SOBRE LA DIVULGACIÓN DE LAS DCI (DENOMINACIONES COMUNES INTERNACIONALES) EN LOS DOCUMENTOS DE PATENTE

Dentro del Comité Permanente de Derecho de Patentes de la OMPI Sudáfrica presentó en la decimosexta sesión una propuesta relativa a la elaboración de estudios sobre la relación entre las patentes y la salud pública. En la vigésima sesión de dicho comité se aprobó que la secretaría realizara un estudio sobre la viabilidad de la divulgación de las Denominaciones Comunes Internacionales (DCI) en los documentos de patente.

 

La DCI o INN (International Nonproprietary Name) es el nombre oficial genérico que asigna a cada medicamento la OMS (Organización Mundial de la Salud). Actualmente hay alrededor de 8600 y cada año se incluyen de 120 a 125. Tienen que ser distintivos en su sonido y escritura. Algunos ejemplos son el ibuprofeno, el paracetamol y el Ritonavir. Para poder solicitar una DCI ante la OMS es necesario que el medicamento se encuentre ya en la fase de ensayos clínicos. La DCI sería uno de los “nombres” que se pueden utilizar en una búsqueda del estado de la técnica farmacéutico. En el estudio se muestran como ejemplo todos los nombres y códigos que se emplean para referirse al “atazanavir” un antiviral empleado contra el VIH:

 

Actualmente no hay ninguna legislación nacional o internacional que obligue a incluir el INN o DCI en los documentos de patente. Sin embargo, en la India se han realizado propuestas encaminadas a ello. Dado el tiempo prolongado que supone la investigación de nuevos medicamentos y la realización de ensayos destinados a la obtención de la correspondiente autorización de comercialización, normalmente la patente ya se ha concedido cuando el nuevo medicamento obtiene la DCI. Sin embargo, en el caso de solicitudes de patentes que se refieren a mejoras de medicamentos ya existentes, habitualmente la DCI ya se conoce en la fecha de presentación de la solicitud. En los siguientes gráficos se observa el número de familias de patentes que sobre el atazanavir y el ritonavir se fueron generando a lo largo del tiempo, indicando el momento en que se obtuvo la DCI.

 

Las principales conclusiones preliminares del estudio son:

–          Ciertos profesionales de la salud en ocasiones están interesados en saber si hay patentes en vigor en relación con un determinado producto farmacéutico que está en el mercado. Estos productos que se están comercializando tienen ya asignada una DCI. Habitualmente estos profesionales sólo tienen acceso a bases de datos gratuitas para identificarlas y no pueden acceder a bases de datos comerciales, normalmente más completas.

 

–          Son estos usuarios los que verían muy útil identificar todas las patentes asociadas con un producto farmacéutico a partir de una búsqueda simple por DCI.

 

–          El problema es que en muchos casos no es posible proporcionar el DCI en el momento de presentar una solicitud de patente. En otros si será posible.

 

–          Si se decidiera incluir la DCI en los documentos de patente, debería establecerse claramente el alcance: si es obligatorio o voluntario, el lugar de la solicitud en la que debe incluirse,  etc.

 

–          En el caso de patentes cuya solicitud se presentó antes de la obtención de la DCI, un problema sería cómo asociar dichos documentos con la DCI. Podría ser bastante laborioso para las Oficinas de Patentes.

 

 

–          Aunque de acuerdo a los autores sería útil la inclusión de la DCI en los documentos de patente,  la simple indicación en un documento de patente de la DCI correspondiente no sería suficiente para obtener con un solo clic las patentes asociadas a un determinado producto farmacéutico.

 

–          A falta de una solución simple y perfecta, se dispone posibles sustitutos a bases de datos de patentes que vinculen patentes con sus DCI, por ejemplo “the orange book” de la Administración Estadounidense y datos de los Certificados Complementarios de Protección. Algunos profesionales de la salud las utilizan para vincular medicamentos con las patentes en vigor. También se está explorando el desarrollo de algoritmos que permitirían búsquedas más eficientes en los campos de la farmacología y química.

 

Y usted ¿qué piensa? ¿Cree que sería útil incluir las DCI en las patentes? ¿Se debería exigir?

Compartir:

4 comentarios

  1. Una entrada muy interesante.
    Teniendo en cuenta que la DCI es una forma de expresión de la fórmula química estructural que se va a hacer pública con la patentes cuando ésta se conceda, ¿no sería posible, de algún modo, incluir en la patente la DCI cuando se obtenga a efectos de facilitar las búsquedas y armonizar los documentos de patente?

  2. Soy consciente de que la poderosa industria farmacéutica está en contra que se asocien las DCI’s a las correspondientes patentes. No tengo muy claro el motivo, pero creo que tiene que ver con su política de «evergreening», de mantener en vigor patentes sobre pequeñas mejoras de medicamentos ya existentes. No desean que se detecten esos intentos de «evergreening» en países en vías de desarrollo. Debería exigirse la inclusión de las DCI’s en los documentos de patente.

  3. Aún cuando no soy un experto en el tema y a pesar de lo que se dice en una de las conclusiones no creo que sea tan complicado asociar las patentes y las DCI’s correspondientes. Se trata de ponerse a ello. Estoy seguro de que la OMS y la OMPI podrían proporcionar asistencia a los estados interesados para conseguirlo.

Deja un comentario