Regularización de inmigrantes por ‘arraigo social’

Gran parte de los inmigrantes que llegan a España lo hacen sin tener todos los papeles en regla para poder fijar legalmente su residencia en este país. Esto es un dato bien conocido y no representa ninguna novedad. Tampoco lo es que esta situación de irregularidad no resulta irreversible. En estricta aplicación del principio de arraigo establecido en el reglamento de ejecución de la Ley de Extranjería vigente actualmente en España (Ley Orgánica 4/2000, reformada por la 8/2000), se puede proceder a la regularización de inmigrantes que se encuentren en situación irregular siempre que cumplan con unos determinados requisitos.

Desde que concluyó el proceso extraordinario de «normalización» en mayo de 2005, el arraigo social es la única vía que tienen los inmigrantes sin papeles para regularizar su situación en España. Se trata, en definitiva, del procedimiento ordinario de regularización. Esta fórmula, recogida en el Reglamento de Extranjería, exige una serie de requisitos:

 

– llevar tres años de residencia ininterrumpida en España;

– carecer de antecedentes penales;

– no tener prohibida la entrada en España;

– contar, en el momento de la solicitud de arraigo, con un contrato de trabajo (o contrato condicionado) por un periodo mínimo de un año; y

– acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presentar un informe del Ayuntamiento que acredite su inserción social.

 

Se calcula que entre 400.000 y 600.000 personas empezarán a cumplir estas exigencias a partir del año que viene. Cerca de 600.000 personas se acogieron al proceso de normalización en 2005 y otras 400.000 no pudieron hacerlo por incumplir el requisito de estar empadronados antes del 8 de agosto de 2004. A partir del año que viene todos esos que entonces se quedaron fuera puedrán entonces a empezar a solicitar el arraigo porque habrán cumplido los requeridos tres años de residencia en España.

 

 

OBSERVACIÓN ACLARATORIA.- Conviene no mezclar los requisitos para obtener la regularización por arraigo social con los exigidos por vía del denominado arraigo laboral. Para que se reconozca el arraigo laboral, además de llevar dos años residiendo en España, se ha de demostrar que se ha trabajado un año completo sin papeles. Para  demostrarlo la Ley sólo admite un procedimiento: presentar una denuncia en toda regla contra la persona para que se ha trabajado todo ese tiempo sin papeles. En la práctica, el arraigo laboral resulta casi imposible de conseguir.

 

NOTA IMPORTANTE: Este ‘blog’ es fundamentalmente un foro de debate, un lugar donde poder discutir e intercambiar opiniones sobre cuestiones relacionadas con la inmigración. NO ES UN CONSULTORIO NI UNA ASESORÍA JURÍDICA NI UNA AGENCIA DE TRABAJO.  Por esta razón, los comentarios que no sean de opinión y se limiten a solicitar información serán eliminados. Para resolver dudas o recibir cualquier tipo de orientación concreta, y sin salir de internet, quizás puedan resultar de utilidad las siguientes direcciones: www.extranjeros.es; www.en.migrar.org

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42 comentarios

  1. En relación a estos últimos comentarios, quisiera aclarar que este ´blog´es un foro de debate y no una asesoría jurídica. Nosotros no disponemos lamentablemente de personal especializado en los trámites administrativos. Para ello, y sin salir de internet, quizás os podría resultar de utilidad la siguiente dirección:

    http://www.en.migrar.org

  2. buen dia soy maryuri venezolana y tengo 2 años en españa y tengo a mi hijo de 4 años estudiando y no tengo oferta de trabajo y tengo mi atecedentes, penales aqui de mi pais, y tengo documentos, que acreditan que tengo 2 años aqui y mis enpadronamientos por lo cual he pasado trabajo por no tener papeles en regla y necesito trabajo para mantener a mi hijo.estoy desde el2004.

    tambien tienen que fijarse de niños, que estudian que son imigrantes que sus padres no tiene papeles y hacen lo posible para darle de comer o para vivir bien grasias…..

