¿Esta garantizado el abastecimiento de agua para los nuevos desarrollos urbanísticos de Madrid?

Todos somos testigos del crecimiento urbanístico en grandes zonas de la Comunidad, y aunque parece que es el suelo el factor limitante para el desarrollo de los nuevos planes, cabe preguntarse si esta asegurado para todos y para todo el abastecimiento de un bien básico como es el agua.

[Grupo de Fisicoquímica de Procesos Industriales y Medioambientales, FQPIMA.

Universidad Complutense de Madrid.]

 

La confederación Hidrográfica del Tajo, dependiente del Ministerio de Medio Ambiente, no garantiza el abastecimiento de agua a 22 desarrollos urbanísticos de la Comunidad de Madrid. La elaboración de todos los informes negativos realizados por la Confederación se basan en la ausencia de información que justifique de cómo y cuantos recursos hídricos se cuenta para satisfacer las nuevas necesidades que se crearían en los nuevos planes.

Distinta opinión sobre el tema mantiene la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad ya que la negativa de la Confederación puede ser preceptiva pero no vinculante y, por tanto, no supone un obstáculo de la tramitación de los nuevos planes urbanísticos puesto que quién tiene que garantizar el suministro de agua es el distribuidor, es decir, el Canal de Isabel II.

Es por ello por lo que todo desarrollo seguirá adelante a menos que se tenga también la negativa del Canal. En las últimas fechas la Comunidad he decidido ser más restrictiva en estos aspectos, exigiendo claramente la seguridad que se cuenta con los recursos necesarios.

El gran problema que asoma debido a estos grandes desarrollos y al futuro crecimiento de la población es la subida de la demanda que está prevista en la Comunidad de Madrid; en 2020 la población puede llegar hasta los 8,5 millones de personas con un consumo estimado de agua de 1079 hectómetros cúbicos al año, que comparado con los aproximadamente 600 hectómetros cúbicos año actuales da idea del problema que tendremos en el futuro: casi el doble de consumo frente a la previsión de menores precipitaciones en años venideros.

Antes de llegar a litigios entre administraciones se debería imponer un acuerdo o pacto entre los actores interesados en la gestión del agua que plantee seriamente un acuerdo entre recursos y necesidades.

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4 comentarios

  1. Encuentro muy oportuno, y atinado, el comentario. En lugar de lanzar a la confrontación a las Administraciones para que diluciden sobre hechos consumados en los que están afectados bienes fundamentales para la vida, el sentido común impone que antes de tomar una decisión, los dueños del agua se pongan de acuerdo. El dominio público sobre todas las aguas continentales está explícito en la vigente Ley de Aguas, y no existe un derecho privado a tener agua allí donde el promotor u otros particulares deseen implantar una urbanización.

    Pretender que una empresa como el Canal de Isabel II SA (o Perico de los palotes SA) pueda decidir sobre su uso o distribución, es una aberración social y jurídica y una puerta abierta a componendas cuya naturaleza económica, viciada de origen, no se le escaparía a nadie.

    http://amarias.blogia.com

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