos serán de carencia;
        • en los proyectos englobados en la línea ACTIVA-Grandes Implementaciones, diez años, de los cuales tres serán carencia.
      • Tipo de interés de aplicación: el tipo de interés aplicable será del 0%.
      • El método de amortización seguirá el siguiente sistema: las cuotas de amortización de principal serán anuales y de igual cuantía, y deberán satisfacerse una vez finalizado el plazo de carencia.
    • Límite subvención: La financiación total a conceder, préstamo nominal más subvención, será como máximo del 80% sobre el presupuesto financiable.
    • El importe de la ayuda a conceder en forma de subvención, será como máximo:
      • Del 50% del presupuesto financiable en el caso de pequeñas empresas.
      • Del 20% del presupuesto financiable en el caso de medianas empresas.
      • Del 10% del presupuesto financiable en el caso de grandes empresas
    • Prioridades temáticas: Plataformas de interconexión de la cadena de valor de la empresa, Soluciones para el tratamiento avanzado de datos, Soluciones de inteligencia artificial, Proyectos de simulación industrial, Diseño y fabricación aditiva, Proyectos de realidad aumentada, realidad virtual y visión artificial, Robótica colaborativa y cognitiva y sensórica.
    • Líneas de actuación:
      • Activa-Pyme: Proyectos realizados por pequeñas y medianas empresas, enmarcados en las prioridades temáticas establecidas en alguno de los tipos de proyectos detallados en el apartado de tipo de proyectos.
      • Activa-Grandes implementaciones: Proyectos realizados por cualquier tipo de sociedades que puedan ser beneficiaria enmarcadas en proyectos de investigación industrial, proyectos de desarrollo experimental, proyectos de innovación en materia de organización o proyectos de innovación en materia de procesos.

   Programas multilaterales o bilaterales (EUREKA)   

https://www.cdti.es/programas-de-cooperacion-tecnologica-internacional-pcti

EUREKA es una iniciativa intergubernamental de apoyo a la I+D+i cooperativa en el ámbito europeo, que tiene como objeto impulsar la competitividad de las empresas europeas mediante el fomento de la realización de proyectos tecnológicos, orientados al desarrollo de productos, procesos y/o servicios con claro interés comercial en el mercado internacional y basados en tecnologías innovadoras. Está dirigido a cualquier empresa o centro de investigación español capaz de realizar un proyecto de I+D+i de carácter aplicado en colaboración con, al menos, una empresa y/o centro de investigación de otro país de la red Eureka.

Cada país asume la financiación de sus entidades participantes. Eureka avala los proyectos aprobados mediante un «sello de calidad» que, además de ser un elemento promocional y de reconocimiento del nivel tecnológico de la compañía promotora, la hace acreedora de una financiación pública, que en el caso de España es especialmente favorable.

Como países miembros están presentes en Eureka: Albania, Alemania, Austria, Bélgica, Bosnia Herzegovina, Bulgaria, Canadá, Corea del Sur, Croacia, Chipre, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Islandia, Israel, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Macedonia, Malta, Mónaco, Montenegro, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Reino Unido, República Checa, Rumanía, San Marino, Serbia, Suecia, Suiza, Turquía y Ucrania. Además, la Unión Europea también es un miembro de pleno derecho.

Como países asociados a Eureka figuran, hoy en día, Argentina, Chile, Singapur y Sudáfrica.

Adicionalmente, en los proyectos pueden intervenir participantes de otros países, siempre y cuando lo hagan en colaboración con dos estados miembros.

Se consideran proyectos Eureka los proyectos de la Red («Network projects») y los proyectos Eurostars, aprobados, ambos, por los Representantes de Alto Nivel nacionales (HLR), así como los proyectos de los Clúster Eureka que hayan recibido la etiqueta otorgada por la oficina del Clúster correspondiente.

El secretariado Eureka expide la certificación internacional correspondiente para los proyectos de Red y Eurostars, mientras que cada Clúster Eureka lo hace para sus proyectos. El CDTI, E.P.E. informa de la obtención de esta certificación a las empresas.

Más información sobre la iniciativa Eureka.

