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Tras la convocatoria extraordinaria y la reactivación de la carrera profesional en el Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid los profesionales que forman parte de las instituciones sanitarias públicas pudieron solicitar el acceso al nivel que por antigüedad y méritos les correspondiera. Pasados varios años al fin se abría la posibilidad de ver reconocida la labor desempeñada en distintos ámbitos de nuestra actividad laboral.
El acuerdo que dio origen a la carrera profesional (1) data de 2006 y fue aprobado por el Consejo de Gobierno en enero de 2007 (2). Nosotros expusimos nuestra opinión abiertamente en los albores de esta bitácora (3). Como se puede comprobar, no nos satisfacía por no ser la forma la adecuada para su propósito, es decir, ”ser un elemento de motivación para los profesionales sanitarios, que muestre y valore el devenir de su vida profesional” (anexo II, 1).
Según la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, la carrera profesional es “el derecho de los profesionales a progresar, de forma individualizada, como reconocimiento a su desarrollo profesional en cuanto a conocimientos, experiencia en las tareas asistenciales, investigación y cumplimiento de los objetivos de la organización en la cual prestan sus servicios” (artículo 41.1). Durante estos 10 años el reconocimiento de nivel inicial es el único que ha tenido efectos económicos, sin duda un elemento motivador básico para cualquier trabajador. La crisis hizo que los sucesivos reconocimientos fruto de convocatorias en los centros no tuvieran repercusión dineraria.