Publicada la nueva Directiva 2018/840/UE sobre la lista de sustancias prioritarias en el ámbito de la política de aguas

El pasado 5 de junio el Diario Oficial de la Unión Europea publicaba la nueva DECISIÓN DE EJECUCIÓN 2018/840/UE en el ámbito de la política de aguas, de conformidad con la Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que deroga la anterior Decisión de ejecución (UE) 2015/495 de la Comisión.

Ana Cruz del Álamo (Departamento Tecnología Química y Ambiental-Universidad Rey Juan Carlos)

El pasado 5 de junio el Diario Oficial de la Unión Europea publicaba la nueva DECISIÓN DE EJECUCIÓN 2018/840/UE en el ámbito de la política de aguas, de conformidad con la Directiva 2008/105/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, que deroga la anterior Decisión de ejecución (UE) 2015/495 de la Comisión.

Según la Directiva 2000/60/CE por la que se estable un marco comunitario de actuación en el ámbito de la política de aguas, las sustancias peligrosas prioritarias son sustancias identificadas para las que se deben adoptar medidas de conformidad para la reducción progresiva de la contaminación debido a que suponen un riesgo significativo para el medio acuático o a través de este. Estas sustancias o grupos de sustancias que entrañan un nivel de riesgo análogo son tóxicas, persistentes y pueden causar bio-acumulación en el medioambiente.

La Comisión Europea ha efectuado una revisión de la lista de sustancia prioritarias 2015/495/CE ya que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 de la Directiva 2000/60/CE, la Comisión debe actualizar la lista cada dos años. Esta decisión debe ser respaldada por una amplia consulta con expertos de los servicios de la Comisión, los Estados miembros, las partes interesadas y el Comité Científico de los Riesgos Sanitarios y Medioambientales.

A lo largo de 2017, la Comisión analizó los datos obtenidos durante el primer año de seguimiento de las sustancias recogidas en la primera lista de observación. Sobre la base de este análisis, concluyó que hay suficientes datos de seguimiento de alta calidad sobre las sustancias trialato, oxadiazón, 2,6-di-terc-Butil-4-metilfenol y diclofenaco, y que, por consiguiente, procede retirarlas de la lista de observación.

Conforme a lo dispuesto en la Decisión de Ejecución 2015/495/UE, sería conveniente hacer un seguimiento de la sustancia 4-metoxicinamato de 2-etilhexilo en los sedimentos. No obstante, los escasos datos notificados no son suficientes para llevar a cabo un análisis concluyente acerca de esta matriz de seguimiento. Por lo tanto, la sustancia debe retirarse de la lista de observación.

En cuanto al antibiótico macrólido azitromicina y dos de los neonicotinoides, imidacloprid y tiametoxam, siguen necesitándose datos de seguimiento suplementarios de alta calidad a efectos de la evaluación específica en la Directiva 2000/60/CE. Por tanto, estas sustancias deben mantenerse en la lista de observación. Los antibióticos macrólidos y los neonicotinoides se incluyeron como grupos en la lista de observación a fin de tener en cuenta el hecho de que las sustancias que actúan del mismo modo podrían tener efectos aditivos (los antibióticos macrólidos: claritromicina y eritromicina; los neonicotinoides: acetamiprid, clotianidina y tiacloprid).

A lo largo de 2017, la Comisión recabó también datos sobre otra serie de sustancias que podrían incluirse en la lista de observación. Así pues, El insecticida metaflumizona y los antibióticos amoxicilina y ciprofloxacina se identificaron como candidatos adecuados. La inclusión de la amoxicilina y la ciprofloxacina es coherente con el Plan de Acción europeo «Una sola salud» para luchar contra la resistencia a los antimicrobianos.

Además, en la nueva lista de sustancias prioritarias, mostrada en la Figura 1, se incluyen los métodos analíticos indicados de análisis y los límites máximo aceptable de detección del método.

Figura 1. Lista de observación de sustancia prioritarias del agua a nivel de la Unión Europea

Fuentes

–     Directiva 2000/60/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de octubre de 2000

–     Directiva 2013/39/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 agosto 2013

–     Decisión de ejecución 2015/495/UE de la Comisión de 20 de marzo de 2015

–     Decisión de ejecución 2018/840/UE de la Comisión de 5 junio de 2018

 

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