 

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   Línea ICO – Empresas y Emprendedores 2024   

https://www.ico.es/web/ico/ico-empresas-y-emprendedores

  • El Instituto de Crédito Oficial es una entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Economía, Comercio y Empresa
  • Clientes: Autónomos, las entidades públicas y privadas (empresas, fundaciones, ONG’s, Administración Pública), que realicen su actividad empresarial en España con independencia de su domicilio social o fiscal y de si la mayor parte de su capital es español o extranjero. También podrán solicitar financiación a través de esta Línea los particulares, las comunidades de propietarios y las agrupaciones de comunidades de propietarios para rehabilitar viviendas y edificios o reforma de sus elementos comunes.
  • Importe máximo: hasta 12,5 millones de € por cliente y año, en una o varias operaciones.
  • Conceptos financiables:
  • La financiación podrá destinarse a desarrollar los proyectos de inversión y/o las necesidades generales de la actividad, entre otras, necesidades generales de la actividad:
    • Necesidades de liquidez tales como gastos corrientes, nóminas, pagos a proveedores, compra de mercancía, etc.
    • Necesidades tecnológicas
    • Adquisición de activos fijos nuevos o de segunda mano.
    • Vehículos turismos e industriales
    • Adecuación y reforma de instalaciones
    • Adquisición de empresas.
    • Rehabilitación o reforma de edificios, elementos comunes y viviendas (IVA o impuestos análogos incluidos) en el caso de comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades de propietarios y particulares.
  • Tipo de interés: fijo o variable. Si la operación se formalizó a tipo de interés variable, éste será revisado semestralmente por la Entidad de Crédito de acuerdo con lo establecido en el contrato de financiación.
  • Comisiones la entidad de crédito podrá cobrar una única comisión al inicio de la operación. Además, podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria que, con carácter general, será del 1% sobre el importe cancelado cuando la operación se haya formalizado a tipo fijo. Cuando se haya formalizado a tipo variable, se aplicará una comisión máxima del 0,50%, en función de la vida residual de la operación en la fecha de liquidación de la amortización.
  • Garantías: La Entidad de Crédito podrá solicitar las garantías que estime oportunas, salvo aval de la SGR o SAECA.
  • Vigencia: se podrán formalizar préstamos de esta Línea durante todo el año

   Líneas para Pymes en inversiones productivas y en implantaciones comerciales COFIDES – Instrumentos financieros   

https://www.cofides.es/financiacion/internacionalizacion/instrumentos

Los instrumentos financieros de COFIDES se adaptan a las necesidades de cada proyecto, tanto en condiciones financieras como en plazo y garantías a aportar. COFIDES puede financiar los siguientes proyectos: 

      • Con estructura de Project Finance
      • Cash flow de la operación internacional o activos del propio proyecto como garantía principal
      • Garantía corporativa del promotor

COFIDES ofrece los siguientes instrumentos financieros:

      1. Participaciones en capital: Las participaciones de capital directas o indirectas en la empresa que se crea en el exterior son siempre minoritarias, transitorias y con pacto de recompra con el inversor español. COFIDES no participa en la gestión diaria del proyecto, que corresponde a sus promotores. Existen las siguientes modalidades:
        • Capital interés.
        • Capital acotado.
        • Capital a precio abierto.
      2. Préstamos: Con posibilidad de otorgar el préstamo a la empresa del proyecto en el exterior o al inversor español. Los plazos estarán relacionados con el período de retorno previsto para el proyecto, normalmente entre 3 y 10 años y períodos de carencia amplios en los primeros años de vida del proyecto.
        • Préstamo senior: Ordinarios o de coiversión
        • Préstamos subordinados: Ordinarios o de coinversión
      3. Bono corporativo
      4. Financiación tipo Project finance

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   Líneas de financiación ENISA   

Líneas de financiación ENISA

www.enisa.es

Programa

Línea

Características

Creación (menos de 24 meses desde la constitución hasta la solicitud)

Jóvenes Emprendedores

·         Los beneficiarios son PYMEs y startups de reciente constitución creadas por jóvenes para abordar las inversiones que precisa el proyecto empresarial en su fase inicial. Para Jóvenes emprendedores menores de 40 años con proyectos de emprendimiento innovador.

