Nueva regulación con intereses de los préstamos para Máster y Doctorado

El Ministerio de Educación aprobó a principios de diciembre una nueva regulación para los préstamos para realizar formación de posgrado. La convocatoria de 2012 se abre el 1 de febrero, con plazo hasta el 30 de mayo.

Estos préstamos son hijos pequeños de los famosos Préstamos Renta Universidad, un generoso programa de ayudas que cubría el coste de la matrícula más una dotación mensual para alimentos (en el sentido jurídico del término).

Por desgracia, las sucesivas convocatorias en los últimos años han eliminado el carácter excepcional de esta convocatoria. Hasta la convocatoria aprobada para 2010, solamente existía obligación de devolver los préstamos si el beneficiario alcanzaba unas rentas anuales superiores a 22.000 € brutos en años posteriores a la concesión. Transcurrido un plazo de tiempo bastante largo, la obligación de retorno se extinguía incondicionalmente.

Sin embargo, en la convocatoria para 2011 el Ministerio de Ángel Gabilondo eliminó esa graciosa «amnistía financiera», aunque mantuvo una condición muy favorable: tasa de interés igual a 0.

En la Orden EDU/3320/2011 el interés se fija en un considerable 5,43 %, con un plazo de amortización de entre 8 y 16 años. Para el resto de características, os dejo un enlace a la noticia en mastermas y una cita del mismo artículo:

En cuanto a las cuantías que podrán solicitarse, serán de una disposición inicial con límite de 6.000 euros y posibilidad de otra disposición inicial para el comienzo del segundo año académico con un límite de otros 6.000 euros. La renta mensual será de hasta 800 euros por cada mes de duración del máster o doctorado, con un límite máximo de 21 meses. En el caso de másteres o doctorados que vayan a realizarse en el extranjero podrá solicitarse un suplemento de hasta un máximo de 6.000 euros en función del importe de la matrícula, de desplazamiento e instalación, que se abonará en un único pago inicial.

La cuantía máxima que podrá solicitarse por préstamo será de 240 por crédito matriculado o equivalentes en el caso de los estudios de doctorado. La cuantía mínima total del préstamo será de 4.000 euros y el máximo para 120 créditos será de 6.000 euros, mientras que el importe máximo de las mensualidades será de 800 euros. Para los estudios de doctorado la equivalencia será de 60 créditos para un curso académico completo. De esta forma, el máximo a conceder será de 15.600 euros en el caso de que los estudios duren un año académico y de hasta 28.800 en el caso de dos cursos académicos.

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3 comentarios

  1. Qué valiosa información para aquellas personas que adelantan estudios de posgrado bajo los créditos adquiridos con entidades financieras

  2. Estimado usuario:

    Gracias por su comentario. Entendemos que la nueva regulación de los préstamos se refiere únicamente a los otorgados por el Ministerio de Educación y Cultura, no siendo de aplicación para los que concedan entidades privadas (fundaciones, bancos y cajas, etcétera).

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