DE NUEVO, EL TIEMPO DEL FISIOTERAPEUTA

Parece una obviedad. El profesional sanitario tiene una serie de tareas encomendadas, dependiendo de su ámbito de actuación y de las responsabilidades que se le asignen. Además, estan recogidas en una ley, la Ley 44/2003, en la que se regulan las funciones de los profesionales sanitarios. Aún así,  parecería que con criterios de gerencia se quiere coartar el derecho del profesional a cumplir con sus obligaciones legales.

El fisioterapeuta, y cualquier otro profesional sanitario (médico, enfermero, odontólogo, terapeuta  ocupacional,  podólogo, etc.) ha de distribuir su tiempo entre distintas funciones. Dejamos clara esta situación en una entrada previa (1). Estas funciones han de ser compatibles por «imperativo legal», aunque la ponderación de cada una de ellas dependerá del contexto de trabajo. De igual modo que se le puede exigir al profesional docencia, investigación, formación (y autoformación), y asistencia a sus pacientes, este puede y debe exigir tiempo para su ejercicio. Y, en cualquier caso, tiempo para cumplir con sus obligaciones. Lo demás sería un contrasentido, por no hablar de ilegalidad.

La vuelta a este tema, a riesgo de ser cargante, es el reclamo ante posibles tentaciones y pretensiones a las que el profesional sanitario puede verse sometido en aras de una gestión más «eficiente».  Concretamente nos preocupa la idea de que el profesional debe colmar su tiempo de trabajo, traducido en una ocupación asistencial completa, visible, «eficiente». Lo demás, lo que no se refleje en una estadística asistencial, objetiva, sería un tiempo vacío, improductivo. Sin querer generalizar, esta actitud ante la labor del profesional sanitario podría parecer plausible en tiempo de crisis y de contención. El usuario quiere ser atendido a la mayor brevedad posible y la demagogia tendría fácil acogida en situaciones de largas demoras en la atención, como las que se dan en muchos casos en  la sanidad pública. Sin embargo, la calidad, pretendida explícita y públicamente por los gestores, y articulada en las disposiciones legales como la referida Ley 44/2003 o la la Ley 41/2002 no sólo se consigue con una asistencia a pie de cama o de camilla impecable sino que, hoy día, se asume la imprescindibilidad de la investigación, la formación y la actualización permanentes para proporcionar cuidados fiables. Eso sin contar otras tareas no menos necesarias  y obligadas como las sesiones clínicas o las tareas de gestión y administrativas (control de asistencia, cumplimentación de la historia clínica, reuniones, etc.). Todas esas funciones  forman parte (o deberían legal y deontológicamente) cotidiana del trabajo de fisioterapeuta. E indefectiblemente han de ser encajadas en el horario de la jornada laboral. Esta fue una de la motivaciones que llevó a la formación de la plataforma «10 minutos». En su reunión que tuvo lugar el 16 de diciembre de 2000 (2) se marcó como objetivo inmediato  «conseguir una agenda limitada de trabajo asistencial, de tal forma que en una jornada de 7 horas, dediquemos como máximo 5 horas de asistencia directa al paciente, incluyendo aquí la consulta de demanda, programada y avisos, dejando el resto de la jornada para labores no directamente asistenciales como formación, docencia , investigación , reuniones organizativas, etc.». Parece razonable, teniendo en cuenta que el objetivo último es una asistencia santaria de calidad.

Para finalizar con la entrada presentamos someramente el modelo que se sigue en la Unidad de Fisioterapia y Terapia Ocupacional  del Hospital Universitario de Fuenlabrada y que, siendo mejorable, creemos que tiene en cuenta los requerimientos para alcanzar una cota de calidad asistencial reconocida. En la jornada de siete horas existe un tiempo limitado, protegido de treinta minutos por paciente individual. Siguiendo el hilo de lo argumentado, y aparte de otros treinta minutos de labores administrativas (destinado entre otras cosas a gestión de agendas) hay que considerar que la media hora por paciente debe incorporar la asistencia directa al paciente, la obtención de datos para la confección de la historia clínica (revisión de las aportaciones de otros profesionales, pruebas diagnósticas, elaboración de encuestas o autoinformes, etc.) y traspaso de los mismos al soporte disponible (papel o historia clínica electrónica), adquisición de conocimientos necesarios para el abordaje del paciente, contemplación de posibles avances en la patología  o problema a tratar, información a la familia, adiestramiento a la misma y/o al paciente, etc. Y sin considerar la tarea docente,  presente en muchos centros. Todo  en función de cada caso.

Parece poco discutible que en el contexto de una atención fisioterapéutica de calidad pensar en reducción del tiempo asignado, al menos treinta minutos, con una lógica flexibilidad, sería propiciar una presión sobre el profesional que menoscabe algún o algunos de los quehaceres exigibles al mismo. En definitiva,  propiciar un deterioro, visible o no, de sus funciones.

Referencias

1. González García, JA. El control del tiempo en fisioterapia. Fisioterapia. https://www.madrimasd.org/blogs/fisioterapia/2009/01/27/el-control-del-tiempo-en-fisioterapia/. Acceso 25 de febrero de 2011.

2. Grupo de trabajo profesional. Asociación Española de Pediatría en Atención Primaria. http://www.aepap.org/profesional/10minutos.htm. Acceso 1 de marzo de 2011.

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