  3. hola!creo que voi a tener la oportunidad de conseguir una respuesta a la pregunta:que pasa con mi situacion despues de 1 de enero 2007?

    llevo 2 anos en gran canaria.el impadronamiento va a cumplir 2 anos tambien en abril.tengo cuentas bancaria,seguro medico,y trabaje hace 1 mes en un hotel.trabaje en este sitio 1 ano y medio.el dueno intento a ayutarme y tengo todos mi papeles en la gestoria.

    pero el gestor me ha dicho que mejor esperar el 1 de enero…por que?puedo encontrar una oportunidad de trabajo legal?gracias!lucian

  4. hola llevo en españa tres años , los cumpli en noviembre 2006, y no pude regularizarme antes por el empadronamiento, pero tengo otros certificados q me acreditan q ya estaba yo en españa, son un certificado del abono de transporte, un contrato de tarjeta bancaria, y recibos de envios a mi pais, …… MI PREGUNTA : ¿que puedo hacer para acceder a este proceso de arraigo social si no tengo ningun vinculo familiar ? pero si tengo contrato de trabajo, y la otra pregunta es ¿ donde debo pedir el certificado del ayuntamiento q acredite la insercion social ?

    MUCHAS GRACIAS

  5. hola llevo dos años en españa y estoy casada con extranjero residente permanente y tenemos una niña. que puedo hacer porq..la niña nacio aqui pero no tiene residencia.

  6. hola,bueno yo llevo tres años en españa y trabajando dos años y ocho meses en el mismo lugar. que puedo hacer..gracias.

  7. hola soy argentina llevo aqui casi dos años no llegue a la anterior regularizacion quisiera saber que puedo hacer y si que tengo que estar en mi pais para poder solucinarlo ¡si salgo podre entrar nuevamente’ muchas gracias

  8. hola soy marroqui llevo aqui casi dos años y seis meses me he presentado mi solicitud durante la ultima regularizacion,pero estaba denegada a causa deel contrato. he heche un recurso de reposicion,hasta a hora no repusta,mi pienso a hacer u solicitud por arraigo, mi falta el contrato de trabajo de duracion de un anos,necisidad de ayuda, muchas gracias.

  9. Pese a la moratoria existente en España para rumanos y bulgaros, aquellos que estén empadronados y residan en España a partir de 1 de Enero, considero que podrán trabajar teniendo simplemente una oferta formal de trabajo.

  10. Hola soy guatemalteca, madre soltera de una niña de 4 años,tengo 28 años. En mi paìs hay pocas posibilidades de salir adelante ya que las oportunidades de trabajo son limitadas y mi deseo es viajar a España para empezar de nuevo y conseguir nuevas oportunidades de desarrollo para mi y para mi niña. tengo necesidad de ayuda gracias.

  11. Hola mi nombre es Ailyn Garcia Gonzalez.Soy cubana y vivo en España desde el 12 de agosto del 2005.En febrero del 2006 me case con un residente permanente.Mi esposo lleva viviendo en España desde hace 10 años.Para poder obtener mi residencia tenia que ir a mi pais para que la embajada me autorizara la reunificacion familiar.Por problemas y trabas de mi pais me fue imposible hacer esta gestion ya que no entré antes de los 11 meses establecidos por el gobierno cubano.

    Mi pregunta es si cabe la posibilidad de que presentando un contrato de trabajo , mi libro de familia y demas documentacion pueda obtener mi residencia.

    Espero respuesta.

    Muchas gracias

    Saludos atentos

    Ailyn Garcia Gonzales

  12. hola soy rumano y llevo 2 años en españa con mi mujer y nuestro hijo.ninguno de los dos tenemos papeles.es posible a partir de 1enero si tenemos un contrato poder conseguirlas?

    muchas gracias

  13. Hola soy una mujer de 23 años nacionalidad marroqui, casada tengo un niño de 5 meses.mi marido trabajan aqui en españa tiene papeles,el niño nacio aqui en spaña no tiene nacionalidad sola mente libro familiar y residencia,pero yo no lo tengo necesidad de ayuda gracias

  14. hola vivo aca en españa desde noviembre 2004 y me mudo ahora para barcelona , mi familia vive en madrid , hay algun problema el momento de regularizar mi situacion el cambio de cuidad?

    en espera de sus comentarios atentamente

    Ricardo

  15. Como responsable de este ‘blog’, en relación a los últimos comentarios quiero aclarar que este ´blog´es solamente un foro de debate. NO ES UNA ASESORÍA JURÍDICA. Nosotros no disponemos lamentablemente de personal especializado en los trámites administrativos. Para ello, y sin salir de internet, quizás os podría resultar de utilidad la siguiente dirección:

    http://www.en.migrar.org

  16. hola, feliz navidad a todos…………quiciera saver.