·         Préstamo de hasta 75.000 €

Emprendedores

·         Los beneficiarios deben ser emprendedores que quieran crear empresas con una clara ventaja competitiva.

·     Línea de financiación dirigida a apoyar a las pymes en sus primeras fases de vida, sin que la edad de los socios/as sea un requisito.

·         Préstamo de hasta 300.000 €

Crecimiento

Competitividad

·         Los beneficiarios son para emprendedores que estén contemplando para sus pymes mejoras competitivas; un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización;

·         Dirigida a apoyar los proyectos empresariales de compañías interesadas en expandir su negocio o lograr una mejora competitiva. El objetivo es financiar proyectos empresariales, basados en un modelo de negocio viable y rentable, que estén buscando una mejora competitiva o un cambio de modelo de su sistema productivo, o que quieran ampliar su capacidad productiva adquiriendo nueva tecnología, aumentando su gama de productos/servicios o diversificando mercados.

·         Importe máximo de préstamo 1.500.000 €

 

Emprendedores Digitales

 

·     Los beneficiarios son pequeñas y medianas empresas emergentes o en crecimiento en las que una o varias mujeres ostenten una posición relevante de liderazgo o de poder dentro de sociedad: en el accionariado, en el órgano de administración o formando parte del equipo directivo.

·         El objetivo es apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos de emprendimiento digital femenino y reducir la brecha de género existente en este ámbito.

·         Importe máximo de préstamo 1.500.000 €

 

AgroInnpulso

·         Los beneficiarios podrán obtener los préstamos participativos las pequeñas y medianas empresas agroalimentarias de toda la cadena de valor

·         El objetivo es apoyar proyectos empresariales de base tecnológica, a través de la financiación, con el objetivo de estimular e impulsar la transformación digital de las pequeñas y medianas empresas del sector agroalimentario.

·         Importe máximo del préstamo 1.500.000 €

 

Audiovisual e Industrias Culturales y Creativas

·     Los beneficiarios son pequeñas y medianas empresas emergentes o en crecimiento dedicadas al desarrollo de productos y servicios en el ámbito audiovisual y de los videojuegos con un fuerte componente digital, y a las industrias culturales y creativas.
Esta línea está dirigida tanto a empresas de nueva creación como a aquellas que estén considerando un proyecto de consolidación, crecimiento o internacionalización.

·     El objetivo es apoyar e impulsar, a través de la financiación, proyectos empresariales innovadores promovidos por pequeñas y medianas empresas del sector audiovisual y de los videojuegos, así como de las industrias culturales y creativas.

·     Importe máximo del préstamo: 1.500 000 €.

 

Beneficiarios

Dirigida a emprendedores, pymes y startups con forma societaria en el ámbito territorial español, de cualquier sector de actividad, excepto el inmobiliario y financiero, que tengan una situación económico-financiera equilibrada.

Enisa no ofrece ayudas ni subvenciones. Únicamente ofrece financiación en forma de préstamos (mayoritariamente préstamos participativos). Se trata de instrumento de deuda.

Modalidad de Ayuda:

Préstamo participativo de entre 25.000€ y 1.500.000€ (dependiendo de la línea ENISA) que cubra la necesidad financiera de la empresa con las siguientes condiciones:

  • Tipo de interés (se aplicará en dos tramos):
  • Primer tramo: EURIBOR + 2% o euribor + 3,75% (excepto jóvenes emprendedores que el diferencial es del 3,25%). En caso de Agroinnpulso y Emprendedoras digitales el primer tramo es solo + 3,75.
  • Variable: resultado del ejercicio antes de impuestos / fondos propios medios, con un límite máximo establecido de acuerdo con el rating de la operación y hasta un 8% (excepto jóvenes emprendedores y emprendedores que el límite máximo es del 6%)
  • Comisión de apertura: del 0,5%.
  • Comisión de amortización anticipada: equivalente al importe que el préstamo hubiese devengado en concepto de segundo tramo de intereses si el préstamo se hubiera amortizado en los plazos acordados y el segundo tramo de interés se hubiese liquidado al tipo máximo, deduciendo los intereses de segundo tramo devengados hasta la fecha de amortización anticipada.

