¿Sabía que usted también puede colaborar con el examen de las solicitudes de patente?

Es conocido que cuando se presenta una solicitud de patente, la misma es estudiada por unos funcionarios denominados “examinadores de patentes”, con el fin de determinar si se cumplen los requisitos establecidos por la ley, especialmente los requisitos de patentabilidad (novedad, actividad inventiva y aplicación industrial) y el de suficiencia de la descripción, además de una serie de requisitos formales antes de conceder la patente. Pero lo cierto es que la mayoría de los sistemas de concesión de patentes prevén mecanismos para que cualquier persona pueda colaborar en el procedimiento de concesión:

La Ley 11/1986 en su artículo 36, dedicado al procedimiento general de concesión establece que:

Cualquier persona podrá formular observaciones debidamente razonadas y documentadas al informe sobre el estado de la técnica, en la forma y plazo que reglamentariamente se establezcan. (Dos meses desde la fecha de publicación en el BOPI de la reanudación del procedimiento general de concesión).

Indudablemente y dado que se trata del procedimiento general de concesión, estas observaciones no impedirán a concesión de la patente, pero quedarán en el expediente, pudiendo utilizarse en un posible procedimiento judicial posterior.

Asimismo, en su artículo 39, que regula el procedimiento de concesión con examen previo, la Ley de Patentes 11/1986 señala:

En los dos meses siguientes a la publicación de la petición de examen, cualquier interesado podrá oponerse a la concesión de la patente, alegando la falta de cualquiera de los requisitos exigidos para esa concesión. El escrito de oposición habrá de ir acompañado de los correspondientes documentos probatorios.

Dentro del procedimiento de concesión con examen previo, una oposición puede llevar a la denegación de una patente.

El Convenio de la Patente Europea en su artículo 115 establece que una vez publicada la solicitud de patente, cualquier tercero puede presentar observaciones en relación con la patentabilidad del objeto de la solicitud. En el Convenio de la Patente Europea se compaginan estas observaciones con la posibilidad de presentar oposiciones durante los 9 meses posteriores a la concesión de la patente europea. De modo similar, el anteproyecto de Ley de patentes aprobado por el consejo de ministros el pasado 11 de abril también contempla en su artículo 38  la posibilidad de presentar observaciones por parte de terceros sobre la patentabilidad de la invención, una vez que se ha publicado la solicitud. Asimismo, dicho anteproyecto también permite la presentación de oposiciones con posterioridad a la concesión en el procedimiento de tramitación de patentes (art. 43) y anteriores a la concesión en los modelos de utilidad (art. 141).

Desde  julio de 2012, el procedimiento  PCT (Patent Cooperation Treaty) contempla la posibilidad de presentar observaciones de terceros. Las observaciones se pueden presentar desde la fecha de publicación de la solicitud internacional hasta que se cumplen 28 meses desde la fecha de prioridad.

 

Todas las solicitudes internacionales presentadas de acuerdo al procedimiento PCT se publican, transcurridos 18 meses desde la fecha de prioridad o de presentación internacional. En la base de datos patentscope se pone a disposición del público el folleto de la solicitud junto con sus datos bibliográficos a los que se añade un vínculo que permite la presentación de observaciones de terceros. Las solicitudes se pueden presentar de forma anónima, aunque es preciso darse de alta en los denominados “ePCT public services”. Deben estar redactadas en el idioma de publicación.

 

A continuación se muestra un ejemplo de observaciones presentadas dentro del procedimiento PCT a la solicitud WO2012168424

Por muy experto en su materia que sea un examinador de patentes, siempre existirá la posibilidad de que no detecte algún elemento del estado de la técnica. Por otro lado, probablemente los competidores del solicitante conocerán algunos componentes del estado de la técnica, como catálogos o utilizaciones que el examinador podría no haber detectado.

Durante los últimos años, en los EE.UU se han dado pasos tendentes a extender y popularizar la colaboración de los terceros en la búsqueda del estado de la técnica relevante en relación con las invenciones objeto de solicitudes de patentes, consistentes en unos programas piloto denominados “peer to patent”, destinados a mejorar la calidad del examen de patentes, recogiendo de manera estructurada y productiva la participación del público. Asimismo, el pasado mes de noviembre en una rueda de prensa la Casa Blanca anunció una serie de medidas destinadas a mejorar la calidad de las patentes concedidas, entre las que destaca una denominada “crowdsourcing prior art”, sobre la que aún no se cuenta con demasiada información pero que esencialmente consiste en contar con la contribución de la comunidad científica y técnica en el análisis del estado de la técnica.

 

 

Como conclusión, se puede afirmar que usted mismo puede contribuir a una mayor calidad en las patentes concedidas, aportando sus conocimientos sobre el estado de la técnica en relación con una determinada solicitud de patente, mediante las diferentes vías expuestas, aunque para ello deberá efectuar un seguimiento de la publicación de las solicitudes de patentes nacionales o modelos de utilidad en el BOPI (Boletín Oficial de la Propiedad Industrial) y las solicitudes de patente tipo PCT publicadas en “patentscope”. ¡Anímese, su colaboración será bienvenida!

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7 comentarios

  1. The Patent Proposed Legislation Article 38, which was approved by the Council of Ministers on April 11th, allows for the possibility of third parties giving views on the patentability of the invention after publication of the application.

  2. No sorprende la propuesta ds institucionalización de la denuncia o acusación anónima. La realidad no se puede evitar, pero si su institucionalización.

  3. Me uno a la petición de Natalia. Se debería facilitar la presentación de observaciones a partir de la página de la OEPM

  4. En mi humilde opinión, si realmente se quiere que se haga uso de esta posibilidad de que cualquiera contribuya al examen de las patentes proporcionando documentos del estado de la técnica, la OEPM debería seguir el ejemplo de la OMPI con el PCT y permitir que se presenten observaciones a través de su página web y si es posible de forma anónima.

  5. Conozco el tema pero me complace leer este artículo. Creo que los investigadores de las universidades públicas deberían dedicar parte de su tiempo no sólo a vigilar el estado de la técnica, para evitar solapamientos en los trabajos de investigación, sino también para aportar la información que poseen en relación con las invenciones publicadas, sobre todo en patentscope, para que de ese modo el mundo no se vea invadido por patentes inútiles sobre invenciones que no lo merecen y que siembran el mercado de incertidumbre legal.

  6. Creo que no se utilizan demasiado, porque en el caso de que un competidor tenga una prueba irrefutable de que la patente no es válida, probablemente desee esperar a que el titular salga al mercado, para causar más daño

  7. Algo había oído de las observaciones de terceros. Pero me pregunto si son realmente útiles…..

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