Ayudas estatales: la Comisión adopta un Reglamento por el que se aprueban automáticamente ayudas al crecimiento y al empleo

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Palabras clave: ayudar, empresas, escalada ...
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La Comisión Europea ha adoptado este mes un Reglamento sobre la aprobación automática de un conjunto de medidas de ayuda estatales, que entrará en vigor en las próximas semanas, en virtud del cual los Estados miembros podrán conceder ayudas que contribuyan al crecimiento y a la creación de empleo sin notificarlas previamente a la Comisión.

Las ayudas estatales pueden redundar en beneficio de la sociedad a través de la mejora del medio ambiente, el fomento de la investigación y desarrollo o el incremento de la formación de los recursos humanos. No obstante, dichas ayudas pueden tener también efectos negativos al mantener en el mercado empresas ineficaces, lo que a más largo plazo se traduce en precios más altos para los consumidores. Las ayudas pueden hacer también que las empresas creen una situación de competencia entre dos gobiernos, amenazando con desplazar sus inversiones a los países que proporcionen mayores subvenciones.

 

En general, es preciso notificar la ayuda estatal, previa concesión, a la Comisión para que se pueda comprobar que contribuye a objetivos loables y no distorsiona la competencia. El nuevo Reglamento de la Comisión permitirá a los Estados miembros conceder ayudas específicamente destinadas a crear empleo, impulsar la competitividad y mejorar el medio ambiente sin necesidad de notificar previamente la ayuda a la Comisión. En consonancia con otras medidas como el “Plan de acción de ayudas estatales 2005-2009” y la nueva “Ley de la Pequeña Empresa”, adoptada el mes pasado, la Comisión pretende facilitar y acelerar la concesión de ciertas ayudas estatales y reducir los trámites para el Estado miembro, los beneficiarios y la propia Comisión. Las condiciones de exención del Reglamento son coherentes con las directrices recientemente aprobadas sobre ayudas estatales en favor del medio ambiente, las directrices sobre ayudas estatales y capital riesgo para PYME y el marco comunitario sobre ayudas estatales de investigación, desarrollo e innovación.

 

El nuevo Reglamento General de Exención por Categorías (RGEC) armoniza y consolida en un texto único las normas existentes, y amplía las categorías de ayudas estatales incluidas en la exención.

 

Las medidas de ayuda no incluidas en el RGEC no son necesariamente ilegales. Seguirán sujetas al requisito tradicional de notificación: la Comisión examinará las notificaciones con arreglo a las directrices y marcos existentes.

 

Las categorías de ayudas autorizadas por el RGEC son las destinadas a:

 

  • la inversión y el empleo en favor de las PYME
  • las pequeñas empresas recientemente creadas por mujeres empresarias
  • los servicios de consultoría de las PYME
  • la participación de las PYME en ferias
  • la aportación de capital de riesgo
  • la investigación y el desarrollo
  • los estudios técnicos de viabilidad
  • los costes de los derechos de propiedad industrial de las PYME
  • la investigación y el desarrollo en los sectores agrícola y pesquero
  • las empresas jóvenes innovadoras
  • los servicios de asesoramiento y los servicios de apoyo a la innovación
  • la cesión de personal muy cualificado
  • la formación
  • la contratación de trabajadores desfavorecidos en forma de subvenciones salariales
  • el empleo de trabajadores discapacitados en forma de subvenciones salariales
  • la compensación de los costes adicionales del empleo de trabajadores discapacitados
  • la inversión y el empleo regionales
  • las pequeñas empresas recientemente creadas en regiones asistidas
  • las inversiones para superar las normas comunitarias de protección del medio ambiente
  • la adquisición de vehículos de transporte que superen las normas comunitarias de protección del medio ambiente
  • la adaptación anticipada de las PYME a las futuras normas medioambientales
  • la inversión en medidas de ahorro energético
  • la inversión en la cogeneración de alta eficiencia
  • la inversión en el fomento de las energías renovables
  • los estudios sobre el medio ambiente
  • el medio ambiente, en forma de desgravaciones fiscales

El  RGEC entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la UE. Para tener una idea del alcance del nuevo Reglamento, podéis consultar las estadísticas publicadas por la Comisión sobre las Ayudas de Estado concedidas durante los últimos años en los Estados miembros de la UE y a qué sectores iban dirigidas.

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3 comentarios

  1. Muchas gracias por esta información…. ¿Se sabe cuando se va a publicar en el DOUE? Qué pasa con los regímenes de ayuda que están en vigor hasta, por ejemplo, 2013? habrá que reformarlos?

    un saludo

  2. No se sabe todavía el día exacto que saldrá publicado el reglamento en el DOUE. Depende de la Oficina de publicaciones y de los juristas ligüistas.

    Los regímenes de ayuda deberán adaptarse a los nuevos requisitos del Reglamento. Si cumplen con los requisitos no deberán ser comunicados a la Comisión. Artículo 44 del Reglemento (Disposiciones transitorias).

  3. Pero, ¿quíen va a conceder estas ayudas? Se hará en el ámbito autonómico o por el contario serán ayudas estatales?

    Gracias.

    Un saludo.

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