Conceptos Susceptibles de la Ayuda

Se financia la adquisición de activos fijos y del circulante necesario para la actividad.

Cobro de las ayudas

En la resolución (4-5 meses después de la presentación). El plazo medio de respuesta y tramitación de un proyecto es de 60 días.

Plazo de Presentación: Abierta todo el año.

 

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   COFIDES – Fondo para operaciones de inversión en el exterior de la pequeña y mediana empresa (FONPYME)   

http://www.cofides.es/

El FONPYME permite realizar participaciones temporales y minoritarias directas en el capital social de empresas españolas para su internacionalización o de empresas situadas en el exterior. Mediante el FONPYME se pueden llevar a cabo participaciones en los fondos propios de las empresas mencionadas anteriormente y a través de cualquier instrumento participativo.

También pueden tomarse participaciones temporales y minoritarias directas en vehículos o fondos de capital expansión con apoyo oficial ya existentes o que se establezcan o fondos de inversión privados que fomenten la internacionalización de empresas o de la economía española.

  • Objetivo: Proyectos de pymes en el exterior en los que exista algún tipo de interés español.
  • Tipos de apoyo financiero que ofrece: 
  • Participaciones en capital.
  • Instrumentos próximos al cuasi-capital.
  • Préstamos sénior
    • De coinversión
  • Préstamos subordinados
    • De coinversión
    • Participativos
  • Bono corporativo
  • Financiación tipo Project finance
  • Límite de la financiación: 5 millones de €.
  • Importe mínimo: 75.000 € por operación.
  • Dotación: 90.000.000 € acumulados en el fondo (Año 2023)
  • Acceso: Las solicitudes deben plantearse a COFIDES como gestora del Fondo.

   COFIDES – Fondo para inversiones en el exterior (FIEX)   

https://www.cofides.es/

https://www.cofides.es/financiacion/instrumentos-financieros/fondo-para-inversiones-exterior-fiex

El FIEX permite realizar participaciones temporales y minoritarias directas en el capital social de empresas españolas para su internacionalización o de empresas situadas en el exterior. Mediante el FIEX se pueden llevar a cabo participaciones en los fondos propios de las empresas mencionadas anteriormente y a través de cualquier instrumento participativo.

También pueden tomarse participaciones temporales y minoritarias directas en vehículos o fondos de capital expansión con apoyo oficial ya existentes o que se establezcan o fondos de inversión privados que fomenten la internacionalización de la empresa o de la economía española.

  • Objetivo: Proyectos viables de carácter privado en el exterior en los que exista algún tipo de interés español.
  • Tipos de apoyo financiero que ofrece: 
  • Participaciones en capital.
  • Instrumentos próximos al cuasi-capital.
  • Préstamos sénior
    • De coinversión
  • Préstamos subordinados
    • De coinversión
    • Participativos
  • Bono corporativo
  • Financiación tipo Project finance
  • Límite de la financiación: 35 millones de €.
  • Importe mínimo: 250.000 € por operación.
  • Dotación: 1.128 millones de euros acumulados en el fondo (Año 2023)
  • Acceso: Las solicitudes deben plantearse a COFIDES como gestora del Fondo.

 

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   AVALMADRID   

www.avalmadrid.es/conocenos

Avalmadrid S.G.R. es una entidad financiera especializada sin ánimo de lucro constituida por y para las pymes y autónomos de la Comunidad de Madrid.

Su función principal es proporcionar avales y garantías a las pymes y emprendedores que buscan financiación. Estos avales actúan como respaldo para los préstamos que las empresas solicitan a las entidades financieras tradicionales, como bancos y cajas de ahorro. Al ofrecer esta garantía adicional, Avalmadrid ayuda a reducir el riesgo percibido por los prestamistas y, por lo tanto, aumenta las posibilidades de que las empresas obtengan la financiación necesaria en condiciones más favorables que las ofrecidas por la banca tradicional.

 

   CDTI – COMPRA PÚBLICA INNOVADORA   

https://www.cdti.es/compra-publica-innovadora_

La Compra Pública de Innovación (CPI) es una herramienta para fomentar la innovación desde el sector público, a través de la adquisición de soluciones innovadoras o de soluciones en fase de desarrollo.

