Requerimientos a cumplir por los vehículos propulsados por hidrógeno

La Comisión Europea está trabajando en el desarrollo de una propuesta de Regulación de los Requerimientos a cumplir por los vehículos propulsados por hidrógeno.

Como resultado de dicho  trabajo, la Unidad de Industria de Automoción de la Dirección General de Empresa e Industria de la Comisión Europea ha publicado recientemente un informe en el que se Evalúa el impacto de esta propuesta europea, considerando aspectos de seguridad y aspectos ambientales. El informe completo puede descargarse en la siguiente dirección.

[Loreto Pazos Bazán]

El informe recientemente publicado y al que se hace referencia en este artículo ha evaluado el impacto económico, medioambiental y de seguridad de la introducción de vehículos propulsados por hidrógeno dentro de tres escenarios de regulación diferentes.

Un primer escenario (opción 1), en el que no se contemplan cambios respecto a la situación actual (inexistencia de legislación  tanto nivel comunitario como a nivel de estados miembros).

Un segundo escenario (opción 2), en el que se contempla la adopción de una nueva legislación a nivel comunitario. Como consecuencia de esto existiría una armonización a la hora de garantizar la seguridad de los vehículos de hidrógeno.

Y un tercer escenario (opción 3), que supondría el desarrollo de una legislación pero a nivel de estados miembros.

 

Las conclusiones a las que se llegó después del estudio de evaluación fueron las siguientes:

 

         La opción 1 (ningún cambio de política), no sería viable ya que podría implicar una barrera para el desarrollo de la tecnología del hidrógeno en la UE y no se podría garantizar la seguridad pública, si se llegase a permitir la venta de vehículos procedentes de mercados emergentes y que no cumpliesen unos estándares mínimos de seguridad. Además los fabricantes de automóviles podrían ser más reacios a invertir si sólo se les ofreciese un mercado fragmentado.

         La opción 2 (legislación a nivel de la UE),  es la opción más ventajosa y la preferida por los fabricantes de vehículos ya que  implica menores costes para la industria del automóvil que la opción 3. Esta opción abriría el mercado en algunos estados miembros donde los vehículos de hidrógeno no se pueden vender en la actualidad. Además los beneficios medioambientales se harían notar también antes que con la opción 3. Las normas de seguridad serían uniformes en los 27  Estados Miembros y serían mayores que con cualquiera de las otras dos opciones.

         La opción 3, es viable técnicamente, pero implica una desventaja tanto para el consumidor como para la industria de automoción, ya que los costes de homologación se multiplicarían por 27 y también podría haber costes extras si los fabricantes tuviesen la necesidad de desarrollar diferentes diseños para  cada vehículo en cada estado miembro.

 

Los aspectos de seguridad de los vehículos de hidrógeno más importantes y a tener en cuenta a la hora de desarrollar una legislación serían los siguientes:

  • Peligro de  inflamación y detonación. Hay que tener en cuenta que los rangos de concentración a los que el hidrógeno se inflama o detona son amplios, entre  4,0 – 75.0% y 18,3 – 59,0% respectivamente, por lo que los riesgos en caso de un escape incontrolado son grandes. Además la llama del hidrógeno es casi invisible y produce poco calor. El hidrógeno se almacena a altas presiones y con pequeñas descargas eléctricas puede inflamarse. A pesar de todas estas desventajas un incendio en un vehículo con una fuga controlada de hidrógeno no tiene por qué ser más peligroso que en un vehículo de gasolina, ya que debido al pequeño tamaño de su molécula y por tanto su alto coeficiente de difusión hacen que se disipe rápidamente en aire. La legislación deberá exigir ensayos de resistencia al impacto, penetración, incendio…, para minimizar el riesgo y las consecuencias de una posible fuga de hidrógeno.
  • Protección de los depósitos de hidrógeno, los sistemas de almacenamiento de hidrógeno deberán ser lo suficientemente compactos como para resistir un impacto y la fuga que se les permita después del mismo tendrá que estar limitada. Los depósitos se situarán en las partes del vehículo donde estén expuestos a menor riesgo de daño por impacto o llevarán una estructura protectora adicional. Se deberá exigir que pasen ensayos de aceleración.
  • Fugas en espacios confinados, si la fuga se produce en el compartimento de pasajeros puede haber riesgo de incendio o asfixia de los ocupantes, por eso no se permitirán fugas y se deberá exigir la presencia de sistemas que detecten y detengan fugas en caso de que éstas se produzcan.
  • Fragilización o debilitamiento de materiales. El hidrógeno puede deteriorar los componentes del sistema de combustible a causa de  su difusión en el acero y otros metales haciéndolos menos resistentes a cargas o estrés, por lo que se exigirán ensayos de fragilidad de los materiales que estén en contacto con el hidrógeno.
  • Los altos voltajes a los que funcionan los vehículos con pila de combustible harán necesario aislar ciertas partes del vehículo. Además se exigirá que no pase corriente eléctrica por las partes del vehículo que contenga hidrógeno.
  • El menor ruido que harán los vehículos eléctricos podrá ser un riesgo para otros usuarios de la carretera que podrían no percibir su presencia.

 

El impacto  producido por la introducción de los vehículos propulsados por hidrógeno será positivo en aspectos como el ruido y la calidad del aire ya que disminuirán las emisiones de partículas y de dióxido de nitrógeno. Respecto a los gases de efecto invernadero, su descenso estará condicionado por la forma en la que se haya obtenido dicho hidrógeno.

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