    yo yevo dos años en españa,estoy unida a la sociedad española ya q soy voluntaria de un ong, he estado investigando la clases de arraigo y he encontrado q…….

    arraigo laboral Art. 45….2b. solicita.

    pasaporte completo o cedula de inscripcion

    certificado de antesedentes penales del pais

    documentos q acreditenten 2 años contonuos ene spaña

    contrato o oferta de empleo no menos de 1 año.

    documento q acredite vinculo familiar con algun otro extranjero residente.

    estos requisitos los cumple yo………..quisiera saver donde debo presentarlos,cuando y hora.

    mi existencia de regular mi situacion es por q me requiere estuadiar lo mas pronto posible ya q hasta el dia de hoy no he podido cumplir con cierto sueño.

    gracias por su atencion prestada…me gustaria tener alguna respuesta lo mas pronto posible. julia

  17. Para Julia: hola Julia, soy asesora jurídica de inmigrantes y te puedo decir que estás mezclando los requisitos del arraigo laboral con los del social. Para arraigo laboral, además de llevar dos años en España tienes que haber trabajado un año sin papeles y demostrarlo y la única forma que la Ley admite para demostrarlo es que le pongas una denuncia a la persona para la que trabajabas, el arraigo laboral es casi imposible de conseguir. Sí es mucho más fácil el arraigo social para el que tienes que llevar 3 años en España y tener contrato condicionado de por lo menos un año y un familiar residente legal o informe de insercion social del Ayuntamiento. Pero para esto te quedaría un año todavía, si tienen mucha prisa por conseguir los papeles, planteate el viajar a tu país y venir con oferta de empleo. Suerte y un saludo.

  18. Como responsable de este ‘blog’, en relación a los últimos comentarios quiero aclarar que este ´blog´es solamente un foro de debate. NO ES UNA ASESORÍA JURÍDICA. Nosotros no disponemos lamentablemente de personal especializado en los trámites administrativos. Para ello, y sin salir de internet, quizás os podría resultar de utilidad la siguiente dirección:

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  19. Hay quien considera que con el procedimiento de regularización por arraigo social es algo así como una caja de Pandora. En este sentido se manifiestan responsables de ciertos partidos políticos que vierten críticas por considerar que constituye una "segunda regularización masiva encubierta" de inmigrantes.

    Sin embargo, este procedimiento de regularizción ya estaba contemplado entre las medidas previstas en el Reglamento de Extranjería, aprobado el 30 de diciembre de 2004, y hasta el momento nadie había dicho nada.

    ¿Es responsable hacer demagogia con una cuestión tan delicada como la integración de los inmigrantes?

  20. El arraigo se considera como una vía de regularización permanente, pero tiene que quedar claro que es muy distinto de "un proceso de regularización" como el que hubo, por ejemplo, en 2005. Estos procesos los pone en marcha el Gobierno y establece las condiciones y fechas y, sinceramente, dudo que estando tan reciente el anterior y con las críticas que tuvo vayan a hacer otro. A lo que se refieren con lo del arraigo social es a que este año, habiéndose aprobado el Reglamento en el año 2004, muchas personas que estaban sin papeles cumplen los 3 años en España o pueden demostrarlo porque se empadronaron ese año, no obstante, HAY QUE LLEVAR POR LO MENOS 3 AÑOS EN ESPAÑA Y NO HABER SALIDO DEL PAÍS MÁS DE 120 DÍAS EN ESOS TRES AÑOS para poder solicitar arraigo social, por ejemplo, Gabriel llegó en marzo de 2005 y hasta marzo de 2008 no podrá solicitar arraigo social, y además tiene que demostrar con pruebas que ha estado aquí esos tres años. Yo os animo a los que llevéis ya 3 años en España a solicitarllo, yo tengo usuarios a los que ya se lo han concedido, y los que llevéis menos tiempo, tenéis dos opciones: esperar a llaver los 3 años o bien conseguir oferta de empleo y que el empleador solicite para vosotros la autorización de residencia y trabajo, para lo que tendríais que estar en vuestro país de origen. Un saludo.

  21. Como responsable de este ‘blog’, en relación a los últimos comentarios quiero aclarar que este ´blog´es solamente un foro de debate. NO ES UNA ASESORÍA JURÍDICA. Nosotros no disponemos lamentablemente de personal especializado en los trámites administrativos. Para ello, y sin salir de internet, quizás os podría resultar de utilidad las siguientes direcciones:

    http://www.extranjeros.es

    http://www.en.migrar.org

  22. Para el responsable de este blog:

    Envié un comentario en el que opinaba que el mecanismo del arraigo social, era una especie de regulación lenta y encubierta.Además opinaba que esto era un reclamo para la inmigración ilegal.