Desde 2018 el CDTI impulsa la CPI en la modalidad de Compra Pública Precomercial (CPP). A través de este instrumento, el CDTI adquiere servicios de I+D para desarrollar prototipos de primeros productos o servicios, en forma de series de prueba, tecnológicamente innovadores y que satisfagan necesidades públicas. El prototipo desarrollado dentro del marco de estas CPP se cede a la Entidad Pública española que esté interesada en el mismo y pueda proporcionar el entorno real necesario para validar la tecnología desarrollada. El prototipo deberá utilizarse exclusivamente como demostrador tecnológico, para validar tecnología, sin fines comerciales posteriores. Estas iniciativas se cofinancian, principalmente, con fondos europeos.

El CDTI desarrolla una constante prospectiva de las necesidades tecnológicas que puedan tener las Entidades del Sector Público español, para crear un mapa de demanda temprana:

A través de la oferta: LLAMADA DE EXPRESIONES DE INTERÉS (CERRADA).

A través de la demanda: BUZÓN DE IDEAS (abierto desde febrero 2022).

Una vez se confirma que una necesidad encaja en el esquema planteado y existen fondos disponibles para financiar la misma:

  • Se firma el CONVENIO de Colaboración entre el CDTI y la Entidad Pública demandante
  • Se realiza la CONSULTA PRELIMINAR DEL MERCADO (CPM), a través de las cuales se conocerá el estado del arte de la tecnología que se pretende adquirir y las diferentes soluciones ofertadas por los operadores económicos interesados.
  • Finalmente se publica la LICITACION, se adjudican los contratos y comienza la fase de ejecución para el desarrollo de los prototipos.

Por otro lado, el CDTI dispone del PROGRAMA INNODEMANDA por el que se puede financiar el desarrollo tecnológico que le es requerido a las empresas en licitaciones de entidades públicas españolas que se adhieran al mismo.

Por último, el CDTI ha coordinado la delegación española que ha participado como ‘Centro de Competencia nacional en CPI’ en el proyecto PROCURE2INNOVATE, en representación del Ministerio de Ciencia e Innovación durante el periodo 2018-jun 2022. El objetivo del proyecto Procure2Innovate, en el que participan 10 países miembros de la Unión Europea, ha sido coordinar e implantar estrategias en CPI y realizar intercambio de buenas prácticas. Información sobre su evento final aquí.

Para conocer la iniciativa en un vídeo de 2 minutos, pulsa aquí.

 

   CDTI- INNODEMANDA   

https://www.cdti.es/innodemanda

https://www.cdti.es/el-cdti

 ¿Qué es INNODEMANDA?

El programa INNODEMANDA es un instrumento de financiación de apoyo a la oferta tecnológica que concurra a procesos de compra pública de innovación. Se podrá financiar a las empresas el coste de la innovación tecnológica requerida en una licitación pública, de tal manera que la entidad contratante dispondrá de ofertas más competitivas y se facilitará una mayor presencia de productos y servicios innovadores en la Administración.

Este instrumento es financiado y gestionado por el CDTI que proporcionará, tanto a entidades públicas contratantes como a posibles suministradores, la orientación y apoyo necesarios para la identificación de potenciales compras públicas de innovación, así como para la aplicación de INNODEMANDA.

¿Cómo funciona INNODEMANDA?

El funcionamiento del programa INNODEMANDA se basa en una sincronización de los tiempos planificados para una determinada licitación pública con los tiempos de solicitud, evaluación y resolución en el CDTI del proyecto de I+D que se necesita desarrollar para ofertar en tal licitación.

Para ello, la entidad contratante y el CDTI deben formalizar el denominado Protocolo de Adhesión, en el que se especificarán entre otros los hitos más significativos previstos en la licitación, así como los plazos de actuación, condiciones y normativa aplicable para la financiación de las actividades de I+D por el CDTI.

Posteriormente, en el anuncio de la licitación el órgano de contratación deberá indicar que las actividades de I+D asociadas a la contratación podrán ser financiadas por una entidad financiadora, como puede ser el CDTI.

