Nuevo régimen de bonificaciones para el personal investigador

Se ha publicado en el BOE el Real Decreto que establece las bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social respecto del personal investigador. Esta rebaja de costes pretende incentivar la actividad investigadora en las empresas.

El Real Decreto 278/2007, de 23 de febrero desarrolla el régimen normativo de las nuevas bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social; regula el objeto, ámbito de aplicación, exclusiones, o los requisitos de las empresas, entre otros aspectos. El texto fija una bonificación del 40% en las aportaciones empresariales a las cuotas de la Seguridad Social por contingencias comunes respecto del personal investigador.

La norma va dirigida únicamente al personal investigador que, con carácter exclusivo, se dedique a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica, a que se refiere el artículo 35 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.

Por otro lado, el Real Decreto, en vigor desde el pasado 23 de febrero, introduce modificaciones en el Real Decreto 1432/2003, de 21 de noviembre que se regula la emisión de informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y técnicos.

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2 comentarios

  1. Según este Real Decreto, las empresas y entidades pueden aplicarse la reducción de un 40% en la cuota a satisfacer a la Seguridad Social por el personal dedicado excusivamente a actividades de I+D+i. ¿Para justificar esto, es obligatorio solicitar informe motivado?

  2. El Decreto no establece la obligatoriedad de presentar el informe motivado, aunque indica que, en el caso de presentarse, tiene carácter vinculante para la Administración.

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