    A los pocos días se borró dicha opinión. ¿Hay censura en este blog?.

    Desearia una aclaración pública ( en este blog) sobre este hecho.

  23. Estimado Paco:

    en este blog no se establece ningún tipo de censura. El único problema es que usted no envió el comentario a este ‘post’ ("La regularización de inmigrantes por ‘arraigo social’"), sino que usted escribió su mensaje del 21/01 al post titulado "El arraigo social: un procedimiento ordinario de regularización" (http://weblogs.madrimasd.org/migraciones/archive/2007/01/03/56459.aspx) y ahí precisamente se encuentra, sin alteración ninguna.

    Antes de levantar sospechas ‘públicas’ le rogaría que tomase usted debida nota de adónde envía usted sus comentarios.

    Atte,

    Juan Carlos Velasco

  24. Fundamental para el arraigo social artículo 45.2º b:

    1º) Son los 3 años de permanencia en España y la única forma de acreditarlo fehacientemente es el empadronamiento en su ayuntamiento.

    2º) Certificado negativo de antecedentes penales (en España y en su país de origen).

    3º) Contrato de trabajo firmado por un empresario no inferior a un año.

    4º) Vínculos familiares en España con otros extranjeros residentes (legales) ya sean: cónyuges, padres o hijos; o informe que acredite su inserción social emitido por su Ayuntamiento

  25. Ampliando mi anterior comentario: Al presentar la solicitud de Arraigo:

    1º Hay que tener el PAPAPORTE EN VIGOR

    2º Los Penales deben abarcar los últimos 5 años (habrá pues que aportar uno de españa y otro del país de origen, traducido, legalizado por la embajada o consulado de España y por el Ministerio de Asuntos Exteriores español.

    3º El contrato de trabajo (para el empresario no es más que un compromiso) debe ir firmado por trabajador y empresario.

    4º Los vínculos familiares se acreditan con certificados literales oficiales bien de matrimonio o bien de nacimiento (y si vienen de fuera como antes en el punto 2º, traducidos y legalizados).

    5º Cuantos más papeles tengan que acrediten su estadía continuada por tres años en España mejor aunque repito el fundamental es el EMPADRONAMIENTO

  26. HOLA A TODOS!!! SOY VENEZOLANA Y PERTENEZCO AL GRUPO DE LOS SIN PAPELES., EHH!! PERO YA EN JUNIO CUMPLO LOS 3 AÑOS Y COMENZARÉ A TRAMITAR LO DEL ARRAIGO SOCIAL, QUE SEGUN LO QUE HE LEIDO CREO COMPLETAR TODOS LOS REQUISITOS. EN MI CASO, HACE RATO QUE DEJE DE GASTAR ENERGIAS EN BUSCAR "OTRA VIA DE REGULARIZAR MI SITUACIÓN" Y COMO DURANTE TODO ESTE TIEMPO SIEMPRE HE TENIDO TRABAJO Y GENTE ALREDEDOR (TANTO ESPAÑOLES COMO EXTRANJEROS) QUE ME HA BRINDADO SU APOYO, PUES LA ESPERA A CUMPLIR LOS 3 AÑOS SE ME HA HECHO ALGO MAS CORTA, ADEMÁS YO SIEMPRE TUVE CLARO LO QUE ME PODIA ESPERAR AQUI CUANDO DECIDI SALIR DE MI PAIS, TAMBIEN LOGRÉ TRAERME A MI HIJO HACE YA UN AÑO Y MEDIO (SIN PAPELES CLARO) Y QUISIERA QUE ALGUIEN ME ASESORARA SI PUEDO ARREGLAR SUS PAPELES A LA VEZ QUE ARREGLE LOS MIOS, YA QUE AMBOS ESTAMOS LOCOS POR IR A VENEZUELA DE VACACIONES., PERO MÁS ÉL QUE QUIERE VER A SU "PAPI". CREO HABER ESCUCHADO EN ALGUNA OPORTUNIDAD QUE LOS HIJOS TIENEN EL MISMO TIPO DE SITUACIÓN DE LA MADRE, ¿SIGNIFICA ESTO QUE AL TENER YO MI PERMISO DE RESIDENCIA, AUTOMATICAMENTE ÉL TENDRÁ EL SUYO? GRACIAS A QUIEN ME PUEDA ASESORAR., Y MUCHO ÁNIMO A QUIENES ESTAN ESPERANDO CUMPLIR LOS 3 AÑOS, EL TIEMPO PASA MAS RAPIDO CUANDO NO MIRAMOS MUCHO EL RELOJ…, LO MAS IMPORTANTE ES QUE NOS ESTEMOS PORTANDO BIEN Y HACIENDO ALGO PRODUCTIVO, UN BESO A TODOS.

