El borrador de anteproyecto de la Ley de Ciencia incluye un artículo sobre «acceso abierto»

El borrador del anteproyectode la Ley de la Ciencia ha incluido un capítulo dedicado al acceso abierto.Magnífica noticia. Os copio el artículo en cuestión y comparto con vosotrosalgunas reflexiones al respecto.

 Artículo33. Publicación en acceso abierto.

1.Los agentes del Sistema Español de Ciencia y Tecnología impulsarán eldesarrollo derepositorios, propios o compartidos, de acceso abierto a las publicaciones de supersonal de investigación. 

2.Los investigadores cuya actividad investigadora esté financiada con fondos delos PresupuestosGenerales del Estado harán pública una versión digital de la versión finalde los contenidos que les hayan sido aceptados para publicación en publicacionesde investigación seriadas o periódicas, tan pronto como resulte posible,pero no más tarde de seis meses después de la fecha oficial de publicación.

3.La versión electrónica se hará pública en repositorios de acceso abierto reconocidosen el campo de conocimiento en la que se ha desarrollado la investigacióno en repositorios de acceso abierto institucionales.

4.La versión electrónica pública podrá ser empleada por las Administraciones Públicas,en sus procesos de evaluación

El hecho de que finalmente elgrupo de trabajo que está elaborando el texto de la nueva Ley de Ciencia hayaincluido en el borrador del anteproyecto de la Ley un artículo sobre el accesoabierto es ya en sí mismo una magnífica noticia. Pero es que, además, me pareceque la aproximación que han hecho a la cuestión es muy acertada.

En primer lugar enfocan el accesoabierto en los repositorios digitales, lo cual significa que en ese accesoabierto van a poder incluirse no sólo los textos de los artículos sino toda lacompleja red de información que representa actualmente el resultado de la investigación: no sólo los artículos,sino también los datos que se han utilizado para la investigación, simulaciones,el software necesario para su procesamiento, modelos, gráficos, etc. Toda estainformación no puede ser soportada por el sistema tradicional de publicacióncientífica y convierte así a los repositorios en un camino real hacia un modeloalternativo de publicación de los resultados de la investigación científica enel entorno de la denominada “e-ciencia”.

El punto dos es importante porqueel borrador hace una precisión que permite no entrar en [demasiado] conflictocon las revistas científicas: la versión que deberá estar disponible en accesoabierto es la versión final, revisada y aceptada, del artículo que se publicaráen la revista. Esto está en la línea de lo establecido por la Comisión Europeaen su reciente proyecto piloto de Open Access. El embargo establecido es unabuena noticia para el Open Access, que en realidad persigue el accesoinmediato, pero me parece que no va a poder ser realmente aplicado en todas lasáreas científicas. Creo que en este sentido, mientras el sistema de publicación“oficial” sigan siendo las revistas científicas, es necesario contemplardiferentes situaciones de embargo para las diferentes áreas científicas. 

Además, el hecho de que hablen derepositorios y no de revistas en acceso abierto implica, en mi opinión, que laLey apoya la búsqueda de un modelo alternativo de publicación científica, en lalínea de los últimos proyectos de la Comisión Europea, como el proyecto pilotode “acceso abierto” o el más reciente PEER (Publishingand the Ecology of European Research

Y, finalmente, un punto queconsidero crucial para el “acceso abierto”: no es posible pedir a losinvestigadores que permitan el acceso abierto a sus publicaciones si la únicapublicación que les van a valorar es aquella que publiquen en revistascientíficas reconocidas  y estas revistasno les publican sus artículos si éstos están en acceso abierto en unrepositorio.

Quizás sólo una cuestión meparece que debería ser matizada. El título del artículo habla de “publicación”en acceso abierto y luego de “hacer público”. En efecto, el hecho de depositarun artículo en un repositorio y permitir su acceso abierto no es publicar en elsentido “formal” del término (proceso de registro, certificación en unarevista). La única “publicación” posible, hoy por hoy, es a través de lasrevistas. En el caso del acceso abierto a través de repositorios está mejorexpresado con “hacer públicos”. Por ello, quizás, el título del artículodebería evitar el término “publicación”. Se me ocurre algo así, en su lugar:difusión en acceso abierto de los resultados de la investigación científicafinanciados con fondos públicos. Es muy largo, pero creo que más exacto.

 

En esta página podéis encontrarel documento del borrador y tendréis la posibilidad de enviar vuestroscomentarios sobre el mismo


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