Sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se desarrolla la Red Nacional de Vías Pecuarias

Una vez cerrado el plazo para presentar alegaciones (22/12/23) y a falta de conocer las nuevas incorporaciones al texto definitivo, en caso de que las haya, todo hace indicar que en las próximas semanas se aprobará el citado Real Decreto. (Ver información).

Sobre el texto que se conoce y desde mi punto de vista hay que señalar en primer lugar que, después de casi 30 años de la aprobación de la ley 3/1995 de 23 de marzo, es una buena noticia que desde el Gobierno Central alguien se ocupe de las vías pecuarias. También considero como positivo el hecho de partir de las conclusiones del I Congreso de Vías Pecuarias. Así, en la exposición de motivos señala que: «Para otorgar a la Red Nacional toda su relevancia conviene consolidar el papel del Estado como responsable de recopilar toda la información física, administrativa, jurídica y cartográfica de las vías pecuarias que la integran para su traslado al Fondo Documental de Vías Pecuarias y al Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, siendo su principal objetivo disponer de una información objetiva, fiable y comparable a nivel estatal. Es necesario adaptar la recogida e intercambio de información a los nuevos sistemas de información que permitan la actualización distribuida y permanente».

Por otra parte, el Proyecto de Real Decreto lo han distribuido en seis capítulos y tres anexos. Creo que se debe resaltar el Capítulo V que se centra en la profundiazación en el conocimiento mediante el inventario y cartografía de la Red Nacional de Vías Pecuarias detallando las principales vías de difusión. Desde luego no será fácil generar y actualizar el inventario y cartografía referida. En nuestra experiencia será más bien laborioso y costoso. Finalmente, reserva el Capítulo VI a dar carta de naturaleza la Fondo Documental para poner a disposición la información histórica de la Administración General del Estado en la materia y recoger las actualizaciones que se vengan produciendo. Indica también que el adecuado desarrollo de este reglamento se basa en la cooperación y colaboración interadministativa como requisitos para la protección de la integridad del dominio público pecuario. Propone la creación del Comité de Vías Pecuarias como órgano de coordinación de las actuaciones en esta materia.

En general estas son las principales motivaciones que se recogen en la Exposición de motivos. En otra entrada, tiempo y espacio habrá para comentar más detalladamente cada uno de los seis capítulos, los 19 artículos y las disposiciones adicionales y finales. Ojalá se pongan los medios y recursos necesarios para que tan loable propósito salga adelante.

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