  27. es muy duro tener que esperar tres años para lograr los papeles,pues de todos modos uno esta aqui y mientras que comes,eso da la oportunidad a los empresarios a estafar a las personas,pues si trabajas con alguno en la mayoria de los casos se quedan con tu dinero y tu sudor pues saben q al no tener papeles no te queda otra opcion de callarte.y aun asi gracias a dios que existe españa

  28. arraigo social esta sempre y estara en 2009 en vigor a favor de los inimigrantes ilegales si o no?

  29. me gustaria saber cuanto tiempo se demora los papeles por arraigo social en madrid y si para el certificado de incercion social se necesita llevar el contrato de trabajo.

  30. hola a todos,y con el mismo problema que yo,yo me vine de venezuela porque me enamore de una chica española,madre de una niña de 6años pero que su marido no le da el divorcio,para podernos casarnos gracias a dios que trabajo con una familia maravillosa que me abrio las puertas de su casa para darme el abrigo a este inmigrante,pero necesito tambien del arraigo y esperare el año y seis meses que me faltan para el mismo lo que si me gustaria saber cual es la entidad donde se sacan los penales aqui en españa,gracias por su solidaridad con los sin papeles u saludo a todos. tambien estoy empadronado y como le hago porque los señores que le hago de mantenimiento domestico me dan el contrato de trabajo pero quien me evala aqui en españa? 26/10/2008

  31. HOLA A TODOS, SOY TRABAJADORA SOCIAL, TRABAJO EN LOS SERVICIOS SOCIALES, VALE? NO IMPORTA EL LUGAR EN TODOS LOS AYUNTAMIENTOS TIENE QUE HABER, PUES BIEN, A LOS QUE LES INTERESE INFORMARSE O PRESENTAR LA DOCUMENTACIÓN NECESARIA PARA EL ARRAIGO DEBERÁ DIRIGIRSE A LOS SERVICIOS SOCIALES DEL LUGAR DONDE ESTÉ EMPADRONADO. ALLI OS ATENDERÁ LA TRABAJADORA SOCIAL Y OS INFORMARÁ.

    UN SALUDO Y MUCHO ÁNIMO Y SUERTE.

  32. hola a todos.

    quiero aclarar que en el arraigo social no hay que demostrar

    filiacion, no hace falta que tenga familia.

    demostrar los tres años en españa, con documentos, todo lo que pueda recaudar, recetas del medico, ningun documento que contenga fecha esta de más, es recomendable que hagas visitas al medico aunque sea para eso. y que la empresa que haga la oferta esté en orden en todos sus pagos , o la persona que haga la oferta, esto es primordial. es importante hacer curso de formacion de lo que sea, en las ongs los dan gratuitos, e inscribirse y al momento de depositar aportar cartas y documentos que te acredite como miembro, colaboradora etc. sirve de mucho.

    hace poco he pasado por eso ya tengo papeles, gracias a dios.

    recomiendo una ONG. SE LLAMA OCOBE .tel 914057497, calle virgen del val numero 13, barrio de la concepcion.

    ahi te dan acesoria gratuita, la mejor que te pueda dar un obogado de extranjeria, y con la vocacion de servicio que he visto en mi vida.te lleban de la mano para depositar el arraigo. a si que los invito a visitarla les servirá de mucho .

  33. PARA RAFAEL EL VENEZOLANO ENAMORADO.

    Hola rafael.

    para tu optar por el arraigo ya te lo han dicho mucho, los tres años demostrable con el empadronamiento, mas todos los documentos q puedas aportar para demostrar que has estado aqui esos tres años,

    si tienes quien te hagas el contrato tienes medio juego ganado,

    y que esa persona este al corriente de la declaracion de la renta, todos sus pagos en orden.

    no se si en ti pais por la embajada te sacan los antecedentes penales, pero de toda forma podras mandarlo a buscar a tu pais de origen que no hay ningun problema.

    con relacion AQUIEN ME ABALA, aqui te abala que tu demuestres tus tres años y nada mas, no tiene por que tener familiar ni nada, no hace falta.

