Modificaciones en la publicación de solicitudes de patentes y reembolso de tasas

La publicación de las solicitudes de patentes nacionales se hará con independencia de  la realización del Informe sobre el estado de la técnica (IET) a partir del próximo 20 de diciembre, siempre que se cumplan las condiciones que establece el artículo 18 de la Ley 11/1986 de Patentes, esto es, transcurridos 18 meses desde la fecha de presentación o prioridad de la solicitud, si se ha dado continuación de procedimiento y se ha pedido la realización del IET y, en su caso, abonado la tasa correspondiente.

 Por otro lado, en la misma fecha también entrará en vigor una nueva Instrucción relativa al reembolso de pago de tasas por IET o Examen Previo en la que se regulan las condiciones de dicho reembolso cuando la solicitud de patente haya sido objeto de un Informe de Búsqueda Internacional (IBI) por parte de la OEPM como Administración de Búsqueda Internacional o por una Administración de Búsqueda Internacional diferente a la OEPM, e igualmente en el caso de que haya sido objeto de un Informe de Examen Preliminar Internacional (IEPI) previo.

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