La presentación de la solicitud de ayuda al CDTI por parte de las empresas deberá realizarse tras la publicación del anuncio de licitación. El CDTI evaluará la propuesta a través de un procedimiento acelerado habilitado al efecto y acordará, en su caso, la concesión de la ayuda correspondiente, de conformidad con sus procedimientos y normas internas. La decisión de CDTI se comunicará a las empresas antes de la finalización del plazo de presentación de ofertas a la licitación.

A continuación, los licitadores presentarán sus ofertas ante el órgano de contratación, pudiendo hacerla más competitiva en caso de contar con la ayuda que CDTI pueda haberle concedido. Con independencia del resultado de la adjudicación, los licitadores podrán hacer uso de la financiación de las actividades de I+D en los términos aprobados por el CDTI.

   Proyectos de I+D de tecnologías audiovisuales y de los videojuegos   

https://www.cdti.es/ayudas/proyectos-de-id-audiovisual-y-videojuegos

Esta ayuda no se ha vuelto a publicar desde 2022, ni hay noticias al respecto.

      • Objetivo: El desarrollo de nuevas tecnologías de aplicación a los ámbitos de la producción audiovisual y del sector de los videojuegos, y la transferencia y adaptación de estos desarrollos a otros sectores de aplicación.
      • Ámbito: Pymes siempre que estén válidamente constituidas, tengan personalidad jurídica propia y residencia fiscal en España.
      • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta el 70% de los gastos subvencionables
      • Importe: 30.000.000 €
      • Plazo de solicitud: Desde el 28/05/2022 hasta el 12/07/2022 a las 12:00h
      • Tipo de proyectos:
        • Proyectos de desarrollo de nuevas tecnologías de aplicación al ámbito audiovisual y de los videojuegos, incluidas aquellas necesarias para la consecución de prototipos de efectos especiales y de animación, nuevos equipos (lentes, cámaras, sensores para captura de movimiento, etc.); la automatización de procesos de producción o desarrollo de tecnologías de inteligencia artificial para los procesos de producción audiovisual y la creación de videojuegos.
        • Proyectos de desarrollo de tecnologías innovadoras propias del ámbito de los videojuegos o audiovisual para su aplicación en otros entornos como puedan ser el cultural, sanitario o educativo, entre otros.

No serán susceptibles de financiación los proyectos de generación de contenidos audiovisuales y aquellos proyectos que sean meramente integradores de tecnologías de terceros, sin desarrollo de capacidades o tecnologías propias.

      • Tipo de gastos subvencionables: 

Se admitirán los siguientes costes directos de ejecución:

        • Costes de personal: Los costes relacionados con los investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto o actividad pertinente. Podrán imputarse gastos al proyecto tanto de personal con contrato laboral como de personal autónomo socio de la empresa.
        • Costes de instrumental y material inventariable, en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto; en caso de que el instrumental y el material no se utilicen en toda su vida útil para el proyecto, únicamente se considerarán subvencionables los costes de amortización correspondientes a la duración del proyecto, calculados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados.
        • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por licencia de fuentes externas en condiciones de plena competencia, así como los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto. Quedan expresamente excluidos los costes correspondientes a cualquier forma de consultoría asociada a la gestión y tramitación de la financiación solicitada.
        • Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, incluidos los costes de material, suministros y productos similares, que se deriven directamente del proyecto.
        • El gasto derivado del informe hasta 1.500 euros por beneficiario y anualidad, realizado por un auditor, inscrito en el Registro Oficial de Auditores de Cuentas, cuando se requiera su aportación en la fase de justificación.
        • En ningún caso serán financiables los gastos financieros, las inversiones en terrenos, locales y obra civil, los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación, según establece el artículo 31.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, los gastos de promoción y difusión del proyecto, y los gastos de manutención. Los gastos de locomoción y viajes no serán financiables.