    TE SIGO RECOMENDANDO ONG ACOBE TEL 914057497. ahi resolveran todas tus dudas, vísitala y te quedaras tranquilo. es gratuito.

    habia pagado muchos abogados y se aprovechan d gente como nosotros, he llegado ahi y estoy eternamente agradecida. y ya he resuelto my arraigo.

    un saludo y mucha suerte.

  34. con el perdon de los españoles me pregunto ¿ porque al inmigrante lo demigran?? acaso por no tener unos "papeles" no pueden trabajar que solo son papeles, si los mismos españoles no querian trabajar y hoy porque estan con muchas deudas "desean" trabajar ¿porque cuando emigraron a sudamerica no lo perseguian como aqui??

  35. con el perdon de los españoles me pregunto ¿ porque al inmigrante lo demigran?? acaso por no tener unos "papeles" no pueden trabajar que solo son papeles, si los mismos españoles no querian trabajar y hoy porque estan con muchas deudas "desean" trabajar ¿porque cuando emigraron a sudamerica no lo perseguian como aqui??

  36. EL ARAIGO SOCIAL ES UNA FOEMA DE LEGALIZARNOS LOS QUE ESTAMOS ILEGALES Y ES MUY IMPORTANTE LO UNICO QUE TE PIDEN ES TENER TODOS LOS PAPELES EN REGLA Y NO TENDRAS PROBLEMAS Y PARA PEDIR EL INFORME DE LA INSERCION COMO MINIMO TENES QUE ESTAR EMPADRONADO 6 MESES EN DICHO DISTRITO

  37. saludos yo llevo ya 3 años y un mes en españa y tengo 4 hijos y mi mujer aqui tanbien mis hjos estan estudiando y yo nesecito el permiso de recidencia y trabajo para poder trabajar legalmente y quiero saber que puedo acer ya que cuento con el contrato de trabajo, pero soy chapista profecional y quiciera montar un teller de

    pintura de coches, pero no tengo el dinero de empesar,tengo las herramientas gracias por este esopacio.

  38. hola llevo dos años y medio en españa interrumpidos y quiero sabes si al denunciar a mi jefe puedo tener el permiso de recidencia y que requisitos nesecito para denunciarlo y donde lo denuncio.

    oh si tengo otro modo de optener la tarjeta que tambien me ofrecieron hacerme un contrato de trabajo…gracias.

  39. Hola

    LLevo 3 años en España, soy de nacionalidad Chilena y ahora es el momento de hacer mi documentación por arraigo social, pero la verdad de las cosas que no entiendo a esta gente y mucho menos al gobierno español.

    Voy a entrevistas de trabajo me dicen sin papeles no puedes trabajar y les digo pero necesito que me contrate y podre trabajar y me dicen que no que necesitan con documentación en regla enseguida……ahora me pregunto algo……..como quieren que nos podamos regularizar si nadie te da la oportunidad en este país.

    En Chile no tratamos asi a los inmigrantes españoles por que hay tanta burocracia aqui ahhhh

    espero alguien me ayude.

    gracias

  40. estoy desesperado ya q fui expulsado y he vuelto a entrar a españa

    porque en mi pais las condiciones son extremas de vida y me acostumbré a vivir aqui.

    como me puedo quitar la orden de expulsión y regularizar mi situación. yo soy una buena persona, trabajadora, sin vicios, y sólo quiero una mejor vida…

    al estar en mi país fue terrible ya que la gente me trataba diferente.

    un saludo

  41. Hola CRITICO!! eso mismo me pregunto yo, acaso ellos (los españoles) no se recuerdan que fueron "Ellos" los que emigraron a paises sudamericanos, por ejemplo, donde hay mogollón de españoles, italianos y portugueses, todos se fueron con una mano delante y otra atrás, es decir, SIN NADA, y estos países los acogieron, tanto, que lograron tener una vida DIGNA, sin HAMBRE , ni GUERRAS, y que hoy por hoy estas cositas se les hayan olvidado, tantas trabas y hasta persecusiones para los inmigrantes ,como si fueran del primer mundo, jooo , bastante les falta para serlo, y sobretodo España que al fin y al cabo es el culo de Europa (literalmente hablando)

    atte

    gracias

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