El acceso abierto y los historiadores: algunas promesas y muchas incertidumbres

¿Deben ser accesibles en abierto las publicaciones académicas, siempre y sin límite alguno? Esta cuestión está generando un amplio debate entre los historiadores. La red H-Asia ha promovido una discusión que después ha recogido la red de especialistas en historia contemporánea de España H-Spain. 

Este es el texto lanzado en H-Spain:

 

El acceso abierto y los historiadores: algunas promesas y muchas incertidumbres

 

Cierta preocupación y desconcierto se ha instalado entre docentes, investigadores, decanatos y equipos rectorales ante la reciente condena contra la Universidad de Barcelona por violar derechos de autor en su campus virtual (4 de septiembre de 2013). Esta sentencia es la segunda contra una institución española de educación superior, después de que la Universidad Autónoma de Barcelona fuera condenada por idéntico motivo hace unos meses (7 de mayo de 2013). Y puede no ser la última: está pendiente una acusación contra la Universidad Carlos III y CEDRO, la entidad demandante, no descarta actuar contra otras universidades.

«La UB es multada por violar los derechos de autor en su campus virtual» (El País, 4 septiembre 2013):
http://ccaa.elpais.com/ccaa/2013/09/04/catalunya/1378301138_732819.html

«La Autónoma de Barcelona, condenada por piratería» (El País, 7 mayo 2013):
http://cultura.elpais.com/cultura/2013/05/06/actualidad/1367866695_683817.html

Aparte de arrojar la sospecha del delito sobre las universidades por la práctica habitual de difundir materiales científicos y docentes exclusivamente entre sus estudiantes y con fines académicos, estas sentencias parecen ir en contra del espíritu de la Ley española de Ciencia y Tecnología (Ley 14/2011, en vigor desde el 2 de diciembre de aquel año). El artículo 37.2 de esta ley obliga a todo investigador cuyo trabajo esté financiado mayoritariamente con fondos de los Presupuestos Generales del Estado a hacer pública una versión digital de los contenidos que le hayan sido aceptados para publicación en publicaciones seriadas o periódicas (curiosamente no en libros),  en un plazo máximo de doce meses desde su primera publicación. Para ello se invita a exponer dichos trabajos en repositorios de acceso abierto, institucionales o de otro tipo. Esto no implica que todos los investigadores estén cumpliendo lo establecido en este artículo. De hecho, al menos en el campo de las Humanidades, es posible que pocos de los concernidos conozcan esta obligación.

La misma ley complica las cosas al estipular en su artículo 37.6 que lo anterior no será aplicable cuando estén protegidos o transferidos a terceros los derechos de autor. No parece, pues, que los investigadores puedan tener muy claro a qué atenerse.

http://www.boe.es/boe/dias/2011/06/02/pdfs/BOE-A-2011-9617.pdf


En fecha reciente, los compañeros de H-Asia iniciaron un debate relacionado con tales cuestiones. En él introducen además la controversia de las «revistas predadoras«, que si bien en el caso de España no está en el candelero, sí resulta similar al de la práctica -cada vez más frecuente- de las editoriales que exigen a los autores un pago (bajo la fórmula de la cofinanciación, coedición o la ayuda a la edición) como requisito para publicar sus monografías históricas. El debate puede seguirse en el siguiente enlace:

http://h-net.msu.edu/cgi-bin/logbrowse.pl?trx=vx&list=H-Asia&month=1309&week=b&msg=YuCKozMgPcm2PXtLN8pVjw


Entretanto, los gobiernos de países como Estados Unidos y Gran Bretaña se unieron en 2013 al movimiento Open Access mediante las correspondientes directivas presidenciales o decisiones de sus Research Councils. El gobierno español, a pesar de la retórica que ha acompañado a la Ley de Ciencia y a la Ley de Transparencia en trámite actualmente, no ha expresado un compromiso comparable con el acceso abierto.

Las tres declaraciones fundamentales en las que se fundamenta el movimiento Open Access son las siguientes:

1) Iniciativa de Budapest para el Acceso Abierto (también conocida como BOAI: Budapest, 2002) http://www.budapestopenaccessinitiative.org/translations/spanish-translation

2) Bethesda Statement on Public Access Publishing (Bethesda, 2003) http://legacy.earlham.edu/~peters/fos/bethesda.htm

3) Declaración de Berlín sobre el Acceso Abierto al Conocimiento en la Ciencia y las Humanidades (Berlín, 2003)http://oa.mpg.de/lang/en-uk/berlin-prozess/berliner-erklarung/


Enlaces de interés relacionados:

Nigel Vincent and Chris Wickham (ed.) (2013), Debating Open Access. London, The British Academy for the Humanities and Social Sciences (libro en acceso abierto, 128 pp.):
http://issuu.com/thebritishacademy/docs/debating_open_access-ed_vincent_and

«Open access: MPs slam research policy». Artículo de Stephen Curry (Imperial College London) en «The Guardian» sobre el Open Access en el caso británico (publicado el 11 septiembre 2013):
http://www.theguardian.com/higher-education-network/blog/2013/sep/11/open-access-report-bis-committee?j=48802&e=carlos.sanz%40ghis.ucm.es&l=350_HTML&u=2642046&mid=1059027&jb=39&CMP=&et_cid=48802&et_rid=7638598&Linkid=Open+access:+MPs+slam+research+policy


David Jorge / Florentino Rodao / Carlos Sanz Díaz
H-Spain

URL del debate (para publicar respuestas y aportaciones):

 

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Un comentario

  1. Creo que la discusión no tiene mucho sentido, fuera del mundo troglodita en el que se encuentra buena parte del mundo académico se ha descubierto que el enfoque colaborativo se ha impuesto como nueva forma de acceder y mejorar el conocimiento.
    Nos guste o no al campo no se le ponen puertas y por ello hoy hay mas gente pagando para que le copien sus pauntes y transparencias y articulos etc etc.

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