Qué dicen las leyes en España sobre los vuelos de drones
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eldiario.es

Qué dicen las leyes en España sobre los vuelos de drones

¿Puede pasar lo mismo en España que ocurrió en Gatwick? Esto dice la normativa sobre drones que nuestro país aprobó en diciembre del año pasado.

La crisis de los drones en Reino Unido se cerró en falso: el aeropuerto de Gatwick, el segundo más grande del país, recuperó parcialmente la actividad el pasado viernes tras haber estado paralizado durante dos días por la  aparición de unos misteriosos drones que nadie sabe aún de quién son ni qué intentaban. Pero cuando parecía que se había acabado, los drones volvieron a última hora de la tarde para volver a interrumpir el tráfico aéreo.

¿Pero qué dice la ley en España sobre el uso de drones? Hasta diciembre del año pasado que se publicó una nueva regulación, no estaba permitido realizar vuelos en entornos urbanos ni rurales. Tampoco era posible volar por las noches, fuera del alcance visual de los pilotos ni hacerlo en espacios aéreos controlados y con aparatos con visión aumentada.

La nueva Normativa sobre el uso de drones aprobada el 29 de diciembre de 2017 introduce los supuestos arriba comentados. También especifica qué permiso o licencia deben tener los pilotos, qué requisitos deben cumplir las aeronaves para poder volar y cual es la distancia mínima a la que tienen que estar de un aeropuerto, entre otras cosas.

REQUISITOS PARA LOS PILOTOS

Las personas que deseen volar drones de forma recreativa no necesitan contar con una licencia de piloto. Solo aquellos que vayan a desempeñar una actividad profesional con los aparatos están obligados a hacerlo y a acreditar unos conocimientos teóricos y prácticos, así como un certificado médico de clase LAPL (drones de menos de 25 kg) o de Clase II (drones que pesen más de 25 kg).

Los pilotos profesionales de drones tendrán que estar dados de alta en la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), tener un seguro de responsabilidad civil, el título de piloto de drones y un certificado médico.

QUÉ TENER EN CUENTA A LA HORA DE VOLAR

Los pilotos de vuelos recreativos tienen que cumplir una serie de normas destinadas a la seguridad aérea. A diferencia del Reino Unido, en España, un dron no puede acercarse a menos de 8 km de un aeropuerto o de un aeródromo ni volar fuera del espacio aéreo controlado.

Los drones no pueden volar sobre el terreno por encima de los 400 pies de altura (120 metros). Tampoco pueden hacerlo sobre el obstáculo más alto situado dentro de un radio de 500 pies (150 metros) desde la aeronave y los pilotos han de tener contacto visual permanentemente con la aeronave (VLOS - Visual Line Of Sight).

Los drones que pesen menos de 250 gramos sí pueden volar por la ciudad y sobre personas siempre y cuando no excedan los 20 metros de altura. Si la aeronave pesa menos de 2 kg pueden volar por la noche, pero a una altura máxima sobre el suelo de 164 pies (50 metros). 

VUELOS EN ZONAS URBANAS Y SOBRE PERSONAS DE DRONES PROFESIONALES

Tuvo que ser la nueva ley aprobada hace un año la que viniera a clarificar los puntos relativos al vuelo de drones en zonas urbanas y aglomeraciones que tanto demandaban los pilotos profesionales. Las aeronaves, a la hora de despegar, no pueden sobrepasar los 10 kg de peso y, como ya hemos dicho, ha de ser un vuelo VLOS.

La zona urbana sobre la que volará el dron deberá estar acordonada por las autoridades pertinentes y tendrán que mantener una distancia horizontal mínima de 50 metros respecto a los edificios y las personas. También será necesario que incorporen un paracaídas o un airbag para minimizar los daños en caso de accidente y los vuelos deberán estar autorizados por la AESA. 

Para los vuelos nocturnos por parte de profesionales también se requiere una autorización de la AESA. Los aparatos deberán tener colores vistosos y luces que ayuden a identificar su posición.

Los drones que pesen más de 25 kilos y deseen volar en un espacio aéreo controlado deberán contar con un trasponedor en frecuencia S. Además, los pilotos necesitarán tener una licencia de radiofonista y conocer los idiomas utilizados en las comunicaciones entre el controlador y la aeronave, así como contar con la autorización de AESA.

Para terminar, la normativa también especifica cómo han de proceder los pilotos si quieren volar un dron fuera de su alcance visual (BVLOS - Beyond Visual Line Of Sight) o dentro de su alcance visual aumentado (EVLOS - Extended Visual Line Of Sight). En el primer caso, la aeronave deberá poseer un sistema de rastreo y ser capaz de evitar a otros objetos del espacio aéreo, así como tener instalado un dispositivo de visión orientado hacia delante. En el segundo, es necesaria la figura de un observador (una persona designada específicamente para seguir el vuelo del dron, paralelamente con el piloto) que esté en continua comunicación con el piloto.

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