Más información CDTI

 

   Ayudas Digitalización a PYMES Industriales madrileñas – Comunidad de Madrid 

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-pymes-industriales

    • Objetivo: financiar la implementación de proyectos globales de digitalización de los procesos productivos de las pymes madrileñas del sector industrial, que ayudarán a su desarrollo, incrementarán su productividad y aumentará su competitividad. En particular, los proyectos promoverán, a través de la digitalización, cambiar los modelos productivos hacia soluciones más competitivas e inteligentes, que permitan la transformación económica y la conectividad regional a las tecnologías de la información y las comunicaciones.
    • Beneficiarios: pequeñas y medianas empresas constituidas como sociedades mercantiles, con personalidad jurídica propia, que dispongan de un centro de trabajo en la Comunidad de Madrid y cuya actividad económica quede incluida dentro de la sección primera del anexo I del Real Decreto Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas (en adelante IAE) en las divisiones que se indican a continuación:
      • División 2. Extracción y transformación de minerales no energéticos y productos derivados. Industria química.
      • División 3. Industrias transformadoras de los metales. Mecánica de precisión.
      • División 4. Otras industrias manufactureras.
    • Tipo de ayuda: Subvención a fondo perdido con una intensidad de hasta 300.000 € para pequeñas empresas.
    • Importe: 9.456.093 €
    • Plazo de solicitud: Abierta hasta agotar fondos. Se ampliaron los fondos el 14/05/2024 (456.093 €) y el 24/05/2023 se agotaron. El aplicativo siempre está abierto.
    • ¿Qué actuaciones son subvencionables?
      • Implementación de soluciones de negocio utilizando tecnologías ligadas a la comunicación, análisis y tratamiento de datos.
      • Plataformas colaborativas.
      • Digitalización de los procesos de fabricación utilizando tecnologías como realidad aumentada, robótica colaborativa, fabricación aditiva, sensores; sistemas embebidos y control de procesos.
      • Implementación de Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) en la cadena de valor de la empresa industrial.
      • Diseño y desarrollo de páginas web, redes sociales y ciberseguridad como vehículo potenciador del desarrollo empresarial.
    • Tipo de gastos subvencionables:
      • Adquisición de activos fijos materiales directamente vinculados a la producción y a los objetivos del proyecto, así como equipos que, no estando directamente vinculados con la producción, resultan indubitablemente necesarios para el proyecto planteado.
      • Adquisición de activos inmateriales como software, así como patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad que contribuyan a la ejecución del proyecto.
      • Gastos de consultoría prestados por empresas externas para la implementación efectiva del proyecto de digitalización que se solicita, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014.

Link

Programa de asesoramiento especializado y personalizado para la implantación de proyectos de Industria 4.0 y herramienta on-line de evaluación del grado de madurez digital de empresas con actividades encuadradas en la Sección C – Divisiones 10 a 32 de CNAE

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   RIS 3 – Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo   

RIS 3 – Ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo

https://sede.comunidad.madrid/ayudas-becas-subvenciones/ayudas-entidades-enlace

En 2023 la convocatoria permaneció abierta entre el 02/03/2023 – 23/03/2023

        • Beneficiarios:
          • Asociaciones, Confederaciones, Corporaciones de derecho público, Fundaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Agrupaciones, de empresas, así como de otras entidades y Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, con personalidad jurídica o que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos y actividades.
        • Se subvencionarán los siguientes tipos de proyectos dinamizadores de innovación y transferencia tecnológica en las áreas de desarrollo tecnológico-empresarial de RIS3:
          • El contenido de los proyectos dinamizadores se encuadrará en las áreas de especialización científico-tecnológica de interés regional identificadas como prioritarias en la Estrategia S3 de la Comunidad de Madrid.
          • Los proyectos dinamizadores estarán dirigidos esencialmente a realizar actividades cuyos destinatarios finales pertenecen, con carácter general, al entorno empresarial incluido en los sectores de actividad considerados como prioritarios en la Estrategia S3 de la Comunidad de Madrid. Por ello, podrán obtener financiación, entre otras, para las actuaciones indicadas a título orientativo en el Anexo II o combinaciones de varias de ellas.
          • Los proyectos dinamizadores que se presenten deberán estar liderados por un responsable claramente identificado que tenga vinculación laboral, funcionarial o estatutaria con la entidad de enlace que presente la solicitud, y encontrándose en servicio activo.
          • Las propuestas de las entidades de enlace especificarán el personal de dichas entidades que participe en el proyecto, indicando si tendrá dedicación total o parcial, especificando tiempo dedicado, y si ya tienen vinculación contractual o corresponden a futuras contrataciones.
          • El proyecto deberá conducir a unos resultados verificables que se deberán estimar en la propuesta inicial al solicitar la ayuda y que deberán concretarse al finalizar cada período de revisión para su evaluación y seguimiento.
          • Se asignará a cada proyecto un acrónimo identificativo de su denominación y/o sus actividades y que deberá formarse con el prefijo OI más el año de la convocatoria más una palabra de menos de 20 caracteres (preferentemente 3 o 4 letras identificativas del organismo beneficiario).
  •  

RIS3 – Ayudas Hubs de Innovación (proyectos de efecto tractor)

https://www.comunidad.madrid/inversion/innova/entidades-enlace-innovacion-tecnologica-clonado-0

En 2023 la convocatoria permaneció abierta entre el 28/08/2023 y el 15/09/2023

Ayudas a las empresas innovadoras (I+D+i) mediante el apoyo económico a proyectos de innovación tecnológica de efecto tractor elaborados por consorcios en la Comunidad de Madrid.

Ayuda a la ejecución de grandes proyectos estratégicos de investigación industrial y desarrollo experimental que incrementen la capacidad científico-tecnológica de las empresas y los grupos de investigación en los ámbitos estratégicos de especialización inteligente de la economía madrileña (S3).

  • Beneficiarios: Agrupaciones de personas jurídicas públicas o privadas, que vayan a ejecutar el proyecto en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid. Requisitos:
    • Las agrupaciones estarán compuestas como mínimo por una gran empresa y dos pymes, en el proyecto deberá participar un organismo de investigación, bien como miembro de la agrupación o como entidad subcontratada. Todos los miembros de la agrupación deberán tener centro de trabajo en la Comunidad de Madrid.
    • La distribución del presupuesto que se haga entre los miembros ninguno de ellos podrá superar el 70 por 100 del presupuesto subvencionable.
    • Dentro de los miembros de la agrupación deberá existir una entidad denominada tractora/coordinadora, que será la interlocutora y la representante ante la administración de la agrupación y que deberá ser una gran empresa. Esta entidad tractora, responsable de la presentación de la solicitud y gestión, recibirá la ayuda total concedida y será la encargada de su distribución entre los socios participantes de acuerdo con el reparto establecido en el presupuesto aprobado.
    • Los miembros de la agrupación deberán contar con capacidad administrativa, financiera y operativa suficiente para la ejecución de la parte del proyecto que les corresponda.
    • Los miembros de la agrupación no podrán participar en el proyecto como subcontratistas.
  • Serán subvencionables:
    • Estudios de viabilidad técnica previos a actividades de investigación industrial o de desarrollo experimental, destinados a la adquisición de conocimientos que puedan resultar de utilidad para la creación o mejora de productos, procesos o servicios tecnológicos.
    • Proyectos de investigación industrial, entendiendo por tal la investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes. Incluye la creación de componentes de sistemas complejos que sean necesarios para investigación industrial, especialmente la validación de tecnología genérica, salvo los prototipos.
    • Proyectos de desarrollo experimental, entendiendo por tal la adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. Podrá incluir, por ejemplo, otras actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos y servicios, incluidos los prototipos. Entre las actividades podrá figurar la elaboración de proyectos, diseños, planes y demás tipos de documentación siempre y cuando no vaya destinada a usos comerciales.
  • Los proyectos subvencionables deberán tener un presupuesto financiable total para la agrupación, medio anual, igual o superior a 1,5 millones de euros.
  • La duración de los proyectos: duración mínima de 24 meses y máxima de 36 meses. Podrá solicitarse una prórroga del plazo para la ejecución del proyecto no superior a un año.
  • Conceptos subvencionables: Costes de personal, costes de instrumental y material, costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes adquiridas u obtenidas por acuerdos de licencias de fuentes externas a precios de mercado, otros gastos de funcionamiento, directamente derivados del proyecto, en los estudios de viabilidad serán subvencionables los costes del estudio y costes indirectos de las empresas que podrán calcularse, sin necesidad de aportar justificantes de gastos, mediante aplicación de un porcentaje fijo que no podrá ser superior al 15% del importe de los costes directos del personal que resulten subvencionables.
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  Oportunidades de Financiación pública internacional

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